26.6.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 174/1 |
REGLAMENTO (UE) N o 549/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 21 de mayo de 2013
relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea
(Texto pertinente a efectos del EEE)
EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 338, apartado 1,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,
Visto el dictamen del Banco Central Europeo (1),
De conformidad con el procedimiento legislativo ordinario (2),
Considerando lo siguiente:
(1) |
La elaboración de las políticas en la Unión y la supervisión de las economías de los Estados miembros y de la unión económica y monetaria (UEM) exigen que se cuente con datos comparables, actualizados y fiables sobre la estructura de la economía y la evolución de la situación económica de cada Estado miembro o región. |
(2) |
La Comisión debe contribuir a la supervisión de las economías de los Estados miembros y de la UEM y, en especial, informar con regularidad al Consejo sobre los avances realizados por los Estados miembros en el cumplimiento de sus obligaciones en relación con la UEM. |
(3) |
Los ciudadanos de la Unión necesitan unas cuentas económicas como herramienta básica para analizar la situación económica de un Estado miembro o región. En aras de la comparabilidad, dichas cuentas deben elaborarse con arreglo a un conjunto único de principios que no sean susceptibles de interpretaciones divergentes. La información facilitada debe ser lo más precisa, completa y oportuna posible con el fin de garantizar un máximo de transparencia respecto de todos los sectores. |
(4) |
La Comisión debe utilizar agregados de cuentas nacionales y regionales a efectos administrativos de la Unión y, en particular, para los cálculos presupuestarios. |
(5) |
En 1970, se publicó un documento administrativo denominado «Sistema Europeo de Cuentas Económicas Integradas (SEC)», que abarcaba el ámbito que regula el presente Reglamento. Tal documento había sido elaborado exclusivamente por la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas y bajo su única responsabilidad, y fue el resultado de varios años de trabajo por parte de dicha Oficina, junto con los institutos nacionales de estadística de los Estados miembros, con el fin de concebir un sistema de cuentas nacionales que cumpliera los requisitos de la política económica y social de las Comunidades Europeas. Constituía la versión comunitaria del Sistema de Cuentas Nacionales de las Naciones Unidas que habían utilizado las Comunidades hasta ese momento. En 1979 se publicó una segunda edición del documento con objeto de actualizar el texto original (3). |
(6) |
El Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad (4), estableció un sistema de cuentas nacionales que cumple los requisitos de la política económica, social y regional de la Comunidad. Ese sistema era en gran medida coherente con el entonces nuevo Sistema de Cuentas Nacionales que fue adoptado por la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas en febrero de 1993 (1993 SCN) con el fin de que los resultados en todos los países miembros de las Naciones Unidas fueran internacionalmente comparables. |
(7) |
El 1993 SCN se actualizó adoptando la forma de un nuevo Sistema de Cuentas Nacionales (SCN 2008) aprobado por la Comisión de Estadística de las Naciones Unidas en febrero de 2009 con el fin de aproximar las cuentas nacionales al nuevo entorno económico, los avances en la investigación metodológica y las necesidades de los usuarios. |
(8) |
Es necesario revisar el Sistema Europeo de Cuentas establecido por el Reglamento (CE) no 2223/96 (SEC 95) para tener en cuenta estos cambios en el SCN, de forma que el Sistema Europeo de Cuentas revisado, establecido por el presente Reglamento, constituya una versión del SCN 2008 que esté adaptada a las estructuras de las economías de los Estados miembros, y de modo que los datos de la Unión sean comparables a los recopilados por sus principales socios internacionales. |
(9) |
Con el fin de establecer cuentas económicas medioambientales como cuentas satélite del Sistema Europeo de Cuentas revisado, el Reglamento (UE) no 691/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2011, relativo a las cuentas económicas europeas medioambientales (5), ha establecido un marco común para la recogida, la compilación, la transmisión y la evaluación de las cuentas económicas europeas medioambientales. |
(10) |
En el caso de las cuentas ambientales y sociales, se debe tener plenamente en cuenta, asimismo, la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 20 de agosto de 2009, titulada «Más allá del PIB: evaluación del progreso en un mundo cambiante». Resulta necesario poner empeño en realizar estudios metodológicos y exámenes de los datos, en especial en asuntos relacionados con «Más allá del PIB» y la Estrategia Europa 2020, con el fin de desarrollar un enfoque más completo para la medición del bienestar y el progreso, y apoyar así la promoción de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. En este contexto, deben abordarse las cuestiones de las externalidades medioambientales y las desigualdades sociales. También debe tenerse en cuenta la cuestión de los cambios en la productividad. Ello debe hacer posible que se disponga cuanto antes de datos que completen los agregados del PIB. En 2013 la Comisión debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo una Comunicación consecutiva sobre «Más allá del PIB» y en 2014, si procede, propuestas legislativas. Los datos sobre las cuentas nacionales y regionales deben considerarse como uno entre otros medios destinados al logro de esos objetivos. |
(11) |
Debe examinarse el posible uso de nuevos métodos de recogida que estén automatizados y que actúen en tiempo real. |
(12) |
El Sistema Europeo de Cuentas revisado establecido por el presente Reglamento (SEC 2010) incluye una parte metodológica y un programa de transmisión que define las cuentas y tablas que deben facilitar todos los Estados miembros según los plazos especificados. La Comisión debe poner a disposición de los usuarios estas cuentas y tablas en fechas específicas, y en su caso conforme a un calendario de publicación previamente anunciado, particularmente por lo que se refiere a la supervisión de la convergencia económica y a la realización de una estrecha coordinación de las políticas económicas de los Estados miembros. |
(13) |
Cuando se publiquen los datos debe adoptarse un enfoque orientado a los usuarios, proporcionando una información accesible y útil a los ciudadanos de la Unión y otras partes interesadas. |
(14) |
El SEC 2010 deberá sustituir gradualmente a cualquier otro sistema como marco de referencia de reglas, definiciones, nomenclaturas y normas de contabilidad comunes destinado a la elaboración de cuentas de los Estados miembros para las necesidades de la Unión, permitiendo así obtener resultados comparables entre los Estados miembros. |
(15) |
De conformidad con el Reglamento (CE) no 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS) (6), todas las estadísticas de los Estados miembros que se transmiten a la Comisión y tienen que ser desglosadas por unidades territoriales deben utilizar la clasificación NUTS. En consecuencia, con objeto de elaborar estadísticas regionales comparables, las unidades territoriales deben definirse de acuerdo con la mencionada nomenclatura. |
(16) |
La transmisión de datos por los Estados miembros, incluida la transmisión de datos confidenciales, está regulada por las normas establecidas en el Reglamento (CE) no 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, sobre las estadísticas europeas (7). De este modo, las medidas adoptadas de conformidad con el presente Reglamento deben, por lo tanto, garantizar también la protección de datos confidenciales y evitar que se produzca su divulgación ilícita o su uso no estadístico cuando las estadísticas europeas se elaboren y difundan. |
(17) |
Se ha creado un grupo de trabajo para examinar más profundamente el asunto del tratamiento de los servicios de intermediación financiera medidos indirectamente (SIFMI) en la contabilidad nacional, y, en particular, para examinar un método ajustado de riesgo que excluya el riesgo de los cálculos de los SIFMI con objeto de reflejar el coste futuro previsto del riesgo observado. Tomando en consideración los resultados del grupo de trabajo, puede ser preciso modificar la metodología para el cálculo y la asignación de SIFMI, mediante un acto delegado con el fin de obtener mejores resultados. |
(18) |
Los gastos de investigación y desarrollo constituyen una actividad de inversión y deben registrarse, por lo tanto, como formación bruta de capital fijo. No obstante, es necesario especificar, mediante un acto delegado, el formato de los datos de gasto en investigación y desarrollo que deben registrarse como formación bruta de capital fijo, cuando se alcance un nivel suficiente de confianza en la fiabilidad y comparabilidad de los datos a través de un ejercicio de examen basado en la elaboración de tablas suplementarias. |
(19) |
La Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros (8), exige que se publique la información pertinente sobre los pasivos contingentes que puedan incidir de manera significativa en los presupuestos públicos, en particular las garantías públicas, los préstamos morosos y los pasivos resultantes de la actividad de las corporaciones públicas, indicando su magnitud. Tales requisitos requieren una publicación adicional con respecto a la que se exige en virtud del presente Reglamento. |
(20) |
En junio de 2012, la Comisión (Eurostat) creó un grupo de trabajo sobre las consecuencias de la Directiva 2011/85/UE para la recopilación y difusión de datos presupuestarios; la labor del grupo giró en torno a la puesta en práctica de los requisitos relacionados con los pasivos contingentes y otra información pertinente que pueda indicar una posible incidencia significativa en los presupuestos públicos, como garantías públicas, pasivos de corporaciones públicas, asociaciones público-privadas (APP), préstamos morosos y participación pública en el capital de corporaciones. La plena puesta en marcha de la labor de este grupo de trabajo contribuiría al correcto análisis de las relaciones económicas subyacentes a los contratos de APP, como los riesgos de construcción, disponibilidad y demanda según proceda, y a la captación de deudas implícitas de APP fuera de balance, lo que habrá de potenciar una mayor transparencia y unas estadísticas de deuda fiables. |
(21) |
El Comité de Política Económica (CPE), creado por la Decisión 74/122/CEE del Consejo (9), ha venido trabajando en relación con la sostenibilidad de las pensiones y las reformas de las pensiones. La labor de los estadísticos, por una parte, y de los expertos sobre envejecimiento de la población que trabajan bajo los auspicios del CPE, por otra, debe estar estrechamente coordinada, tanto en el nivel nacional como en el europeo, con respecto a los supuestos macroeconómicos y otros parámetros actuariales, con objeto de garantizar que los resultados sean coherentes y comparables entre los países, así como la comunicación eficaz de los datos y la información relacionados con las pensiones a los usuarios e interesados. Además, debe aclararse que los derechos de pensión devengados en la seguridad social no son, como tales, una medida de sostenibilidad de la hacienda pública. |
(22) |
Los datos y la información sobre los pasivos contingentes de los Estados miembros se facilitan en el contexto de la labor relativa al procedimiento de supervisión multilateral, en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. A más tardar en julio de 2018, la Comisión debe emitir un informe en el que evalúe si dichos datos deben hacerse públicos en el contexto del SEC 2010. |
(23) |
Conviene poner de relieve la importancia de las cuentas regionales de los Estados miembros para las políticas de cohesión regional, económica y social de la Unión, así como para el análisis de las interdependencias económicas. Se reconoce, además, la necesidad de incrementar la transparencia de las cuentas a escala regional, incluidas las cuentas de la administración. Eurostat debe prestar una atención particular a los datos presupuestarios de las regiones en que los Estados miembros tienen regiones o gobiernos autónomos. |
(24) |
Para modificar el anexo A del presente Reglamento con el fin de garantizar su interpretación armonizada o la comparabilidad internacional, deben delegarse en la Comisión los poderes para adoptar actos con arreglo al artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Es especialmente importante que la Comisión lleve a cabo las consultas apropiadas durante sus trabajos de preparación, también con el Comité del Sistema Estadístico Europeo establecido por el Reglamento (CE) no 223/2009. Además, de conformidad con el artículo 127, apartado 4, y el artículo 282, apartado 5, del TFUE, es importante que la Comisión lleve a cabo durante sus trabajos de preparación, cuando proceda, consultas con el Banco Central Europeo en sus ámbitos de competencia. Cuando prepare y elabore actos delegados, la Comisión debe velar por la transmisión simultánea, oportuna y adecuada de los documentos pertinentes al Parlamento Europeo y al Consejo. |
(25) |
La mayor parte de los agregados estadísticos en el marco de la gobernanza económica de la Unión, en particular los procedimientos de déficit excesivo y de desequilibrios macroeconómicos, se definen remitiendo al SEC. Al facilitar datos e informes en el marco de estos procedimientos, la Comisión debe ofrecer información adecuada sobre los efectos que en los agregados correspondientes tienen los cambios metodológicos del SEC 2010 introducidos por actos delegados adoptados de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento. |
(26) |
La Comisión, antes de finales de mayo de 2013, debe evaluar si los datos sobre investigación y desarrollo han alcanzado, a efectos de las cuentas nacionales, un nivel suficiente de calidad, tanto en precios corrientes como en volumen; llevará a cabo esa evaluación en estrecha cooperación con los Estados miembros, con objeto de garantizar la fiabilidad y comparabilidad de los datos del SEC relativos a investigación y desarrollo. |
(27) |
Dado que la aplicación del presente Reglamento requerirá adaptaciones importantes en los sistemas estadísticos nacionales, la Comisión concederá exenciones a los Estados miembros. En particular, el programa de transmisión de datos de las cuentas nacionales debe tomar en consideración los fundamentales cambios políticos y estadísticos que han tenido lugar en algunos Estados miembros durante los períodos de referencia del programa. Las exenciones concedidas por la Comisión deben ser temporales y estar sujetas a revisión. La Comisión debe prestar apoyo a los Estados miembros de que se trate en su empeño por efectuar las necesarias adaptaciones de sus sistemas estadísticos de modo que pueda ponerse fin lo antes posible a dichas exenciones. |
(28) |
Reducir los plazos de transmisión podría añadir una presión y unos costes notables para los encuestados y para los institutos nacionales de estadística de la Unión, con el consiguiente riesgo de reducir la calidad de los datos que se obtengan. Por lo tanto, debe estudiarse el equilibrio entre ventajas e inconvenientes a la hora de fijar los plazos para la transmisión de los datos. |
(29) |
A fin de garantizar condiciones uniformes de aplicación del presente Reglamento, las competencias de ejecución deben conferirse a la Comisión. Dichas competencias deben ejercerse de conformidad con el Reglamento (UE) no 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, por el que se establecen las normas y los principios generales relativos a las modalidades de control por parte de los Estados miembros del ejercicio de las competencias de ejecución por la Comisión (10). |
(30) |
Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, el establecimiento de un sistema europeo de cuentas revisado, no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros y puede lograrse mejor a escala de la Unión, esta puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado de la Unión Europea. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar este objetivo. |
(31) |
Se ha consultado al Comité del Sistema Estadístico Europeo. |
(32) |
Se ha consultado al Comité de Estadísticas Monetarias, Financieras y de Balanza de Pagos, creado mediante la Decisión 2006/856/CE del Consejo, de 13 de noviembre de 2006, por la que se crea un Comité de estadísticas monetarias, financieras y de balanza de pagos (11), y al Comité de la Renta Nacional Bruta (Comité de la RNB), creado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1287/2003 del Consejo, de 15 de julio de 2003, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (12) (Reglamento RNB). |
HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Objeto
1. El presente Reglamento establece el Sistema Europeo de Cuentas 2010 («SEC 2010» o «SEC»).
2. El SEC 2010 contempla lo siguiente:
a) |
una metodología (anexo A) relativa a las reglas, definiciones, nomenclaturas y normas de contabilidad comunes, que se utilizarán para la elaboración de cuentas y tablas, sobre bases comparables para las necesidades de la Unión, y de resultados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3; |
b) |
un programa (anexo B) que establece los plazos para la transmisión por parte de los Estados miembros a la Comisión (Eurostat) de las cuentas y las tablas que deben compilarse con arreglo a la metodología mencionada en la letra a). |
3. El presente Reglamento será aplicable, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 5 y 10, a todos los actos de la Unión en los que se haga referencia al SEC o a sus definiciones.
4. El presente Reglamento no obliga a ningún Estado miembro a elaborar con arreglo al SEC 2010 las cuentas destinadas a satisfacer sus propias necesidades.
Artículo 2
Metodología
1. La metodología del SEC 2010 a que se refiere el artículo 1, apartado 2, letra a), figura en el anexo A.
2. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados, con arreglo al artículo 7, en lo referente a las modificaciones de la metodología del SEC 2010 para especificar y mejorar su contenido, con el fin de garantizar una interpretación armonizada o asegurar la comparabilidad internacional, a condición de que no cambien sus conceptos subyacentes, no requieran recursos adicionales para los productores en el marco del Sistema Estadístico Europeo para su aplicación y no ocasionen un cambio de los recursos propios.
3. En caso de duda sobre la correcta aplicación de las normas de contabilidad del SEC 2010, el Estado miembro interesado pedirá una aclaración a la Comisión (Eurostat). La Comisión (Eurostat) actuará con diligencia tanto para examinar la solicitud como para comunicar su parecer sobre la aclaración solicitada al Estado miembro de que se trate y a todos los demás Estados miembros.
4. Los Estados miembros realizarán el cálculo y la asignación de servicios de intermediación financiera medidos indirectamente (SIFMI) en la contabilidad nacional de acuerdo con la metodología descrita en el anexo A. La Comisión estará facultada para adoptar, antes del 17 de septiembre de 2013, actos delegados, con arreglo al artículo 7, por los que se establezca una metodología revisada para el cálculo y la asignación de SIFMI. En el ejercicio de su facultad de conformidad con el presente apartado, la Comisión velará por que dichos actos delegados no impongan una carga administrativa adicional importante a los Estados miembros ni a las unidades encuestadas.
5. Los Estados miembros registrarán los gastos de investigación y desarrollo como formación bruta de capital fijo. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 7, a fin de garantizar la fiabilidad y comparabilidad de los datos del SEC 2010 de los Estados miembros en materia de investigación y desarrollo. En el ejercicio de su facultad de conformidad con el presente apartado, la Comisión velará por que dichos actos delegados no impongan una carga administrativa adicional importante a los Estados miembros ni a las unidades encuestadas.
Artículo 3
Transmisión de datos a la Comisión
1. Los Estados miembros remitirán a la Comisión (Eurostat) las cuentas y las tablas que figuran en el anexo B dentro de los plazos establecidos en el mismo para cada tabla.
2. Los Estados miembros transmitirán a la Comisión los datos y metadatos requeridos por el presente Reglamento siguiendo una norma especificada de intercambio y otras disposiciones prácticas.
Los datos se transmitirán o se cargarán por medios electrónicos en la ventanilla única de la Comisión. La Comisión definirá la norma de intercambio y otras disposiciones prácticas para la transmisión de los datos mediante actos de ejecución. Dichos actos de ejecución se adoptarán de acuerdo con el procedimiento de examen a que se refiere en el artículo 8, apartado 2.
Artículo 4
Evaluación de la calidad
1. A los efectos del presente Reglamento, se aplicarán a los datos que deban transmitirse los criterios de calidad establecidos en el artículo 12, apartado 1, del Reglamento (CE) no 223/2009 de conformidad con el artículo 3 del presente Reglamento.
2. Los Estados miembros presentarán a la Comisión (Eurostat) un informe sobre la calidad de los datos que han de transmitirse de conformidad con el artículo 3.
3. Cuando se apliquen los criterios de calidad contemplados en el apartado 1 a los datos cubiertos por el presente Reglamento, la Comisión definirá las modalidades, la estructura, la periodicidad y los indicadores de evaluación de los informes de calidad mediante actos de ejecución. Dichos actos de ejecución se adoptaran de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere en el artículo 8, apartado 2.
4. La Comisión (Eurostat) evaluará la calidad de los datos transmitidos.
Artículo 5
Fecha de aplicación y de primera transmisión de los datos
1. El SEC 2010 se aplicará por vez primera a los datos establecidos de conformidad con el anexo B que deban transmitirse a partir del 1 de septiembre de 2014.
2. Los datos se transmitirán a la Comisión (Eurostat) con arreglo a los plazos fijados en el anexo B.
3. De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1, antes de la primera transmisión de datos según el SEC 2010, los Estados miembros seguirán enviando a la Comisión (Eurostat) las cuentas y tablas elaboradas en aplicación del SEC 95.
4. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo, de 22 de mayo de 2000, por el que se aplica la Decisión 2007/436/CE, Euratom relativa al sistema de recursos propios de las Comunidades (13), la Comisión verificará con el Estado miembro de que se trate la correcta aplicación del presente Reglamento y presentará el resultado de dicha verificación al Comité mencionado en el artículo 8, apartado 1, del presente Reglamento.
Artículo 6
Exenciones
1. En la medida en que el sistema estadístico nacional deba hacer adaptaciones importantes para la aplicación del presente Reglamento, la Comisión concederá exenciones temporales a los Estados miembros mediante actos de ejecución. Tales excepciones expirarán a más tardar el 1 de enero de 2020. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento de examen a que se refiere el artículo 8, apartado 2 del presente Reglamento.
2. La Comisión concederá una exención en virtud del apartado 1 tan solo durante un período suficiente para que el Estado miembro en cuestión pueda adaptar sus sistemas estadísticos. La proporción del PIB del Estado miembro dentro de la Unión o dentro de la zona del euro no justificará que se conceda una exención. Cuando proceda, la Comisión prestará apoyo a los Estados miembros de que se trate en su empeño por realizar las necesarias adaptaciones de sus sistemas estadísticos.
3. Para los fines establecidos en los apartados 1 y 2, el Estado miembro de que se trate deberá presentar una solicitud debidamente fundamentada a la Comisión antes del 17 octubre 2013.
La Comisión, previa consulta al Comité del Sistema Estadístico Europeo, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo, a más tardar el 1 de julio de 2018, un informe sobre la aplicación de las exenciones concedidas, con el fin de comprobar si siguen estando justificadas.
Artículo 7
Ejercicio de la delegación
1. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados en las condiciones establecidas en el presente artículo.
2. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 2, apartados 2 y 5, se otorgan a la Comisión por un período de cinco años a partir del 16 julio 2013. Los poderes para adoptar actos delegados mencionados en el artículo 2, apartado 4, se otorgan a la Comisión por un período de dos meses a partir del 16 julio 2013. La Comisión elaborará un informe sobre la delegación de poderes a más tardar nueve meses antes de que finalice el período de cinco años. La delegación de poderes se prorrogará tácitamente por períodos de idéntica duración, excepto si el Parlamento Europeo o el Consejo se oponen a dicha prórroga a más tardar tres meses antes de que finalice cada período.
3. La delegación de poderes a que se refiere el artículo 2, apartados 2, 4 y 5, podrá ser revocada en cualquier momento por el Parlamento Europeo o por el Consejo.
Una decisión de revocación pondrá término a la delegación de poderes especificada en la misma. Surtirá efecto el día siguiente a la publicación de la decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea o en una fecha posterior que se especifique en la misma. La Decisión no afectará a la validez de los actos delegados ya vigentes.
4. Tan pronto como se adopte un acto delegado, la Comisión lo notificará simultáneamente al Parlamento Europeo y al Consejo.
5. Un acto delegado adoptado de conformidad con el artículo 2, apartados 2, 4 y 5, entrará en vigor solo si el Parlamento Europeo o el Consejo no han formulado objeciones en un plazo de tres meses desde la notificación de dicho acto al Parlamento Europeo y el Consejo, o si, antes de la expiración de dicho plazo, el Parlamento Europeo y el Consejo han informado a la Comisión de que no se opondrán. El plazo se prorrogará tres meses a iniciativa del Parlamento Europeo o del Consejo.
Artículo 8
Comité
1. La Comisión estará asistida por el Comité del Sistema Estadístico Europeo establecido por el Reglamento (CE) no 223/2009. Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 5 del Reglamento (UE) no 182/2011.
Artículo 9
Cooperación con otros comités
1. En todos los asuntos que competan al Comité de Estadísticas Monetarias, Financieras y de Balanza de Pagos establecido por la Decisión 2006/856/CE, la Comisión solicitará el dictamen de dicho Comité de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de la mencionada Decisión.
2. La Comisión transmitirá al Comité de la Renta Nacional Bruta (Comité de la RNB), establecido por el Reglamento (CE, Euratom) no 1287/2003, toda información relativa a la aplicación del presente Reglamento necesaria para la ejecución de su mandato.
Artículo 10
Disposiciones transitorias
1. A efectos del presupuesto y de los recursos propios, y mientras la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (14) siga estando vigente, el SEC 95 continuará siendo el Sistema Europeo de Cuentas vigente a que se refieren el artículo 1, apartado 1, del Reglamento (CE, Euratom) no 1287/2003 y los actos jurídicos conexos, en particular el Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 y el Reglamento (CEE, Euratom) no 1553/89 del Consejo, de 29 de mayo de 1989, relativo al régimen uniforme definitivo de recaudación de los recursos propios procedentes del impuesto sobre el valor añadido (15).
2. Para la determinación de los recursos propios basados en el IVA, y no obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán utilizar datos basados en el SEC 2010 mientras la Decisión 2007/436/CE, Euratom siga estando vigente, cuando no se disponga de los datos detallados necesarios del SEC 95.
Artículo 11
Informes sobre los pasivos implícitos
A más tardar en 2014, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe que contenga información existente sobre las asociaciones público-privadas y otros pasivos implícitos, incluidos los pasivos contingentes, fuera de las administraciones públicas.
A más tardar en 2018, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo otro informe en el que se evalúe en qué medida la información sobre pasivos publicada por la Comisión (Eurostat) representa la totalidad de los pasivos implícitos, incluidos los pasivos contingentes, fuera de las administraciones públicas.
Artículo 12
Revisión
A más tardar el 1 de julio de 2018 y después cada cinco años, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación del presente Reglamento.
El informe evaluará, entre otros elementos:
a) |
la calidad de los datos relativos a las cuentas nacionales y regionales; |
b) |
la eficacia del presente Reglamento y del proceso de supervisión aplicado al SEC 2010, y |
c) |
los avances en datos de pasivos contingentes y en la disponibilidad de datos del SEC 2010. |
Artículo 13
Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Estrasburgo, el 21 de mayo de 2013.
Por el Parlamento Europeo
El Presidente
M. SCHULZ
Por el Consejo
La Presidenta
L. CREIGHTON
(1) DO C 203 de 9.7.2011, p. 3.
(2) Posición del Parlamento Europeo de 13 de marzo de 2013 (no publicada aún en el Diario Oficial) y Decisión del Consejo de 22 de abril de 2013.
(3) Comisión (Eurostat): «Sistema Europeo de Cuentas Económicas Integradas (SEC)», segunda edición, Oficina Estadística de las Comunidades Europeas, Luxemburgo, 1979.
(4) DO L 310 de 30.11.1996, p. 1.
(5) DO L 192 de 22.7.2011, p. 1.
(6) DO L 154 de 21.6.2003, p. 1.
(7) DO L 87 de 31.3.2009, p. 164.
(8) DO L 306 de 23.11.2011, p. 41.
(9) Decisión 74/122/CEE del Consejo, de 18 de febrero de 1974, por la que se crea un Comité de Política Económica (DO L 63 de 5.3.1974, p. 21).
(10) DO L 55 de 28.2.2011, p. 13.
(11) DO L 332 de 30.11.2006, p. 21.
(12) DO L 181 de 19.7.2003, p. 1.
(13) DO L 130 de 31.5.2000, p. 1.
(14) DO L 163 de 23.6.2007, p. 17.
(15) DO L 155 de 7.6.1989, p. 9.
ANEXO A
CAPÍTULO 1 |
CARACTERÍSTICAS GENERALES Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES |
CARACTERÍSTICAS GENERALES
Globalización
APLICACIONES DEL SEC 2010
Un marco para elaborar análisis y políticas
Características de los conceptos del SEC 2010
Clasificación por sectores
Cuentas satélite
El SEC 2010 y el SCN 2008
El SEC 2010 y el SEC 95
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SEC 2010 COMO SISTEMA
Las unidades estadísticas y su agrupación
Unidades y sectores institucionales
Unidades de actividad económica a nivel local y ramas de actividad
Unidades residentes y no residentes; total de la economía y resto del mundo
Los flujos y los stocks
Flujos
Operaciones
Propiedades de las operaciones
Interacciones frente a operaciones internas
Operaciones monetarias frente a operaciones no monetarias
Operaciones con contrapartida y operaciones sin contrapartida
Reordenación de las operaciones
Reasignación
División
Determinación de la parte principal en una operación
Casos dudosos
Otras variaciones de los activos
Otras variaciones en volumen de los activos y pasivos
Pérdidas y ganancias de posesión nominales
Stocks
El sistema de cuentas y los agregados
Reglas contables
Terminología de los dos lados de las cuentas
Partida doble/partida cuádruple
Valoración
Valoraciones especiales de los bienes y servicios
Valoración a precios constantes
Momento del registro
Consolidación y cálculo del neto
Consolidación
Registro de las posiciones netas
Cuentas, saldos contables y agregados
Sucesión de las cuentas
La cuenta de bienes y servicios
La cuenta del resto del mundo
Saldos contables
Los agregados
PIB: un agregado clave
El marco input-output
Tablas de origen y destino
Tablas input-output simétricas
CAPÍTULO 2 |
LAS UNIDADES Y LOS CONJUNTOS DE UNIDADES |
DELIMITACIÓN DE LA ECONOMÍA NACIONAL
LAS UNIDADES INSTITUCIONALES
Sedes centrales y sociedades holding
Grupos de sociedades
Entidades con fines especiales
Instituciones financieras de ámbito limitado
Filiales artificiales
Unidades de las administraciones públicas con fines especiales
LOS SECTORES INSTITUCIONALES
Sociedades no financieras (S.11)
Subsector «sociedades no financieras públicas» (S.11001)
Subsector «sociedades no financieras privadas nacionales» (S.11002)
Subsector «sociedades no financieras bajo control extranjero» (S.11003)
Instituciones financieras (S.12)
Intermediarios financieros
Auxiliares financieros
Instituciones financieras distintas de los intermediarios financieros y los auxiliares financieros
Unidades institucionales que forman parte del sector instituciones financieras
Subsectores de instituciones financieras
Subsectores combinados de instituciones financieras
Desglose de los subsectores de las instituciones financieras según estén bajo control público, privado nacional o extranjero
Banco central (S.121)
Sociedades de depósitos, excepto el banco central (S.122)
Fondos del mercado monetario (S.123)
Fondos de inversión no monetarios (S.124)
Subsector «otros intermediarios financieros, excepto las compañías de seguros y los fondos de pensiones» (S.125)
Sociedades instrumentales que efectúan operaciones de titulización (FVC)
Agentes de valores y derivados, instituciones financieras que se dedican a los préstamos e instituciones financieras especializadas
Subsector «auxiliares financieros» (S.126)
Instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero (S.127)
Compañías de seguros (S.128)
Fondos de pensiones (S.129)
Administraciones públicas (S.13)
Administración central (excluidos los fondos de la seguridad social) (S.1311)
Administración regional (excluidos los fondos de la seguridad social) (S.1312)
Administración local (excluidos los fondos de la seguridad social) (S.1313)
Fondos de la seguridad social (S.1314)
Hogares (S.14)
Empleadores y trabajadores por cuenta propia (S.141 + S.142)
Subsector «asalariados» (S.143)
Perceptores de rentas de la propiedad (S.1441)
Subsector «perceptores de pensiones» (S.1442)
Perceptores de otras transferencias (S.1443)
Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (S.15)
Resto del mundo (S.2)
Clasificación sectorial de las unidades de producción según las principales formas jurídicas de propiedad
UNIDADES DE ACTIVIDAD ECONÓMICA A NIVEL LOCAL Y RAMAS DE ACTIVIDAD
La unidad de actividad económica a nivel local
La rama de actividad
Clasificación de las ramas de actividad
UNIDADES DE PRODUCCIÓN HOMOGÉNEA Y RAMAS HOMOGÉNEAS
La unidad de producción homogénea
La rama homogénea
CAPÍTULO 3 |
OPERACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Y ACTIVOS NO PRODUCIDOS |
OPERACIONES DE BIENES Y SERVICIOS EN GENERAL
PRODUCCIÓN
Actividades principales, secundarias y auxiliares
Producción (P.1)
Unidades institucionales: distinción entre de mercado, para uso final propio y no de mercado
Momento del registro y valoración de la producción
Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca (sección A)
Productos manufacturados (sección C). Construcciones y trabajos de construcción (sección F)
Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas (sección G)
Transporte y almacenamiento (sección H)
Servicios de alojamiento y de comidas y bebidas (sección I)
Servicios financieros y de seguros (sección K): producción del banco central
Servicios financieros y de seguros (sección K): servicios financieros en general
Servicios financieros prestados para abono directo
Servicios financieros remunerados mediante facturación de carga de los intereses
Servicios financieros que consisten en la adquisición de activos y pasivos financieros en los mercados financieros
Servicios financieros prestados en el marco de sistemas de pensiones y de seguros, en los que la actividad se financia mediante la facturación de cotizaciones de seguro y mediante los rendimientos del ahorro
Servicios inmobiliarios (sección L)
Servicios profesionales, científicos y técnicos (sección M). Servicios administrativos y auxiliares (sección N)
Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social de afiliación obligatoria (sección O)
Servicios de educación (sección P). Servicios de atención sanitaria y de trabajo social (sección Q)
Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento (sección R). Otros servicios (sección S)
Servicios de los hogares como empleadores (sección T)
CONSUMOS INTERMEDIOS (P.2)
Momento del registro y valoración de los consumos intermedios
CONSUMO FINAL (P.3, P.4)
Gasto en consumo final (P.3)
Consumo final efectivo (P.4)
Momento del registro y valoración del gasto en consumo final
Momento del registro y valoración del consumo final efectivo
FORMACIÓN BRUTA DE CAPITAL (P.5)
Formación bruta de capital fijo (P.51g)
Momento del registro y valoración de la formación bruta de capital fijo
Consumo de capital fijo (P.51C)
Variación de existencias (P.52)
Momento del registro y valoración de la variación de existencias
Adquisiciones menos cesiones de objetos valiosos (P.53)
EXPORTACIONES E IMPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS (P.6 Y P.7)
Importaciones y exportaciones de bienes (P.61 y P.71)
Exportaciones e importaciones de servicios (P.62 y P.72)
OPERACIONES DE BIENES EXISTENTES
ADQUISICIONES MENOS CESIONES DE ACTIVOS NO FINANCIEROS NO PRODUCIDOS (NP)
CAPÍTULO 4 |
OPERACIONES DE DISTRIBUCIÓN |
REMUNERACIÓN DE LOS ASALARIADOS (D.1)
Sueldos y salarios (D.11)
Sueldos y salarios en efectivo
Sueldos y salarios en especie
Cotizaciones sociales a cargo de los empleadores (D.12)
Cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores (D.121)
Cotizaciones sociales imputadas a cargo de los empleadores (D.122)
IMPUESTOS SOBRE LA PRODUCCIÓN Y LAS IMPORTACIONES (D.2)
Impuestos sobre los productos (D.21)
Impuestos del tipo valor añadido (IVA) (D.211)
Impuestos y derechos sobre las importaciones, excluido el IVA (D.212)
Impuestos sobre los productos, excluidos el IVA y los impuestos sobre las importaciones y exportaciones (D.214)
Otros impuestos sobre la producción (D.29)
Impuestos sobre la producción y las importaciones pagados a las instituciones de la Unión Europea
Impuestos sobre la producción y las importaciones: momento del registro e importes que deben registrarse
SUBVENCIONES (D.3)
Subvenciones a los productos (D.31)
Subvenciones a las importaciones (D.311)
Otras subvenciones a los productos (D.319)
Otras subvenciones a la producción (D.39)
RENTAS DE LA PROPIEDAD (D.4)
Intereses (D.41)
Intereses de depósitos y préstamos
Intereses de los valores representativos de deuda
Intereses de las letras e instrumentos similares a corto plazo
Intereses de bonos y obligaciones
Permutas financieras (swaps) de tipos de interés y acuerdos de tipos de interés futuros (forward rate agreements)
Intereses de arrendamientos financieros
Otros intereses
Momento del registro
Rentas distribuidas de las sociedades (D.42)
Dividendos (D.421)
Rentas retiradas de las cuasisociedades (D.422)
Beneficios reinvertidos de la inversión exterior directa (D.43)
Otras rentas de inversión (D.44)
Rentas de inversión atribuibles a los tomadores del seguro (D.441)
Rentas de inversión a pagar sobre los derechos por pensiones (D.442)
Rentas de inversión atribuibles a partícipes en fondos de inversión (D.443)
Rentas de la tierra (D.45)
Rentas de la tierra
Renta de activos del subsuelo
IMPUESTOS CORRIENTES SOBRE LA RENTA, EL PATRIMONIO, ETC. (D.5)
Impuestos sobre la renta (D.51)
Otros impuestos corrientes (D.59)
COTIZACIONES Y PRESTACIONES SOCIALES (D.6)
Cotizaciones sociales netas (D.61)
Cotizaciones sociales efectivas a cargo de los empleadores (D.611)
Cotizaciones sociales imputadas a cargo de los empleadores (D.612)
Cotizaciones sociales efectivas a cargo de los hogares (D.613)
Cotizaciones sociales suplementarias a cargo de los hogares (D.614)
Prestaciones sociales distintas de las transferencias sociales en especie (D.62)
Prestaciones de seguridad social en efectivo (D.621)
Prestaciones de otros sistemas de seguros sociales (D.622)
Prestaciones de asistencia social en efectivo (D.623)
Transferencias sociales en especie (D.63)
Transferencias sociales en especie: producción no de mercado (D.631) de las administraciones públicas y las ISFLSH
Transferencias sociales en especie: producción adquirida en el mercado (D.632) por las administraciones públicas y las ISFLSH
OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES (D.7)
Primas netas de seguro no vida (D.71)
Indemnizaciones de seguro no vida (D.72)
Transferencias corrientes entre administraciones públicas (D.73)
Cooperación internacional corriente (D.74)
Transferencias corrientes diversas (D.75)
Transferencias corrientes a las ISFLSH (D.751)
Transferencias corrientes entre los hogares (D.752)
Otras transferencias corrientes diversas (D.759)
Multas y sanciones
Loterías y juegos de azar
Pagos compensatorios
Recursos propios de la UE basados en el IVA y en la RNB (D.76)
AJUSTE POR LA VARIACIÓN DE LOS DERECHOS POR PENSIONES (D.8)
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL (D.9)
Impuestos sobre el capital (D.91)
Ayudas a la inversión (D.92)
Otras transferencias de capital (D.99)
OPCIONES DE COMPRA DE ACCIONES DE LOS ASALARIADOS
CAPÍTULO 5 |
OPERACIONES FINANCIERAS |
CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Activos financieros, derechos financieros y pasivos
Activos contingentes y pasivos contingentes
Categorías de activos y pasivos financieros
Los balances, la cuenta financiera y otros flujos
Valoración
Registro neto y bruto
Consolidación
Registro de las posiciones netas
Normas contables para las operaciones financieras
Una operación financiera con una transferencia corriente o de capital como contrapartida
Una operación financiera con rentas de la propiedad como contrapartida
Momento del registro
Cuenta financiera que identifica a las contrapartes
CLASIFICACIÓN PORMENORIZADA DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS POR CATEGORÍAS
Oro monetario y derechos especiales de giro (F.1)
Oro monetario (F.11)
DEG (F.12)
Efectivo y depósitos (F.2)
Efectivo (F.21)
Depósitos (F.22 y F.29)
Depósitos transferibles (F.22)
Otros depósitos (F.29)
Valores representativos de deuda (F.3)
Principales características de los valores representativos de deuda
Clasificación por vencimiento original y moneda
Clasificación por tipo de interés
Valores representativos de deuda con tipo de interés fijo
Valores representativos de deuda con tipo de interés variable
Valores representativos de deuda con tipo de interés mixto
Colocaciones privadas
Titulización
Bonos cubiertos
Préstamos (F.4)
Principales características de los préstamos
Clasificación de los préstamos por plazo de vencimiento original, moneda y finalidad
Distinción entre operaciones con préstamos y operaciones con depósitos
Distinción entre operaciones con préstamos y operaciones con valores representativos de deuda
Distinción entre operaciones con préstamos, crédito comercial y efectos comerciales
Préstamo de valores y operaciones con compromiso de recompra
Arrendamientos financieros
Otros tipos de préstamos
Activos financieros excluidos de la categoría de préstamos
Participaciones en el capital y en fondos de inversión (F.5)
Participaciones en el capital (F.51)
Certificados de depósito de valores
Acciones cotizadas (F.511)
Acciones no cotizadas (F.512)
Oferta pública inicial, cotización, exclusión de cotización y recompra de acciones
Activos financieros excluidos de los valores de renta variable
Otras participaciones en el capital (F.519)
Valoración de las operaciones en participaciones en el capital
Participaciones en fondos de inversión (F.52)
Participaciones en fondos del mercado monetario (F.521)
Participaciones en fondos no monetarios (F.522)
Valoración de las operaciones en participaciones en fondos de inversión
Sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (F.6)
Reservas técnicas de seguro no vida (F.61)
Derechos de seguro de vida y de rentas periódicas (F.62)
Derechos por pensiones (F.63)
Derechos por pensiones contingentes
Derechos exigibles a los garantes de las pensiones (F.64)
Derechos de prestaciones distintas de pensiones (F.65)
Provisiones para ejecuciones de garantías estandarizadas (F.66)
Garantías estandarizadas y garantías únicas
Derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (F.7)
Derivados financieros (F.71)
Opciones
Contratos a plazo
Las opciones con respecto a los contratos a plazo
Permutas financieras (swaps)
Acuerdos de tipos de interés futuros
Derivados de crédito
Permutas de riesgo de crédito
Instrumentos financieros no incluidos en derivados financieros
Opciones de compra de acciones de los asalariados (F.72)
Valoración de las operaciones de derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados
Otras cuentas pendientes de cobro/pago (F.8)
Créditos comerciales y anticipos (F.81)
Otras cuentas pendientes de cobro/pago, excluidos los créditos comerciales y los anticipos (F.89)
ANEXO 5.1 — |
CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS |
Clasificación de las operaciones financieras por categoría
Clasificación de las operaciones financieras por negociabilidad
Valores estructurados
Clasificación de las operaciones financieras por tipo de renta
Clasificación de las operaciones financieras por modalidad de tipo de interés
Clasificación de las operaciones financieras por plazo de vencimiento
Vencimiento a corto y a largo plazo
Plazo de vencimiento original y residual
Clasificación de las operaciones financieras por moneda
Medidas del dinero
CAPÍTULO 6 |
LOS OTROS FLUJOS |
INTRODUCCIÓN
OTRAS VARIACIONES DE LOS ACTIVOS Y PASIVOS
Otras variaciones en volumen de los activos y pasivos (K.1 a K.6)
Aparición económica de activos (K.1)
Desaparición económica de activos no producidos (K.2)
Pérdidas debidas a catástrofes (K.3)
Expropiaciones sin indemnización (K.4)
Otras variaciones en volumen no clasificadas en otra parte (K.5)
Cambios de clasificación (K.6)
Cambios de clasificación sectorial y de estructura de las unidades institucionales (K.61)
Cambios de clasificación de los activos y pasivos (K.62)
Ganancias y pérdidas de posesión nominales (K.7)
Ganancias y pérdidas de posesión neutrales (K.71)
Ganancias y pérdidas de posesión reales (K.72)
Ganancias y pérdidas de posesión por tipos de activos y pasivos financieros
Oro monetario y DEG (derechos especiales de giro) (AF.1)
Efectivo y depósitos (AF.2)
Valores representativos de deuda (AF.3)
Préstamos (AF.4)
Participaciones en el capital y en fondos de inversión (AF.5)
Sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (AF.6)
Derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (AF.7)
Otras cuentas pendientes de cobro/pago (AF.8)
Activos denominados en moneda extranjera
CAPÍTULO 7 |
BALANCES |
TIPOS DE ACTIVOS Y PASIVOS
Definición de activo
EXCLUSIONES DE LA FRONTERA DE ACTIVOS Y PASIVOS
CATEGORÍAS DE ACTIVOS Y PASIVOS
Activos no financieros producidos (AN.1)
Activos no financieros no producidos (AN.2)
Activos y pasivos financieros (AF)
VALORACIÓN DE LAS ANOTACIONES REGISTRADAS EN LOS BALANCES
Principios generales de valoración
ACTIVOS NO FINANCIEROS (AN)
Activos no financieros producidos (AN.1)
Activos fijos (AN.11)
Productos de propiedad intelectual (AN.117)
Costes de la transferencia de propiedad de los activos no producidos (AN.116)
Existencias (AN.12)
Objetos valiosos (AN.13)
Activos no financieros no producidos (AN.2)
Recursos naturales (AN.21)
Terrenos (AN.211)
Reservas minerales y energéticas (AN.212)
Otros activos naturales (AN.213, AN.214 y AN.215)
Contratos, arrendamientos y licencias (AN.22)
Compras menos ventas de fondos de comercio y activos relativos a la comercialización (AN.23)
ACTIVOS Y PASIVOS FINANCIEROS (AF)
Oro monetario y DEG (AF.1)
Efectivo y depósitos (AF.2)
Valores representativos de deuda (AF.3)
Préstamos (AF.4)
Participaciones en el capital y en fondos de inversión (AF.5)
Sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (AF.6)
Derivados financieros y opciones de compra de acciones de los asalariados (AF.7)
Otras cuentas pendientes de cobro/pago (AF.8)
BALANCES FINANCIEROS
RÚBRICAS PRO MEMORIA
Bienes de consumo duradero (AN.m)
Inversión exterior directa (AF.m1)
Préstamos de dudoso cobro (AF.m2)
Registro de préstamos de dudoso cobro
ANEXO 7.1 — |
RESUMEN DE CADA CATEGORÍA DE ACTIVOS |
ANEXO 7.2 — |
ITINERARIO DE LAS RÚBRICAS ENTRE EL BALANCE INICIAL Y EL BALANCE FINAL |
CAPÍTULO 8 |
LA SUCESIÓN DE LAS CUENTAS |
INTRODUCCIÓN
Sucesión de las cuentas
LA SUCESIÓN DE LAS CUENTAS
Cuentas corrientes
Cuenta de producción (I)
Cuentas de distribución y utilización de la renta (II)
Cuentas de distribución primaria de la renta (II.1)
Cuenta de explotación (II.1.1)
Cuenta de asignación de la renta primaria (II.1.2)
Cuenta de renta empresarial (II.1.2.1)
Cuenta de asignación de otra renta primaria (II.1.2.2)
Cuenta de distribución secundaria de la renta (II.2)
Cuenta de redistribución de la renta en especie (II.3)
Cuenta de utilización de la renta (II.4)
Cuenta de utilización de la renta disponible (II.4.1)
Cuenta de utilización de la renta disponible ajustada (II.4.2)
Cuentas de acumulación (III)
Cuenta de capital (III.1)
Cuenta de variaciones del patrimonio neto debidas al ahorro y a las transferencias de capital (III.1.1)
Cuenta de adquisiciones de activos no financieros (III.1.2)
Cuenta financiera (III.2)
Cuenta de otras variaciones de los activos (III.3)
Cuenta de otras variaciones del volumen de los activos (III.3.1)
Cuenta de revalorización (III.3.2)
Cuenta de ganancias y pérdidas de posesión neutrales (III.3.2.1)
Cuenta de ganancias y pérdidas de posesión reales (III.3.2.2)
Balances (IV)
Balance inicial (IV.1)
Variaciones del balance (IV.2)
Balance final (IV.3)
CUENTAS DEL RESTO DEL MUNDO (V)
Cuentas corrientes
Cuenta de intercambios exteriores de bienes y servicios (V.I)
Cuenta exterior de rentas primarias y transferencias corrientes (V.II)
Cuentas exteriores de acumulación (V.III)
Cuenta de capital (V.III.1)
Cuenta financiera (V.III.2)
Cuenta de otras variaciones de los activos (V.III.3)
Balances (V.IV)
CUENTA DE BIENES Y SERVICIOS (0)
CUENTAS ECONÓMICAS INTEGRADAS
AGREGADOS
Producto interior bruto a precios de mercado (PIB)
Excedente de explotación del total de la economía
Renta mixta del total de la economía
Renta empresarial del total de la economía
Renta nacional (a precios de mercado)
Renta nacional disponible
Ahorro
Saldo de las operaciones corrientes con el exterior
Capacidad (+) o necesidad (–) de financiación del total de la economía
Patrimonio neto del total de la economía
Gastos e ingresos de las administraciones públicas
CAPÍTULO 9 |
TABLAS DE ORIGEN Y DESTINO Y MARCO INPUT-OUTPUT |
INTRODUCCIÓN
DESCRIPCIÓN
HERRAMIENTA ESTADÍSTICA
HERRAMIENTA DE ANÁLISIS
TABLAS DE ORIGEN Y DESTINO MÁS DETALLADAS
Clasificaciones
Principios de valoración
Márgenes comerciales y de transporte
Impuestos sobre la producción y las importaciones menos subvenciones
Otros conceptos básicos
Información complementaria
FUENTES DE INFORMACIÓN Y EQUILIBRIO CONTABLE
HERRAMIENTA PARA EL ANÁLISIS Y SUS AMPLIACIONES
CAPÍTULO 10 |
MEDICIÓN DE LAS VARIACIONES DE PRECIO Y VOLUMEN |
CAMPO DE APLICACIÓN DE LOS ÍNDICES DE PRECIO Y DE VOLUMEN EN LAS CUENTAS NACIONALES
Sistema integrado de índices de precio y de volumen
Otros índices de precio y de volumen
PRINCIPIOS GENERALES PARA LA MEDICIÓN DE LOS ÍNDICES DE PRECIO Y DE VOLUMEN
Definición de precio y volumen de los bienes y servicios de mercado
Calidad, precio y producto homogéneo
Precios y volumen
Productos nuevos
Principios aplicables a los servicios no de mercado
Principios aplicables al valor añadido y al PIB
PROBLEMAS CONCRETOS PARA APLICAR LOS PRINCIPIOS GENERALES
Impuestos sobre los productos y las importaciones y subvenciones a los mismos
Otros impuestos sobre la producción y otras subvenciones a la producción
Consumo de capital fijo
Remuneración de los asalariados
Stocks de activos producidos fijos y existencias
MEDICIÓN DE LA RENTA REAL PARA EL TOTAL DE LA ECONOMÍA
ÍNDICES DE PRECIO Y DE VOLUMEN INTERESPACIALES
CAPÍTULO 11 |
POBLACIÓN Y EMPLEO |
POBLACIÓN TOTAL
POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA
EMPLEO
Asalariados
Trabajadores autónomos
Empleo y residencia
DESEMPLEO
PUESTOS DE TRABAJO
Puestos de trabajo y residencia
LA ECONOMÍA NO OBSERVADA
TOTAL DE HORAS TRABAJADAS
Definición de las horas efectivamente trabajadas
EQUIVALENCIA A TIEMPO COMPLETO
INSUMO DE TRABAJO ASALARIADO A REMUNERACIÓN CONSTANTE
MEDIDAS DE LA PRODUCTIVIDAD
CAPÍTULO 12 |
CUENTAS NACIONALES TRIMESTRALES |
INTRODUCCIÓN
CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LAS CUENTAS NACIONALES TRIMESTRALES
Momento del registro
Trabajos en curso
Actividades concentradas en períodos concretos dentro del año
Pagos de baja frecuencia
Estimaciones avance
Equilibrio contable y benchmarking de las cuentas nacionales trimestrales
Equilibrio contable
Coherencia entre cuentas trimestrales y anuales: benchmarking
Medidas encadenadas de variaciones de precios y de volumen
Procedimientos de ajuste estacional y de calendario
Secuencia de elaboración de las medidas de volumen encadenadas desestacionalizadas
CAPÍTULO 13 |
CUENTAS REGIONALES |
INTRODUCCIÓN
TERRITORIO REGIONAL
UNIDADES Y CUENTAS REGIONALES
Unidades institucionales
Unidades de actividad económica locales y actividades de producción regionales por rama de actividad
MÉTODOS DE REGIONALIZACIÓN
AGREGADOS CORRESPONDIENTES A LAS ACTIVIDADES DE PRODUCCIÓN
Valor añadido bruto y producto interior bruto por región
La asignación de los SIFMI entre las ramas de actividad usuarias
Empleo
Remuneración de los asalariados
Transición del VAB regional al PIB regional
Tasas de crecimiento en volumen del VAB regional
CUENTAS REGIONALES DE RENTAS DE LOS HOGARES
CAPÍTULO 14 |
SERVICIOS DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA MEDIDOS INDIRECTAMENTE (SIFMI) |
EL CONCEPTO DE SIFMI Y EL IMPACTO DE SU ASIGNACIÓN DE USUARIO SOBRE LOS PRINCIPALES AGREGADOS
CÁLCULO Y ASIGNACIÓN DE LOS SIFMI PRODUCIDOS POR LOS SECTORES S.122 Y S.125
Datos estadísticos necesarios
Tipos de referencia
Tipo de referencia interno
Tipos de referencia externos
Desglose detallado de los SIFMI por sectores institucionales
Desglose de los SIFMI asignados a los hogares entre consumos intermedios y consumo final
CÁLCULO DE LAS IMPORTACIONES DE SIFMI
SIFMI EN TÉRMINOS DE VOLUMEN
CÁLCULO DE SIFMI POR RAMAS DE ACTIVIDAD
PRODUCCIÓN DEL BANCO CENTRAL
CAPÍTULO 15 |
CONTRATOS, ARRENDAMIENTOS Y LICENCIAS |
INTRODUCCIÓN
DISTINCIÓN ENTRE ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS, DE RECURSOS Y FINANCIEROS
Arrendamientos operativos
Arrendamientos financieros
Arrendamientos de recursos
Licencias para utilizar recursos naturales
Licencias para emprender actividades específicas
Asociaciones público-privadas
Contratos de concesión de servicios
Arrendamientos operativos comercializables (AN.221)
Derechos exclusivos a bienes y servicios futuros (AN.224)
CAPÍTULO 16 |
SEGUROS |
INTRODUCCIÓN
Seguro directo
Reaseguros
Las unidades participantes
PRODUCCIÓN DEL SEGURO DIRECTO
Primas imputables al ejercicio
Primas complementarias
Siniestralidad ajustada y prestaciones imputables al ejercicio
Siniestralidad ajustada en el seguro no vida
Prestaciones de seguro de vida imputables al ejercicio
Reservas técnicas de seguro
Definición de producción del seguro
Seguros distintos del seguro de vida
Seguros de vida
Reaseguros
OPERACIONES ASOCIADAS AL SEGURO NO VIDA
Asignación de la producción del seguro entre los usuarios
Servicios de seguro prestados al resto del mundo o percibidos del resto del mundo
Las anotaciones contables
OPERACIONES DEL SEGURO DE VIDA
OPERACIONES ASOCIADAS CON EL REASEGURO
OPERACIONES ASOCIADAS CON LOS AUXILIARES DE SEGUROS
RENTAS PERIÓDICAS
REGISTRO DE LAS INDEMNIZACIONES DEL SEGURO NO VIDA
Tratamiento de las indemnizaciones ajustadas
Tratamiento de las pérdidas debidas a catástrofes
CAPÍTULO 17 |
SEGUROS SOCIALES, INCLUIDAS LAS PENSIONES |
INTRODUCCIÓN
Sistemas de seguros sociales, asistencia social y pólizas de seguro individuales
Prestaciones sociales
Prestaciones sociales proporcionadas por las administraciones públicas
Prestaciones sociales proporcionadas por otras unidades institucionales
Pensiones y prestaciones de otro tipo
PRESTACIONES DE SEGUROS SOCIALES DISTINTAS DE LAS PENSIONES
Sistemas de seguridad social distintos de los sistemas de pensiones
Otros sistemas de seguros sociales vinculados al empleo
Registro de stocks y flujos por tipo de sistema de seguros sociales distintos de la pensión
Sistemas de seguridad social
Otros sistemas de seguros sociales vinculados al empleo distintos de las pensiones
PENSIONES
Tipos de sistemas de pensiones
Sistemas de pensiones de la seguridad social
Otros sistemas de pensiones vinculados al empleo
Sistema de cotización definida
Sistemas de prestación definida
Sistemas ficticios de cotización definida y sistemas híbridos
Los sistemas de prestación definida comparados con los sistemas de cotización definida
Gestor de la pensión, garante de la pensión, fondo de pensiones y sistema de pensiones multiempresarial
Registro de los stocks y flujos por tipo de sistema de pensiones en el marco de los seguros sociales
Operaciones relacionadas con los sistemas de pensiones de la seguridad social
Operaciones relacionadas con otros sistemas de pensiones vinculados al empleo
Operaciones relacionadas con los sistemas de pensiones de cotización definida
Otros flujos relacionados con sistemas de pensiones de cotización definida
Operaciones relacionadas con los sistemas de pensiones de prestación definida
TABLA SUPLEMENTARIA PARA LOS DERECHOS POR PENSIÓN ADQUIRIDOS EN UNA FECHA DETERMINADA EN SEGUROS SOCIALES
Estructura de la tabla suplementaria
Las columnas de la tabla
Las filas de la tabla
Balance inicial y final
Variaciones en los derechos por pensiones debidas a operaciones
Variaciones en los derechos por pensiones debidas a otros flujos económicos
Indicadores relacionados
Hipótesis actuariales
Derechos devengados en una fecha determinada
Tasa de descuento
Incremento salarial
Hipótesis demográficas
CAPÍTULO 18 |
CUENTAS DEL RESTO DEL MUNDO |
INTRODUCCIÓN
TERRITORIO ECONÓMICO
Residencia
UNIDADES INSTITUCIONALES
USO DEL TÉRMINO SUCURSALES EN LAS CUENTAS INTERNACIONALES DE LA BALANZA DE PAGOS
UNIDADES RESIDENTES FICTICIAS
EMPRESAS MULTITERRITORIALES
DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA
LAS CUENTAS INTERNACIONALES DE LA BALANZA DE PAGOS
SALDOS DE LAS CUENTAS CORRIENTES EN LAS CUENTAS INTERNACIONALES
LAS CUENTAS DEL SECTOR DEL RESTO DEL MUNDO Y SU RELACIÓN CON LAS CUENTAS INTERNACIONALES DE LA BALANZA DE PAGOS
Cuenta de intercambios exteriores de bienes y servicios
Valoración
Bienes destinados a la transformación
Servicios de compraventa
Bienes en el marco de la compraventa
Importaciones y exportaciones de SIFMI
La cuenta exterior de rentas primaria y secundaria
La cuenta de la renta primaria
Rentas de inversión directa
La cuenta de la renta secundaria (transferencias corrientes) del MBP6
La cuenta de capital exterior
La cuenta financiera del exterior y la posición de inversión internacional (PII)
BALANCES DEL SECTOR DEL RESTO DEL MUNDO
CAPÍTULO 19 |
CUENTAS EUROPEAS |
INTRODUCCIÓN
DE LAS CUENTAS NACIONALES A LAS EUROPEAS
Conversión de datos en monedas diferentes
Instituciones europeas
Las cuentas del resto del mundo
Cuadro de las operaciones
Medición de las variaciones de precio y volumen
Balances
Matrices con identificación de los sectores de contrapartida
ANEXO 19.1 — |
LAS CUENTAS DE LAS INSTITUCIONES EUROPEAS |
Recursos
Empleos
Consolidación
CAPÍTULO 20 |
CUENTAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS |
INTRODUCCIÓN
DEFINICIÓN DEL SECTOR DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Identificación de las unidades de las administraciones públicas
Unidades de las administraciones públicas
Las ISFL clasificadas en el sector de las administraciones públicas
Otras unidades de las administraciones públicas
Control público
Delimitación de mercado/no mercado
Concepto de precios económicamente significativos
Criterios del comprador de la producción de un productor público
La producción se vende principalmente a sociedades y hogares
La producción se vende solo a las administraciones públicas
La producción se vende a las administraciones públicas y a terceros
La prueba de mercado/no de mercado
Intermediación financiera y límite de las administraciones públicas
Casos dudosos
Oficinas centrales
Fondos de pensiones
Cuasisociedades
Organismos de reestructuración
Organismos de privatización
Estructuras de desendeudamiento
Entidades con fines especiales
Empresas en participación
Organismos de regulación del mercado
Autoridades supranacionales
Los subsectores de las administraciones públicas
Administración central
Administración regional
Corporaciones locales
Fondos de seguridad social
PRESENTACIÓN DE LAS ESTADÍSTICAS DE LAS FINANZAS PÚBLICAS
Marco general
Ingresos
Impuestos y cotizaciones sociales
Ventas
Otros ingresos
Gastos
Remuneración de los asalariados y consumo intermedio
Gastos en prestaciones sociales
Intereses
Otros gastos corrientes
Gastos de capital
Vínculo con el gasto en consumo final de las administraciones públicas (P.3)
Gasto de las administraciones públicas por funciones (COFOG)
Saldos contables
Capacidad/necesidad de financiación (B.9)
Variaciones del patrimonio neto debidas al ahorro y a las transferencias de capital (B.101)
Financiación
Operaciones con activos
Operaciones con pasivos
Otros flujos económicos
Cuenta de revalorización
Cuenta de otras variaciones del volumen de los activos
Balances
Consolidación
CUESTIONES CONTABLES RELACIONADAS CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Ingresos fiscales
Carácter de los ingresos fiscales
Créditos fiscales
Importes que deben registrarse
Importes incobrables
Momento del registro
Registro por el principio de devengo
Registro de los impuestos por el principio de devengo
Intereses
Bonos con descuento y bonos cupón cero
Valores indiciados
Derivados financieros
Decisiones judiciales
Gasto militar
Relaciones de las administraciones públicas con sociedades públicas
Inversión de capital en sociedades públicas y distribución de beneficios
Inversiones de capital
Inyecciones de capital
Subvenciones e inyecciones de capital
Normas aplicables a circunstancias especiales
Operaciones fiscales
Distribuciones de las sociedades públicas
Dividendos y retiradas de fondos propios
Impuestos y retiradas de fondos propios
Privatización y nacionalización
Privatización
Privatizaciones indirectas
Nacionalización
Operaciones con el banco central
Reestructuraciones, fusiones y reclasificaciones
Operaciones de deuda
Contracción, cancelación y condonación de deuda
Contracción y cancelación de deuda
Contracción de deuda que supone una transferencia de activos no financieros
Bajas o reducciones en cuentas de las deudas
Otras reestructuraciones de la deuda
Compra de deuda por encima del valor de mercado
Desendeudamientos y rescates
Garantías de deuda
Garantías del tipo de los derivados
Garantías estandarizadas
Garantías únicas
Titulización
Definición
Criterios para el reconocimiento de las ventas
Registro de flujos
Otros asuntos
Obligaciones en materia de pensiones
Pagos a tanto alzado
Asociaciones público-privadas
Ámbito de las asociaciones público-privadas
Propiedad económica y asignación del activo
Cuestiones contables
Operaciones con organizaciones internacionales y supranacionales
Ayuda al desarrollo
EL SECTOR PÚBLICO
Control del sector público
Bancos centrales
Cuasisociedades públicas
Entidades con fines especiales y no residentes
Empresas en participación
CAPÍTULO 21 |
RELACIONES ENTRE LAS CUENTAS DE EMPRESA Y LAS CUENTAS NACIONALES Y MEDICIÓN DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL |
ALGUNAS NORMAS Y MÉTODOS ESPECÍFICOS DE LA CONTABILIDAD DE EMPRESA
Momento del registro
Contabilidad de partida doble y partida cuádruple
Valoración
Cuenta de pérdidas y ganancias y balance
CUENTAS NACIONALES Y CUENTAS DE EMPRESA: CUESTIONES DE ORDEN PRÁCTICO
LA TRANSICIÓN DE CUENTAS DE EMPRESA A CUENTAS NACIONALES: EL EJEMPLO DE LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS
Ajustes conceptuales
Ajustes para mantener la coherencia con las cuentas de otros sectores
Ejemplos de ajustes con fines de exhaustividad
CUESTIONES ESPECÍFICAS
Ganancias o pérdidas de posesión
Globalización
Fusiones y adquisiciones
CAPÍTULO 22 |
CUENTAS SATÉLITE |
INTRODUCCIÓN
Clasificaciones funcionales
PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LAS CUENTAS SATÉLITE
Cuentas satélite funcionales
Cuentas sectoriales especiales
Inclusión de datos no monetarios
Detalles adicionales y conceptos suplementarios
Conceptos básicos diferentes
Utilización de la modelización e inclusión de resultados experimentales
Diseño y elaboración de las cuentas satélite
NUEVE CUENTAS SATÉLITE ESPECÍFICAS
Cuentas de la agricultura
Cuentas del medio ambiente
Cuentas de la salud
Cuentas de la producción de los hogares
Cuentas del trabajo y MCS (matrices de contabilidad social)
Cuentas de productividad y de crecimiento
Cuentas de Investigación y Desarrollo
Cuentas de protección social
Cuentas satélite del turismo
CAPÍTULO 23 |
CLASIFICACIONES |
INTRODUCCIÓN
CLASIFICACIÓN DE LOS SECTORES INSTITUCIONALES (S)
CLASIFICACIÓN DE LAS OPERACIONES Y OTROS FLUJOS
Operaciones de bienes y servicios (P)
Operaciones con activos no financieros no producidos (códigos NP)
Operaciones de distribución (D)
Transferencias corrientes en efectivo y en especie (D.5-D.8)
Operaciones de activos y pasivos financieros (F)
Otras variaciones en los activos (K)
CLASIFICACIÓN DE LOS SALDOS CONTABLES Y EL PATRIMONIO NETO (B)
CLASIFICACIÓN DE LAS ANOTACIONES EN EL BALANCE (L)
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS (A)
Activos no financieros (AN)
Activos financieros (AF)
CLASIFICACIÓN DE PARTIDAS SUPLEMENTARIAS
Préstamos de dudoso cobro
Servicios de capital
Tabla de las pensiones
Bienes de consumo duradero
Inversión extranjera directa
Posiciones contingentes
Efectivo y depósitos
Clasificación de los valores representativos de deuda según su vencimiento
Valores representativos de deuda cotizados y no cotizados
Préstamos a largo plazo con vencimiento residual inferior a un año y préstamos a largo plazo con garantía hipotecaria
Participaciones en fondos de inversión cotizados y no cotizados
Atrasos en el pago de intereses y en la amortización del principal
Remesas personales y totales
REAGRUPACIÓN Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A) Y DE LOS PRODUCTOS (P)
CLASIFICACIÓN DE LAS FUNCIONES DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (COFOG)
CLASIFICACIÓN DEL CONSUMO INDIVIDUAL POR FINALIDAD (COICOP)
CLASIFICACIÓN DE LAS FINALIDADES DE LAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO (COPNI)
CLASIFICACIÓN DEL GASTO DE LOS PRODUCTORES POR FINALIDADES (COPP)
CAPÍTULO 24 |
LAS CUENTAS |
Tabla 24.1 |
Cuenta 0: Cuenta de bienes y servicios |
Tabla 24.2 |
Sucesión completa de las cuentas del total de la economía |
Tabla 24.3 |
Sucesión completa de las cuentas de las sociedades no financieras |
Tabla 24.4 |
Sucesión completa de las cuentas de las instituciones financieras |
Tabla 24.5 |
Sucesión completa de las cuentas de las administraciones públicas |
Tabla 24.6 |
Sucesión completa de las cuentas de los hogares |
Tabla 24.7 |
Sucesión completa de las cuentas de las instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares |
CAPÍTULO 1
CARACTERÍSTICAS GENERALES Y PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
CARACTERÍSTICAS GENERALES
1.01 |
El Sistema Europeo de Cuentas (en lo sucesivo, «SEC 2010» o, simplemente, «SEC») constituye un marco contable comparable a escala internacional, cuyo fin es realizar una descripción sistemática y detallada del total de una economía (una región, un país o un grupo de países), sus componentes y sus relaciones con otras economías. |
1.02 |
El predecesor del SEC 2010, relativo al sistema europeo de cuentas 1995 (el SEC 95), se publicó en 1996 (1). La metodología del SEC 2010 establecida en el presente anexo tiene la misma estructura que el SEC 95 en los primeros trece capítulos, pero tiene once nuevos en los que se tratan aspectos del sistema que reflejan los cambios que se han producido en la forma de medir las economías modernas, o en la utilización del SEC 95 en la Unión Europea (UE). |
1.03 |
El presente manual se estructura como se indica a continuación. El capítulo 1 abarca las características básicas del sistema en términos de conceptos; en él se establecen los principios del SEC y se describen las unidades estadísticas fundamentales y su agrupación. Se da una visión global de la sucesión de las cuentas, así como una breve descripción de los agregados clave y del papel de las tablas de origen y destino y del marco input-output. En el capítulo 2 se describen las unidades institucionales utilizadas para medir la economía y la forma en que dichas unidades están clasificadas en sectores y otros grupos con vistas a analizarlas. En el capítulo 3 se describen todas las operaciones en lo que respecta a los productos (bienes y servicios) y a los activos no producidos. El capítulo 4 se centra en todas las operaciones de la economía dirigidas a la distribución y la redistribución de la renta y la riqueza en la economía. En el capítulo 5 se describen las operaciones financieras en la economía. En el capítulo 6 se describen los cambios que puede experimentar el valor de los activos debido a acontecimientos no económicos o a variaciones de precios. En el capítulo 7 se describen los balances, así como el esquema de la clasificación de los activos y los pasivos. En el capítulo 8 se detallan la sucesión de las cuentas y los saldos contables correspondientes a cada una de ellas. En el capítulo 9 se describen las tablas de origen y destino, y su papel para conciliar la renta, la producción y los gastos en la economía. Asimismo, se describen las tablas input-output que pueden derivarse de las tablas de origen y destino. En el capítulo 10 se describe la base conceptual para las mediciones de precio y de volumen asociadas a los valores nominales hallados en las cuentas. En el capítulo 11 se describen las mediciones de la población y el empleo que pueden utilizarse con los datos de las cuentas nacionales a efectos del análisis económico. En el capítulo 12 se facilita una breve descripción de las cuentas nacionales trimestrales, y se explica en qué difieren de las cuentas anuales. |
1.04 |
En el capítulo 13 se describen los objetivos, los conceptos y los aspectos característicos de la elaboración de las cuentas regionales. El capítulo 14 se centra en la medición de los servicios financieros prestados por los intermediarios financieros y financiados a través de los ingresos de intereses netos, y es el resultado de años de investigación y desarrollo por los Estados miembros a fin de disponer de una medida sólida y armonizada para todos los Estados miembros. El capítulo 15, sobre contratos, arrendamientos y licencias, es necesario para describir un área de importancia creciente en las cuentas nacionales. En los capítulos 16 y 17, sobre seguros, seguros sociales y pensiones, se describe cómo se tratan esas disposiciones en las cuentas nacionales, ya que las cuestiones de redistribución tienen un interés creciente a medida que la población envejece. El capítulo 18 abarca las cuentas del resto del mundo, que son el equivalente en las cuentas nacionales del sistema de medida de las cuentas de la balanza de pagos. El capítulo 19, relativo a las cuentas europeas, también es nuevo, y se centra en aspectos de las cuentas nacionales en los cuales las medidas institucionales y comerciales europeas plantean cuestiones que requieren un enfoque armonizado. En el capítulo 20 se describen las cuentas de las administraciones públicas, un ámbito de especial interés, ya que la prudencia financiera de los Estados miembros sigue siendo una cuestión decisiva a la hora de aplicar la política económica en la UE. En el capítulo 21 se describen las relaciones entre las cuentas de empresa y las cuentas nacionales, un ámbito de interés creciente, ya que las empresas multinacionales representan una proporción creciente del producto interior bruto (PIB) en todos los países. En el capítulo 22 se describe la relación existente entre las cuentas satélite y las principales cuentas nacionales. Los capítulos 23 y 24 se utilizarán como referencia; en el capítulo 23 se establecen las clasificaciones relativas a los sectores, las actividades y los productos del SEC 2010, y en el capítulo 24 se establece la sucesión completa de las cuentas para cada sector. |
1.05 |
La estructura del SEC 2010 es coherente con las directrices internacionales sobre contabilidad nacional establecidas en el Sistema de Cuentas Nacionales de 2008 (SCN 2008), con la excepción de ciertas diferencias en la presentación y del mayor grado de precisión de algunos de los conceptos del SEC 2010 que se emplean para objetivos específicos de la UE. Dichas directrices se elaboraron bajo la responsabilidad conjunta de las Naciones Unidas, el Fondo Monetario Internacional (FMI), la Oficina Estadística de la Unión Europea (Eurostat), la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y el Banco Mundial. El SEC 2010 se centra en las circunstancias y las necesidades de información propias de la UE. Al igual que el SCN 2008, el SEC 2010 está armonizado con los conceptos y clasificaciones utilizados en muchas otras estadísticas sociales y económicas (por ejemplo, las estadísticas sobre el empleo, las estadísticas industriales y las estadísticas sobre el comercio exterior). Por lo tanto, el SEC 2010 constituye un marco central de referencia para las estadísticas sociales y económicas de la UE y sus Estados miembros. |
1.06 |
El marco del SEC está formado por dos conjuntos principales de tablas:
|
1.07 |
Las cuentas sectoriales proporcionan, para cada sector institucional, una descripción sistemática de las diferentes fases del proceso económico: producción, generación de la renta, distribución de la renta, redistribución de la renta, utilización de la renta y acumulación financiera y no financiera. En las cuentas sectoriales se incluyen asimismo balances, para describir los stocks de activos, pasivos y patrimonio neto en el momento de la apertura y el cierre del ejercicio contable. |
1.08 |
En el marco input-output, a través de las tablas de origen y destino, se describen con más detalle el proceso productivo (estructura de costes, renta generada y empleo) y los flujos de bienes y servicios (producción, importaciones, exportaciones, consumo final, consumo intermedio y formación de capital por grupos de productos). En dicho marco se observan dos importantes identidades contables: la suma de las rentas generadas en una rama de actividad es igual al valor añadido producido por dicha rama de actividad y, en relación con cualquier producto o grupo de productos, la oferta es igual a la demanda. |
1.09 |
En el SEC 2010 se incluyen asimismo los conceptos de población y empleo, que son conceptos pertinentes para las cuentas sectoriales, las cuentas por ramas de actividad y el marco de origen y destino. |
1.10 |
El SEC 2010 es aplicable no solo a la contabilidad nacional anual, sino también a las cuentas trimestrales y a ejercicios contables más cortos o más largos. También se aplica a las cuentas regionales. |
1.11 |
El SEC 2010 existe paralelamente al SCN 2008 debido al uso de los datos de las cuentas nacionales que se hace en la UE. Los Estados miembros son responsables de la recogida y presentación de sus propias cuentas nacionales a fin de describir la situación económica de sus países. Los Estados miembros también compilan un conjunto completo de cuentas que se presentan a la Comisión (Eurostat) como parte de un programa reglamentario de transmisión de datos, que se utilizan en ámbitos clave de la política social, económica y presupuestaria de la Unión. Entre los usos de dichos datos cabe destacar la determinación de la contribución monetaria de los Estados miembros al presupuesto de la UE, denominada «cuarto recurso», la ayuda a las regiones de la UE a través de los Fondos Estructurales y la vigilancia del rendimiento económico de los Estados miembros en el marco del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo y del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. |
1.12 |
Con objeto de que los gravámenes y las prestaciones se distribuyan con arreglo a las medidas recogidas y presentadas de forma plenamente coherente, las estadísticas económicas utilizadas a tal fin deberán elaborarse con arreglo a los mismos conceptos y las mismas normas. El SEC 2010 es un reglamento en el que se establecen las normas, los convenios, las definiciones y las clasificaciones que deben respetarse en los Estados miembros al elaborarse las cuentas nacionales que van a formar parte del programa de transmisión de datos establecido en el anexo B del presente Reglamento. |
1.13 |
Habida cuenta de los considerables importes de dinero que intervienen en el sistema de cotizaciones y prestaciones existente en la UE, es fundamental que el sistema de medición se aplique de forma coherente en todos los Estados miembros. Por consiguiente, es importante adoptar un enfoque prudente a la hora de estimar lo que no puede observarse directamente en el mercado, evitando recurrir a procedimientos basados en modelos para la estimación de las mediciones en las cuentas nacionales. |
1.14 |
En varios aspectos, los conceptos del SEC 2010 son más específicos y precisos que los del SCN 2008, a fin de garantizar la mayor coherencia posible entre los datos de los distintos Estados miembros extraídos de las cuentas nacionales. Esta exigencia primordial de obtener unas estimaciones sólidas y coherentes ha dado lugar a la identificación de un conjunto central de cuentas nacionales en la UE. Si el nivel de coherencia de las mediciones entre los Estados miembros es insuficiente, por lo general esas últimas estimaciones se incluyen en lo que se denomina «cuentas no principales», que agrupan tablas suplementarias y cuentas satélite. |
1.15 |
Un ejemplo de un ámbito en el que la UE ha estimado necesario ser prudentes en el SEC 2010 son los pasivos por pensiones. Hay argumentos de peso a favor de su utilización en los análisis económicos, pero el requisito fundamental en la UE de elaborar cuentas coherentes a través del tiempo y el espacio ha obligado a ser prudentes. |
Globalización
1.16 |
La creciente globalización de la actividad económica ha intensificado todas las formas de intercambios comerciales e impone nuevos retos a los países a la hora de registrar sus actividades económicas en las cuentas nacionales. La globalización es el proceso dinámico y multidimensional a través del cual los recursos nacionales incrementan su movilidad, mientras que las economías nacionales son cada vez más interdependientes. Una de las características de la globalización que tal vez sea la causa de la mayor parte de los problemas de medición de las cuentas nacionales es la parte creciente que representan las operaciones internacionales realizadas por empresas multinacionales, cuando esas operaciones transfronterizas se realizan entre la empresa matriz, las filiales y las afiliadas. Pero hay otros retos, y en la lista que figura a continuación, más exhaustiva, se presentan algunas cuestiones que se plantean:
|
1.17 |
Todos estos aspectos cada vez más comunes de la globalización hacen que la descripción y la medición precisa de los flujos transfronterizos suponga un reto de importancia creciente para los estadísticos nacionales. Incluso con un sistema exhaustivo y sólido de recogida y medición para las partidas del sector del resto del mundo (y, por consiguiente, también las de las cuentas internacionales de la balanza de pagos), la globalización requerirá esfuerzos adicionales para mantener la calidad de las cuentas nacionales de todas las economías y de todos los grupos de economías. |
APLICACIONES DEL SEC 2010
Un marco para elaborar análisis y políticas
1.18 |
El marco del SEC puede utilizarse para analizar y evaluar los siguientes elementos:
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1.19 |
Los datos recogidos en el marco del SEC tienen una importancia fundamental para la UE y sus Estados miembros a la hora de formular y supervisar su política social y económica. Los ejemplos siguientes ilustran las aplicaciones del marco del SEC:
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Características de los conceptos del SEC 2010
1.20 |
Para obtener un buen equilibrio entre la necesidad y la disponibilidad de información, los conceptos incluidos en el SEC 2010 tienen varias características importantes. A continuación se indican las características de las cuentas:
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1.21 |
Los conceptos del SEC 2010 son compatibles a escala internacional por los siguientes motivos:
|
1.22 |
Los conceptos del SEC 2010 están armonizados con los de otras estadísticas económicas y sociales, ya que el SEC 2010 utiliza conceptos y clasificaciones [por ejemplo, la nomenclatura estadística de actividades económicas de la Unión Europea «NACE Rev. 2» (2)] que también se utilizan para otras estadísticas económicas y sociales de los Estados miembros, como las estadísticas industriales, las estadísticas sobre el comercio exterior y las estadísticas sobre el empleo; las diferencias conceptuales se han reducido al mínimo. Además, estos conceptos y clasificaciones del SEC 2010 están también armonizados con los de las Naciones Unidas. Esta armonización con las estadísticas sociales y económicas facilita la conexión y comparación con los datos que figuran en ellas, garantizando la calidad de los datos de las cuentas nacionales. Además, gracias a esta armonización, es posible relacionar mejor la información contenida en esas estadísticas específicas con las estadísticas generales de la economía nacional. |
1.23 |
La utilización de esos conceptos comunes en el marco de la contabilidad nacional y de los otros sistemas de estadísticas sociales y económicas permite obtener medidas coherentes. Por ejemplo, pueden calcularse las siguientes ratios:
La coherencia interna de los conceptos permite obtener estimaciones por vía residual. Por ejemplo, el ahorro puede calcularse como la diferencia entre la renta disponible y el gasto en consumo final. |
1.24 |
Los conceptos que figuran en el SEC 2010 se han definido de forma que faciliten la recogida de datos y la medición. Ese carácter operativo se refleja en varios aspectos de las orientaciones para elaborar las cuentas:
|
1.25 |
Sin embargo, puede resultar difícil recoger directamente los datos necesarios para elaborar las estadísticas de la contabilidad nacional, ya que, por lo general, los conceptos básicos son diferentes de los conceptos subyacentes en las fuentes de datos administrativos. Son ejemplos de dichas fuentes las cuentas de las empresas, los registros de varios tipos de impuestos (IVA, impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuestos sobre las importaciones, etc.), los datos de la seguridad social y los datos de los organismos de supervisión de la banca y los seguros. Dichos datos administrativos se utilizan en la elaboración de las cuentas nacionales. Por lo general, estos se transforman para ajustarlos al SEC. Los conceptos del SEC suelen diferir de los conceptos administrativos en lo siguiente:
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1.26 |
No obstante, las fuentes de datos administrativos cubren muy bien las necesidades de información de las cuentas nacionales y otras estadísticas, por los motivos siguientes:
|
1.27 |
Los principales conceptos del SEC se fijan y establecen para un largo período de tiempo, ya que:
Esta continuidad conceptual reduce la necesidad de volver a calcular las series temporales. Además, limita la vulnerabilidad de los conceptos ante las presiones políticas nacionales e internacionales. Por estos motivos, los datos de las cuentas nacionales se han podido utilizar como base objetiva de información para la política económica y el análisis económico. |
1.28 |
Los conceptos del SEC 2010 se centran en la descripción del proceso económico en términos monetarios y fácilmente observables. Los stocks y los flujos que no pueden observarse fácilmente en términos monetarios o que no tienen una contrapartida monetaria clara no se registran en el SEC. Este principio no se ha aplicado de forma estricta, porque también deben tenerse en cuenta la coherencia y las diversas necesidades de información de los usuarios. Por ejemplo, en aras de la coherencia, el valor de los servicios colectivos producidos por las administraciones públicas debe registrarse como producción, ya que el pago de la remuneración de los asalariados y la adquisición de cualquier tipo de bienes y servicios por las administraciones públicas son fácilmente observables en términos monetarios. Además, para los fines del análisis económico y de la política económica, la descripción de los servicios colectivos de las administraciones públicas en relación con el resto de la economía nacional incrementa la utilidad de las cuentas nacionales en su conjunto. |
1.29 |
El alcance de los conceptos del SEC puede ilustrarse considerando algunos casos límite importantes. Las actividades indicadas a continuación deben registrarse dentro de la frontera de la producción del SEC (véanse los puntos 3.07 a 3.09):
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1.30 |
Las actividades indicadas a continuación quedan fuera de la frontera de la producción, y no deben registrarse en el SEC:
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1.31 |
En el SEC se registra toda la producción resultante de procesos incluidos dentro de la frontera de la producción. Sin embargo, la producción de las actividades auxiliares no debe registrarse. Todos los insumos consumidos por las actividades auxiliares deben considerarse insumos de la actividad a la que sirven de apoyo. Si un establecimiento que realice únicamente actividades auxiliares es observable estadísticamente, es decir, si puede disponerse fácilmente de cuentas diferenciadas relativas a su producción, o si se halla en un lugar diferente de los establecimientos que abastece, debe registrarse como una unidad diferenciada e imputarse a la rama de actividad correspondiente a su actividad principal, tanto en las cuentas nacionales como en las regionales. En caso de que no haya datos básicos adecuados, la producción de la actividad auxiliar puede estimarse sumando sus costes. |
1.32 |
Si se considera que una actividad debe registrarse como producción, se registrarán asimismo la renta, el empleo, el consumo final, etc., correspondientes. Por ejemplo, al igual que la producción por cuenta propia de servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios se registra como producción, también se registran la renta y el gasto en consumo final correspondientes de los propietarios. Dado que, por definición, no hay insumo de trabajo en la producción de los servicios de las viviendas ocupadas por sus propietarios, no se registra ningún empleo. Esto permite garantizar la coherencia con el sistema de las estadísticas del empleo, en el que no se registra ningún empleo en lo que respecta a la propiedad de viviendas. Cuando las actividades no se registran como producción, ocurre lo contrario: los servicios domésticos producidos y consumidos en el mismo hogar no generan renta ni gasto en consumo final ni tampoco generan empleo. |
1.33 |
En el SEC se establecen, asimismo, algunas convenciones específicas sobre:
|
Clasificación por sectores
1.34 |
Las cuentas sectoriales se crean asignando las unidades a los sectores, lo cual permite presentar por sectores las operaciones y los saldos contables. La presentación por sectores pone de manifiesto numerosas medidas clave para las políticas económicas y fiscales. Los principales sectores son los hogares, las administraciones públicas, las sociedades (instituciones financieras y sociedades no financieras), las instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (ISFLSH) y el resto del mundo. Es importante distinguir entre actividad de mercado y actividad no de mercado. Una entidad controlada por las administraciones públicas que resulte ser una sociedad de mercado se clasifica en el sector de las empresas, fuera del sector de las administraciones públicas. De esta forma, los niveles de déficit y de deuda de la sociedad no se contabilizarán en el déficit y la deuda de las administraciones públicas. |
1.35 |
Es importante definir criterios claros y sólidos para asignar las entidades a los sectores. El sector público está compuesto por todas las unidades institucionales residentes en la economía que están controladas por las administraciones públicas. El sector privado está compuesto por todas las demás unidades residentes. En la tabla 1.1 se presentan los criterios utilizados para distinguir entre sector público y privado; dentro del sector público, entre el sector de las administraciones públicas y el sector de las sociedades públicas, y, dentro del sector privado, entre el sector de las ISFLSH y el de las sociedades privadas. Tabla 1.1
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1.36 |
El control se define como la capacidad para determinar la política general o el programa de una unidad institucional. En los puntos 2.35 a 2.39 se facilita una definición más detallada del concepto de control. |
1.37 |
La distinción entre de mercado y no de mercado, y, por tanto, en el caso de las entidades del sector público, su clasificación en el sector de las administraciones públicas o en el sector de las sociedades, se lleva a cabo sobre la base de la norma indicada a continuación. Una actividad se considerará como actividad de mercado si los correspondientes bienes y servicios se negocian en las siguientes condiciones:
|
1.38 |
El grado de detalle del marco conceptual del SEC permite una gran flexibilidad de utilización: algunos conceptos no están presentes de forma explícita en el SEC, pero pueden deducirse fácilmente de él. Un ejemplo es la creación de nuevos sectores reagrupando los subsectores definidos en el SEC. |
1.39 |
La flexibilidad se observa, asimismo, por la posibilidad de introducir criterios adicionales que no contradigan la lógica del sistema. Por ejemplo, esos criterios permiten definir cuentas de subsectores según el nivel de empleo en el caso de las unidades de producción, o el nivel de renta en el caso de los hogares. En el caso del empleo, se puede realizar una subclasificación por nivel de estudios, edad y sexo. |
Cuentas satélite
1.40 |
Para responder a algunas necesidades en materia de información, es conveniente elaborar cuentas satélite separadas. Son ejemplos de ello:
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1.41 |
Las cuentas satélite responden a esas necesidades de información, ya que permiten:
|
1.42 |
Una matriz de contabilidad social (MCS) es una presentación matricial que establece los vínculos entre las tablas de origen y destino y las cuentas sectoriales. Una MCS proporciona información adicional sobre el nivel y la composición del empleo, por medio de una desagregación de la remuneración de los asalariados por tipo de persona empleada. Esta subdivisión se aplica tanto a la utilización del factor trabajo por rama de actividad, tal y como aparece en las tablas de destino, como a la oferta del factor trabajo por subgrupos socioeconómicos, tal y como aparece en la cuenta de asignación de la renta primaria de los subsectores del sector de los hogares. De este modo, se muestra de forma sistemática la oferta y la utilización de las diversas categorías de mano de obra. |
1.43 |
En las cuentas satélite deben mantenerse todos los conceptos y clasificaciones básicos del marco central del SEC 2010. No se introducirá ningún cambio en los conceptos, salvo que ese sea precisamente el objeto de la cuenta satélite. En estos casos, en la cuenta satélite deberá incluirse, asimismo, una tabla que muestre la relación entre los principales agregados de dicha cuenta y los del marco central. De esta forma, el marco central seguirá siendo el marco de referencia y al mismo tiempo satisfará necesidades más específicas. |
1.44 |
Por lo general, en el marco central no se incluyen medidas de los stocks y los flujos que no pueden observarse fácilmente en términos monetarios (o que carecen de una contrapartida monetaria clara). Debido a la propia naturaleza de tales stocks y flujos, pueden analizarse también satisfactoriamente elaborando estadísticas en términos no monetarios. Por ejemplo:
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1.45 |
Las cuentas satélite permiten vincular estas estadísticas en unidades no monetarias al marco central de la contabilidad nacional. La vinculación puede hacerse utilizando las clasificaciones empleadas en el marco central para esas estadísticas no monetarias, por ejemplo la clasificación por tipo de hogar o por rama de actividad. De esta forma, se establece un marco ampliado coherente, que puede servir como base de datos para el análisis y la evaluación de interacciones entre las variables del marco central y las de la parte ampliada. |
1.46 |
El marco central y sus principales agregados no describen los cambios en el bienestar. Pueden elaborarse cuentas ampliadas que incluyan también los valores monetarios imputados de, por ejemplo:
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1.47 |
También se puede reclasificar en dichas cuentas el gasto final en necesidades deplorables (por ejemplo, en defensa) como consumos intermedios, es decir, como gasto que no contribuye al bienestar. Del mismo modo, los daños debidos a inundaciones y otras catástrofes naturales pueden clasificarse como consumos intermedios, es decir, como una disminución del bienestar (absoluto). De esta forma, se puede tratar de diseñar un indicador, muy burdo e imperfecto, de los cambios en el bienestar. No obstante, el bienestar tiene muchas dimensiones que, en su mayoría, es mejor no expresar en términos monetarios. Por lo tanto, una solución más apropiada para medir el bienestar será utilizar indicadores y unidades de medida diferentes para cada dimensión. Son ejemplos de indicadores que pueden incorporarse en una cuenta satélite la mortalidad infantil, la esperanza de vida, la alfabetización de adultos o la renta nacional per cápita. |
1.48 |
Para obtener un marco coherente y compatible a escala internacional, en el SEC no se utilizan conceptos administrativos. No obstante, para cualquier tipo de análisis a escala nacional puede resultar muy útil obtener datos basados en conceptos administrativos. Por ejemplo, para estimar los ingresos fiscales se necesitan estadísticas sobre la renta imponible. Tales estadísticas pueden obtenerse realizando algunas modificaciones en las estadísticas de la contabilidad nacional. |
1.49 |
Un enfoque similar podría adoptarse para conceptos utilizados en la política económica nacional. Por ejemplo:
Las cuentas satélite o las tablas suplementarias pueden servir para satisfacer esas necesidades de información. |
El SEC 2010 y el SCN 2008
1.50 |
El SEC 2010 está basado en los conceptos del SCN 2008, que proporciona las directrices sobre contabilidad nacional para todos los países del mundo. No obstante, existen algunas diferencias entre el SEC 2010 y el SCN 2008:
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El SEC 2010 y el SEC 95
1.51 |
El SEC 2010 difiere del SEC 95 tanto en el alcance como en los conceptos. La mayoría de las diferencias corresponden a diferencias entre el SCN 1993 y el SCN 2008. Estas son las principales diferencias:
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1.52 |
Las diferencias entre el SEC 2010 y el SEC 95 no se limitan a cambios conceptuales. Hay otras diferencias importantes en lo que respecta al alcance, con nuevos capítulos sobre cuentas satélite, cuentas de las administraciones públicas y cuentas del resto del mundo. También se han ampliado considerablemente los capítulos sobre las cuentas trimestrales y las cuentas regionales. |
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SEC 2010 COMO SISTEMA
1.53 |
Estas son las principales características del sistema:
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Las unidades estadísticas y su agrupación
1.54 |
El sistema SEC 2010 utiliza dos tipos de unidades y dos maneras correspondientes de dividir la economía, que son bastante diferentes y se utilizan con fines analíticos distintos. |
1.55 |
Para describir la renta, el gasto y los flujos financieros, y los balances, el sistema agrupa las unidades institucionales por sectores, atendiendo a sus funciones principales, su comportamiento y sus objetivos. |
1.56 |
Para la descripción de los procesos de producción y para el análisis input-output, el sistema agrupa las unidades de actividad económica a nivel local (UAE locales) por ramas de actividad. Una actividad se caracteriza por unos insumos de bienes y servicios, un proceso de producción y unos productos (bienes y servicios) obtenidos. |
Unidades y sectores institucionales
1.57 |
Las unidades institucionales son entidades económicas capaces de ser propietarias de bienes y activos, contraer pasivos y participar en actividades y operaciones económicas con otras unidades, en nombre propio. A efectos del sistema SEC 2010, las unidades institucionales se agrupan en cinco sectores institucionales nacionales mutuamente excluyentes:
El conjunto de estos cinco sectores constituye el total de la economía nacional. Cada sector está dividido, a su vez, en subsectores. El sistema SEC 2010 permite elaborar una serie completa de cuentas de flujos y de balances para cada sector y subsector, y para el total de la economía. Las unidades no residentes pueden interactuar con estos cinco sectores nacionales, y las interacciones se presentan entre los cinco sectores nacionales y un sexto sector institucional: el resto del mundo. |
Unidades de actividad económica a nivel local y ramas de actividad
1.58 |
Cuando las unidades institucionales desarrollan más de una actividad, es preciso dividirlas según el tipo de actividad. Las UAE locales permiten realizar esa presentación. Una UAE local agrupa todas las partes de una unidad institucional en su condición de productora que están situadas en una única localización o en emplazamientos próximos y que concurren al ejercicio de una actividad del nivel de clase (cuatro cifras) de la NACE Rev. 2. |
1.59 |
Las UAE locales se registran para cada actividad secundaria; no obstante, si no se dispone de los documentos contables necesarios para describir por separado cada una de ellas, las UAE locales abarcarán varias actividades secundarias. Las UAE locales que desarrollan la misma actividad económica u otra similar constituyen una rama de actividad. Una unidad institucional incluye una o varias UAE locales; una UAE local pertenece a una sola unidad institucional. |
1.60 |
Para analizar el proceso de producción se utiliza una unidad analítica de producción. Esta unidad solo es observable cuando una UAE local produce un tipo de producto, sin actividades secundarias. Esta unidad se denomina «unidad de producción homogénea». Los grupos de dichas unidades constituyen ramas homogéneas. |
Unidades residentes y no residentes; total de la economía y resto del mundo
1.61 |
El total de la economía se define en términos de unidades residentes. Una unidad es residente de un país cuando tiene un centro de interés económico predominante en el territorio económico de ese país, es decir, cuando realiza en él actividades económicas durante un período prolongado de tiempo (un año o más). Los sectores institucionales mencionados en el punto 1.57 son grupos de unidades institucionales residentes. |
1.62 |
Las unidades residentes realizan operaciones con unidades no residentes (es decir, unidades que son residentes de otras economías). Estas son las operaciones exteriores de la economía y se agrupan en la cuenta del resto del mundo. Por tanto, el resto del mundo desempeña un papel semejante al de un sector institucional, aunque en él se incluyen solamente las unidades no residentes en la medida en que realizan operaciones con unidades institucionales residentes. |
1.63 |
Las unidades residentes ficticias, que reciben en el sistema SEC 2010 el mismo tratamiento que las unidades institucionales, se definen como:
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Los flujos y los stocks
1.64 |
Se registran dos tipos básicos de información: los flujos y los stocks. Los flujos se refieren a las acciones y los resultados de los acontecimientos que tienen lugar durante un período determinado de tiempo, mientras que los stocks se refieren a la situación en un momento determinado. |
Flujos
1.65 |
Los flujos reflejan la creación, la transformación, el intercambio, la transferencia o la extinción de valor económico y suponen variaciones del valor de los activos o pasivos de una unidad institucional. Existen dos tipos de flujos económicos: operaciones y otras variaciones de los activos. Las operaciones figuran en todas las cuentas y las tablas en que se registran flujos, excepto en la cuenta de otras variaciones del volumen de activos y en la cuenta de revalorización. Las otras variaciones de los activos se registran únicamente en tales dos últimas cuentas. En el sistema se agrupan operaciones y otros flujos elementales en un número relativamente pequeño de tipos, según su naturaleza. |
Operaciones
1.66 |
Una operación es un flujo económico que supone una interacción entre unidades institucionales, efectuada de común acuerdo, o una acción que se realiza dentro de una misma unidad institucional y que resulta útil tratar como una operación, porque la unidad desarrolla dos funciones distintas. Las operaciones se dividen en cuatro grupos principales:
|
Propiedades de las operaciones
Interacciones frente a operaciones internas
1.67 |
La mayor parte de las operaciones son interacciones entre dos o más unidades institucionales. No obstante, el sistema SEC 2010 registra como operaciones algunas acciones que tienen lugar dentro de unidades institucionales. Estas operaciones internas se registran con el fin de dar una visión analíticamente más útil de la producción, los empleos finales y los costes. |
1.68 |
El consumo de capital fijo, que el sistema SEC 2010 registra como un coste, es una operación interna. La mayor parte de las operaciones internas restantes son operaciones de bienes y servicios, que normalmente se registran cuando las unidades institucionales que desempeñan la función tanto de productores como de consumidores finales deciden consumir parte de su producción. Este caso se da a menudo en los hogares y las administraciones públicas. |
1.69 |
Toda producción propia utilizada como empleo final en la misma unidad institucional deberá registrarse en el sistema. La producción propia utilizada para consumo intermedio en la misma unidad institucional se registrará únicamente cuando la producción y el consumo intermedio tengan lugar en UAE locales distintas pertenecientes a una misma unidad institucional. Los bienes y servicios producidos y utilizados como consumos intermedios en la misma UAE local no se registrarán. |
Operaciones monetarias frente a operaciones no monetarias
1.70 |
Las operaciones son monetarias si las unidades participantes efectúan o reciben pagos, o contraen pasivos o reciben activos expresados en unidades monetarias. Las operaciones que no suponen un intercambio de efectivo, ni activos o pasivos expresados en unidades monetarias, son operaciones no monetarias. Las operaciones internas de las unidades son operaciones no monetarias. Las operaciones no monetarias en las que participa más de una unidad institucional se dan en las operaciones de bienes y servicios (trueque de bienes y servicios), en las operaciones de distribución (remuneración en especie, transferencias en especie, etc.) y en otras operaciones (trueque de activos no financieros no producidos). En el sistema SEC 2010, todas las operaciones se registran en términos monetarios. Por lo tanto, los valores que deben registrarse para las operaciones no monetarias habrán de medirse indirectamente o estimarse de alguna otra forma. |
Operaciones con contrapartida y operaciones sin contrapartida
1.71 |
Existen dos tipos de operaciones en las que participa más de una unidad. Pueden ser «algo por algo», es decir, operaciones con contrapartida, o pueden ser «algo por nada», es decir, operaciones sin contrapartida. Las operaciones con contrapartida son intercambios entre unidades institucionales, es decir, suministros de bienes, servicios o activos, a cambio de una contrapartida, por ejemplo dinero. Las operaciones sin contrapartida son pagos en efectivo o en especie de una unidad institucional a otra, sin contrapartida. Las operaciones con contrapartida se dan en los cuatro grupos de operaciones, mientras que las operaciones sin contrapartida son principalmente operaciones de distribución, por ejemplo, impuestos, prestaciones de asistencia social o donaciones. Esas operaciones sin contrapartida se denominan «transferencias». |
Reordenación de las operaciones
1.72 |
Las operaciones se registran tal y como se presentan a las unidades institucionales que participan en ellas. No obstante, algunas operaciones se reordenan con el fin de mostrar de forma más clara las relaciones económicas subyacentes. Las operaciones pueden reordenarse de tres maneras: reasignándolas, dividiéndolas o determinando la parte principal que interviene en la operación. |
Reasignación
1.73 |
Es posible registrar en las cuentas una operación que, para las unidades participantes, tiene lugar directamente entre las unidades A y C como si tuviera lugar indirectamente a través de una tercera unidad B. De esta forma, una única operación entre A y C se registra como dos operaciones: una entre A y B y otra entre B y C. En este caso se reasigna la operación. |
1.74 |
Un ejemplo de reasignación es el modo en el que se registran en las cuentas las cotizaciones sociales a cargo de los empleadores, que estos pagan directamente a los fondos de seguros sociales. En el sistema, tales pagos se registran como dos operaciones: una en la que los empleadores pagan las cotizaciones sociales a su cargo a sus asalariados y otra en la que estos últimos pagan las mismas cotizaciones a los fondos de seguros sociales. Al igual que ocurre en todas las reasignaciones, la finalidad es poner de manifiesto la naturaleza económica de la operación, es decir, en este caso, mostrar que las cotizaciones sociales a cargo de los empleadores se pagan en beneficio de los asalariados. |
1.75 |
Otro tipo de reasignación se refiere a las operaciones que se registran como si tuvieran lugar entre dos o más unidades institucionales, aunque, según las partes interesadas, no se haya producido ninguna operación. Un ejemplo es el tratamiento de las rentas de la propiedad obtenidas con determinados fondos de seguros y que mantienen las compañías de seguros. En el sistema se registra que las compañías de seguros pagan las rentas de la propiedad a los titulares de las pólizas y que estos, a su vez, pagan la misma cantidad a las compañías de seguros como complemento de las primas. |
División
1.76 |
Cuando una operación considerada por las partes como una única operación se registra como dos o más operaciones clasificadas de forma diferente, se dice que se divide la operación. La división no supone la participación de más unidades en las operaciones. |
1.77 |
El pago de las primas de seguros no vida es una operación de división típica. Aunque los tenedores de las pólizas y los aseguradores consideran estos pagos como una única operación, en el sistema SEC 2010 se dividen en dos operaciones bastante diferentes: por una parte, el pago por los servicios de seguros no vida prestados y, por otra, las primas netas de seguros no vida. Registrar la venta de un producto, por una parte, como venta del producto y, por otra, el margen comercial es otro ejemplo de división. |
Determinación de la parte principal en una operación
1.78 |
Cuando una unidad realiza una operación en nombre de otra unidad (la principal) y está financiada por esta, la operación se registra únicamente en las cuentas de la unidad principal. Como norma, no se debe incumplir este principio y tratar, por ejemplo, de asignar los impuestos o las subvenciones a los que los pagan o las reciben en último término, mediante la adopción de las correspondientes hipótesis. Un ejemplo es la recaudación de impuestos por parte de una unidad de las administraciones públicas en nombre de otra. Se asigna un impuesto a la unidad de las administraciones públicas que esté habilitada para exigir el impuesto (ya sea como parte principal, ya sea en virtud de una delegación de poderes de la principal) y tenga la facultad discrecional para establecer y modificar el tipo del impuesto. |
Casos dudosos
1.79 |
La definición de una operación implica que una interacción entre unidades institucionales debe hacerse de común acuerdo. Cuando una operación se realiza de común acuerdo, existen un conocimiento y un consentimiento previos de las unidades institucionales participantes. El pago de impuestos, multas y sanciones se efectúa de común acuerdo, ya que el deudor es un ciudadano sujeto a la legislación del país. No obstante, las expropiaciones de activos sin indemnización no se consideran operaciones, aun cuando se deban a una imposición legal. Se considera que las acciones económicas ilegales son operaciones si todas las unidades que participan en ellas lo hacen por mutuo acuerdo. Por lo tanto, las adquisiciones, ventas o trueques de drogas ilegales o bienes robados son operaciones, pero el robo no es una operación. |
Otras variaciones de los activos
1.80 |
En las otras variaciones de los activos se registran las variaciones que no se deben a operaciones. Son las siguientes:
|
Otras variaciones en volumen de los activos y pasivos
1.81 |
Otras variaciones en volumen de los registros de activos y pasivos se clasifican en tres categorías principales:
|
1.82 |
A la categoría de cambios contemplada en la letra a) del punto 1.81 corresponden, por ejemplo, el descubrimiento o agotamiento de activos del subsuelo y el crecimiento natural de recursos biológicos no cultivados. A la categoría contemplada en la letra b) del punto 1.81 corresponden, por ejemplo, las pérdidas de activos debidas a catástrofes naturales, guerras o hechos criminales graves. Las cancelaciones unilaterales de deudas y las expropiaciones de activos sin indemnización pertenecen también a la categoría b). A la categoría contemplada en la letra c) del punto 1.81 corresponde, por ejemplo, la reclasificación de una unidad institucional de un sector a otro. |
Pérdidas y ganancias de posesión nominales
1.83 |
Las ganancias y pérdidas de posesión se deben a variaciones de los precios de los activos. Se originan sobre todo tipo de activos, financieros y no financieros, y sobre los pasivos. Las ganancias y pérdidas de posesión corresponden a los propietarios de los activos y pasivos por el mero hecho de poseerlos durante un período de tiempo, aunque no los transformen en modo alguno. |
1.84 |
Las ganancias y pérdidas de posesión medidas con arreglo a los precios de mercado corrientes se denominan ganancias y pérdidas de posesión nominales. Es posible dividirlas en ganancias y pérdidas de posesión neutrales, que reflejan variaciones del nivel general de precios, y ganancias y pérdidas de posesión reales, que reflejan variaciones de los precios de los activos aparte de las variaciones del nivel general de precios. |
Stocks
1.85 |
Los stocks son los activos y los pasivos que se poseen en un momento concreto. Los stocks se registran al principio y al final de cada ejercicio contable. Las cuentas en que figuran los stocks se denominan balances. |
1.86 |
También se registran los stocks de población y empleo. No obstante, tales stocks se registran por su valor medio en el ejercicio contable. Se registran los stocks de todos los activos que entran dentro de los límites del sistema; es decir, para los activos y pasivos financieros y para los activos no financieros, producidos y no producidos. No obstante, la cobertura se limita a los activos utilizados en la actividad económica y sujetos a derechos de propiedad. |
1.87 |
Por lo tanto, no se registran los stocks de activos tales como el capital humano y los recursos naturales, que no tienen propietario. Dentro de sus límites, el sistema SEC 2010 es exhaustivo tanto en lo que se refiere a los flujos como a los stocks. Esto supone que todas las variaciones de los stocks pueden explicarse totalmente por medio de flujos registrados. |
El sistema de cuentas y los agregados
Reglas contables
1.88 |
Una cuenta registra las variaciones del valor de una unidad o un sector de acuerdo con la naturaleza de los flujos económicos a que se refiere la cuenta. Es una tabla con dos columnas. Las cuentas corrientes son aquellas que muestran la producción, la generación y la asignación de la renta, la distribución y la redistribución de la renta, y su utilización. Las cuentas de acumulación son las cuentas de capital y financiera, y las cuentas de otras variaciones del volumen de activos. |
Terminología de los dos lados de las cuentas
1.89 |
El sistema SEC 2010 muestra los recursos en el lado derecho de las cuentas corrientes en el que figuran las operaciones que incrementan el valor económico de una unidad o sector. El lado izquierdo de las cuentas muestra los empleos, es decir, las operaciones que reducen el valor económico. El lado derecho de las cuentas de acumulación muestra las variaciones de pasivos y del patrimonio neto, y el lado izquierdo muestra las variaciones de activos. En los balances se presentan los pasivos y el patrimonio neto (diferencia entre activos y pasivos) en el lado derecho y los activos en el izquierdo. Comparando dos balances sucesivos, se obtienen las variaciones de los pasivos y el patrimonio neto y las variaciones de los activos. |
1.90 |
En el SEC se establece una distinción entre propiedad legal y propiedad económica. El criterio para registrar la transferencia de bienes de una unidad a otra es que la propiedad económica pase de una a otra. El propietario legal es la unidad a la que corresponden legalmente las ventajas derivadas de la posesión de un bien. Sin embargo, un propietario legal puede celebrar un contrato con otra unidad para que acepte los riesgos y los beneficios de utilizar los bienes en el marco de la producción, a cambio de un pago acordado. Se trata de un acuerdo de arrendamiento financiero, en que los pagos reflejan únicamente el hecho de que el propietario pone el activo a disposición del prestatario. Por ejemplo, si un banco es el propietario legal de un avión, pero suscribe un acuerdo de arrendamiento financiero con una compañía aérea para explotar dicho avión, entonces la compañía aérea será considerada como la propietaria del avión a la hora de registrar las operaciones en las cuentas. Se considera que la compañía aérea ha comprado el avión y que el banco ha otorgado un préstamo a la compañía aérea por valor de los importes que esta deberá pagar en el futuro por la utilización del avión. |
Partida doble/partida cuádruple
1.91 |
Para una unidad o un sector, la contabilidad nacional se basa en el principio de la partida doble. Cada operación se registrará dos veces, una vez como recurso (o variación de pasivos) y otra como empleo (o variación de activos). El total de operaciones registradas como recursos o variaciones de pasivos y el total de operaciones registradas como empleos o variaciones de activos han de ser iguales, lo que permite comprobar la consistencia de las cuentas. |
1.92 |
Las cuentas nacionales —con todas las unidades y todos los sectores— se basarán en el principio de la partida cuádruple, ya que en la mayoría de las operaciones intervienen dos unidades institucionales. Cada operación de esta clase será registrada dos veces por los agentes que intervienen en ella. Por ejemplo, una prestación social en efectivo pagada por una unidad de las administraciones públicas a un hogar se registra en las cuentas de las administraciones públicas como un empleo en la rúbrica transferencias y como una adquisición negativa de activos en la partida efectivo y depósitos; en las cuentas del sector hogares se registra como un recurso en la rúbrica transferencias y como una adquisición de activos en la partida efectivo y depósitos. |
1.93 |
Para las operaciones internas (como el consumo de producción propia por la misma unidad que la produce) solo se necesitan dos partidas, cuyos valores han de estimarse. |
Valoración
1.94 |
Salvo algunas variables relativas a la población y la mano de obra, en el sistema SEC 2010 se reflejan todos los flujos y stocks en términos monetarios. Los flujos y los stocks se medirán con arreglo a su valor de cambio, es decir, el valor al que los flujos y stocks se cambian o podrían cambiarse por efectivo. Por lo tanto, los precios de mercado son la referencia del SEC para la valoración. |
1.95 |
En el caso de las operaciones monetarias y los activos y pasivos en efectivo, se dispone directamente de los valores que deben registrarse. En la mayoría de los demás casos, el mejor método de valoración se establece por referencia a los precios de mercado de bienes, servicios o activos análogos. Este método se utiliza, por ejemplo, para los trueques o los servicios de alquiler de viviendas ocupadas por sus propietarios. Cuando no se dispone de precios de mercado de productos análogos (por ejemplo, en el caso de servicios no de mercado producidos por las administraciones públicas), la valoración se realiza según los costes de producción. Si no se dispone de los precios de mercado y se desconocen los costes, es posible valorar los stocks y los flujos al valor actual de los rendimientos futuros esperados. Este último método solo debe utilizarse como último recurso. |
1.96 |
Los stocks se valoran a los precios corrientes en el momento al que se refiere el balance y no en el momento de la producción o adquisición de los bienes o activos que los componen. Es preciso valorar los stocks por una estimación de su valor contable corriente de adquisición o por sus costes de producción. |
Valoraciones especiales de los bienes y servicios
1.97 |
Debido a los gastos de transporte, los márgenes comerciales y los impuestos sobre los productos menos las subvenciones a los productos, normalmente el productor y el usuario de un bien o servicio determinado perciben su valor de forma diferente. Para respetar lo más posible esta diferencia de percepción, en el sistema SEC 2010 se registran todos los empleos a precios de adquisición, es decir, incluidos los gastos de transporte, los márgenes comerciales y los impuestos sobre los productos menos las subvenciones a los productos, mientras que la producción se registra a precios básicos, es decir, sin incluir tales elementos. |
1.98 |
Las importaciones y exportaciones de bienes y servicios se registrarán por su valor en la frontera. Las importaciones y las exportaciones totales se valoran franco a bordo (fob) en la frontera aduanera del país exportador. Los servicios de transporte exterior y de seguros entre las fronteras del importador y el exportador no se incluyen en el valor de los bienes, sino que se registran como servicios. Dado que quizá no puedan obtenerse los valores fob para desagregaciones de productos detalladas, en las tablas que reflejan los detalles del comercio exterior las importaciones aparecen valoradas en la frontera aduanera del país importador (valor cif). Todos los servicios de transporte y seguros hasta la frontera del importador se incluyen en el valor de los bienes importados. Dado que tales servicios afectan a servicios internos, en esta presentación se hace un ajuste global fob/cif. |
Valoración a precios constantes
1.99 |
La valoración a precios constantes significa valorar los flujos y los stocks en un ejercicio contable a los precios vigentes en un ejercicio anterior. La valoración a precios constantes tiene como objetivo descomponer las variaciones a lo largo del tiempo de los valores de los flujos y stocks en variaciones de precios y variaciones de volumen. Se dice que los flujos y stocks a precios constantes se expresan en términos de volumen. |
1.100 |
Muchos flujos y stocks (por ejemplo, la renta) no tienen sus propias dimensiones de precio y cantidad. No obstante, el poder de compra de tales variables puede obtenerse deflactando los valores corrientes mediante un índice de precios adecuado, por ejemplo el índice de precios de los empleos finales nacionales, excluidas las variaciones de existencias. También se dice que los flujos y stocks deflactados se expresan en términos reales; un ejemplo de ello es la renta disponible real. |
Momento del registro
1.101 |
Los flujos se registrarán conforme al principio de devengo, es decir, cuando se crea, transforma o extingue el valor económico, o cuando nacen, se transforman o se cancelan los derechos y las obligaciones. |
1.102 |
La producción se registra en el momento en que tiene lugar, y no en el momento en que el comprador la paga. La venta de un activo se registra cuando este cambia de manos, y no cuando se efectúa el pago correspondiente. Los intereses se registran en el ejercicio contable en que se devengan, independientemente de que se paguen o no durante dicho ejercicio. El principio del devengo se aplica a todos los flujos, monetarios o no monetarios, internos o entre varias unidades. |
1.103 |
Es posible que sea necesario flexibilizar este enfoque en el caso de los impuestos y otros flujos en los que intervienen las administraciones públicas, que se registran a menudo según el criterio de caja en las cuentas de estas últimas. Es posible que resulte difícil transformar de manera exacta tales flujos desde el criterio de caja al criterio del devengo, de ahí que pueda utilizarse un método aproximativo. |
1.104 |
No obstante lo dispuesto en las normas generales que regulan el registro de los impuestos y las cotizaciones sociales pagaderos a las administraciones públicas, estos podrán registrarse netos de la parte cuya recaudación sea incierta o, si se incluye esta parte, habrá de neutralizarse en el mismo ejercicio contable mediante una transferencia de capital de las administraciones públicas a los sectores correspondientes. |
1.105 |
Los flujos deben registrarse en el mismo momento en todas las cuentas afectadas de todas las unidades institucionales que intervienen en la operación. Las unidades institucionales no siempre aplican las mismas reglas contables. Aun haciéndolo, pueden darse diferencias de registro por motivos prácticos, como retrasos de las comunicaciones. Por lo tanto, cabe la posibilidad de que los agentes que intervienen en las operaciones las registren en momentos diferentes. Tales discrepancias se eliminarán por medio de ajustes. |
Consolidación y cálculo del neto
Consolidación
1.106 |
La consolidación se refiere a la eliminación, tanto de los empleos como de los recursos, de las operaciones entre unidades que forman parte de un grupo, así como a la eliminación de los activos y los pasivos financieros recíprocos. Por lo general, ese es el caso cuando las cuentas de los subsectores de las administraciones públicas están agrupadas. |
1.107 |
Como norma de principio, no se consolidarán los flujos y los stocks entre las unidades que integran cada sector o subsector. |
1.108 |
No obstante, se pueden elaborar cuentas consolidadas para presentaciones y análisis complementarios. La información sobre las operaciones entre dichos sectores o subsectores y otros sectores, y sobre la posición financiera «exterior» correspondiente puede ser más significativa que las cifras globales brutas. |
1.109 |
Además, las cuentas y tablas que reflejan la relación acreedor/deudor proporcionan una visión detallada de la financiación de la economía y se consideran muy útiles para la comprensión de los canales por los que los excedentes financieros pasan de los prestamistas finales a los prestatarios finales. |
Registro de las posiciones netas
1.110 |
Una unidad o un sector pueden tener el mismo tipo de operación como empleo y como recurso (por ejemplo, reciben y pagan intereses) y el mismo tipo de instrumento financiero como activo y como pasivo. El enfoque adoptado en el SEC es el registro bruto, salvo cuando el cálculo del neto es inherente a las propias clasificaciones. |
1.111 |
El cálculo del neto está implícito en diversas categorías de operaciones, siendo el ejemplo más relevante el de la variación de existencias, que subraya el aspecto significativo desde el punto de vista analítico de la formación de capital global, en lugar del seguimiento diario de las entradas y salidas de existencias. De forma similar, en la cuenta financiera y en la cuenta de otras variaciones de los activos se registran, con pocas excepciones, los aumentos netos de los activos y los pasivos, reflejando las consecuencias finales de tales tipos de flujos al final del ejercicio contable. |
Cuentas, saldos contables y agregados
1.112 |
Para las unidades o los grupos de unidades, distintas cuentas registran las operaciones ligadas a algún aspecto de la vida económica (por ejemplo, la producción). En la cuenta de producción, las operaciones relativas a los usos y los recursos no cuadrarán si no se añade un saldo contable. Del mismo modo, debe introducirse un saldo contable (patrimonio neto) entre el total de los activos y el total de los pasivos de una unidad o sector institucional. Los saldos contables son, por sí mismos, medidas significativas de los resultados de la actividad económica. Cuando se suman para el conjunto de la economía, constituyen agregados significativos. |
Sucesión de las cuentas
1.113 |
El sistema SEC 2010 está construido en torno a una sucesión de cuentas relacionadas entre sí. La sucesión completa de las cuentas de las unidades y los sectores institucionales está compuesta por las cuentas corrientes, las cuentas de acumulación y los balances. |
1.114 |
Las cuentas corrientes se ocupan de la producción, generación, distribución y redistribución de la renta, y la utilización de dicha renta en forma de consumo final. Las cuentas de acumulación abarcan las variaciones de los activos y pasivos y las variaciones del patrimonio neto (diferencia entre los activos y los pasivos de una unidad o un grupo de unidades institucionales). Los balances presentan los stocks de activos y pasivos y el patrimonio neto. |
1.115 |
La sucesión de cuentas de las UAE locales y las ramas de actividad se limita a las primeras cuentas corrientes: cuenta de producción y cuenta de explotación, cuyo saldo contable es el excedente de explotación. |
La cuenta de bienes y servicios
1.116 |
La cuenta de bienes y servicios muestra, para la economía en su conjunto o para grupos de productos, los recursos totales (producción e importaciones) y los empleos totales de los bienes y servicios (consumo intermedio, consumo final, variaciones de existencias, formación bruta de capital fijo, adquisiciones menos cesiones de objetos valiosos y exportaciones). Esta cuenta no es una cuenta en el mismo sentido que las demás cuentas de la sucesión y no da lugar a la obtención de un saldo contable que pase a la siguiente cuenta de la sucesión. Se trata más bien de la presentación en forma de tabla de una identidad contable, con arreglo a la cual la oferta es igual a la demanda para todos los productos y grupos de productos de la economía. |
La cuenta del resto del mundo
1.117 |
La cuenta del resto del mundo comprende las operaciones entre las unidades institucionales residentes y no residentes y los stocks de activos y pasivos correspondientes. Dado que el resto del mundo desempeña en la estructura contable un papel semejante al de un sector institucional, la cuenta del resto del mundo se elabora desde el punto de vista del resto del mundo. Un recurso para el resto del mundo es un empleo para el total de la economía y viceversa. Si un saldo contable es positivo, representa un superávit del resto del mundo y un déficit del total de la economía, y viceversa si el saldo contable es negativo. La cuenta del resto del mundo difiere de las cuentas de los demás sectores en que no muestra todas las operaciones contables del resto del mundo, sino solo las que tienen una contrapartida en la economía nacional medida. |
Saldos contables
1.118 |
Un saldo contable se obtiene restando el valor total de las partidas de un lado de una cuenta del valor total de las partidas del otro lado. Los saldos contables contienen una gran cantidad de información e incluyen algunas de las partidas más importantes de las cuentas, como se observa en los siguientes ejemplos de saldos contables: valor añadido, excedente de explotación, renta disponible, ahorro, capacidad/necesidad de financiación neta. El siguiente diagrama muestra la sucesión de las cuentas en términos de flujos (los saldos contables se indican en negrita). Diagrama de la sucesión de las cuentas
|
1.119 |
La primera cuenta de la sucesión es la cuenta de producción, que registra los productos y los insumos del proceso de producción, dejando el valor añadido como saldo contable. |
1.120 |
El valor añadido se traslada a la siguiente cuenta, que es la cuenta de explotación. En ella se registra la remuneración de los asalariados que intervienen en el proceso de producción, así como los impuestos sobre la producción adeudados a las administraciones públicas, de tal forma que el excedente de explotación (o la renta mixta de los trabajadores autónomos del sector de los hogares) pueda derivarse como saldo contable para cada sector. Este paso es necesario para poder medir el importe del valor añadido conservado en el sector de la producción como excedente de explotación o renta mixta. |
1.121 |
Entonces, el valor añadido, desagregado en remuneración de los asalariados, impuestos y excedente de explotación/renta mixta, se traslada a la cuenta de asignación de la renta primaria. La desagregación permite asignar la renta de cada factor al sector beneficiario de que se trate, no al sector de producción. Por ejemplo, el total de las remuneraciones de los asalariados se asigna entre el sector de los hogares y el sector del resto del mundo, mientras que el excedente de explotación permanece en el sector de las sociedades en el que se generó. También se registran en esta cuenta los flujos de rentas de propiedad, entrantes y salientes, de modo que el saldo contable es el saldo de las rentas primarias que entran en el sector. |
1.122 |
La cuenta siguiente, a saber, la cuenta de distribución secundaria de la renta, registra la redistribución de dichas rentas a través de transferencias. Los principales instrumentos de redistribución son los impuestos de las administraciones públicas recaudados entre los hogares y las prestaciones sociales abonadas a los hogares. El saldo contable es la renta disponible. |
1.123 |
La sucesión principal de las cuentas principales lleva a la cuenta de utilización de la renta disponible, una cuenta relevante para el sector de los hogares, puesto que registra el gasto final de los hogares, dejando el ahorro como saldo contable. |
1.124 |
Al mismo tiempo, se crea una cuenta paralela: la cuenta de redistribución de la renta en especie. La finalidad específica de esta cuenta es registrar las transferencias sociales en especie como transferencias imputadas desde las administraciones públicas al sector de los hogares; de ahí que la renta de los hogares pueda experimentar un aumento equivalente al valor de los servicios individuales prestados por las administraciones públicas. En la cuenta siguiente, la de utilización de la renta disponible ajustada, la utilización por los hogares de la renta disponible experimenta un aumento por el mismo importe, como si el sector de los hogares comprara los servicios individuales prestados por las administraciones públicas. Esas dos imputaciones se anulan y dejan como saldo contable el ahorro, idéntico al ahorro en la sucesión principal de las cuentas. |
1.125 |
El ahorro se traslada a la cuenta de capital, donde se utiliza para la financiación de la formación de capital, permitiendo las transferencias de capital desde y hacia los sectores. La infrautilización o sobreutilización de los fondos para la adquisición de activos reales da lugar al saldo contable «capacidad o necesidad de financiación neta». La capacidad de financiación neta corresponde a un excedente que se presta, y la necesidad de financiación neta corresponde a la financiación de un déficit. |
1.126 |
El último elemento de la sucesión es la cuenta financiera, en la que se registra detalladamente la capacidad y la necesidad de financiación de cada sector, lo cual permite establecer el saldo contable de la capacidad o la necesidad de financiación neta. Este debe ser exactamente igual al saldo de «capacidad o necesidad de financiación neta» de la cuenta de capital, y toda diferencia debe ser imputable a una diferencia de medición entre los registros reales y financieros de la actividad económica. |
1.127 |
En la fila inferior del diagrama, la cuenta que figura a la izquierda es el balance inicial, que indica el nivel del conjunto de los activos y los pasivos, tanto reales como financieros, al inicio de un ejercicio determinado. La riqueza de una economía se mide por su patrimonio neto (activos menos pasivos), y eso se indica en la parte inferior del balance. |
1.128 |
De izquierda a derecha, partiendo de los balances iniciales, se presentan las distintas variaciones de activos y de pasivos que se producen durante el ejercicio contable. La cuenta de capital y la cuenta financiera muestran los cambios debidos a operaciones con activos reales y a operaciones sobre activos y pasivos financieros, respectivamente. En ausencia de otros hechos, esto permitirá calcular inmediatamente la posición final, añadiendo las variaciones a la posición inicial. |
1.129 |
Sin embargo, es posible que fuera del ciclo económico de la producción y del consumo se produzcan cambios que afectarán al valor de los activos y de los pasivos al cierre. Un cambio de este tipo es la variación del volumen de activos, es decir una variación real del capital fijo causada por hechos que no forman parte de la economía. Un ejemplo podría ser una pérdida catastrófica resultante de un grave terremoto en el que un número considerable de activos fueran destruidos, independientemente de cualquier operación económica del intercambio o transferencia. Esa pérdida debe registrarse en la cuenta de otras variaciones de volumen de activos, a fin de explicar un nivel más bajo de los activos que el esperado a la vista de los acontecimientos económicos. Una segunda forma en que los activos (y los pasivos) pueden experimentar un cambio de valor independientemente de cualquier operación económica es a través de un cambio de precio que dé lugar a ganancias y pérdidas de posesión en el stock de activos. Este cambio se registra en las cuentas de revalorización. El hecho de tener en cuenta esos dos tipos de efectos especiales sobre el valor del stock de activos y pasivos permite estimar los valores del balance de cierre ajustando la posición inicial a las variaciones en las cuentas de flujo de la fila inferior del diagrama. |
Los agregados
1.130 |
Los agregados son valores compuestos que miden el resultado de la actividad del total de la economía; por ejemplo, la producción, el valor añadido, la renta disponible, el consumo final, el ahorro, la formación de capital, etc. Aunque el cálculo de los agregados no es el único objetivo del SEC, estos son importantes como indicadores de síntesis para los análisis macroeconómicos y las comparaciones en el tiempo y el espacio. |
1.131 |
Se distinguen dos tipos de agregados:
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1.132 |
Hay utilizaciones importantes de los datos de las cuentas nacionales expresados per cápita. Para los principales agregados, tales como el PIB, la renta nacional o el consumo final de los hogares, se suele utilizar como denominador la población total (residente). Cuando se dividen en subsectores las cuentas o parte de las cuentas del sector hogares, se emplean también los datos del número de hogares y del número de personas pertenecientes a cada subsector. |
PIB: un agregado clave
1.133 |
El PIB es uno de los agregados clave del SEC. Es un indicador de la actividad económica total en un territorio económico, cuyo objetivo es que la producción responda a la demanda final de la economía. Hay tres formas de medir el PIB a precios de mercado:
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1.134 |
Estos tres enfoques para medir el PIB también reflejan las distintas formas de analizar el PIB en términos de componentes. El valor añadido puede desagregarse por sector institucional, y por tipo de actividad o rama de actividad que contribuye al total, por ejemplo la agricultura, el sector manufacturero, la construcción, los servicios, etc. Los gastos finales pueden desglosarse por tipo de gasto: gasto de los hogares, gastos finales de las ISFLSH, gastos finales de las administraciones públicas, variación de las existencias, formación de capital fijo y exportaciones, menos coste de las importaciones. El total de las rentas obtenidas puede desagregarse por tipo de renta: remuneración de los asalariados y excedente de explotación. |
1.135 |
Para obtener la mejor estimación del PIB, constituye una práctica adecuada introducir los elementos de esos tres enfoques en un marco de origen y destino, lo cual permite conciliar las estimaciones del valor añadido y de la renta por rama de actividad, así como equilibrar la oferta y la demanda por productos. Este enfoque integrado garantiza la coherencia entre los componentes del PIB, y permite obtener una mejor estimación del nivel del PIB que con solamente uno de los tres enfoques. Si se resta el consumo de capital fijo del PIB se obtiene el producto interior neto a precios de mercado (PIN). |
El marco input-output
1.136 |
El marco input-output reúne los componentes del valor añadido bruto (VAB), los insumos y los productos obtenidos, la oferta y la demanda de productos, así como la composición de los empleos y de los recursos en los distintos sectores de la economía. Este marco desagrega la economía para mostrar las operaciones de todos los bienes y servicios entre las ramas de actividad y los consumidores finales durante un período determinado (por ejemplo, un trimestre o un año). La información puede presentarse de dos formas:
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Tablas de origen y destino
1.137 |
Las tablas de origen y destino muestran el total de la economía por ramas de actividad (por ejemplo, el sector de los vehículos de motor) y productos (por ejemplo, artículos de deporte). Las tablas muestran las relaciones entre los componentes del VAB, los insumos y los productos obtenidos y la oferta y la demanda de productos. Las tablas de origen y destino muestran las relaciones entre los distintos sectores de la economía (por ejemplo, sociedades públicas), además de datos sobre las importaciones y exportaciones de bienes y servicios, el gasto de las administraciones públicas, el gasto de los hogares y de las ISFLSH, y la formación de capital. |
1.138 |
La elaboración de dichas tablas permite examinar la lógica y la coherencia de los componentes de las cuentas nacionales en un cuadro detallado único y, a través de la incorporación en él de los componentes de los tres enfoques utilizados para medir el producto interior bruto (a saber, producción, rentas y gastos), permite establecer una estimación única del PIB. |
1.139 |
Si se equilibran de una forma integrada, las tablas de origen y destino también contribuyen a la lógica y la coherencia en la relación entre los componentes de las tres cuentas siguientes:
|
Tablas input-output simétricas
1.140 |
Las tablas input-output simétricas se derivan de las tablas de origen y destino y otras fuentes adicionales, y constituyen el fundamento teórico de análisis ulteriores. |
1.141 |
Dichas tablas contienen tablas simétricas (producto por producto o rama de actividad por rama de actividad), la inversa de Leontief y otros análisis diagnósticos, como los multiplicadores de la producción. Estas tablas muestran por separado el consumo de bienes y servicios producidos a escala nacional e importados, de modo que proporcionan un marco teórico para un análisis estructural de la economía más detallado, en particular de la composición y de los efectos que las variaciones de la demanda final tienen sobre la economía. |
(1) Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad (DO L 310 de 30.11.1996, p. 1).
(2) Reglamento (CE) no 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE Revisión 2 (DO L 393 de 30.12.2006, p. 1).
(3) Reglamento (CE) no 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) (DO L 145 de 4.6.2008, p. 65).
CAPÍTULO 2
LAS UNIDADES Y LOS CONJUNTOS DE UNIDADES
2.01 |
La economía de un país es un sistema a través del cual las instituciones y las personas interactúan mediante intercambios y transferencias de bienes, servicios y medios de pago (por ejemplo, dinero), para la producción y el consumo de bienes y servicios. En la economía, las unidades que interactúan son entidades económicas capaces de ser propietarias de activos, contraer pasivos y participar en actividades y operaciones económicas con otras entidades; se las denomina unidades institucionales. Definir las unidades que se utilizan en la contabilidad nacional cumple diversos objetivos. En primer lugar, las unidades constituyen los componentes esenciales para definir las economías en términos geográficos, como por ejemplo naciones, regiones y conjuntos de naciones como las uniones monetarias o políticas. En segundo lugar, constituyen los componentes esenciales para agrupar las unidades en sectores institucionales. En tercer lugar, son fundamentales para decidir qué flujos y stocks se registran. Las operaciones entre distintas partes de una misma unidad institucional en principio no se registran en las cuentas nacionales. |
2.02 |
Las unidades y conjuntos de unidades que se utilizan en la contabilidad nacional deben definirse según el tipo de análisis económico que se pretende realizar y no según los tipos de unidades utilizadas habitualmente en la investigación estadística. Estas últimas unidades (por ejemplo, empresas, sociedades holding, unidades de actividad económica, unidades locales, organismos de las administraciones públicas, instituciones sin fines de lucro, hogares, etc.) no resultan adecuadas a efectos de la contabilidad nacional, pues se basan en criterios de naturaleza jurídica, administrativa o contable. Los estadísticos deberán tener en cuenta las definiciones de las unidades de análisis establecidas en el SEC 2010, con el fin de que, en las encuestas que se realicen para recoger datos, se vayan introduciendo progresivamente todos los elementos de información necesarios para obtener los datos relativos a las unidades de análisis del SEC 2010. |
2.03 |
El SEC 2010 se caracteriza por utilizar tipos de unidades que corresponden a tres formas de subdividir la economía:
Se definen las unidades institucionales que satisfacen el primero de esos objetivos. Las relaciones de comportamiento descritas en el punto 1 requieren unidades que reflejen la totalidad de su actividad económica institucional. Los procesos de producción, las relaciones de orden técnico-económico y los análisis regionales mencionados en los puntos 2 y 3 requieren UAE locales. Dichas unidades se describen más adelante en este capítulo. Antes de definir las unidades utilizadas en el SEC 2010, es necesario establecer los límites de la economía nacional. |
DELIMITACIÓN DE LA ECONOMÍA NACIONAL
2.04 |
Las unidades que constituyen la economía de un país, cuyos flujos y stocks se registran en el SEC 2010, son las que son residentes. La unidad institucional tiene su residencia en un país cuando tiene su centro de interés económico predominante en el territorio económico de tal país. Tales unidades se denominan unidades residentes, independientemente de su nacionalidad, de su forma jurídica o de su presencia en el territorio económico correspondiente en el momento en que efectúen una operación. |
2.05 |
El territorio económico consiste en:
Los barcos de pesca, otros buques, plataformas flotantes y aeronaves reciben en el SEC el mismo tratamiento que los demás equipos móviles propiedad de y/o explotados por unidades residentes, o propiedad de no residentes y explotados por unidades residentes en el país. Las operaciones relativas a la propiedad (formación bruta de capital fijo) y a la utilización (alquiler, seguros, etc.) de equipos móviles se atribuyen a la economía del país del que son residentes, respectivamente, el propietario y/o quien explota el equipo. En el caso del arrendamiento financiero, se considera que se ha producido un cambio de propiedad. El territorio económico puede ser una zona mayor o menor que la definida anteriormente. Un ejemplo de una zona mayor es una unión monetaria como la unión monetaria europea; un ejemplo de una zona menor es una parte de un país como una región. |
2.06 |
El territorio económico no incluye enclaves extraterritoriales. Tampoco se incluyen las partes del territorio geográfico del país utilizadas por las organizaciones externas siguientes:
Los territorios utilizados por las instituciones y organismos de la Unión Europea y por las organizaciones internacionales constituyen territorios económicos diferenciados. Una característica de estos territorios es que los únicos residentes son las instituciones. |
2.07 |
El término «centro de interés económico predominante» indica que, en el territorio económico de un país, existe un lugar en el cual una unidad realiza actividades y operaciones económicas de cierta amplitud, bien de forma indefinida, bien durante un período determinado, pero suficientemente largo (un año o más). El mero hecho de poseer terrenos o edificios en el territorio económico se considera suficiente para que el propietario tenga un centro de interés económico predominante en dicho territorio. Las empresas suelen estar vinculadas a una sola economía. La fiscalidad y demás requisitos jurídicos dan lugar generalmente a la utilización de una persona jurídica diferenciada para las operaciones realizadas en cada jurisdicción. Además, se identifica una unidad institucional diferenciada con fines estadísticos cuando una única persona jurídica ejerce actividades sustanciales en dos o más territorios (por ejemplo, en el caso de sucursales, propiedad de terrenos y empresas multiterritoriales). A causa de la división de esas personas jurídicas, está claro el lugar de residencia de cada una de las nuevas empresas identificadas. El término «centro de interés económico predominante» no significa que no deban dividirse entidades que ejerzan actividades sustanciales en dos o más territorios. A falta de toda dimensión física de una empresa, su residencia se determina en función del territorio económico con arreglo a cuya legislación la empresa está constituida o registrada. |
2.08 |
Las unidades que se consideran residentes en un país se pueden subdividir en:
|
2.09 |
En cuanto a las unidades distintas de los hogares, por lo que respecta a todas sus operaciones, excepto las relativas a la propiedad de terrenos y edificios, se pueden distinguir los dos casos siguientes:
Una unidad institucional residente puede ser una unidad residente ficticia en lo que respecta a la actividad ejercida durante un año o más en el país por una unidad que es residente en otro país. Cuando la actividad se ejerce durante menos de un año, esta sigue formando parte de las actividades de la unidad institucional de producción y no se reconoce ninguna unidad institucional diferenciada. Cuando la actividad es insignificante, incluso si se ejerce durante más de un año, o está destinada a la instalación de bienes de equipo en el extranjero, no se reconoce ninguna unidad diferenciada y las actividades se registran como las de la unidad institucional de producción. |
2.10 |
Los hogares, excepto en su condición de propietarias de terrenos y edificios, son unidades residentes del territorio económico donde tienen un centro de interés económico predominante. Son residentes independientemente de los períodos en el extranjero inferiores a un año. Los hogares incluyen, en particular, los casos siguientes:
Los estudiantes se consideran siempre residentes, cualquiera que sea la duración de sus estudios en el extranjero. |
2.11 |
Todas las unidades en su calidad de propietarias de terrenos y/o edificios situados en el territorio económico son unidades residentes o unidades residentes ficticias del país donde están situados geográficamente tales terrenos o edificios. |
LAS UNIDADES INSTITUCIONALES
2.12 |
Definición: Una unidad institucional es una entidad económica que se caracteriza por su autonomía de decisión en el ejercicio de su función principal. Una unidad residente se considera que constituye una unidad institucional en el territorio económico donde tiene su centro de interés económico predominante si goza de autonomía de decisión y dispone de una contabilidad completa o está en condiciones de elaborar un conjunto completo de cuentas. Para gozar de autonomía de decisión en el ejercicio de su función principal, una entidad debe:
|
2.13 |
En el caso de las entidades que no poseen las características de una unidad institucional se aplican los principios siguientes:
|
Sedes centrales y sociedades holding
2.14 |
Las sedes centrales y las sociedades holding son unidades institucionales. Sus dos tipos son los siguientes:
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Grupos de sociedades
2.15 |
Pueden crearse grandes grupos de sociedades cuando una matriz controla varias filiales, que pueden, a su vez, controlar a sus propias filiales, y así sucesivamente. Cada miembro del grupo se considera una unidad institucional diferenciada si cumple la definición de unidad institucional. |
2.16 |
Una ventaja de no considerar los grupos de sociedades como unidades institucionales únicas es que los grupos no siempre son estables a lo largo del tiempo y no son fácilmente identificables en la práctica. Puede ser difícil obtener datos sobre grupos cuyas actividades no están sólidamente integradas. Numerosos grupos son demasiado grandes y heterogéneos para considerarlos como unidades únicas, y su tamaño y composición pueden cambiar con el tiempo a causa de fusiones y absorciones. |
Entidades con fines especiales
2.17 |
Una entidad con fines especiales (EFE) o vehículo con fines especiales (VFE) suele ser una sociedad de responsabilidad limitada o una sociedad comanditaria, creada para satisfacer objetivos muy específicos, muy perfilados y limitados en el tiempo y para aislar riesgos financieros, fiscales o reglamentarios. |
2.18 |
No existe una definición comúnmente aceptada de las EFE, pero estas suelen presentar las siguientes características:
|
2.19 |
La unidad se considerará de idéntica manera que cualquier otra unidad institucional ya posea la totalidad o ninguna de estas características, y ya se describa o no como EFE o con alguna denominación similar, asignándola a un sector y una industria en función de su actividad principal a menos que la EFE no disponga del derecho de actuar de manera independiente. |
2.20 |
Por ello, las instituciones financieras de ámbito limitado, las filiales artificiales y las unidades de las administraciones públicas con fines especiales que no disponen del derecho de actuar de manera independiente se asignan al sector de su órgano de control. Se da una excepción cuando son no residentes, en cuyo caso se reconocen de forma separada de su órgano de control. Pero en el caso de las administraciones públicas, las actividades de la filial se reflejarán en las cuentas públicas. |
Instituciones financieras de ámbito limitado
2.21 |
Una sociedad holding que se limita a poseer los activos de las filiales es un ejemplo de institución financiera de ámbito limitado. Ejemplos de otras unidades consideradas asimismo instituciones financieras de ámbito limitado son, por ejemplo, las unidades que tienen las características de las EFE que se describen más arriba, como los fondos de inversión y los fondos de pensiones y las unidades utilizadas para la tenencia y gestión del patrimonio de individuos o familias, la emisión de valores representativos de deuda por cuenta de empresas relacionadas (una empresa de ese tipo puede denominarse intermediaria) y la realización de otras funciones financieras. |
2.22 |
El grado de independencia con respecto a su empresa matriz puede demostrarse mediante el ejercicio de algún tipo de control real sobre sus activos y pasivos que le hagan soportar los riesgos y le permitan aprovechar las ventajas que se derivan de dichos activos y pasivos. Estas unidades se clasifican en el sector de las instituciones financieras. |
2.23 |
Una entidad de este tipo, que no puede actuar independientemente de su empresa matriz y que se limita a poseer pasivamente activos y pasivos (denominada en ocasiones de piloto automático), no se considera una unidad institucional diferenciada a menos que sea residente en una economía distinta de la de su matriz. Si es residente en la misma economía que su matriz, se considera una «filial artificial» de acuerdo a la descripción siguiente. |
Filiales artificiales
2.24 |
Una filial, perteneciente en su totalidad a una empresa matriz, puede crearse para prestar servicios a dicha matriz o a otras empresas del mismo grupo, con objeto de evitar impuestos, reducir las obligaciones financieras en caso de quiebra, u obtener otras ventajas técnicas con arreglo a la legislación fiscal o mercantil en vigor en un país determinado. |
2.25 |
En general, ese tipo de entidades no responden a la definición de unidad institucional ya que les falta la capacidad para actuar independientemente de su empresa matriz y pueden estar sometidas a restricciones a la hora de poseer o negociar los activos que figuran en sus balances. El nivel de su producción y el precio que reciben por ella los determina la matriz, que (a veces junto con otras empresas del mismo grupo) es su único cliente. Por lo tanto, estas unidades no se consideran unidades institucionales diferenciadas, sino parte integrante de la matriz, y sus cuentas se consolidan con las de esta última, salvo si son residentes en un área económica distinta de aquella donde es residente su matriz. |
2.26 |
Hay que distinguir entre las filiales artificiales como las que se acaban de describir y las unidades que ejercen únicamente actividades auxiliares. El ámbito de actuación de las actividades auxiliares se limita al tipo de funciones de servicio que necesitan prácticamente todas las empresas en mayor o menor medida, como la limpieza de locales, pagar las nóminas del personal o suministrar la infraestructura informática de la empresa (véase el capítulo 1, punto 1.31). |
Unidades de las administraciones públicas con fines especiales
2.27 |
Las administraciones públicas pueden crear también unidades con fines especiales con características y funciones similares a las de las instituciones financieras de ámbito limitado y las filiales artificiales. Esas unidades no tienen el poder de actuar independientemente y las operaciones que pueden realizar son limitadas. No asumen los riesgos ni se benefician de las ventajas derivadas de los activos y pasivos que poseen. Esas unidades, si son residentes, se considerarán parte integrante de las administraciones públicas y no unidades diferenciadas. Si son no residentes se considerarán unidades diferenciadas. Todas las operaciones que llevan a cabo en el extranjero deben reflejarse como operaciones correspondientes con las administraciones públicas. Por tanto, se considera que una unidad que se endeuda en el extranjero está prestando la misma cantidad del préstamo original, y en idénticos términos, a las administraciones públicas. |
2.28 |
En resumen, las cuentas de las EFE que no disponen del derecho de actuar de manera independiente se consolidan con las de la empresa matriz, a menos que sean residentes en una economía distinta de la de esta última. Hay una excepción a esta regla general, en el caso de las EFE no residentes creadas por las administraciones públicas. |
2.29 |
Las unidades residentes ficticias se definen como:
Las unidades residentes ficticias, aunque solo dispongan de una contabilidad parcial e independientemente de su autonomía de decisión, se considerarán unidades institucionales. |
2.30 |
Se considerarán unidades institucionales:
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LOS SECTORES INSTITUCIONALES
2.31 |
Los análisis macroeconómicos no estudian las acciones de cada unidad institucional por separado; estudian las actividades agregadas de instituciones similares. Por lo tanto, se agrupan en conjuntos llamados sectores institucionales, algunos de los cuales se dividen, a su vez, en subsectores. Tabla 2.1 — Sectores y subsectores
|
2.32 |
Los sectores y subsectores agrupan las unidades institucionales que tienen un comportamiento económico análogo. Diagrama 2.1 — Asignación de las unidades a los sectores
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2.33 |
Las unidades institucionales se agrupan en sectores según el tipo de productor de que se trata y de acuerdo con su función y actividad principal, aspectos que se consideran representativos de su comportamiento económico. |
2.34 |
El diagrama 2.1 muestra de qué manera se asignan las unidades a los sectores principales. A fin de determinar a qué sector debe asignarse una unidad residente que no es un hogar, según el diagrama, es necesario determinar si está controlada por las administraciones públicas o no, y si es un productor de mercado o no de mercado. |
2.35 |
El control de una institución financiera o de una sociedad no financiera se define como la capacidad para determinar la política general de la sociedad, por ejemplo eligiendo directores adecuados en caso necesario. |
2.36 |
Una única unidad institucional —otra sociedad, un hogar, una institución sin fines de lucro o una unidad de las administraciones públicas— puede ejercer el control de una sociedad o de una cuasisociedad si posee más de la mitad de las acciones con derecho a voto o si controla de otra manera más de la mitad de los derechos de voto de los accionistas. |
2.37 |
Para controlar más de la mitad de los derechos de voto de los accionistas no es preciso que una unidad institucional posea acciones con derecho a voto. Una determinada sociedad, la sociedad C, puede ser una filial de otra sociedad B de la que una tercera sociedad A posee la mayoría de las acciones con derecho a voto. Se dice que la sociedad C es filial de la sociedad B cuando la sociedad B controla más de la mitad de los derechos de voto de los accionistas de la sociedad C, o bien cuando la sociedad B es accionista de la sociedad C con derecho a nombrar o cesar a la mayoría de los administradores de la sociedad C. |
2.38 |
La administración pública puede asegurarse el control de una sociedad mediante una disposición legal, decreto o reglamento especial que la autorice a determinar la política de la sociedad. Los indicadores que aparecen a continuación son los principales factores que deben tenerse en cuenta a la hora de decidir si una sociedad está controlada por las administraciones públicas:
Un único indicador puede bastar para determinar el control en algunos casos, pero en otros puede indicarse colectivamente el control mediante una serie de indicadores diferenciados. |
2.39 |
En el caso de las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica propia, los cinco indicadores que deben tomarse en cuenta para determinar el control son los siguientes:
Como ocurre con las sociedades, un único indicador puede bastar para determinar el control en algunos casos, pero en otros puede indicarse colectivamente el control mediante una serie de indicadores diferenciados. |
2.40 |
La distinción entre de mercado y no de mercado, y, por tanto, en el caso de las entidades del sector público, su clasificación en el sector de las administraciones públicas o en el sector de las sociedades, depende de los criterios enunciados en el punto 1.37. |
2.41 |
Un sector se dividirá en subsectores de acuerdo con los criterios pertinentes de dicho sector; por ejemplo, la administración se puede segmentar en central, autonómica y local y en fondos de la seguridad social. Esta división permite una descripción más precisa del comportamiento económico de las unidades. Las cuentas sectoriales y subsectoriales registran todas las actividades, sean principales o secundarias, de las unidades institucionales clasificadas en ellos. Cada unidad institucional pertenece a un único sector o subsector. |
2.42 |
Si la función principal de la unidad institucional consiste en producir bienes y servicios, debe decidirse primero el tipo de productor, a fin de asignarla a un sector. |
2.43 |
El tipo de productor y las actividades y funciones principales que permiten caracterizar cada sector se muestran en la tabla 2.2. Tabla 2.2 — Tipo de productor y actividades y funciones principales clasificados por sectores
|
2.44 |
El sector «resto del mundo» (S.2) hace referencia a los flujos y las posiciones entre unidades residentes y no residentes; las unidades no residentes no se caracterizan por tener objetivos y tipos de comportamiento similares, sino que se reconocen solamente por sus flujos y posiciones con unidades residentes. |
Sociedades no financieras (S.11)
2.45 |
Definición: El sector «sociedades no financieras» (S.11) está compuesto por las unidades institucionales dotadas de personalidad jurídica que son productores de mercado y cuya actividad principal es la producción de bienes y servicios no financieros. En el sector «sociedades no financieras» se incluyen, asimismo, las cuasisociedades no financieras [véase la letra f) del punto 2.13]. |
2.46 |
Se trata de las unidades institucionales siguientes:
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2.47 |
Por «cuasisociedades no financieras» se entiende el conjunto de entidades sin personalidad jurídica que son productores de mercado dedicados principalmente a la producción de bienes y servicios no financieros y que cumplen los requisitos que las califican como cuasisociedades [véase la letra f) del punto 2.13]. Las cuasisociedades no financieras deben conservar información suficiente para poder elaborar un conjunto completo de cuentas, y se gestionan como si fueran sociedades. Su relación de hecho con sus propietarios es la de una sociedad con sus accionistas. Las cuasisociedades no financieras pertenecientes a los hogares, a las administraciones públicas o a las instituciones sin fines de lucro se integran en el sector «sociedades no financieras» y no en el de sus propietarios. |
2.48 |
La existencia de un conjunto completo de cuentas, incluidos los balances, no es una condición suficiente para que un productor de mercado se considere una unidad institucional como ocurre en el caso de las cuasisociedades. Las sociedades personalistas y los productores públicos distintos de los recogidos en las letras a), b), c) y f) del punto 2.46 y las empresas individuales no suelen ser unidades institucionales diferenciadas, aunque dispongan de un conjunto completo de cuentas, porque no tienen autonomía de decisión, ya que de hecho su gestión está controlada por los hogares, las instituciones sin fines de lucro o las administraciones públicas a que pertenecen. |
2.49 |
Entre las sociedades no financieras se incluyen las unidades residentes ficticias, que se consideran cuasisociedades. |
2.50 |
El sector «sociedades no financieras» se divide en tres subsectores:
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2.51 |
Definición: El subsector «sociedades no financieras públicas» está compuesto por todas las sociedades y cuasisociedades no financieras y por las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica que son productores de mercado y están sometidas al control de unidades de las administraciones públicas. |
2.52 |
Las cuasisociedades públicas son cuasisociedades que pertenecen directamente a unidades de las administraciones públicas. |
Subsector «sociedades no financieras privadas nacionales» (S.11002)
2.53 |
Definición: El subsector «sociedades no financieras privadas nacionales» está compuesto por todas las sociedades y cuasisociedades no financieras y por las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica que son productores de mercado y que no están controladas por unidades de las administraciones públicas o por unidades institucionales no residentes. Este subsector incluye las sociedades y cuasisociedades de inversión extranjera directa que no están clasificadas en el subsector «sociedades no financieras bajo control extranjero» (S.11003). |
Subsector «sociedades no financieras bajo control extranjero» (S.11003)
2.54 |
Definición: El subsector «sociedades no financieras bajo control extranjero» abarca el conjunto de las sociedades y cuasisociedades no financieras que están controladas por unidades institucionales no residentes. Este subsector incluye:
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Instituciones financieras (S.12)
2.55 |
Definición: El sector «instituciones financieras» (S.12) está compuesto por las unidades institucionales dotadas de personalidad jurídica que son productores de mercado y cuya actividad principal es la producción de servicios financieros. Estas unidades institucionales constan de todas las sociedades y cuasisociedades que se dedican principalmente a:
Se incluyen, asimismo, las unidades institucionales que suministran servicios financieros, cuando la mayor parte de sus activos o pasivos no se negocian en mercados abiertos. |
2.56 |
La intermediación financiera es la actividad por la que una unidad institucional adquiere activos financieros y contrae pasivos por cuenta propia a través de operaciones financieras en el mercado. Los activos y pasivos de los intermediarios financieros se transforman o reordenan en función, por ejemplo, del plazo de vencimiento, la importancia, el riesgo, etc. en el proceso de intermediación financiera. Las actividades auxiliares de la intermediación financiera son actividades relacionadas con la intermediación financiera, pero que no conllevan por sí mismas dicha intermediación financiera. |
Intermediarios financieros
2.57 |
El proceso de intermediación financiera canaliza fondos entre las terceras partes que disponen de un exceso de fondos y las que carecen de ellos. El intermediario financiero no es solamente un agente que actúa en nombre de estas otras unidades institucionales, sino que asume él también un riesgo al adquirir activos financieros y contraer pasivos por cuenta propia. |
2.58 |
En el proceso de intermediación financiera pueden intervenir todas las categorías de pasivos, excepto la de otras cuentas pendientes de pago (AF.8). Los activos financieros que intervienen en el proceso de intermediación financiera pueden clasificarse en cualquier categoría, excluida la de sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas (AF.6), pero incluida la de otras cuentas pendientes de cobro. Los intermediarios financieros pueden invertir sus fondos en activos no financieros, incluidos los bienes inmuebles. Para que una sociedad se considere un intermediario financiero deberá contraer pasivos en el mercado y transformar fondos. Las sociedades inmobiliarias no son intermediarios financieros. |
2.59 |
La función de las compañías de seguros y los fondos de pensiones consiste en la compensación de riesgos. Los pasivos de tales instituciones son sistemas de seguros, pensiones y garantías estandarizadas (AF.6). Las contrapartidas de los pasivos son las inversiones que realizan las compañías de seguros y los fondos de pensiones, que actúan como intermediarios financieros. |
2.60 |
Los fondos de inversión, denominados en adelante fondos de inversión del mercado monetario y fondos de inversión no monetarios, contraen principalmente pasivos a través de la emisión de participaciones en fondos de inversión (AF.52). Los fondos obtenidos se transforman por medio de la adquisición de activos financieros y/o bienes inmuebles. Los fondos de inversión se clasifican como intermediarios financieros. Cualquier variación del valor de sus activos y pasivos distintos de sus propias participaciones se refleja en sus fondos propios (véase el punto 7.07). Dado que el importe de los fondos propios de un fondo de inversión equivale al valor de sus participaciones en fondos de inversión, cualquier variación del valor de sus activos y pasivos se reflejará en el valor de mercado de dichas participaciones. Los fondos de inversión que invierten en bienes inmuebles se consideran intermediarios financieros. |
2.61 |
La intermediación financiera se limita a adquirir activos y contraer pasivos con el público en general o con subgrupos específicos y relativamente amplios de este. Cuando la actividad se limita a pequeños grupos de personas o familias, no existe la intermediación financiera. |
2.62 |
Pueden darse algunas excepciones a la norma general que limita la intermediación financiera a operaciones financieras que tienen lugar en el mercado. Cabe citar, por ejemplo, las cajas de crédito y cajas de ahorro municipales que dependen del municipio, o las sociedades de arrendamiento financiero que dependen de una empresa matriz para adquirir o invertir fondos. Para poder clasificar estas unidades como intermediarios financieros, sus actividades de préstamo o de captación de depósitos deberán ser independientes del municipio o de la empresa matriz. |
Auxiliares financieros
2.63 |
Las actividades auxiliares de la intermediación financiera incluyen las actividades auxiliares para la realización de operaciones de activos y pasivos financieros, o la transformación y reordenación de fondos. Los auxiliares financieros no corren riesgos ellos mismos cuando adquieren activos financieros o contraen pasivos; facilitan la intermediación financiera. Las sedes centrales cuyas filiales son, en su totalidad o en su mayor parte, instituciones financieras son auxiliares financieros. |
Instituciones financieras distintas de los intermediarios financieros y los auxiliares financieros
2.64 |
Otras instituciones financieras distintas de los intermediarios financieros y de los auxiliares financieros son las unidades institucionales que suministran servicios financieros, cuando la mayor parte de sus activos o pasivos no se negocian en mercados abiertos. |
Unidades institucionales que forman parte del sector instituciones financieras
2.65 |
Las unidades institucionales que forman parte del sector instituciones financieras (S.12) son las siguientes:
|
Subsectores de instituciones financieras
2.66 |
El sector de las instituciones financieras se divide en los subsectores siguientes:
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Subsectores combinados de instituciones financieras
2.67 |
Las instituciones financieras monetarias (IFM), según la definición del BCE, constan de todas las unidades institucionales incluidas en los subsectores banco central (S.121), sociedades de depósitos, excepto el banco central (S.122) y fondos del mercado monetario (S.123). |
2.68 |
Las otras instituciones financieras monetarias son aquellos intermediarios financieros a través de los cuales se transmiten a las demás entidades de la economía los efectos de la política monetaria del banco central (S.121). Son las sociedades de depósitos, excepto el banco central (S.122) y los fondos del mercado monetario (S.123). |
2.69 |
Los intermediarios financieros que se ocupan de la compensación de riesgos son las compañías de seguros y fondos de pensiones (CSFP). Sus dos subsectores son las compañías de seguros (S.128) y los fondos de pensiones (S.129). |
2.70 |
Las instituciones financieras excepto IFM y CSFP agrupan los subsectores fondos de inversión no monetarios (S.124), otros intermediarios financieros, excepto las compañías de seguros y los fondos de pensiones (S.125), auxiliares financieros (S.126) e instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero (S.127). |
Desglose de los subsectores de las instituciones financieras según estén bajo control público, privado nacional o extranjero
2.71 |
Todos los subsectores, excepto el S.121, pueden dividirse a su vez en:
Los criterios para esta subdivisión son los mismos que los aplicados en el caso de las sociedades no financieras (véanse los puntos 2.51 a 2.54). Tabla 2.3 — Sector instituciones financieras y sus subsectores
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Banco central (S.121)
2.72 |
Definición: El subsector «banco central» (S.121) está compuesto por todas las instituciones y cuasisociedades financieras cuya función principal consiste en emitir moneda, mantener su valor interior y exterior y gestionar la totalidad o una parte de las reservas internacionales del país. |
2.73 |
Los intermediarios financieros clasificados en el subsector S.121 son los siguientes:
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2.74 |
Las entidades y los organismos distintos del banco central encargados de regular o supervisar la actividad de las instituciones financieras o los mercados financieros no se incluyen en el subsector S.121, sino en el subsector S.126. |
Sociedades de depósitos, excepto el banco central (S.122)
2.75 |
Definición: El subsector «sociedades de depósitos, excepto el banco central » (S.122) incluye todas las instituciones y cuasisociedades financieras, excepto las clasificadas en los subsectores «banco central» y en «fondos del mercado monetario», que se dediquen principalmente a la intermediación financiera y cuya actividad consista en recibir depósitos y/o sustitutos próximos de los depósitos de unidades institucionales, y por tanto no solo de instituciones financieras monetarias (IFM) , y en conceder préstamos y/o invertir en valores por su propia cuenta. |
2.76 |
No es posible describir las sociedades de depósitos, excepto el banco central simplemente como «bancos», ya que entre ellas puede haber instituciones financieras que optan por no utilizar esta denominación e instituciones financieras que no están autorizadas a hacerlo en algunos países, mientras que existen instituciones financieras que utilizan la denominación de bancos y de hecho no son sociedades de depósitos. Los intermediarios financieros clasificados en el subsector S.122 son los siguientes:
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2.77 |
Los intermediarios financieros que se enumeran a continuación se clasifican en el subsector S.122 cuando su actividad consiste en recibir fondos reembolsables del público, bien en forma de depósitos, bien en otras formas como las emisiones permanentes de valores de deuda a largo plazo:
Los intermediarios financieros que se dedican a otro tipo de actividades se clasifican en el subsector S.124. |
2.78 |
No se incluyen en el subsector S.122:
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Fondos del mercado monetario (S.123)
2.79 |
Definición: El subsector «fondos del mercado monetario» (S.123) está formado por todas las instituciones y cuasisociedades financieras, excepto las clasificadas en los subsectores «banco central» y «entidades de crédito», que se dedican principalmente a la intermediación financiera. Su actividad consiste en emitir participaciones en fondos de inversión como sustitutos próximos de los depósitos de las unidades institucionales, y, por su propia cuenta, realizar inversiones principalmente en participaciones en fondos del mercado monetario, valores representativos de deuda a corto plazo, y/o depósitos. |
2.80 |
Los intermediarios financieros clasificados en el subsector S.123 son los siguientes: los fondos de inversión, incluidas las sociedades de inversión y otras instituciones de inversión colectiva cuyas participaciones o unidades son sustitutos próximos de los depósitos. |
2.81 |
No se incluyen en el subsector S.123:
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Fondos de inversión no monetarios (S.124)
2.82 |
Definición: El subsector «fondos de inversión no monetarios» (S.124) está formado por todos los sistemas de inversión colectiva, excepto los clasificados en el subsector «fondos del mercado monetario», que se dedican principalmente a la intermediación financiera. Su actividad consiste en emitir participaciones en fondos de inversión que no son sustitutos próximos de los depósitos y realizar, por su propia cuenta, inversiones principalmente en activos financieros distintos de los activos financieros a corto plazo y en activos no financieros (normalmente inmobiliarios). |
2.83 |
Los fondos de inversión no monetarios abarcan las sociedades de inversión y otras instituciones de inversión colectiva cuyas participaciones o unidades no se consideran sustitutos próximos de los depósitos. |
2.84 |
Los intermediarios financieros clasificados en el subsector S.124 son los siguientes:
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2.85 |
No se incluyen en el subsector S.124:
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Subsector «otros intermediarios financieros, excepto las compañías de seguros y los fondos de pensiones» (S.125)
2.86 |
Definición: El subsector «otros intermediarios financieros, excepto las compañías de seguros y los fondos de pensiones» (S.125) está formado por todas las instituciones (sociedades y cuasisociedades) financieras que se dedican principalmente a la intermediación financiera, adquiriendo pasivos distintos del efectivo, los depósitos o las participaciones en fondos de inversión, o pasivos distintos de los relacionados con los sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas procedentes de unidades institucionales. |
2.87 |
El subsector S.125 incluye los intermediarios financieros que ejercen, primordialmente, actividades de financiación a largo plazo. El predominio de esta clase de vencimiento, en la mayoría de los casos, sirve para distinguir este subsector del subsector «otras IFM» (S.122 y S.123). El límite con los subsectores «fondos de inversión no monetarios» (S.124), «compañías de seguros» (S.128) y «fondos de pensiones» (S.129) puede establecerse basándose en la inexistencia de pasivos en forma de participaciones en fondos de inversión que no se consideren sustitutos próximos de los depósitos o sistemas de seguros, de pensiones y de garantías estandarizadas. |
2.88 |
El subsector «otros intermediarios financieros, excepto las compañías de seguros y los fondos de pensiones» (S.125) se subdivide a su vez en subsectores formados por las sociedades instrumentales que efectúan operaciones de titulización (FVC), los agentes de valores y derivados, las instituciones financieras que se dedican a los préstamos y las instituciones financieras especializadas. Esta relación se muestra en la tabla 2.4. Tabla 2.4 — Subsector «otros intermediarios financieros, excepto las compañías de seguros y los fondos de pensiones» (S.125) y sus subdivisiones Otros intermediarios financieros, excepto compañías de seguros y fondos de pensiones Sociedades instrumentales que efectúan operaciones de titulización (FVC) Agentes de valores y derivados Instituciones financieras que se dedican a los préstamos e Instituciones financieras especializadas |
2.89 |
El subsector S.125 no incluye las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica que están al servicio de los otros intermediarios financieros, pero que no se dedican ellas mismas a la intermediación financiera. Tales unidades se incluyen en el subsector S.126. |
Sociedades instrumentales que efectúan operaciones de titulización (FVC)
2.90 |
Definición: Las sociedades instrumentales que efectúan operaciones de titulización (FVC) son empresas que llevan a cabo operaciones de titulización. Las FVC que satisfacen los criterios de las unidades institucionales se clasifican en el subsector S.125; en caso contrario, se consideran parte integrante de su matriz. |
Agentes de valores y derivados, instituciones financieras que se dedican a los préstamos e instituciones financieras especializadas
2.91 |
Los agentes de valores y derivados son intermediarios financieros por cuenta propia. |
2.92 |
Las instituciones financieras que se dedican a los préstamos incluyen, por ejemplo, a los intermediarios financieros que se dedican a las siguientes actividades:
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2.93 |
Las instituciones financieras especializadas son intermediarios financieros, como por ejemplo:
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2.94 |
Las sedes centrales que supervisan y gestionan un grupo de filiales que se dedican principalmente a la intermediación financiera y/o a actividades auxiliares de la intermediación financiera se clasifican en el subsector S.126. |
Subsector «auxiliares financieros» (S.126)
2.95 |
Definición: El subsector «auxiliares financieros» (S.126) está formado por todas las instituciones y cuasisociedades financieras que se dedican principalmente a actividades estrechamente vinculadas con la intermediación financiera, pero que no forman parte de ella. |
2.96 |
En el subsector S.126 se incluyen las instituciones y cuasisociedades financieras siguientes:
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2.97 |
El subsector S.126 comprende también las sedes centrales cuyas filiales son en su totalidad o en su mayoría instituciones financieras. |
Instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero (S.127)
2.98 |
Definición: El subsector «instituciones financieras de ámbito limitado y prestamistas de dinero» (S.127) está formado por todas las instituciones y cuasisociedades financieras que no se dedican ni a la intermediación financiera ni a prestar servicios auxiliares a los servicios financieros y cuando la mayor parte de sus activos o pasivos no se negocian en mercados abiertos. |
2.99 |
En el subsector S.127 se incluyen, en concreto, las instituciones y cuasisociedades financieras siguientes:
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Compañías de seguros (S.128)
2.100 |
Definición: El subsector «compañías de seguros» (S.128) está formado por todas las instituciones y cuasisociedades financieras que se dedican principalmente a la intermediación financiera resultante de la compensación de riesgos sobre todo en forma de seguro o reaseguro directo (véase el punto 2.59). |
2.101 |
Las compañías de seguros prestan servicios de:
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2.102 |
Los servicios de las compañías de seguros de no vida se pueden prestar en forma de seguro contra los siguientes conceptos:
Las sociedades de seguro financiero y de seguro de crédito, denominadas asimismo bancos de garantías, conceden garantías o bonos de caución para respaldar la titulización y otros productos de crédito. |
2.103 |
Las compañías de seguros adoptan principalmente la forma de sociedades mercantiles o entidades de carácter mutualista. Las sociedades mercantiles están controladas por accionistas y muchas de ellas cotizan en bolsa. Las entidades de carácter mutualista están controladas por sus tomadores de seguro y devuelven sus beneficios a los asegurados «con beneficios» o «con participación» mediante dividendos o bonos. Las aseguradoras de ámbito limitado suelen estar controladas por una institución no financiera y en la mayor parte de los casos aseguran los riesgos de sus accionistas. Recuadro 2.1 — Tipos de seguros
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2.104 |
No se incluyen en el subsector S.128:
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Fondos de pensiones (S.129)
2.105 |
Definición: El subsector «fondos de pensiones» (S.129) está formado por todas las instituciones y cuasisociedades financieras que se dedican principalmente a la intermediación financiera resultante de la compensación de riesgos y necesidades sociales de las personas aseguradas (seguros sociales). Los fondos de pensiones y los regímenes de seguridad social proporcionan una renta durante la jubilación y a menudo prestaciones por fallecimiento e invalidez. |
2.106 |
El subsector S.129 está compuesto únicamente por los fondos de pensiones de seguros sociales que corresponden a unidades institucionales distintas de las unidades que los han creado. Esos fondos autónomos tienen autonomía de decisión y disponen de un conjunto completo de cuentas. Los fondos de pensiones no autónomos no son unidades institucionales, sino que forman parte de la unidad institucional que los crea. |
2.107 |
Entre los casos de participantes en regímenes de fondos de pensiones cabe señalar a los asalariados de una empresa o un grupo de empresas, a los asalariados de una rama homogénea o de una rama de actividad, o a las personas que ejercen una misma profesión. En los contratos de seguros se pueden incluir las siguientes prestaciones:
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2.108 |
En algunos países, todos estos tipos de riesgos pueden asegurarse tanto en compañías de seguros de vida como en fondos de pensiones. En otros países, algunas de estas clases de riesgos están aseguradas en compañías de seguros de vida. Al contrario de lo que ocurre en el caso de las compañías de seguros de vida, los fondos de pensiones están limitados por ley a determinados colectivos de asalariados y trabajadores por cuenta propia. |
2.109 |
Los regímenes de fondos de pensiones pueden organizarlos los empleadores o las administraciones públicas, o bien compañías de seguros en nombre de los asalariados; también pueden crearse unidades institucionales distintas para custodiar y gestionar los activos que hayan de utilizarse a fin de sufragar y distribuir las pensiones. |
2.110 |
No se incluyen en el subsector S.129:
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Administraciones públicas (S.13)
2.111 |
Definición: El sector «administraciones públicas» (S.13) incluye todas las unidades institucionales que son productores no de mercado cuya producción se destina al consumo individual o colectivo, que se financian mediante pagos obligatorios efectuados por unidades pertenecientes a otros sectores y que efectúan operaciones de redistribución de la renta y de la riqueza nacional. |
2.112 |
Las unidades institucionales incluidas en el sector S.13 son, por ejemplo, las siguientes:
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2.113 |
El sector «administraciones públicas» se divide en cuatro subsectores:
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Administración central (excluidos los fondos de la seguridad social) (S.1311)
2.114 |
Definición: Este subsector comprende todos los órganos administrativos del Estado y otros organismos centrales cuya competencia se extiende normalmente a la totalidad del territorio económico, con excepción de los fondos de la seguridad social de la propia administración central. En el subsector S.1311 se incluyen las instituciones sin fines de lucro controladas por la administración central y cuya competencia abarca a la totalidad del territorio económico. Los organismos reguladores de mercado que, a título exclusivo o principal, son distribuidores de subvenciones se clasifican en el sector S.1311. Los organismos que se dedican exclusiva o principalmente a comprar, almacenar o vender productos agrícolas o alimentarios se clasifican en el sector S.11. |
Administración regional (excluidos los fondos de la seguridad social) (S.1312)
2.115 |
Definición: Este subsector está formado por los tipos de administraciones que constituyen unidades institucionales diferenciadas y que llevan a cabo algunas funciones de administración pública, con excepción de los fondos de seguridad social, a un nivel inferior al de la administración central y superior al de las corporaciones locales. En el subsector S.1312 se incluyen las instituciones sin fines de lucro controladas y financiadas por la administración regional y cuya competencia se limita al territorio económico de esta. |
Administración local (excluidos los fondos de la seguridad social) (S.1313)
2.116 |
Definición: Este subsector comprende todas las administraciones públicas cuya competencia abarca únicamente una circunscripción local del territorio económico, con excepción de los fondos de seguridad social de las propias corporaciones locales. En el subsector S.1313 se incluyen las instituciones sin fines de lucro controladas y financiadas por las corporaciones locales y cuya competencia se limita al territorio económico de estas. |
Fondos de la seguridad social (S.1314)
2.117 |
Definición: El subsector «fondos de la seguridad social» comprende las unidades institucionales, centrales y territoriales, cuya actividad principal consiste en proporcionar prestaciones sociales y que cumplen los dos criterios siguientes:
Normalmente, no existe una relación directa entre el importe de la cotización de los afiliados y los riesgos a que están expuestos. |
Hogares (S.14)
2.118 |
Definición: El sector «hogares» (S.14) comprende los individuos o grupos de individuos, tanto en su condición de consumidores como, en la de empresarios que producen bienes o servicios financieros o no financieros de mercado (productores de mercado), siempre que la producción de bienes y servicios no sea realizada por entidades diferenciadas tratadas como cuasisociedades. Además, comprende los individuos o grupos de individuos que producen bienes y servicios no financieros exclusivamente para uso final propio. En su condición de consumidores, los hogares pueden definirse como pequeños grupos de personas que comparten una misma vivienda y ponen en común sus rentas y su patrimonio, y que consumen colectivamente determinados bienes y servicios, principalmente la vivienda y la alimentación. Los recursos principales de los hogares son los siguientes:
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2.119 |
El sector «hogares» incluye:
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2.120 |
En el SEC 2010, el sector de los hogares se divide en los subsectores siguientes:
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2.121 |
Los hogares se clasifican por subsectores con arreglo a la fuente de renta más importante (rentas de los empleadores, remuneración de los asalariados, etc.) del hogar en su conjunto. Cuando un hogar reciba más de una renta del mismo tipo, la clasificación se efectuará basándose en el total de rentas de cada tipo que recibe el hogar. |
Empleadores y trabajadores por cuenta propia (S.141 + S.142)
2.122 |
Definición: El subsector «empleadores y trabajadores por cuenta propia» está formado por los hogares cuya principal fuente de renta (del hogar en su conjunto) consiste en la renta (mixta) (B.3) percibida por los propietarios de empresas de los hogares no constituidas en sociedad, que emplean o no personal asalariado, en su actividad de productores de bienes y servicios de mercado, aunque este tipo de renta no suponga más de la mitad de la renta total del hogar. |
Subsector «asalariados» (S.143)
2.123 |
Definición: El subsector «asalariados» está compuesto por los hogares cuya principal fuente de renta (del hogar en su conjunto) consiste en la renta procedente de la remuneración de los asalariados (D.1). |
Perceptores de rentas de la propiedad (S.1441)
2.124 |
Definición: El subsector «perceptores de rentas de la propiedad» está compuesto por los hogares cuya principal fuente de renta (del hogar en su conjunto) consiste en las rentas de la propiedad (D.4). |
Subsector «perceptores de pensiones» (S.1442)
2.125 |
Definición: El subsector «perceptores de pensiones» está compuesto por los hogares cuya principal fuente de renta (del hogar en su conjunto) consiste en la renta procedente de pensiones. Los hogares de pensionistas son aquellos cuya renta procede, principalmente, de pensiones, de jubilación u otras, incluidas las pensiones pagadas por antiguos empleadores. |
Perceptores de otras transferencias (S.1443)
2.126 |
Definición: El subsector «perceptores de otras transferencias» está compuesto por los hogares cuya principal fuente de renta (del hogar en su conjunto) consiste en la renta que procede de otras transferencias corrientes. Las otras transferencias corrientes corresponden a todas las transferencias corrientes distintas de las rentas de la propiedad, las pensiones y la renta de las personas que viven en instituciones de forma permanente. |
2.127 |
Si no se conocen las contribuciones respectivas de la renta del hogar en su conjunto, la mejor solución para determinar a qué subsector corresponde este consiste en basarse en la renta de la persona de referencia del hogar, es decir, generalmente, la que recibe la renta más elevada. En caso de no disponer de esta información, se utilizará la renta de la persona que declara ser la persona de referencia. |
2.128 |
Se pueden utilizar otros criterios para dividir los hogares en subsectores; por ejemplo, desglosarlos por su tipo de actividad en hogares agrarios y no agrarios. |
Instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares (S.15)
2.129 |
Definición: El sector «instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares» (ISFLSH) (S.15) está formado por las instituciones sin fines de lucro dotadas de personalidad jurídica que sirven a los hogares y que son productores no de mercado privados. Sus recursos principales proceden de contribuciones voluntarias en efectivo o en especie efectuadas por los hogares en su calidad de consumidores, de pagos de las administraciones públicas y de rentas de la propiedad. |
2.130 |
Las instituciones sin fines de lucro de escasa importancia no se recogen en el sector «instituciones sin fines de lucro al servicio de los hogares» (ISFLSH) sino en el de los hogares (S.14), ya que sus operaciones no se diferencian de las de las unidades de ese sector. Las ISFLSH no de mercado controladas por las administraciones públicas se clasifican en el sector «administraciones públicas» (S.13). En el sector «ISFLSH» se incluyen los siguientes tipos principales de ISFLSH que suministran bienes y servicios no de mercado a los hogares:
Las asociaciones de beneficencia, de ayuda o de asistencia al servicio de unidades no residentes forman parte del sector S.15, pero no así las unidades en las que la condición de miembro da derecho a un conjunto preestablecido de bienes y servicios. |
Resto del mundo (S.2)
2.131 |
Definición: El sector «resto del mundo» (S.2) es un conjunto de unidades que no se caracteriza por una función y unos recursos principales; está formado por las unidades no residentes en la medida en que efectúan operaciones con unidades institucionales residentes o tienen otras relaciones económicas con unidades residentes. Las cuentas de este sector proporcionan una visión de conjunto de las relaciones económicas que vinculan la economía nacional con el resto del mundo. Se incluyen las instituciones de la UE y las organizaciones internacionales. |
2.132 |
El resto del mundo no es un sector para el que sea preciso disponer de un conjunto completo de cuentas, pero resulta conveniente tratarlo como si fuera un sector. Los sectores se obtienen desagregando la economía en su conjunto en grupos más homogéneos de unidades institucionales residentes con comportamientos económicos, objetivos y funciones similares. No es este el caso del sector «resto del mundo», que registra las operaciones y otros flujos de las sociedades no financieras, las instituciones financieras, las instituciones sin fines de lucro, los hogares y las administraciones públicas con unidades institucionales no residentes, así como otras relaciones económicas entre residentes y no residentes (por ejemplo, derecho de residentes sobre no residentes). |
2.133 |
Las cuentas del resto del mundo no incluyen más que las operaciones realizadas por unidades institucionales residentes con unidades no residentes, con las excepciones siguientes:
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2.134 |
El sector «resto del mundo» (S.2) se divide en:
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Clasificación sectorial de las unidades de producción según las principales formas jurídicas de propiedad
2.135 |
La siguiente descripción y los puntos 2.31 a 2.44 resumen los principios de clasificación sectorial de las unidades de producción, a partir de la terminología estándar usual de los principales tipos de instituciones. |
2.136 |
Las sociedades por acciones privadas y públicas que son productoras de mercado se clasifican de la forma siguiente:
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2.137 |
Las sociedades cooperativas y las sociedades personalistas que están dotadas de personalidad jurídica y que son productores de mercado se clasifican de la forma siguiente:
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2.138 |
Los productores públicos dotados de un estatuto que les confiere personalidad jurídica y que son productores de mercado se clasifican de la forma siguiente:
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2.139 |
Los productores públicos que carecen de personalidad jurídica y que son productores de mercado se clasifican de la forma siguiente:
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2.140 |
Las instituciones sin fines de lucro (asociaciones y fundaciones) dotadas de personalidad jurídica se clasifican de la forma siguiente:
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2.141 |
Las empresas individuales y las sociedades personalistas que carecen de personalidad jurídica y que son productores de mercado se clasifican de la forma siguiente:
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2.142 |
Las sedes centrales se clasifican de la forma siguiente:
Las sociedades holding que son tenedoras de activos de un grupo de sociedades filiales siempre se tratan como instituciones financieras. Las sociedades holding se dedican a la tenencia de los activos de un grupo de sociedades, pero no ejercen actividades de gestión con respecto al grupo. |
2.143 |
En la tabla 2.5 se presentan de forma esquemática los diversos casos enumerados. Tabla 2.5 — Clasificación sectorial de las unidades de producción según las principales formas jurídicas de propiedad
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UNIDADES DE ACTIVIDAD ECONÓMICA A NIVEL LOCAL Y RAMAS DE ACTIVIDAD
2.144 |
La mayoría de las unidades institucionales que producen bienes y servicios realizan simultáneamente una combinación de actividades. Pueden ejercer una actividad principal, varias actividades secundarias y varias actividades auxiliares. |
2.145 |
Una actividad tiene lugar cuando se combinan recursos tales como bienes de equipo, mano de obra, técnicas de fabricación, redes de información, o productos, para obtener bienes y servicios específicos. Una actividad se caracteriza por unos insumos de bienes y servicios, un proceso de producción y unos productos (bienes y servicios) obtenidos. Las actividades pueden determinarse con arreglo a un nivel específico de la NACE Rev. 2. |
2.146 |
Si una unidad desarrolla más de una actividad, todas las actividades que no son actividades auxiliares (véase el capítulo 3, punto 3.12) se ordenan según el valor añadido bruto que generan. Una vez hecho esto, es posible distinguir entre la actividad principal, es decir, la que genera más valor añadido bruto, y las actividades secundarias. |
2.147 |
Para analizar los flujos generados en el proceso de producción y en la utilización de los bienes y servicios, es necesario elegir unidades que pongan de manifiesto las relaciones de orden técnico-económico. Este requisito significa que las unidades institucionales deben dividirse en unidades más pequeñas y más homogéneas desde el punto de vista del tipo de producción. Las unidades de actividad económica a nivel local pretenden cumplir este requisito y constituyen un método práctico de trabajo. |
La unidad de actividad económica a nivel local
2.148 |
Definición: La unidad de actividad económica a nivel local (UAE local) es la parte de una unidad de actividad económica (UAE) que corresponde a una unidad local. En el SCN 2008 y la CIIU Rev. 4, las UAE locales se denominan «establecimientos». Una UAE agrupa todas las partes de una unidad institucional —en su condición de unidad productora— que concurren al ejercicio de una actividad del nivel de clase (cuatro dígitos) de la NACE Rev. 2 y corresponde a una o varias subdivisiones operativas de la unidad institucional. El sistema de información de la unidad institucional debe ser capaz de suministrar o calcular, al menos, el valor de la producción, los consumos intermedios, la remuneración de los asalariados y el excedente de explotación, así como el empleo y la formación bruta de capital fijo de cada UAE local. La unidad local corresponde a una unidad institucional, o a una parte de una unidad institucional, que produce bienes o servicios sita en un lugar delimitado topográficamente. Una UAE local puede corresponder a una unidad institucional en su condición de unidad productora, pero no puede pertenecer nunca a dos unidades institucionales diferentes. |
2.149 |
Si una unidad institucional que produce bienes o servicios desarrolla una actividad principal y una o varias actividades secundarias, se dividirá en otras tantas UAE, y las actividades secundarias se clasificarán bajo unas rúbricas de la clasificación distintas a la de la actividad principal. Las actividades auxiliares no están disociadas de las actividades principales o secundarias a las que sirven. No obstante, las UAE pertenecientes a una rúbrica concreta de la nomenclatura pueden producir bienes y servicios no incluidos en el grupo homogéneo que caracteriza su actividad, que son el resultado de las actividades secundarias vinculadas a dichas UAE que no se pueden identificar de forma separada a partir de los documentos contables disponibles. Por lo tanto, una UAE puede desarrollar una o más actividades secundarias. |
La rama de actividad
2.150 |
Definición: Una rama de actividad consiste en un grupo de UAE locales que desarrollan una actividad económica idéntica o similar. En el nivel más detallado de la clasificación, una rama de actividad comprende todas las UAE locales que corresponden a una misma clase (cuatro dígitos) de la NACE Rev. 2 y que, por lo tanto, ejercen la misma actividad, tal y como se define en la NACE Rev. 2. Las ramas de actividad incluyen tanto UAE locales que producen bienes y servicios de mercado, como UAE locales que producen bienes y servicios no de mercado. Por definición, una rama de actividad consiste en un grupo de UAE locales que desarrollan el mismo tipo de actividad productiva, independientemente de que las unidades institucionales a las que pertenecen obtengan una producción de mercado o no de mercado. |
2.151 |
Las ramas de actividad se clasifican en tres categorías:
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Clasificación de las ramas de actividad
2.152 |
La clasificación utilizada para agrupar las UAE locales por ramas de actividad es la NACE Rev. 2. |
UNIDADES DE PRODUCCIÓN HOMOGÉNEA Y RAMAS HOMOGÉNEAS
2.153 |
Para analizar el proceso de producción, la unidad más adecuada es la unidad de producción homogénea. Esta unidad tiene una actividad única definida por sus insumos, proceso de producción y productos. |
La unidad de producción homogénea
2.154 |
Definición: La unidad de producción homogénea lleva a cabo una actividad única que se identifica por sus insumos, proceso de producción y sus productos. Los bienes y servicios que constituyen los insumos y los productos resultantes se caracterizan, no solo por sus características físicas, su grado de elaboración y la técnica de producción utilizada. Se pueden clasificar mediante una nomenclatura de productos (Clasificación estadística de productos por actividades, CPA). La estructura de esta clasificación de productos está basada en el criterio del origen industrial, concepto definido en la NACE Rev. 2. |
La rama homogénea
2.155 |
Definición: La rama homogénea consiste en una agrupación de unidades de producción homogénea. El conjunto de actividades comprendidas en una rama homogénea se describe por referencia a una clasificación de productos. La rama homogénea produce única y exclusivamente los bienes y servicios descritos en la clasificación. |
2.156 |
Las ramas homogéneas son unidades diseñadas para el análisis económico. Las unidades de producción homogénea no pueden observarse normalmente de forma directa; los datos obtenidos de las unidades utilizadas en las encuestas estadísticas han de reorganizarse para formar las ramas homogéneas. |
CAPÍTULO 3
OPERACIONES DE BIENES Y SERVICIOS Y ACTIVOS NO PRODUCIDOS
OPERACIONES DE BIENES Y SERVICIOS EN GENERAL
3.01 |
Definición: Los productos son todos los bienes y servicios que se crean dentro de la frontera de la producción. La producción se define en el punto 3.07. |
3.02 |
El SEC distingue las siguientes categorías principales de operaciones de bienes y servicios:
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3.03 |
Las operaciones de bienes y servicios se registran como sigue:
Muchos saldos contables importantes de las cuentas, como el valor añadido, el producto interior bruto, la renta nacional y la renta disponible, se definen en términos de operaciones de bienes y servicios. La definición de operaciones de bienes y servicios delimita con precisión dichos saldos contables. |
3.04 |
En la tabla de origen (véase el punto 1.136), la producción y las importaciones se registran como recursos. En la tabla de destino, los consumos intermedios, la formación bruta de capital, el gasto en consumo final y las exportaciones se registran como empleos. En la tabla input-output simétrica, la producción y las importaciones se registran como recursos y el resto de las operaciones de bienes y servicios como empleos. |
3.05 |
Los recursos de bienes y servicios se valoran a precios básicos (véase el punto 3.44). Los empleos de bienes y servicios se valoran a precios de adquisición (véase el punto 3.06). Para determinados tipos de recursos y empleos, como las importaciones y exportaciones de bienes, se utilizan principios de valoración más específicos. |
3.06 |
Definición: El precio de adquisición es el que el comprador paga efectivamente por los bienes y servicios. El precio de adquisición incluye lo siguiente:
Están excluidos del precio de adquisición:
Si el momento de utilización no coincide con el de adquisición, se realizarán ajustes para tener en cuenta las variaciones de precio debidas al paso del tiempo (de forma simétrica a lo que se hace en el caso de las variaciones de los precios de las existencias). Tales modificaciones resultan importantes si los precios de los productos afectados varían significativamente en el transcurso del año. |
PRODUCCIÓN
3.07 |
Definición: La producción es una actividad realizada bajo el control, la responsabilidad y la gestión de una unidad institucional que utiliza mano de obra, capital y bienes y servicios para producir otros bienes y servicios. La producción no abarca los procesos puramente naturales que tienen lugar sin la intervención o dirección humana, tales como el crecimiento de los bancos de peces en aguas internacionales (sin embargo, la piscicultura sí es producción). |
3.08 |
La producción incluye:
Las actividades enumeradas en las anteriores letras a) a e) se incluyen como producción, independientemente de que sean ilegales o de que no figuren en los registros fiscales, de la seguridad social, estadísticos u otros registros públicos. La producción por cuenta propia de bienes por parte de los hogares se registra si es significativa, es decir, si es cuantitativamente importante con respecto a la oferta total de dichos bienes en un país. En lo que respecta a la producción de bienes por cuenta propia por parte de los hogares, se incluye únicamente la construcción de viviendas por cuenta propia y la producción, el almacenamiento y la transformación de productos agrícolas. |
3.09 |
La producción no incluye los servicios domésticos y personales que se producen y consumen en el mismo hogar. Son ejemplos de servicios domésticos producidos por los propios hogares y excluidos de la producción los siguientes:
Los servicios domésticos y personales producidos por personal doméstico remunerado y los servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios se incluyen dentro de la producción. |
Actividades principales, secundarias y auxiliares
3.10 |
Definición: La actividad principal de una UAE local es aquella cuyo valor añadido supera el de cualquier otra actividad realizada en la misma unidad. La clasificación de la actividad principal se realiza con arreglo a la NACE Rev. 2, primero al máximo nivel de agregación y después a los niveles más detallados. |
3.11 |
Definición: Una actividad secundaria es una actividad realizada en una UAE local además de la actividad principal. El resultado de la actividad secundaria es un producto secundario. |
3.12 |
Definición: Una actividad auxiliar es una actividad cuya producción se destina a su utilización dentro de una empresa. Una actividad auxiliar es una actividad de apoyo realizada dentro de una empresa, con el fin de permitir a las UAE locales ejercer sus actividades principales o secundarias. Todos los insumos consumidos por las actividades auxiliares (materias primas, factor trabajo, consumo de capital fijo, etc.) se consideran insumos de las actividades principales o secundarias a las que sirven de apoyo. Son ejemplos de actividades auxiliares las siguientes:
Las empresas pueden optar entre realizar ellas mismas las actividades auxiliares o adquirir dichos servicios en el mercado recurriendo a productores especializados. La formación de capital por cuenta propia no se considera una actividad auxiliar. |
3.13 |
Las actividades auxiliares no constituyen entidades diferenciadas, ni se separan de las actividades principales o secundarias a las que sirven. Por lo tanto, las actividades auxiliares deberán integrarse en las UAE locales a las que sirven. Las actividades auxiliares pueden desarrollarse en emplazamientos separados, situados en otra región distinta de aquella en que se sitúa la UAE local a la que sirven. La aplicación estricta de la regla mencionada en el párrafo primero para la asignación geográfica de las actividades auxiliares podría dar lugar a una subestimación de los agregados de las regiones en las que se concentran tales actividades. Por lo tanto, de acuerdo con el principio de residencia, las actividades auxiliares deben asignarse a la región donde están situadas; permanecen en la misma rama de actividad que la UAE local a la que sirven. |
Producción (P.1)
3.14 |
Definición: Se entiende por producción todos los productos creados durante el ejercicio contable. A continuación se indican algunos ejemplos de producción:
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3.15 |
Cuando una unidad institucional está formada por más de una UAE local, la producción de la unidad institucional es la suma de las producciones de las UAE locales que la componen, incluidas las que dichas UAE locales se suministran entre sí. |
3.16 |
El SEC 2010 distingue tres tipos de producción:
Esta distinción se aplica también a las UAE locales y a las unidades institucionales:
La distinción entre «de mercado», «para uso final propio» y «no de mercado» es fundamental por las siguientes razones:
La distinción sirve para determinar qué principios de valoración deben aplicarse a la producción. La producción de mercado y la producción para uso final se valoran a precios básicos. La producción total de los productores no de mercado se valora sumando los costes de producción. La producción de una unidad institucional se valora como la suma de las producciones de sus UAE locales y, por lo tanto, depende también de la distinción entre de mercado, para uso final propio y no de mercado. Esa distinción también sirve para clasificar las unidades institucionales por sector. Los productores no de mercado se clasifican dentro del sector de las administraciones públicas o del sector de las ISFLSH privadas. Las distinciones se definen en forma descendente, es decir, se define en primer lugar la distinción para las unidades institucionales, después para las UAE locales y, por último, para la producción de estas. A nivel de los bienes y servicios, la producción se clasifica en producción de mercado, producción para uso final propio y producción no de mercado, según las características de la unidad institucional y de la UAE local que produce esos bienes o servicios. |
3.17 |
Definición: Por producción de mercado se entiende aquella que se vende o cede de otra manera en el mercado o que está destinada a estos fines. |
3.18 |
En la producción de mercado se incluyen:
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3.19 |
Definición: Por precios económicamente significativos se entiende precios que tienen un efecto significativo sobre el volumen de productos que los productores están dispuestos a ofrecer y sobre el volumen de productos que los compradores están dispuestos a adquirir. Dichos precios son el resultado del cumplimiento de estas dos condiciones:
Por lo general, los precios económicamente no significativos se aplican para obtener unos ingresos determinados o para obtener una reducción en el exceso de la demanda que podría haber si los servicios prestados fueran totalmente gratuitos. El precio económicamente significativo de un bien o servicio se define en función de la unidad institucional y la UAE local que han producido dicho bien o servicio. Por ejemplo, se considera que toda la producción de las empresas no constituidas en sociedad pertenecientes a hogares que se vende a otras unidades institucionales se vende a precios económicamente significativos; constituye, pues, producción de mercado. En lo que respecta a la producción de otras unidades institucionales, la capacidad de realizar una actividad de mercado a precios económicamente significativos se determinará aplicando un criterio cuantitativo (el criterio del 50 %), basado en la relación entre las ventas y los costes de producción. Para ser un productor de mercado, la unidad debe cubrir como mínimo el 50 % de sus costes por medio de sus ventas de forma continuada a lo largo de varios años. |
3.20 |
Definición: Por producción para uso final propio se entiende los bienes o servicios que una unidad institucional conserva para su consumo final propio o para la formación de capital. |
3.21 |
Los bienes y servicios que se conservan para consumo final propio solo pueden producirse en el sector hogares. Son ejemplos de bienes y servicios que se conservan para consumo final propio:
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3.22 |
Los bienes y servicios utilizados para la formación de capital propia pueden producirse en cualquier sector. Son ejemplos de esos bienes y servicios:
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3.23 |
Definición: La producción no de mercado es la producción suministrada a otras unidades de forma gratuita o a precios económicamente no significativos. La producción no de mercado (P.13) puede desglosarse en dos epígrafes: «Pagos por la producción no de mercado» (P.131), que consisten en tasas y cargas diversas, y «Producción no de mercado, otros» (P.132), que es la producción suministrada de forma gratuita. La producción no de mercado existe por las siguientes razones:
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3.24 |
Definición: Los productores de mercado son UAE locales o unidades institucionales cuya producción es en su mayor parte producción de mercado. Si una UAE local o una unidad institucional es un productor de mercado, su producción principal es, por definición, producción de mercado, ya que el concepto de producción de mercado se define tras aplicar la distinción entre producción de mercado, producción para uso final propio y producción no de mercado a la UAE local o a la unidad institucional que obtienen dicha producción. |
3.25 |
Definición: Los productores para uso final propio son UAE locales o unidades institucionales que destinan la mayor parte de su producción a uso final propio dentro de la misma unidad institucional. |
3.26 |
Definición: Los productores no de mercado son UAE locales o unidades institucionales que suministran la mayor parte de su producción de forma gratuita o a precios económicamente no significativos. |
Unidades institucionales: distinción entre de mercado, para uso final propio y no de mercado
3.27 |
En lo que respecta a las unidades institucionales como productores, la distinción entre «de mercado», «para uso final propio» y «no de mercado» se resume en la tabla 3.1, que refleja asimismo la clasificación por sectores. Tabla 3.1 — Distinción entre productores de mercado, productores para uso final propio y productores no de mercado según el tipo de unidad institucional
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3.28 |
La tabla 3.1 muestra que, para determinar si una unidad institucional ha de clasificarse como productor de mercado, productor para uso final propio o productor no de mercado, deben aplicarse varias distinciones de forma sucesiva. La primera distinción es la distinción entre productores públicos y privados. Un productor público es aquel que está controlado, en el sentido del punto 2.38, por una administración pública. |
3.29 |
Tal y como muestra la tabla 3.1, los productores privados pueden pertenecer a todos los sectores excepto el de las administraciones públicas. Por el contrario, los productores públicos solo pueden pertenecer al sector de las sociedades no financieras, al sector de las instituciones financieras y al sector de las administraciones públicas. |
3.30 |
Las empresas no constituidas en sociedad propiedad de hogares constituyen una categoría específica de productores privados. Pueden ser productores de mercado o, como sucede en el caso de la producción de servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios y de la producción de bienes por cuenta propia, productores para uso final propio. Todas las empresas no constituidas en sociedad propiedad de hogares se clasifican en el sector de los hogares, excepto las cuasisociedades propiedad de hogares. Estas son productores de mercado y se clasifican en el sector de las sociedades no financieras o en el sector de las instituciones financieras. |
3.31 |
Para los demás productores privados, se debe distinguir entre las instituciones sin fines de lucro privadas y los otros productores privados. Definición: Una institución sin fines de lucro (ISFL) privada se define como una entidad legal o social creada con el fin de producir bienes y servicios, y cuya condición no le permite ser fuente de rentas, beneficios u otras ganancias financieras para las unidades que la establecen, controlan o financian. Si sus actividades productivas generan excedentes, las otras unidades institucionales no pueden apropiárselos. Una ISFL privada se clasifica en el sector de las sociedades no financieras y, si es un productor de mercado, en el de las instituciones financieras. Una ISFL privada se clasifica en el sector de las ISFLSH si es un productor no de mercado, excepto si se halla bajo el control de las administraciones públicas. Si una ISFL privada está controlada por las administraciones públicas, se clasifica en el sector de las administraciones públicas. Todos los demás productores privados que no sean ISFL son productores de mercado. Se clasifican en los sectores de las sociedades no financieras y de las instituciones financieras. |
3.32 |
Para distinguir entre producción de mercado y producción no de mercado y entre productores de mercado y productores no de mercado deben utilizarse varios criterios. Los criterios no de mercado en cuestión (véase el punto 3.19, sobre la definición de precios económicamente significativos) están dirigidos a facilitar una evaluación de la existencia de circunstancias de mercado y de un comportamiento de mercado suficiente por parte del productor. Según el criterio cuantitativo de distinción entre de mercado y no de mercado, las ventas deben cubrir al menos la mayoría de los costes de producción de los productos vendidos a precios económicamente significativos. |
3.33 |
Para aplicar este criterio cuantitativo de distinción entre de mercado y no de mercado, las ventas y los costes de producción se definen como sigue:
El criterio cuantitativo de distinción entre de mercado y no de mercado se aplica considerando una serie de años. Las ligeras fluctuaciones del volumen de ventas de un año para otro no hace necesario reclasificar las unidades institucionales (ni sus UAE locales y las producciones de estas). |
3.34 |
Las ventas pueden estar formadas por diversos elementos. Por ejemplo, en el caso de los servicios de sanidad prestados por un hospital, las ventas pueden corresponder a:
Lo único que no se trata como ventas son las otras subvenciones a la producción y las donaciones recibidas (por ejemplo, de instituciones benéficas). De forma similar, como ejemplo ilustrativo, la venta de servicios de transporte de una empresa puede corresponder a consumos intermedios de los productores, renta en especie suministrada por los empleadores, prestaciones sociales en especie suministradas por las administraciones públicas y adquisiciones de los hogares sin reembolso. |
3.35 |
Las instituciones sin fines de lucro privadas al servicio de las empresas son un caso especial. Normalmente se financian por medio de las cuotas o suscripciones del grupo de empresas de que se trate. Las suscripciones no se tratan como transferencias, sino como pagos por los servicios prestados, es decir, como ventas. Dichas ISFL son, por lo tanto, productores de mercado y se clasifican en el sector de las sociedades no financieras o en el sector de las instituciones financieras. |
3.36 |
Cuando se aplica el criterio de comparación del producto de las ventas y de los costes de producción de las ISFL privadas o públicas, la inclusión en las ventas de todos los pagos vinculados al volumen de producción puede inducir a error en algunos casos específicos. Por ejemplo, a la hora de financiar las escuelas públicas y privadas, las administraciones públicas pueden realizar pagos basados en el número de alumnos, pero dicho pagos pueden ser también negociables. En tal caso, dichos pagos no se registran como ventas, aun cuando pueden tener un vínculo explícito con una medición del volumen de producción, como el número de alumnos. Esto significa que un colegio financiado principalmente por medio de este tipo de pagos es un productor no de mercado. |
3.37 |
Los productores públicos pueden ser productores de mercado o productores no de mercado. Los productores de mercado se clasifican en el sector de las sociedades no financieras o en el sector de las instituciones financieras. Si la unidad institucional es un productor no de mercado, se clasifica en el sector de las administraciones públicas. |
3.38 |
Las UAE locales como productores de mercado y como productores para uso final propio no pueden suministrar una producción no de mercado. Por lo tanto, su producción solo puede registrarse como producción de mercado o producción para uso final propio y valorarse con arreglo a esto (véanse los puntos 3.42 a 3.53). |
3.39 |
Las UAE locales que son productores no de mercado pueden suministrar, como producción secundaria, producción de mercado y producción para uso final propio. La producción para uso final propio consiste en formación de capital por cuenta propia. En principio, la incidencia de la producción de mercado se determina aplicando el criterio cualitativo y cuantitativo de distinción entre de mercado y no de mercado a cada uno de los productos. Esta producción secundaria de mercado de los productores no de mercado puede ser el caso, por ejemplo, de los hospitales públicos que cobran precios económicamente significativos por algunos de sus servicios. |
3.40 |
También puede tratarse de las ventas de reproducciones en los museos públicos y de las ventas de predicciones meteorológicas por parte de los institutos meteorológicos. |
3.41 |
Los productores no de mercado pueden obtener ingresos, asimismo, de la venta de su producción no de mercado a precios económicamente no significativos, por ejemplo, los ingresos obtenidos por un museo con la venta de entradas. Tales ingresos corresponden a la producción no de mercado. No obstante, si ambos tipos de ingresos (ingresos de las entradas e ingresos de la venta de carteles y tarjetas) son difíciles de distinguir, pueden registrarse conjuntamente, bien como ingresos de la producción de mercado, bien como ingresos de la producción no de mercado. La elección entre estas dos alternativas de contabilización dependerá de la importancia relativa que se atribuya a ambos tipos de ingresos (ingresos por la venta de entradas frente a ingresos por la venta de carteles y tarjetas postales). |
Momento del registro y valoración de la producción
3.42 |
La producción debe registrarse y valorarse cuando los bienes y servicios se generan en el proceso productivo. |
3.43 |
Toda la producción debe valorarse a precios básicos, pero se utilizan convenciones específicas para:
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3.44 |
Definición: El precio básico es el precio que los productores reciben de los compradores por cada unidad de un bien o servicio producido, restando cualquier impuesto (por ejemplo, impuestos sobre productos) a pagar por la producción o venta de dicha unidad y añadiendo cualquier subvención (por ejemplo, subvenciones a productos) a recibir por la producción o venta de dicha unidad. Excluye los gastos de transporte facturados por separado por el productor. Excluye, asimismo, las ganancias de posesión y las pérdidas sobre activos financieros y no financieros. |
3.45 |
La producción para uso final propio (P.12) se valora a precios básicos de productos similares vendidos en el mercado. Esta producción genera un excedente de explotación neto o una renta mixta. Un ejemplo de ello son los servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios que generan un excedente de explotación neto. Si no se dispone de los precios básicos de productos similares, la producción para uso final propio debe evaluarse basándose en los costes de producción, más un margen (excepto para los productores no de mercado) para el excedente de explotación neto o la renta mixta neta. |
3.46 |
Los aumentos de los trabajos en curso se valorarán al precio básico corriente del producto acabado. |
3.47 |
Para estimar por adelantado el valor de la producción considerada como trabajos en curso, la estimación se realizará tomando como base los costes efectivos en que se haya incurrido, más un margen (excepto para los productores no de mercado) para el excedente de explotación estimado o la renta mixta estimada. La estimaciones provisionales se sustituirán posteriormente por las que se obtengan distribuyendo el valor efectivo de los productos acabados (cuando se conozca) a lo largo del período de trabajo en curso. El valor de la producción de productos acabados es la suma de los valores de:
|
3.48 |
Para los edificios y otras construcciones adquiridos sin terminar se hace una estimación del valor basada en los costes de los trabajos efectuados hasta la fecha de referencia, incluyendo un margen para el excedente de explotación o la renta mixta. Este margen se calcula cuando el valor puede estimarse basándose en los precios de edificios y otras construcciones similares. Los montantes pagados en cada fase pueden utilizarse para calcular los valores de la formación bruta de capital fijo realizada por el comprador en dicha fase (suponiendo que no existan pagos por adelantado ni atrasados). Si la construcción por cuenta propia de una obra no se completa en un solo ejercicio contable, el valor de la producción se estima mediante el método indicado a continuación. Se calcula la relación entre los costes en que se haya incurrido durante el ejercicio corriente y el total de costes a lo largo de todo el período de construcción. Se aplica esta relación para estimar la producción total al precio básico corriente. Si no es posible estimar el valor de la obra terminada al precio básico corriente, se valora tomando como base sus costes totales de producción más un margen (excepto en el caso de los productores no de mercado) para el excedente de explotación neto o la renta mixta neta. Si una parte o la totalidad del insumo de trabajo se proporciona de forma gratuita, como puede ocurrir en la construcción comunal efectuada por grupos de hogares, se incluirá en los costes totales de producción estimados una estimación del coste que habría supuesto la mano de obra, utilizando para ello los baremos salariales aplicables a insumos de trabajo similares. |
3.49 |
La producción total de los productores no de mercado (UAE locales) se valorará por los costes totales de producción, es decir, la suma de:
El pago de intereses (excluyendo los SIFMI) no se incluye en los costes de la producción no de mercado. Los costes de la producción no de mercado tampoco incluyen una imputación para el rendimiento neto del capital, ni una imputación para el valor de los alquileres de los edificios no residenciales que son propiedad de productores no de mercado y que estos utilizan en la producción no de mercado. |
3.50 |
La producción total de una unidad institucional es la suma de las producciones totales de las UAE locales que la componen. Esto se aplica también a las unidades institucionales que son productores no de mercado. |
3.51 |
Si los productores no de mercado no tienen una producción secundaria de mercado, la producción no de mercado deberá valorarse por los costes de producción. En caso contrario, la producción no de mercado se valorará como un elemento residual, es decir, como la diferencia entre los costes totales de producción de los productores y sus ingresos procedentes de la producción de mercado. |
3.52 |
La producción de mercado de los productores no de mercado se valorará a precios básicos. La producción total de una UAE local —incluidas la producción de mercado, la producción no de mercado y la producción para uso final propio— se valorará hallando la suma de los costes de producción. El valor de su producción de mercado corresponde a sus ingresos por ventas de bienes y servicios de mercado; el valor de su producción no de mercado se obtiene residualmente como la diferencia entre el valor de su producción total y la suma de su producción de mercado y la producción para uso final propio. El valor de sus ingresos por la venta de bienes y servicios no de mercado a precios económicamente no significativos no figura en esos cálculos; forman parte del valor de su producción no de mercado. |
3.53 |
A continuación se incluye, en el orden de las secciones de la CPA, una lista de aclaraciones y excepciones en relación con el momento del registro y la valoración de la producción. |
Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca (sección A)
3.54 |
Se considera que la producción de productos agrícolas tiene lugar de forma continuada durante todo el período de producción (y no solo en el momento de la cosecha o del sacrificio de los animales). Los cultivos sin recolectar, el arbolado sin talar y el pescado o los animales criados para la alimentación se considerarán existencias de trabajos en curso durante el proceso productivo y existencias de productos acabados cuando culmine el proceso. La producción excluye cualquier cambio en los recursos biológicos no cultivados, por ejemplo el crecimiento de animales, aves y peces que viven en el medio natural o el crecimiento natural de los bosques. |
Productos manufacturados (sección C). Construcciones y trabajos de construcción (sección F)
3.55 |
En el caso de la construcción de un edificio u otras construcciones durante varios ejercicios contables, se considera que el comprador adquiere la producción de cada período al final de este, es decir, registrado como formación de capital fijo por el comprador y no como trabajos en curso de la rama de actividad de la construcción. Se considera que el comprador adquiere la producción por etapas. Cuando en el contrato se estipulan pagos fraccionados, el valor de la producción puede aproximarse por el valor de los pagos realizados en cada período. Cuando no hay certeza con respecto al último comprador, la producción incompleta de cada ejercicio se registra como trabajo de curso. |
Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas (sección G)
3.56 |
La producción de los servicios comerciales al por mayor y al por menor se mide por los márgenes comerciales obtenidos sobre los bienes adquiridos para su reventa. Definición: Por margen comercial se entiende la diferencia entre el precio de venta efectivo o imputado obtenido por un bien adquirido para su reventa y el precio que habría de pagar el distribuidor para sustituir dicho bien en el momento en que lo vende o lo cede de cualquier otra manera. Los márgenes comerciales obtenidos sobre algunos bienes pueden ser negativos si su precio de venta debe revisarse a la baja. Los márgenes comerciales son negativos en el caso de los bienes que no se han vendido, sino que se han desechado o han sido robados. Los márgenes comerciales obtenidos sobre bienes proporcionados a los asalariados como remuneración en especie, o que han salido de las existencias para consumo final de sus propietarios, son igual a cero. Las ganancias y pérdidas de posesión no se incluyen en el margen comercial. La producción de un mayorista o un minorista viene dada por la siguiente igualdad:
|
Transporte y almacenamiento (sección H)
3.57 |
La producción de servicios de transporte se mide por el valor de los importes a cobrar por transportar bienes o personas. El transporte para uso propio dentro de una UAE local se considera una actividad auxiliar y no se señala ni se registra por separado. |
3.58 |
La producción de servicios de almacenamiento se mide como el valor adicional incorporado a los trabajos en curso. Los incrementos del precio de los bienes en existencias no deben considerarse como trabajos en curso y producción, sino como ganancias de posesión. Si el incremento de valor refleja un aumento del precio sin ningún cambio de la calidad, no hay producción adicional durante el período, aparte de los costes de almacenamiento o la adquisición explícita de un servicio de almacenamiento. Sin embargo, en tres casos el incremento del valor sí se considera como producción:
|
3.59 |
La mayoría de las variaciones de los precios de los bienes en existencias no son aumentos en los trabajos en curso. Para estimar el incremento del valor de bienes almacenados, aparte de los costes de almacenamiento, puede utilizarse el incremento de valor previsto además de la tasa general de inflación a lo largo de un período previamente determinado. Cualquier ganancia que se produzca fuera de ese período previamente determinado se seguirá registrando como ganancias o pérdidas de posesión. Los servicios de almacenamiento no incluyen ninguna variación de precio debida a la posesión de activos financieros, de objetos valiosos o de otros activos no financieros, como terrenos o edificios. |
3.60 |
La producción de servicios de las agencias de viajes se mide por el valor de los servicios prestados por estas unidades (honorarios o comisiones) y no por el gasto total realizado por los viajeros, incluidos los gastos en servicio de transporte realizados por terceros. |
3.61 |
La producción de servicios de los operadores turísticos se mide por el gasto total realizado por los viajeros. |
3.62 |
Los servicios de las agencias de viajes y los servicios de los operadores turísticos se diferencian en que en el primer caso se trata únicamente de servicios de intermediación en nombre del viajero, mientras que los servicios de los operadores turísticos crean un nuevo producto denominado «viaje organizado», que tiene varios componentes, a saber, el viaje, el alojamiento y las diversiones. |
Servicios de alojamiento y de comidas y bebidas (sección I)
3.63 |
El valor de la producción de servicios de hostelería incluye el valor de la comida, las bebidas y demás productos consumidos. |
Servicios financieros y de seguros (sección K): producción del banco central
El banco central presta los siguientes servicios:
a) |
servicios de política monetaria; |
b) |
servicios de intermediación financiera; |
c) |
servicios de supervisión para el control de las instituciones financieras. |
La producción del banco central se calcula sumando sus costes.
Servicios financieros y de seguros (sección K): servicios financieros en general
Los servicios financieros consisten en los siguientes servicios:
a) |
intermediación financiera (incluidos servicios de seguros y servicios de fondos de pensiones); |
b) |
servicios de auxiliares financieros, y |
c) |
otros servicios financieros. |
3.64 |
La intermediación financiera implica la gestión de los riesgos financieros y la transformación de la liquidez. Las instituciones que ejercen estas actividades obtienen fondos, por ejemplo, aceptando depósitos y emitiendo letras, bonos y otros valores. Las instituciones utilizan esos fondos, así como fondos propios, para adquirir activos financieros a través de la concesión de préstamos a otros o de la adquisición de letras, bonos y otros valores. La intermediación financiera incluye servicios de seguros y de fondos de pensiones. |
3.65 |
Las actividades auxiliares de intermediación financiera facilitan la gestión de los riesgos y la transformación de la liquidez. Los auxiliares financieros actúan en nombre de otras unidades y no corren ellos mismos el riesgo cuando contraen pasivos financieros o cuando adquieren activos financieros como parte de un servicio de intermediación. |
3.66 |
Otros servicios financieros incluyen los servicios de supervisión, como el control de la Bolsa, los servicios de seguridad, como la custodia de joyas valiosas y de documentos importantes, y servicios de negociación, como operaciones con divisas y con valores. |
3.67 |
Los servicios financieros son producidos casi exclusivamente por instituciones financieras, debido a la estricta supervisión de dichos servicios. Por ejemplo, si un minorista desea ofrecer a sus clientes facilidades de crédito, estas son propuestas por una filial financiera del minorista o por otra institución financiera especializada. |
3.68 |
Los servicios financieros pueden pagarse directa o indirectamente. Algunas operaciones con activos financieros pueden cobrarse tanto directa como indirectamente. Cabe distinguir cuatro formas principales de prestar y facturar los servicios financieros:
|
Servicios financieros prestados para abono directo
3.69 |
Estos servicios financieros se cobran de forma explícita, y abarcan una amplia gama de servicios que pueden ser prestados por varios tipos de instituciones financieras. Los ejemplos siguientes ilustran la naturaleza de los servicios cobrados explícitamente:
|
Servicios financieros remunerados mediante facturación de carga de los intereses
3.70 |
Por ejemplo, en la intermediación financiera, una institución financiera, verbigracia un banco, acepta depósitos de unidades que desean recibir intereses generados por los fondos que la unidad no necesita de forma inmediata y los presta a otra unidad cuyos fondos son insuficientes para responder a sus necesidades. El banco ofrece entonces un mecanismo para que la primera unidad pueda prestar a la segunda. Cada una de las dos partes paga una comisión al banco por el servicio prestado: la unidad que presta fondos acepta recibir un tipo de interés inferior al tipo «de referencia», mientras que la unidad que toma prestados los fondos acepta pagar un tipo de interés superior al tipo «de referencia». La diferencia entre el tipo de interés pagado a los bancos por los prestatarios y el tipo de interés efectivamente pagado a los depositarios es un importe por SIFMI. |
3.71 |
No es frecuente que la cantidad de fondos prestados por una institución financiera coincida exactamente con la cantidad de los depósitos de sus clientes. Puede ocurrir que algún dinero haya sido depositado, pero aún no se haya prestado. Puede ocurrir que algunos préstamos se financien a través de los propios fondos del banco, y no mediante préstamos financiados con cargo a empréstitos. Independientemente de la fuente de financiación, se presta un servicio por los préstamos y los depósitos ofrecidos. Los SIFMI se cobran por todos los préstamos y depósitos. Estos servicios indirectos cobrados se aplican únicamente a los préstamos y depósitos concedidos por instituciones financieras o depositados en ellas. |
3.72 |
El tipo de referencia utilizado se halla entre el tipo de interés de depósito y de préstamo aplicado por el banco. No corresponde a la media aritmética de los tipos de interés de los préstamos o de los depósitos. El tipo aplicado en los préstamos y los empréstitos interbancarios sirve como referencia. Sin embargo, se necesitan varios tipos de referencia para cada divisa en la que están denominados los préstamos y los empréstitos, especialmente cuando se trata de una institución financiera no residente. Los SIFMI se describen detalladamente en el capítulo 14. |
Servicios financieros que consisten en la adquisición de activos y pasivos financieros en los mercados financieros
3.73 |
Cuando una institución financiera propone la venta de un título (por ejemplo, una letra o un bono), se cobra una cantidad por el servicio. El precio de compra (el precio de oferta) es igual al valor de mercado estimado del título más un margen. Se cobra otra cantidad cuando se vende el título, siendo el precio ofrecido al vendedor (el precio de demanda) igual al valor de mercado menos un margen. Los márgenes entre los precios de compra y de venta también se aplican a las participaciones, a los fondos de inversión y a las divisas. Esos márgenes corresponden a la prestación de servicios financieros. |
Servicios financieros prestados en el marco de sistemas de pensiones y de seguros, en los que la actividad se financia mediante la facturación de cotizaciones de seguro y mediante los rendimientos del ahorro
3.74 |
Los servicios financieros que figuran a continuación se reembolsarán con arreglo al presente capítulo; cada una de ellas da lugar a una redistribución de fondos:
|
Servicios inmobiliarios (sección L)
3.75 |
La producción de los servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios se mide por el valor estimado del alquiler que pagaría un inquilino por el mismo alojamiento, tomando en consideración elementos como la situación, el equipamiento de la zona, etc., así como el tamaño y la calidad de la vivienda en cuestión. El mismo tipo de imputación tiene que hacerse para los garajes separados de las viviendas utilizados por sus propietarios como consumo final al mismo tiempo que estas. El valor del alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios en el extranjero, por ejemplo, viviendas de vacaciones, no debe registrarse como parte de la producción interior, sino como importación de servicios, y el excedente de explotación neto correspondiente como renta primaria recibida del resto del mundo. Un tratamiento análogo se aplica a las viviendas ocupadas por sus propietarios cuando estos son no residentes. En el caso de las viviendas en régimen de aprovechamiento por turno, una parte del servicio de alojamiento se registra como tal. |
3.76 |
Para estimar el valor de los servicios de alquiler de las viviendas ocupadas por sus propietarios se utiliza el método de estratificación. El parque de viviendas está estratificado según su situación, tipo de alquiler y otros factores que influyen en el alquiler. Se utilizan los datos sobre los alquileres reales de las viviendas alquiladas, a fin de obtener una estimación del valor del alquiler del parque total de viviendas. El alquiler real medio por estrato de las viviendas se aplica a todas las viviendas de ese estrato concreto. Si la información sobre los alquileres se ha obtenido a través de encuestas, la extrapolación a los alquileres se refiere tanto a una parte de las viviendas alquiladas como al total de las viviendas ocupadas por sus propietarios. El procedimiento detallado para determinar el alquiler por estrato se realiza sobre una base anual y el resultado se extrapola a otros períodos posteriores. |
3.77 |
El alquiler que debe aplicarse a las viviendas ocupadas por sus propietarios en el método de estratificación se define como el alquiler del mercado privado a pagar por el derecho a utilizar una vivienda no amueblada. Para calcular los alquileres imputados se utilizan los alquileres correspondientes a las viviendas no amuebladas de todos los contratos del sector privado. Se tienen en cuenta asimismo los alquileres del mercado privado que se sitúan en un nivel bajo debido a una reglamentación pública. Si la fuente de la información es el inquilino, el alquiler observado se corrige sumándole las posibles subvenciones específicas pagadas directamente a los propietarios. Si el tamaño de la muestra para los alquileres observados, tal como se han definido anteriormente, no es lo suficientemente amplia, podrán utilizarse para la imputación los alquileres observados para las viviendas amuebladas, siempre que se corrijan para excluir el elemento mobiliario. Excepcionalmente, podrán utilizarse alquileres aumentados para las viviendas de propiedad pública. Los alquileres de bajo precio de viviendas alquiladas a familiares o empleados no deben utilizarse. |
3.78 |
El método de estratificación se utiliza para extrapolar el total de las viviendas alquiladas. El alquiler medio para imputación descrito anteriormente puede no convenir para algunos segmentos del mercado de alquiler. Por ejemplo, los alquileres reducidos para las viviendas amuebladas o los alquileres del mercado público aumentados no son adecuados para los respectivos alquileres reales. En tal caso, es posible resolver este problema utilizando estratos separados para las viviendas amuebladas o las viviendas sociales efectivamente alquiladas en combinación con alquileres medios adecuados. |
3.79 |
En caso de que no exista un mercado de alquiler suficientemente desarrollado, en el que la totalidad de las viviendas estén ocupadas por sus propietarios, se aplica el método del coste de utilización a las viviendas ocupadas por sus propietarios. Según el método del coste de utilización, la producción de servicios de alquiler de viviendas es la suma del consumo intermedio, del consumo de capital fijo y de otros impuestos después de deducir las subvenciones a la producción, y del excedente de explotación neto. El excedente de explotación neto se mide aplicando una tasa de rendimiento anual constante al valor neto del parque de viviendas ocupadas por sus propietarios a precios corrientes (costes de sustitución). |
3.80 |
La producción de servicios de alquiler de edificios no residenciales se mide por el valor de los alquileres exigibles. |
Servicios profesionales, científicos y técnicos (sección M). Servicios administrativos y auxiliares (sección N)
3.81 |
La producción de servicios de arrendamiento operativo, por ejemplo alquiler de maquinaria o bienes de equipo, se mide por el valor del alquiler. El arrendamiento operativo es distinto del arrendamiento financiero: el arrendamiento financiero financia la adquisición de activos fijos a través de un préstamo del arrendador al arrendatario. Los pagos efectuados en el marco de un arrendamiento financiero consisten en amortizaciones del principal y pago de intereses, más una pequeña remuneración por servicios directos prestados (véase el capítulo 15, Contratos, arrendamientos y licencias). |
3.82 |
Las actividades de investigación y desarrollo (I+D) consisten en el trabajo creativo realizado de forma sistemática para aumentar los conocimientos y el uso de estos conocimientos para descubrir o concebir nuevos productos, incluidas versiones o calidades mejoradas de productos existentes, o descubrir o desarrollar procesos de producción nuevos o más eficaces. Toda actividad de I+D significativa en comparación con la actividad principal se registra como una actividad secundaria de la UAE local. Siempre que sea posible, se determina una UAE local separada para I+D. |
3.83 |
La producción de servicios de I+D se mide como sigue:
El gasto en I+D se distingue del gasto en enseñanza y formación. El gasto en I+D no incluye los costes de la elaboración de programas informáticos como actividad principal o secundaria. |
Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social de afiliación obligatoria (sección O)
3.84 |
Los servicios de administración pública y defensa y los servicios de seguridad social obligatoria se prestan como servicios no de mercado y deben valorarse como tales. |
Servicios de educación (sección P). Servicios de atención sanitaria y de trabajo social (sección Q)
3.85 |
En lo que respecta a los servicios de educación y los servicios de salud, se distingue entre productores de mercado y productores no de mercado, y entre su producción de mercado y su producción no de mercado. Por ejemplo, las administraciones públicas (o alguna otra institución en tanto que beneficiaria de subvenciones concretas) pueden establecer tarifas simbólicas para ciertos tipos de enseñanza y de tratamientos médicos y cobrar tarifas comerciales por otros tipos de enseñanza y tratamientos médicos especiales. Otro ejemplo es que las administraciones públicas y determinados institutos comerciales ofrezcan el mismo tipo de servicios (por ejemplo, de enseñanza superior). Los servicios de educación y de salud no incluyen actividades de I+D; los servicios de salud no incluyen la enseñanza de disciplinas médicas, por ejemplo, en hospitales universitarios. |
Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento (sección R). Otros servicios (sección S)
3.86 |
La producción de libros, grabaciones, películas, programas informáticos, cintas, discos, etc., consta de dos fases y se valora con arreglo a ellas:
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Servicios de los hogares como empleadores (sección T)
3.87 |
Los servicios de los hogares producidos por personal doméstico remunerado se valoran por la remuneración de los asalariados; esto incluye la remuneración en especie, como la comida o el alojamiento. |