21.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 338/19 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1345/2011 DEL CONSEJO
de 19 de diciembre de 2011
por el que se aplica el Reglamento (CE) no 194/2008 por el que se renuevan y refuerzan las medidas restrictivas aplicables a Birmania/Myanmar
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 194/2008 del Consejo, de 25 de febrero de 2008, por el que se renuevan y refuerzan las medidas restrictivas aplicables a Birmania/Myanmar (1), y en particular su artículo 18, apartado 5,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El 25 de febrero de 2008 el Consejo adoptó el Reglamento (CE) no 194/2008 por el que se renuevan y refuerzan las medidas restrictivas aplicables a Birmania/Myanmar. |
(2) |
De acuerdo con la Decisión 2011/859/PESC de 19 de diciembre de 2011 que modifica la Decisión 2010/232/PESC por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Birmania/Myanmar (2) se debe actualizar la información correspondiente a una de las entidades de la lista del anexo V del Reglamento (CE) no 194/2008. |
(3) |
Se debe modificar el anexo V del Reglamento (CE) no 194/2008 en consecuencia. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
En el anexo V del Reglamento (CE) no 194/2008, la mención correspondiente a Mayar (H.K) Ltd se sustituye por la siguiente:
«Mayar India Ltd (Yangon Branch) |
37, Rm (703/4), Level (7), Alanpya Pagoda Rd, La Pyayt Wun Plaza, Dagon, Yangon.» |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2011.
Por el Consejo
El Presidente
M. KOROLEC
(1) DO L 66 de 10.3.2008, p. 1.
(2) Véase la página 55 del presente Diario Oficial.