24.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 282/35


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 18 de octubre de 2013

relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Memorándum de Entendimiento revisado con los Estados Unidos de América con respecto a la importación de carne de vacuno procedente de animales no tratados con determinadas hormonas de crecimiento y a los derechos aumentados aplicados por los Estados Unidos a determinados productos de la Unión Europea

(2013/523/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, leído en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1)

La fase 2 del Memorándum de Entendimiento entre los Estados Unidos de América y la Comisión Europea con respecto a la importación de carne de vacuno procedente de animales no tratados con determinadas hormonas de crecimiento y a los derechos aumentados aplicados por los Estados Unidos a determinados productos de las Comunidades Europeas, acordado entre los Estados Unidos y la Comunidad Europea el 13 de mayo de 2009 y refrendado por el Consejo de la Unión Europea como acuerdo internacional de la Unión, expiró el 1 de agosto de 2013.

(2)

Redunda en interés de la Unión prorrogar la fase 2 del Memorándum de Entendimiento al mismo tiempo que se sigue tratando de solucionar la diferencia ante la OMC «Comunidades Europeas — Medidas que afectan a la carne y los productos cárnicos (hormonas)».

(3)

A tal efecto, la Comisión ha negociado un proyecto de modificaciones del Memorándum de Entendimiento, al amparo de la autorización de negociación que en él se establece.

(4)

Procede firmar el Memorándum de Entendimiento revisado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Memorándum de Entendimiento revisado con los Estados Unidos de América con respecto a la importación de carne de vacuno procedente de animales no tratados con determinadas hormonas de crecimiento y a los derechos aumentados aplicados por los Estados Unidos a determinados productos de la Unión Europea, a reserva de la celebración de dicho Memorándum.

El texto del Memorándum de Entendimiento revisado se adjunta a la presente Decisión (1).

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar el Memorándum de Entendimiento revisado en nombre de la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 18 de octubre de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

L. LINKEVIČIUS


(1)  El texto del Memorándum de Entendimiento revisado se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.