22.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 87/104


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 20 de marzo de 2014

por la que se derogan las listas de establecimientos de terceros países desde los cuales los Estados miembros autorizan la importación de determinados productos de origen animal, adoptadas sobre la base de la Decisión 95/408/CE del Consejo

[notificada con el número C(2014) 1742]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2014/160/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano (1), y, en particular, su artículo 16,

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva 2004/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2) modificó la Decisión 95/408/CE del Consejo (3) y estableció que las listas provisionales de terceros países y de establecimientos de terceros países elaboradas de conformidad con la Decisión 95/408/CE continuaran aplicándose mutatis mutandis hasta que se adoptaran las disposiciones necesarias de conformidad con el Reglamento (CE) no 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), el Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), el Reglamento (CE) no 854/2004 o la Directiva 2002/99/CE del Consejo (6). La Decisión era aplicable hasta la fecha de aplicación del Reglamento (CE) no 852/2004, del Reglamento (CE) no 853/2004 y del Reglamento (CE) no 854/2004, esto es, el 1 de enero de 2006.

(2)

Siguen existiendo listas, adoptadas sobre la base de la Decisión 95/408/CE, de establecimientos de terceros países desde los cuales los Estados miembros autorizan la importación de determinados productos de origen animal.

(3)

El artículo 12 del Reglamento (CE) no 854/2004 establece el procedimiento para la elaboración y actualización de la lista de establecimientos de los que se autoriza la importación de determinados productos de origen animal. De conformidad con las disposiciones de dicho artículo y, en particular, de su apartado 5, que establece que la Comisión debe velar por que las versiones actualizadas de todas las listas elaboradas o actualizadas se pongan a disposición del público, las listas de establecimientos de terceros países desde los cuales los Estados miembros autorizan la importación de determinados productos de origen animal destinados al consumo humano están publicadas en el sitio web de la Comisión Europea (7).

(4)

En aras de la claridad de la legislación de la Unión y con vistas a la elaboración de las listas de establecimientos de terceros países de los cuales se permite la importación de determinados productos de origen animal, las antiguas listas adoptadas sobre la base de la Decisión 95/408/CE han quedado obsoletas, por lo que es necesario derogarlas formalmente por razones de seguridad jurídica.

(5)

Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las Decisiones de la Comisión que figuran en el anexo quedan derogadas.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 20 de marzo de 2014.

Por la Comisión

Tonio BORG

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 139 de 30.4.2004, p. 206.

(2)  Directiva 2004/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por la que se derogan determinadas directivas que establecen las condiciones de higiene de los productos alimenticios y las condiciones sanitarias para la producción y comercialización de determinados productos de origen animal destinados al consumo humano y se modifican las Directivas 89/662/CEE y 92/118/CEE del Consejo y la Decisión 95/408/CE del Consejo (DO L 157 de 30.4.2004, p. 33).

(3)  Decisión 95/408/CE del Consejo, de 22 de junio de 1995, relativa a las condiciones de elaboración, durante un período transitorio, de las listas provisionales de establecimientos de terceros países desde los cuales los Estados miembros autorizan la importación de determinados productos de origen animal, productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos (DO L 243 de 11.10.1995, p. 17).

(4)  Reglamento (CE) no 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DO L 139 de 30.4.2004, p. 1).

(5)  Reglamento (CE) no 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DO L 139 de 30.4.2004, p. 55).

(6)  Directiva 2002/99/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, por la que se establecen las normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción de los productos de origen animal destinados al consumo humano (DO L 18 de 23.1.2003, p. 11).

(7)  https://webgate.ec.europa.eu/sanco/traces/output/non_eu_listsPerCountry_es.htm


ANEXO

Decisión 81/91/CEE de la Comisión (1)

Decisión 81/92/CEE de la Comisión (2)

Decisión 81/713/CEE de la Comisión (3)

Decisión 82/913/CEE de la Comisión (4)

Decisión 83/384/CEE de la Comisión (5)

Decisión 83/402/CEE de la Comisión (6)

Decisión 83/423/CEE de la Comisión (7)

Decisión 84/24/CEE de la Comisión (8)

Decisión 85/539/CEE de la Comisión (9)

Decisión 86/65/CEE de la Comisión (10)

Decisión 86/414/CEE de la Comisión (11)

Decisión 86/473/CEE de la Comisión (12)

Decisión 87/119/CEE de la Comisión (13)

Decisión 87/124/CEE de la Comisión (14)

Decisión 87/257/CEE de la Comisión (15)

Decisión 87/258/CEE de la Comisión (16)

Decisión 87/424/CEE de la Comisión (17)

Decisión C(89) 1686 de la Comisión (18)

Decisión 90/165/CEE de la Comisión (19)

Decisión 90/432/CEE de la Comisión (20)

Decisión 93/26/CEE de la Comisión (21)

Decisión 94/40/CE de la Comisión (22)

Decisión 94/465/CE de la Comisión (23)

Decisión 95/45/CE de la Comisión (24)

Decisión 95/427/CE de la Comisión (25)

Decisión C(95) 2899 de la Comisión (26)

Decisión 97/4/CE de la Comisión (27)

Decisión 97/252/CE de la Comisión (28)

Decisión 97/365/CE de la Comisión (29)

Decisión 97/467/CE de la Comisión (30)

Decisión 97/468/CE de la Comisión (31)

Decisión 97/569/CE de la Comisión (32)

Decisión 98/8/CE de la Comisión (33)

Decisión 98/10/CE de la Comisión (34)

Decisión 1999/120/CE de la Comisión (35)

Decisión 1999/710/CE de la Comisión (36)

Decisión 2001/556/CE de la Comisión (37)

Decisión 2002/987/CE de la Comisión (38)

Decisión 2003/689/EC de la Comisión (39)

Decisión 2004/229/CE de la Comisión (40)

Decisión 2004/628/CE de la Comisión (41)


(1)  Decisión 81/91/CEE de la Comisión, de 30 de enero de 1981, relativa a la lista de los establecimientos de la República Argentina autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas de vacuno y de ovino así como solípedos domésticos (DO L 58 de 5.3.1981, p. 39).

(2)  Decisión 81/92/CEE de la Comisión, de 30 de enero de 1981, relativa a la lista de los establecimientos de la República Oriental del Uruguay autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas de vacuno y de ovino así como de solípedos domésticos (DO L 58 de 5.3.1981, p. 43).

(3)  Decisión 81/713/CEE de la Comisión, de 28 de julio de 1981, relativa a la lista de los establecimientos de la República Federativa de Brasil autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas de vacuno y de carnes de solípedos domésticos (DO L 257 de 10.9.1981, p. 28).

(4)  Decisión 82/913/CEE de la Comisión, de 16 de diciembre de 1982, relativa a la lista de establecimientos de la República de Sudáfrica autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 381 de 31.12.1982, p. 28).

(5)  Decisión 83/384/CEE de la Comisión, de 29 de julio de 1983, relativa a la lista de establecimientos de Australia autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 222 de 13.8.1983, p. 36).

(6)  Decisión 83/402/CEE de la Comisión, de 29 de julio de 1983, relativa a la lista de establecimientos de Nueva Zelanda autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 233 de 24.8.1983, p. 24).

(7)  Decisión 83/423/CEE de la Comisión, de 29 de julio de 1983, sobre la lista de establecimientos de la República de Paraguay autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 238 de 27.8.1983, p. 39).

(8)  Decisión 84/24/CEE de la Comisión, de 23 de diciembre de 1983, relativa a la lista de establecimientos de Islandia autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 20 de 25.1.1984, p. 21).

(9)  Decisión 85/539/CEE de la Comisión, de 29 de noviembre de 1985, relativa a la lista de establecimientos de Groenlandia autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 334 de 12.12.1985, p. 25).

(10)  Decisión 86/65/CEE de la Comisión, de 13 de febrero de 1986, relativa a la lista de establecimientos de Marruecos autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 72 de 15.3.1986, p. 40).

(11)  Decisión 86/414/CEE de la Comisión, de 31 de julio de 1986, relativa a la lista de los establecimientos de Argentina autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad (DO L 237 de 23.8.1986, p. 36).

(12)  Decisión 86/473/CEE de la Comisión, de 10 de septiembre de 1986, relativa a la lista de los establecimientos de Uruguay autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad (DO L 279 de 30.9.1986, p. 53).

(13)  Decisión 87/119/CEE de la Comisión, de 13 de enero de 1987, relativa a la lista de los establecimientos de Brasil autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad (DO L 49 de 18.2.1987, p. 37).

(14)  Decisión 87/124/CEE de la Comisión, de 19 de enero de 1987, relativa a la lista de establecimientos de Chile autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 51 de 20.2.1987, p. 41).

(15)  Decisión 87/257/CEE de la Comisión, de 28 de abril de 1987, sobre la lista de establecimientos de los Estados Unidos de América autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 121 de 9.5.1987, p. 46).

(16)  Decisión 87/258/CEE de la Comisión, de 28 de abril de 1987, relativa a la lista de establecimientos de Canadá autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 121 de 9.5.1987, p. 50).

(17)  Decisión 87/424/CEE de la Comisión, de 14 de julio de 1987, sobre la lista de establecimientos de los Estados Unidos de México autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 228 de 15.8.1987, p. 43).

(18)  Decisión C(89) 1686 de la Comisión, de 2 de octubre de 1989, relativa a la lista de establecimientos de Swazilandia autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO C 252 de 5.10.1989, p. 4).

(19)  Decisión 90/165/CEE de la Comisión, de 28 de marzo de 1990, relativa a la lista de establecimientos de Madagascar autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 91 de 6.4.1990, p. 34).

(20)  Decisión 90/432/CEE de la Comisión, de 30 de julio de 1990, relativa a la lista de establecimientos de Namibia autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO L 223 de 18.8.1990, p. 19).

(21)  Decisión 93/26/CEE de la Comisión, de 11 de diciembre de 1992, sobre la lista de establecimientos de la República de Croacia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 16 de 25.1.1993, p. 24).

(22)  Decisión 94/40/CE de la Comisión, de 25 de enero de 1994, relativa a la lista de los establecimientos de Zimbabwe autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad (DO L 22 de 27.1.1994, p. 50).

(23)  Decisión 94/465/CE de la Comisión, de12 de julio de 1994, relativa a la lista de los establecimientos de Botswana autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad (DO L 190 de 26.7.1994, p. 25).

(24)  Decisión 95/45/CE de la Comisión, de 20 de febrero de 1995, sobre la lista de establecimientos de la Antigua República Yugoslava de Macedonia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 51 de 8.3.1995, p. 13).

(25)  Decisión 95/427/CE de la Comisión, de 16 de octubre de 1995, sobre la lista de establecimientos de la República de Namibia autorizados para la importación de productos a base de carne en la Comunidad (DO L 254 de 24.10.1995, p. 28).

(26)  Decisión C(95) 2899 de la Comisión, de 30 de noviembre de 1995, relativa a la lista de establecimientos de Botswana autorizados para la importación en la Comunidad de carnes frescas (DO C 338 de 16.12.1995, p. 3).

(27)  Decisión 97/4/CE de la Comisión, de 12 de diciembre de 1996, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de carne fresca de aves de corral (DO L 2 de 4.1.1997, p. 6).

(28)  Decisión 97/252/CE de la Comisión, de 25 de marzo de 1997, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de leche y de productos lácteos destinados al consumo humano (DO L 101 de 18.4.1997, p. 46).

(29)  Decisión 97/365/CE de la Comisión, de 26 de marzo de 1997, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de productos cárnicos de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y de équidos (DO L 154 de 12.6.1997, p. 41).

(30)  Decisión 97/467/CE de la Comisión, de 7 de julio de 1997, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de carne de conejo y de caza de cría (DO L 199 de 26.7.1997, p. 57).

(31)  Decisión 97/468/CE de la Comisión, de 7 de julio de 1997, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de carne de caza silvestre (DO L 199 de 26.7.1997, p. 62).

(32)  Decisión 97/569/CE de la Comisión, de 16 de julio de 1997, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de productos derivados de la carne (DO L 234 de 26.8.1997, p. 16).

(33)  Decisión 98/8/CE de la Comisión, de 16 de diciembre de 1997, sobre la lista de establecimientos de la República Federativa de Yugoslavia autorizados para la importación de carnes frescas en la Comunidad (DO L 2 de 6.1.1998, p. 12).

(34)  Decisión 98/10/CE de la Comisión, de 16 de diciembre de 1997, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de productos cárnicos de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y de équidos (DO L 3 de 7.1.1998, p. 14).

(35)  Decisión 1999/120/CE de la Comisión, de 27 de enero de 1999, por la que se establecen las listas provisionales de establecimientos de terceros países a partir de los cuales los Estados miembros autorizarán las importaciones de tripas, estómagos y vejigas de animales (DO L 36 de 10.2.1999, p. 21).

(36)  Decisión 1999/710/CE de la Comisión, de 15 de octubre de 1999, por la que se establece una lista provisional de establecimientos de terceros países de los que pueden autorizar los Estados miembros la importación de carne picada y de preparados de carne (DO L 281 de 4.11.1999, p. 82).

(37)  Decisión 2001/556/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2001, relativa a la elaboración de listas provisionales de establecimientos de terceros países desde los cuales los Estados miembros autorizan la importación de gelatinas destinadas al consumo humano (DO L 200 de 25.7.2001, p. 23).

(38)  Decisión 2002/987/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2002, relativa a la lista de establecimientos de las Islas Malvinas autorizados a efectos de importación de carnes frescas a la Comunidad (DO L 344 de 19.12.2002, p. 39).

(39)  Decisión 2003/689/CE de la Comisión, de 2 de octubre de 2003, relativa a la lista de establecimientos de Estonia autorizados para la importación de carne fresca en la Comunidad (DO L 251 de 3.10.2003, p. 21).

(40)  Decisión 2004/229/CE de la Comisión, de 5 de marzo de 2004, relativa a la lista de establecimientos de Letonia autorizados para la importación de carne fresca en la Comunidad (DO L 70 de 9.3.2004, p. 39).

(41)  Decisión 2004/628/CE de la Comisión, de 2 de septiembre de 2004, relativa a la lista de establecimientos de Nueva Caledonia desde donde los Estados miembros pueden autorizar la importación de carne fresca en la Comunidad (DO L 284 de 3.9.2004, p. 4).