5.9.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 239/3


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 3 de septiembre de 2012

por la que se modifica la Decisión 2000/96/CE para incluir en ella la encefalitis transmitida por garrapatas y la categoría de enfermedades transmitidas por vectores

[notificada con el número C(2012) 3241]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2012/492/UE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión no 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 1998, por la que se crea una red de vigilancia epidemiológica y de control de las enfermedades transmisibles en la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 3, letra a),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 2000/96/CE de la Comisión, de 22 de diciembre de 1999, relativa a las enfermedades transmisibles que deben quedar progresivamente comprendidas en la red comunitaria, en aplicación de la Decisión no 2119/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (2), enumera diversas enfermedades transmisibles que deben encontrarse bajo la vigilancia epidemiológica de la red comunitaria establecida por la Decisión no 2119/98/CE.

(2)

El anexo de la Decisión no 2119/98/CE menciona específicamente la categoría de «enfermedades transmitidas por vectores» como una de las que deben seleccionarse para lograr que la información sea homogénea a efectos de notificación.

(3)

La encefalitis humana transmitida por garrapatas produce a largo plazo discapacidad neurológica y hasta un 1,4 % de muertes. Es prevenible por vacunación, pero en los últimos años su incidencia ha aumentado y se ha propagado a nuevas zonas de Europa, probablemente por diversas causas, como el cambio climático y la modificación del hábitat de las garrapatas.

(4)

Así pues, la encefalitis transmitida por garrapatas cumple los criterios enumerados en el anexo II de la Decisión 2000/96/CE para la selección de las enfermedades transmisibles que deben ser objeto de vigilancia epidemiológica en la red comunitaria establecida por la Decisión no 2119/98/CE, y procede añadirla a la lista de las enfermedades transmisibles que deben quedar comprendidas por esta vigilancia epidemiológica, que figura en el anexo I de la Decisión 2000/96/CE.

(5)

Las medidas contempladas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por la Decisión no 2119/98/CE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 2000/96/CE queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 3 de septiembre de 2012.

Por la Comisión

John DALLI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 268 de 3.10.1998, p. 1.

(2)  DO L 28 de 3.2.2000, p. 50.


ANEXO

En el punto 2.5 del anexo I de la Decisión 2000/96/CE se añade el siguiente punto 2.5.5:

«2.5.5   Enfermedades transmitidas por vectores

Encefalitis transmitida por garrapatas»