20.12.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 350/44


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1235/2012 DE LA COMISIÓN

de 19 de diciembre de 2012

que modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 669/2009 por el que se aplica el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la intensificación de los controles oficiales de las importaciones de determinados piensos y alimentos de origen no animal

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales (1), y, en particular, su artículo 15, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1)

En el Reglamento (CE) no 669/2009 de la Comisión (2) se establecen normas relativas a la intensificación de los controles oficiales a los que deben someterse las importaciones de los piensos y alimentos de origen no animal enumerados en la lista de su anexo I («la lista»), en los puntos de entrada de los territorios mencionados en el anexo I del Reglamento (CE) no 882/2004.

(2)

En el artículo 2 del Reglamento (CE) no 669/2009 se establece que la lista debe revisarse de forma periódica y como mínimo trimestralmente, teniendo en cuenta al menos las fuentes de información mencionadas en dicho artículo.

(3)

La frecuencia e importancia de los incidentes alimentarios notificados a través del sistema de alerta rápida para los piensos y los alimentos, las constataciones de las inspecciones realizadas en terceros países por la Oficina Alimentaria y Veterinaria, así como los informes trimestrales sobre las partidas de piensos y alimentos de origen no animal presentados por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (CE) no 669/2009 indican que es necesario modificar dicha lista.

(4)

En particular, para las partidas de uvas pasas de Afganistán, sandías de Brasil, fresas de China, guisantes y judías de Kenia, menta de Marruecos, semillas de sandía y productos derivados de Sierra Leona, y determinadas hierbas, especias y hortalizas de Vietnam, fuentes de información fidedignas indican la aparición de nuevos riesgos o cierto nivel de incumplimiento de los requisitos de seguridad pertinentes, lo que justifica un mayor nivel de control oficial. Por lo tanto, deben añadirse a la lista entradas relativas a dichos envíos.

(5)

Al mismo tiempo, conviene reducir la frecuencia de los controles oficiales de aquellos productos de los que la información disponible indica que ha mejorado el respeto de los requisitos que establece la normativa de la Unión y cuya frecuencia actual de control oficial ha dejado, por lo tanto, de estar justificada. Las entradas de la lista correspondientes a berenjenas y melón amargo de la República Dominicana, especias de la India y judías espárrago, berenjenas y hortalizas del género Brassica de Tailandia, debe, por tanto, modificarse en consecuencia.

(6)

Asimismo, al modificar la lista conviene suprimir las entradas relativas a mercancías para las que esas fuentes de información indiquen en general un cumplimiento satisfactorio de los pertinentes requisitos de seguridad de la legislación de la Unión y para las que, por tanto, ya no se justifique una mayor frecuencia de control oficial. Las entradas de la lista correspondientes a melocotones de Egipto, aditivos para piensos y premezclas de la India y Capsicum annuum de Perú deben, por tanto, suprimirse.

(7)

Para facilitar la identificación de determinados productos que figuran en la lista, procede añadir, en algunos casos, códigos TARIC. Asimismo es preciso modificar algunos códigos NC para que estén en consonancia con la nueva nomenclatura combinada aplicable a partir del 1 de enero de 2013.

(8)

En aras de la coherencia y la claridad de la legislación de la Unión, es conveniente sustituir el anexo I del Reglamento (CE) no 669/2009 por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

(9)

Por consiguiente, procede modificar el Reglamento (CE) no 669/2009 en consecuencia.

(10)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) no 669/2009 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2013.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2012.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 165 de 30.4.2004, p. 1.

(2)  DO L 194 de 25.7.2009, p. 11.


ANEXO

«ANEXO I

Piensos y alimentos de origen no animal sujetos a controles oficiales más intensos en el punto de entrada designado

Piensos y alimentos

(uso previsto)

Código NC (1)

Subdivisión TARIC

País de origen

Riesgo

Frecuencia de los controles físicos e identificativos

(%)

Uvas pasas

0806 20

 

Afganistán (AF)

Ocratoxina A

50

(Alimento)

 

Avellanas

(con cáscara o sin cáscara)

0802 21 00; 0802 22 00

 

Azerbaiyán (AZ)

Aflatoxinas

10

(Pienso y alimento)

 

Sandía

0807 11 00

 

Brasil (BR)

Salmonela

10

(Alimento)

 

Cacahuetes (maníes), con cáscara

1202 41 00

 

Brasil (BR)

Aflatoxinas

10

Cacahuetes (maníes), sin cáscara

1202 42 00

Manteca de cacahuete

2008 11 10

Cacahuetes (maníes) preparados o conservados de otro modo

2008 11 91; 2008 11 96; 2008 11 98

(Pienso y alimento)

 

Fresas (congeladas)

0811 10

 

China (CN)

Norovirus y hepatitis A

5

(Alimento)

 

Brassica oleracea

(y demás Brassica comestibles, "brécol chino") (13)

ex 0704 90 90

40

China (CN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (14)

10

(Alimento fresco o refrigerado)

 

 

Fideos secos

ex 1902 11 00;

10

China (CN)

Aluminio

10

ex 1902 19 10;

10

ex 1902 19 90;

10

ex 1902 20 10;

10

ex 1902 20 30;

10

ex 1902 20 91;

10

ex 1902 20 99;

10

ex 1902 30 10;

10

ex 1902 30 10

91

(Alimento)

 

 

Pomelos

ex 0805 40 00

31; 39

China (CN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (11)

20

(Alimento fresco)

 

 

Té, incluso aromatizado

0902

 

China (CN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (10)

10

(Alimento)

 

Berenjenas

0709 30 00; ex 0710 80 95

72

República Dominicana (DO)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (3)

10

Melón amargo (Momordica charantia)

ex 0709 99 90;

70

ex 0710 80 95

70

(Alimento: hortalizas frescas, refrigeradas o congeladas)

 

 

Judía espárrago (Vigna unguiculata spp. sesquipedalis)

ex 0708 20 00;

10

República Dominicana (DO)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (3)

20

ex 0710 22 00

10

Pimientos (dulces y otros) (Capsicum spp.)

0709 60 10; ex 0709 60 99

20

0710 80 51; ex 0710 80 59

20

(Alimento: hortalizas frescas, refrigeradas o congeladas)

 

 

Naranjas (frescas o secas)

0805 10 20; 0805 10 80

 

Egipto (EG)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (7)

10

Granadas

ex 0810 90 75

30

Fresas

0810 10 00

 

(Alimento: frutas frescas)

 

Pimientos (dulces y otros) (Capsicum spp.)

0709 60 10; ex 0709 60 99;

20

Egipto (EG)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (12)

10

0710 80 51; ex 0710 80 59

20

(Alimento: hortalizas frescas, refrigeradas o congeladas)

 

 

Cacahuetes (maníes), con cáscara

1202 41 00

 

Ghana (GH)

Aflatoxinas

50

Cacahuetes (maníes), sin cáscara

1202 42 00

Manteca de cacahuete

2008 11 10

(Pienso y alimento)

 

Hojas de curry (Bergera/Murraya koenigii)

ex 1211 90 86

10

India (IN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (5)

50

(Alimento: hierbas frescas)

 

 

Capsicum annuum entero

0904 21 10

 

India (IN)

Aflatoxinas

10

Capsicum annuum triturado o pulverizado

ex 0904 22 00

10

Frutas desecadas del género Capsicum, enteras, excepto los pimientos dulces (Capsicum annuum)

0904 21 90

 

Curry (productos derivados del chile)

0910 91 05

Nuez moscada (Myristica fragrans)

0908 11 00; 0908 12 00

Macis (Myristica fragrans)

0908 21 00; 0908 22 00

Jengibre (Zingiber officinale)

0910 11 00; 0910 12 00

Cúrcuma (Curcuma longa)

0910 30 00

(Alimento: especias secas)

 

Cacahuetes (maníes), con cáscara

1202 41 00

 

India (IN)

Aflatoxinas

20

Cacahuetes (maníes), sin cáscara

1202 42 00

Manteca de cacahuete

2008 11 10

Cacahuetes (maníes) preparados o conservados de otro modo

2008 11 91; 2008 11 96; 2008 11 98

(Pienso y alimento)

 

Quingombó

ex 0709 99 90

20

India (IN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (2)

50

(Alimento fresco)

 

Nuez moscada (Myristica fragrans)

0908 11 00; 0908 12 00

 

Indonesia (ID)

Aflatoxinas

20

Macis (Myristica fragrans)

0908 21 00; 0908 22 00

(Alimento: especias secas)

 

Guisantes con vaina (sin cáscara)

ex 0708 10 00

40

Kenia (KE)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (16)

10

Judías con vaina (sin cáscara)

ex 0708 20 00

40

(Alimentos frescos o refrigerados)

 

 

Semillas de sandía (Egusi, Citrullus lanatus) y productos derivados

ex 1207 70 00;

10

Nigeria (NG)

Aflatoxinas

50

ex 1106 30 90;

30

ex 2008 99 99

50

(Alimento)

 

 

Menta

ex 1211 90 86

30

Marruecos (MA)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (17)

10

(Alimento: hierbas frescas)

 

 

Semillas de sandía (Egusi, Citrullus lanatus) y productos derivados

ex 1207 70 00;

10

Sierra Leona (SL)

Aflatoxinas

50

ex 1106 30 90;

30

ex 2008 99 99

50

(Alimento)

 

 

Pimientos (distintos de los dulces) (Capsicum spp.)

ex 0709 60 99

20

Tailandia (TH)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (9)

10

(Alimento fresco)

 

 

Hojas de cilantro

ex 0709 99 90

72

Tailandia (TH)

Salmonela (6)

10

Albahaca (sagrada o dulce)

ex 1211 90 86

20

Menta

ex 1211 90 86

30

(Alimento: hierbas frescas)

 

 

Hojas de cilantro

ex 0709 99 90

72

Tailandia (TH)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (4)

20

Albahaca (sagrada o dulce)

ex 1211 90 86

20

(Alimento: hierbas frescas)

 

 

Judía espárrago (Vigna unguiculata spp. sesquipedalis)

ex 0708 20 00;

10

Tailandia (TH)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (4)

20

ex 0710 22 00

10

Berenjenas

0709 30 00; ex 0710 80 95

72

Hortalizas del género Brassica

0704; ex 0710 80 95

76

(Alimento: hortalizas frescas, refrigeradas o congeladas)

 

 

Pimientos dulces (Capsicum annuum)

0709 60 10; 0710 80 51

 

Turquía (TR)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (8)

10

Tomates

0702 00 00; 0710 80 70

(Alimento: hortalizas frescas, refrigeradas o congeladas)

 

Uvas pasas

0806 20

 

Uzbekistán (UZ)

Ocratoxina A

50

(Alimento)

 

Hojas de cilantro

ex 0709 99 90

72

Vietnam (VN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (15)

20

Albahaca (sagrada o dulce)

ex 1211 90 86

20

Menta

ex 1211 90 86

30

Perejil

ex 0709 99 90

40

(Alimento: hierbas frescas)

 

 

Quingombó

ex 0709 99 90

20

Vietnam (VN)

Residuos de plaguicidas analizados con métodos multirresiduo basados en CG-EM y CL-EM o con métodos de residuo único (15)

20

Pimientos (distintos de los dulces) (Capsicum spp.)

ex 0709 60 99

20

(Alimento fresco)

 

 

Cacahuetes (maníes), con cáscara

1202 41 00

 

Sudáfrica (ZA)

Aflatoxinas

10

Cacahuetes (maníes), sin cáscara

1202 42 00

Manteca de cacahuete

2008 11 10

Cacahuetes (maníes) preparados o conservados de otro modo

2008 11 91; 2008 11 96; 2008 11 98

(Pienso y alimento)

 


(1)  En caso de que solo sea preciso someter a controles determinados productos incluidos en un código NC dado y no exista una subdivisión específica dentro de dicho código en la nomenclatura de mercancías, el código NC irá marcado con "ex".

(2)  En particular, residuos de: acefato, acetamiprid, diafentiurón, endosulfán, fipronil, indoxacarbo, mandipropamid, metamidofós, metomilo, monocrotofós, oxamilo, tiametoxam, tiodicarb y triazofós.

(3)  En particular, residuos de: acefato, aldicarb, amitraz, benomilo, carbendazima, clorfenapir, clorpirifós, CS2 (ditiocarbamatos), diafentiurón, diazinón, diclorvós, dicofol, dimetoato, endosulfán, fenamidona, imidacloprid, malatión, metamidofós, metiocarb, metomilo, monocrotofós, ometoato, oxamilo, profenofós, propiconazol, tiabenzadol y tiacloprid.

(4)  En particular, residuos de: acefato, carbaril, carbendazima, carbofurano, clorpirifós, clorpirifós-metilo, dicrotofós, dimetoato, EPN, etión, malatión, metalaxil, metamidofós, metomilo, monocrotofós, ometoato, profenofós, protiofós, quinalfós, triadimefón, triazofós y triforina.

(5)  En particular, residuos de: acefato, acetamiprid, clorpirifós, clotianidina, metamidofós, monocrotofós, oxidemetón-metilo, propargita, tiametoxam y triazofós.

(6)  Método de referencia EN/ISO 6579 o un método validado con respecto a él de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) no 2073/2005 de la Comisión (DO L 338 de 22.12.2005, p. 1).

(7)  En particular, residuos de: carbendazima, ciflutrín, ciprodinil, diazinón, dimetoato, etión, fenitrotión, fenpropatrina, fludioxonil, hexaflumurón, λ-cihalotrín, metiocarb, metomilo, ometoato, oxamilo, fentoato y tiofanato-metilo.

(8)  En particular, residuos de: carbendazima, clofentezina, diafentiurón, dimetoato, formetanato, malatión, metomilo, oxamilo, procimidona, tetradifón y tiofanato-metilo.

(9)  En particular, residuos de: carbendazima, carbofurano, dimetoato, etión, formetanato, malatión, metomilo, ometoato, procimidona, profenofós, protiofós, triazofós y triforina.

(10)  En particular, residuos de: buprofezina, imidacloprid, fenvalerato y esfenvalerato (suma de isómeros RS y SR), profenofós, trifluralina, triazofós, triadimefón y triadimenol (suma de triadimefón y triadimenol), y cipermetrina [cipermetrina, incluidas otras mezclas de isómeros constituyentes (suma de isómeros)].

(11)  En particular, residuos de: fentoato, metidatión, paratión-metilo, triadimefón y triadimenol (suma de triadimefón y triadimenol) y triazofós.

(12)  En particular, residuos de: carbofurano (suma), cipermetrina (suma), ciproconazol, clorpirifós, dicofol (suma), difenoconazol, dinotefurán, etión, flusilazol, folpet, procloraz, profenofós, propiconazol, tiofanato-metilo y triforina.

(13)  Especies de Brassica oleracea L. convar. Botrytis (L) Alef var. Italica Plenck, cultivar alboglabra. Conocidas también como "Kai Lan", "Gai Lan", "Gailan", "Kailan", "Chinese bare Jielan".

(14)  En particular, residuos de: acetamiprid, carbendazima, clorfenapir, dimetomorf, fipronil y propiconazol.

(15)  En particular, residuos de: carbendazima (suma), carbofurano, cipermetrina, clorpirifós, difenoconazol, dimetoato (suma), fenbuconazol, fentoato, fipronil, flusilazol, hexaconazol, metidatión, metomilo, pencicurón, permetrina, profenofós, propargita, propiconazol y quinalfós.

(16)  En particular, residuos de: acefato, clorpirifós, diafentiurón, dimetoato (suma), indoxacarbo, metamidofós y metomilo.

(17)  En particular, residuos de: carbendazima (suma), cipermetrina, clorpirifós, dimetoato (suma), endosulfán (suma), flubendiamida, flutriafol, hexaconazol, malatión (suma), metomilo, miclobutanil y paratión-metilo (suma).»