25.2.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 51/10 |
REGLAMENTO (UE) No 178/2011 DE LA COMISIÓN
de 24 de febrero de 2011
por el que se modifica por centésimo cuadragesimoquinta vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 1, letra a), y su artículo 7 bis, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de capitales y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento. |
(2) |
El 8 de febrero de 2011, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió añadir dos personas físicas a la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. |
(3) |
En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 debe modificarse en consecuencia. |
(4) |
Con objeto de garantizar que las medidas establecidas en el presente Reglamento sean eficaces, el presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 24 de febrero de 2011.
Por la Comisión, en nombre del Presidente
Director — Jefe del Servicio de Instrumentos de Política Exterior
(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.
ANEXO
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 queda modificado como sigue:
En el epígrafe «Personas físicas», se añaden las siguientes entradas:
a) |
«Khalil Ahmed Haqqani [alias a) Khalil Al-Rahman Haqqani; b) Khalil ur Rahman Haqqani; c) Khaleel Haqqani]. Título: Haji. Dirección: a) Peshawar, Pakistán; b) Proximidades de Dergey Manday Madrasa en Dergey Manday Village, proximidades de Miram Shah, North Waziristan Agency (NWA), áreas tribales bajo administración federal (FATA), Pakistán; c) Kayla Village cerca de Miram Shah, North Waziristan Agency (NWA), áreas tribales bajo administración federal (FATA), Pakistán; d) Sarana Zadran Village, Provincia de Paktia, Afganistán. Fecha de nacimiento: a) 1.1.1966; b) entre 1958 y 1964. Nacionalidad: Afgana. Información adicional: a) Miembro directivo de la red Haqqani, que actúa desde Waziristán del Norte en las Áreas tribales bajo administración federal de Pakistán; b) viajó a Dubai, Emiratos Árabes Unidos, donde obtuvo fondos; c) hermano de Jalaluddin Haqqani y tío de Sirajuddin Jallaloudine Haqqani. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 9.2.2011.» |
b) |
«Said Jan ‘Abd Al-Salam [alias a) Sa’id Jan ‘Abd-al-Salam; b) Dilawar Khan Zain Khan; c) Qazi ‘Abdallah; d) Qazi Abdullah; e) Ibrahim Walid; f) Qasi Sa’id Jan; g) Said Jhan; h) Farhan Khan; i) Aziz Cairo; j) Nangiali). Fecha de nacimiento: a) 5.2.1981; b) 1.1.1972. Nacionalidad: Afgana. Pasaporte no: a) OR801168 (pasaporte afgano expedido a nombre de Said Jan ‘Abd al-Salam el 28.2.2006, que expira el 27.2.2011); b) 4117921 (pasaporte paquistaní expedido a nombre de Dilawar Khan Zain Khan, el 9.9.2008, que expira el 9.9.2013). Número de identificación nacional: 281020505755 (número de identificación civil Kuwaití a nombre de Said Jan ‘Abd al-Salam). Información adicional: Aproximadamente en 2005, dirigió un campo de “entrenamiento básico” para Al-Qaida en Pakistán. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 9.2.2011.» |