21.6.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 158/51 |
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 901/2014 de la Comisión, de 18 de julio de 2014, por el que se desarrolla el Reglamento (UE) n.o 168/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los requisitos administrativos para la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos
( Diario Oficial de la Unión Europea L 249 de 22 de agosto de 2014 )
En la página 124, en el anexo I, apéndice 25, séptima casilla:
donde dice:
«cumplirán los requisitos del punto 2.6 del anexo II del Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014 de la Comisión (0) (2) (3)
on respecto a vehículos de la categoría L3e-A2/L4e-A2/L7e (1), el fabricante»,
debe decir:
«cumplirán los requisitos del punto 2.6 del anexo II del Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014 de la Comisión
con respecto a vehículos de la categoría L3e-A2/L4e-A2/L7e (1), el fabricante».
En la página 124, en el anexo I, apéndice 25, séptima casilla:
donde dice:
«cumplirán los requisitos del punto 2.6 del anexo II del Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014 de la Comisión (0) (4)»,
debe decir:
«cumplirán los requisitos del punto 5.2 del anexo II del Reglamento Delegado (UE) n.o 44/2014 de la Comisión».