11.8.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 210/1


REGLAMENTO (UE) No 715/2010 DE LA COMISIÓN

de 10 de agosto de 2010

que modifica el Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo por lo que se refiere a las adaptaciones de las cuentas nacionales, tras la revisión de la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE revisión 2 y de la clasificación estadística de productos por actividades (CPA)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad (1), y, en particular, su artículo 2, apartado 2, y su artículo 3, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Introducir un sistema actualizado de clasificación es fundamental para los actuales esfuerzos de la Comisión por mantener la pertinencia de las estadísticas europeas, habida cuenta del progreso tecnológico y los cambios estructurales de la economía.

(2)

El Reglamento (CE) no 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos (2), estableció una nomenclatura estadística revisada de actividades económicas, denominada NACE revisión 2 (en lo sucesivo, «NACE rev. 2»).

(3)

El Reglamento (CE) no 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) no 3696/93 del Consejo (3), estableció una clasificación estadística revisada de productos por actividades (denominada en lo sucesivo «CPA 2008»).

(4)

El Reglamento (CE) no 2223/96, que instaura el sistema europeo de cuentas 1995 (denominado en lo sucesivo «SEC-95»), establece una metodología de normas, definiciones, nomenclaturas y normas contables comunes para elaborar las cuentas de los Estados miembros.

(5)

Para establecer una nomenclatura estadística revisada de actividades económicas y una clasificación estadística revisada de productos por actividades debe adaptarse el Reglamento (CE) no 2223/96.

(6)

Se ha consultado al Comité de Estadísticas Monetarias, Financieras y de Balanza de Pagos (CMFB), creado por la Decisión 2006/856/CE del Consejo (4).

(7)

Se ha consultado al Comité del sistema estadístico europeo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) no 2223/96 queda modificado como sigue:

1)

El término «NACE Rev. 1» se sustituye por «NACE rev. 2» en todo el texto, salvo en el punto 8.153.

2)

En el punto 2.34, el término «división 70» se sustituye por «división 68».

3)

El texto de la nota 1 del punto 2.103 se sustituye por «NACE rev. 2: nomenclatura estadística de actividades económicas de la Comunidad Europea, con arreglo al Reglamento (CE) no 1893/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, por el que se establece la nomenclatura estadística de actividades económicas NACE revisión 2 y por el que se modifica el Reglamento (CEE) no 3037/90 del Consejo y determinados Reglamentos de la CE sobre aspectos estadísticos específicos.».

4)

En la nota 2 del apartado 2.106, el término «CIIU Rev. 3» se sustituye por «CIIU rev. 4».

5)

El texto de la nota a pie de página del apartado 2.118 se sustituye por «CPA: clasificación estadística de productos por actividades, con arreglo al Reglamento (CE) no 451/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, por el que se establece una nueva clasificación estadística de productos por actividades (CPA) y se deroga el Reglamento (CEE) no 3696/93 del Consejo.».

6)

En el anexo 7.1 del capítulo 7, la definición de «Equipo de transporte (AN.11131)» se sustituye por «Equipo para transportar personas y objetos. Pueden citarse como ejemplos los productos incluidos en las divisiones 29 y 30 de la CPA (1), exceptuando las partes y piezas sueltas: vehículos de motor, remolques y semirremolques; buques; locomotoras y material rodante de ferrocarril y tranvías; aeronaves y naves espaciales, y motocicletas, bicicletas, etc.».

7)

En el anexo 7.1 del capítulo 7, la definición de «Otra maquinaria y bienes de equipo (AN.11132)» se sustituye por «Maquinaria y equipo n.c.o.p. Cabe citar como ejemplos, exceptuando las partes y piezas sueltas y los servicios de instalación, reparación y mantenimiento de los mismos, los productos incluidos en los grupos de la CPA 28.1: maquinaria de uso general; 28.2: otra maquinaria de uso general; 28.3: maquinaria agraria y forestal; 28.4: máquinas herramienta para trabajar el metal y otras máquinas herramienta; 28.9: otra maquinaria para usos específicos; 26.2: ordenadores y equipos periféricos; 26.3: equipos de telecomunicaciones; 26.4: productos electrónicos de consumo; 26.5: instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación; relojes; 26.6: equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos; 26.7: instrumentos de óptica y equipo fotográfico, y en la división 27 de la CPA: material y equipo eléctrico. Otros ejemplos son los productos, exceptuando las partes y piezas sueltas y los servicios de instalación, reparación y mantenimiento de los mismos, incluidos en la subcategoría 20.13.14 de la CPA: elementos combustibles (cartuchos) no irradiados, para reactores nucleares; en la división 31 de la CPA: muebles; en los grupos de la CPA 32.2: instrumentos musicales; 32.3: artículos deportivos, y 25.3: generadores de vapor, excepto calderas para calefacción central.».

8)

El texto de la nota 1 del anexo 7.1 del capítulo 7 se sustituye por «Clasificación estadística de productos por actividades (CPA).».

9)

En el anexo II, punto 7, «clase 70.20 (“Alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia”)» se sustituye por «clase 68.20 (“Servicios de alquiler de bienes inmobiliarios por cuenta propia o arrendados’ ”)»; «división 71 (“Alquiler de maquinaria y equipo sin operario, de efectos personales y enseres domésticos”)» se sustituye por «división 77 (“Servicios de alquiler”)», y «clase 60.24» se sustituye por «clase 49.41».

10)

En el anexo II, punto 11, «clase 65.21» se sustituye por «clase 64.91».

11)

En el anexo II, punto 14, «clase 65.22» se sustituye por «clase 64.92».

12)

En el anexo III, punto 14, «clase 75.30» se sustituye por «clase 84.30».

13)

En el anexo III, punto 17, «clase 66.02» se sustituye por «clase 65.30».

14)

En el anexo III, punto 32, «clase 66.01» se sustituye por «clase 65.11».

15)

En el anexo III, punto 37, «clase 66.03» se sustituye por «clase 65.12».

16)

En el anexo III, punto 41, «clase 67.20» se sustituye por «clase 66.2».

17)

En la tabla 8.22, el subtítulo «RAMAS DE ACTIVIDAD (por secciones de la NACE)» se sustituye por «RAMAS DE ACTIVIDAD (por secciones de la NACE rev. 1)».

18)

En el anexo IV, el título del capítulo «AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A), LOS PRODUCTOS (P) Y LAS INVERSIONES (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (Pi)» se sustituye por «AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A*), LOS PRODUCTOS (P*) Y LOS ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (AN)».

19)

En el anexo IV, el texto tras el título «AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A), LOS PRODUCTOS (P) Y LAS INVERSIONES (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (Pi)» se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.

20)

En el anexo B, en el texto, «A3» se sustituye por «A*3»; «A6» se sustituye por «A*10»; «A6†» se sustituye por «A*10»; «A17» se sustituye por «A*21»; «A31» se sustituye por «A*38», y «A60» se sustituye por «A*64».

21)

En el anexo B, en la tabla «Presentación de las tablas»:

Se suprimen las líneas relativas a las tablas 15 y 16:

15

Tabla de origen a precios básicos, incluida una transformación a precios de adquisición, A60 × P60

36

2007

A partir de 2000

16

Tabla de destino a precios de adquisición, A60 × P60

36

2007

A partir de 2000

y se sustituyen por las siguientes:

15

Tabla de origen a precios básicos, incluida la transformación a precios de adquisición

36

2007

A partir de 2000

16

Tabla de destino a precios de adquisición

36

2007

A partir de 2000

Se suprimen las líneas relativas a las tablas 17, 18 y 19:

17

Tabla «input-output» simétrica a precios básicos, P60 × P60, quinquenal

36

2008

A partir de 2000

18

Tabla «input-output» simétrica de la producción interior a precios básicos, P60 × P60, quinquenal

36

2008

A partir de 2000

19

Tabla «input-output» simétrica de las importaciones a precios básicos, P60 × P60, quinquenal

36

2008

A partir de 2000

y se sustituyen por las siguientes:

17

Tabla «input-output» simétrica a precios básicos, quinquenal

36

2008

A partir de 2000

18

Tabla «input-output» simétrica de la producción interior a precios básicos, quinquenal

36

2008

A partir de 2000

19

Tabla «input-output» simétrica de las importaciones a precios básicos, quinquenal

36

2008

A partir de 2000

22)

En el anexo B, en el texto, «n = 60» se sustituye por «n = 64», y «m = 60» se sustituye por «m = 64».

23)

En el anexo B, la tabla 10 se sustituye por la tabla siguiente:

«Tabla 10 —   Tablas por rama de actividad y por región (NUTS 2)

Código

Lista de variables

Desglose

B.1G

1.

Valor añadido bruto a precios básicos (precios corrientes)

A*10

D.1

2.

Remuneración de los asalariados (precios corrientes)

A*10

P.51

3.

Formación bruta de capital fijo (precios corrientes)

A*10

4.

Empleo en miles de personas y miles de horas trabajadas

ETO

Total

A*10

EEM

Asalariados

A*10»

24)

En el anexo B, la tabla 12 se sustituye por la tabla siguiente:

«Tabla 12 —   Tablas por rama de actividad y por región (NUTS 3)

Código

Lista de variables

Desglose

B.1G

1.

Valor añadido bruto a precios básicos (precios corrientes)

A*10

2.

Empleo (miles de personas)

ETO

Total

A*10

EEM

Asalariados

A*10»

25)

En el anexo B, tablas 15 y 16, «Productos (CPA)» se sustituye por «Productos (P*64)», y «Ramas de actividad (NACE A60)» se sustituye por «Ramas de actividad (A*64)».

26)

En el anexo B, tablas 17, 18 y 19, «Productos» se sustituye por «Productos (P*64)».

27)

En el anexo B, capítulo «Excepciones por Estado miembro»:

Bulgaria: en la tabla 2.1 «Excepciones a las tablas», se suprime la siguiente referencia a la tabla 22:

22

Todas las variables

Año 2005: primera transmisión en 2008

2005

2008

Años 2000-2004: primera transmisión en 2010

2000-2004

2010

Años 1998-1999: primera transmisión en 2011

1998-1999

2011

Años 1995-1997: no se transmitirán los datos

1995-1997

No se transmitirán los datos

y se sustituye por la siguiente:

22

Todas las variables

Año 2005: primera transmisión en 2008

2005

2008

Años 2000-2004: primera transmisión en 2010

2000-2004

2010

Años 1995-1999: no se transmitirán los datos

1995-1999

No se transmitirán los datos

Bulgaria: en la tabla 2.2 «Excepciones a variables/partidas en las tablas», se suprime la siguiente referencia a la tabla 10:

10

Formación bruta de capital fijo (P.51)

Años 2005-2006: primera transmisión en 2009

2005-2006

2009

Años 2000-2004: primera transmisión en 2011

2000-2004

2011

Años 1998-1999: primera transmisión en 2012

1998-1999

2012

Años 1995-1997: no se transmitirán los datos

1995-1997

No se transmitirán los datos

y se sustituye por la siguiente:

10

Formación bruta de capital fijo (P.51)

Años 2005-2006: primera transmisión en 2009

2005-2006

2009

Años 2000-2004: primera transmisión en 2011

2000-2004

2011

Año 1999: primera transmisión en 2012

1999

2012

Años 1995-1998: no se transmitirán los datos

1995-1998

No se transmitirán los datos

Grecia: en la tabla 7.2 «Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas», se suprime la siguiente referencia a la tabla 1:

1

Empleo — trimestral

Años 1990-1994: primera transmisión en 2011

1990-1994

2011

y se sustituye por la siguiente:

1

Empleo — trimestral — totales

Años 1990-1994: primera transmisión en 2011

1990-1994

2011

Empleo — trimestral — desglose por rama de actividad

Años 1990-1994: no se transmitirán los datos

1990-1994

No se transmitirán los datos

Francia: en la tabla 9.1 «Excepciones a las tablas», se suprime la siguiente referencia a la tabla 3:

3

Todas las variables: desglose por ramas de actividad A31, A60

Años 1980-1998: primera transmisión en 2011

1980-1998

2011

y se sustituye por la siguiente:

3

Todas las variables excepto población, empleo y remuneración de los empleados: desglose por rama de actividad A*38, A*64

Años 1995-1998: primera transmisión en 2012

1995-1998

2012

Años 1980-1994: no se transmitirán los datos

1980-1994

No se transmitirán los datos

Países Bajos: en la tabla 18.2 «Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas», se suprime la siguiente referencia a la tabla 1:

1

Asalariados y trabajadores autónomos en unidades de producción residentes: ramas de actividad J a K y L a P, personas — anual

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

y se sustituye por la siguiente:

1

Asalariados y trabajadores autónomos en unidades de producción residentes: ramas de actividad K a L y O a T, personas — anual

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

Países Bajos: en la tabla 18.2 «Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas», se suprimen las siguientes referencias a la tabla 3:

3

Precios corrientes:

 

 

 

 

Variables P.1, P.2, B.1G, D.29-D.39, D.1, D.11 para ramas de actividad B, DC_DD, DI

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

 

Variables B.2N+B.3N para ramas de actividad B, CA_CB, DC_DD, DH_DI, DK_DN, DH

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

3

Precios del año anterior y volúmenes encadenados:

 

 

 

 

Variables B.1G para ramas de actividad B, CA_CB, DB_DE, DH_DN, J_K, O_P

Años 1980-1987: no se transmitirán los datos

1980-1987

No se transmitirán los datos

 

Variable K.1 para ramas de actividad B, CA_ CB, DC_DD, DH_DI, DK_DN, H_O

Años 1980-1995: no se transmitirán los datos

1980-1995

No se transmitirán los datos

3

Precios corrientes:

 

 

 

 

Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad

Años 1980-1994: no se transmitirán los datos

1980-1994

No se transmitirán los datos

 

Variable P.51 para ramas de actividad B, CA_CB, DC_DD, DI

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

3

Precios del año anterior y volúmenes encadenados:

 

 

 

 

Variables P.5, P.52, P.53

Años 1980-1987: no se transmitirán los datos

1980-1987

No se transmitirán los datos

 

Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad

Años 1988-1995: no se transmitirán los datos

1988-1995

No se transmitirán los datos

 

Variable P.51 para ramas de actividad B, CA_CB, DC_DD, DI

Años 1980-1987: no se transmitirán los datos

1980-1987

No se transmitirán los datos

y se sustituyen por las siguientes:

3

Precios corrientes:

 

 

 

 

Variables P.1, P.2, B.1G, D.29-D.39, para las ramas de actividad 03, 13-16, 23, 28

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

 

Variables B.2N+B.3N para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 22-23, 27-32

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

3

Precios del año anterior y volúmenes encadenados:

 

 

 

 

Variables B.1G para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-17, 22-33, 64-68, 96-98

Años 1980-1987: no se transmitirán los datos

1980-1987

No se transmitirán los datos

 

Variable K.1 para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 22-23, 27-32, 55-96

Años 1980-1995: no se transmitirán los datos

1980-1995

No se transmitirán los datos

3

Precios corrientes:

 

 

 

 

Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad

Años 1980-1994: no se transmitirán los datos

1980-1994

No se transmitirán los datos

 

Variable P.51 para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 23

Años 1980-1986: no se transmitirán los datos

1980-1986

No se transmitirán los datos

3

Precios del año anterior y volúmenes encadenados:

 

 

 

 

Variables P.5, P.52, P.53

Años 1980-1987: no se transmitirán los datos

1980-1987

No se transmitirán los datos

 

Variables P.5, P.52, P.53 desglose por ramas de actividad

Años 1988-1995: no se transmitirán los datos

1988-1995

No se transmitirán los datos

 

Variable P.51 para las ramas de actividad 03, 05-09, 13-16, 23

Años 1980-1987: no se transmitirán los datos

1980-1987

No se transmitirán los datos

Suecia: en la tabla 26.2 «Excepciones para variables/partidas individuales en las tablas», «Desglose por ramas de actividad 50-52» se sustituye por «Desglose por ramas de actividad 45-47».

28)

En el anexo B, tras la tabla 26 se añade el texto siguiente:

«TRANSMISIÓN DE DATOS

1.

Los desgloses A*3, A*10, A*21, A*38 y A*64, derivados de la NACE rev. 2, y P*3, P*10, P*21, P*38 y P*64, derivados de la CPA 2008, deberán utilizarse para todos los datos transmitidos después del 31 de agosto de 2011, salvo las excepciones que figuran en el párrafo segundo.

Los Estados miembros a los que se les haya concedido una excepción para transmitir los datos de las tablas 15 a 19 del Reglamento (CE) no 2223/96 hasta 2011 o más tarde aplicarán los desgloses A3, A6, A17, A31, A60, P3, P6, P17, P31 y P60 para los períodos de referencia hasta 2007, y los desgloses A*3, A*10, A*21, A*38, A*64, P*3, P*10, P*21, P*38 y P*64 para los períodos de referencia de 2008 en adelante, con independencia del momento de la transmisión de los datos.

2.

Hasta el 31 de diciembre de 2014, para transmitir los datos de la tabla 10 se utilizará la NACE rev. 2, desglose A*10, o las siguientes partidas agregadas de la NACE rev. 2, desglose A*10:

(G, H, I y J) en vez de (G, H e I) y (J),

(K, L, M y N) en vez de (K), (L) y (M y N),

(O, P, Q, R, S, T y U) en vez de (O, P y Q) y (R, S, T y U).

A partir del 1 de enero de 2015, para transmitir los datos de la tabla 10 se utilizará la NACE rev. 2, desglose A*10.

3.

Para transmitir los datos de la tabla 12 se utilizará la NACE rev. 2, desglose A*10, o las siguientes partidas agregadas de la NACE rev. 2, desglose A*10:

(G, H, I y J) en vez de (G, H e I) y (J),

(K, L, M y N) en vez de (K), (L) y (M y N),

(O, P, Q, R, S, T y U) en vez de (O, P y Q) y (R, S, T y U).

4.

La transmisión de los datos de los puntos 26 bis y 44 bis con arreglo a los desgloses A*38 y A*64, respectivamente, “de las cuales: rentas inmobiliarias imputadas”, especificados en el capítulo AGRUPAMIENTO Y CODIFICACIÓN DE LAS RAMAS DE ACTIVIDAD (A*), LOS PRODUCTOS (P*) Y LOS ACTIVOS FIJOS (FORMACIÓN DE CAPITAL FIJO) (AN) del anexo IV solo son obligatorios para las variables P.1, P.2, B.1G especificadas en la tabla 3 del anexo B del Reglamento (CE) no 2223/96.

5.

Con la primera transmisión después del 31 de agosto de 2011 con arreglo al programa de transmisión de datos de cuentas nacionales SEC-95 utilizando la NACE rev. 2 o la CPA 2008, los datos desglosados por rama de actividad o por producto deberán suministrarse para los períodos de observación siguientes:

a)

:

tabla 1

:

de 2000 (2000Q1 para los datos trimestrales) en adelante;

b)

:

tabla 3

:

de 2000 en adelante;

c)

:

tabla 10

:

2009;

d)

:

tabla 12

:

2009;

e)

:

tabla 20

:

de 2000 en adelante;

f)

:

tabla 22

:

de 2000 en adelante.

Los Estados miembros transmitirán datos anuales para la tabla 1, junto con la primera transmisión de la tabla 1 trimestral, en 2011Q2 y a más tardar el 30 de septiembre de 2011.

6.

Con la primera transmisión de tablas después del 31 de agosto de 2012 con arreglo al programa de transmisión de datos de cuentas nacionales SEC-95 utilizando la NACE rev. 2 o la CPA 2008, los datos desglosados por rama de actividad o por producto deberán suministrarse al menos para los períodos de observación siguientes:

a)   tabla 1 (excepto las variables enumeradas en “Población, empleo y remuneración de los asalariados”):

de 1990 (1990Q1 para los datos trimestrales) en adelante para Bélgica, Dinamarca, Alemania, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Austria, Portugal, Finlandia, Suecia y el Reino Unido,

de 1995 (1995Q1 para los datos trimestrales) en adelante para Bulgaria, la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Rumanía, Eslovenia y Eslovaquia;

b)   tabla 3 (excepto las variables enumeradas en “Población, empleo y remuneración de los asalariados”): de 1995 en adelante para A*10 y A*38;

c)   tabla 10: de 2000 en adelante;

d)   tabla 12: de 2000 en adelante.

7.

Para las tablas 15, 16, 17, 18 y 19 no se requiere ningún dato más con arreglo a la NACE rev. 2 o la CPA 2008.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 10 de agosto de 2010.

Por la Comisión

El Presidente

José Manuel BARROSO


(1)  DO L 310 de 30.11.1996, p. 1.

(2)  DO L 393 de 30.12.2006, p. 1.

(3)  DO L 145 de 4.6.2008, p. 65.

(4)  DO L 332 de 30.11.2006, p. 21.


ANEXO

«A*3

No sec.

Secciones de la NACE rev. 2

Descripción

1

A

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

2

B, C, D, E y F

Industrias extractivas; industria manufacturera; suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua, actividades de alcantarillado, gestión de residuos y descontaminación; construcción

3

G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S, T y U

Servicios


A*10

No sec.

Secciones de la NACE rev. 2

Descripción

1

A

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

2

B, C, D y E

Industrias extractivas; industria manufacturera; suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación

2 bis

C

de los cuales: industria manufacturera

3

F

Construcción

4

G, H e I

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas; transporte y almacenamiento; hostelería

5

J

Información y comunicaciones

6

K

Actividades financieras y de seguros

7

L

Actividades inmobiliarias

8

M y N

Actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades administrativas y servicios auxiliares

9

O, P y Q

Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria; educación; actividades sanitarias y de servicios sociales

10

R, S, T y U

Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento; reparación de artículos de uso doméstico y otros servicios


A*21

No sec.

Secciones de la NACE rev. 2

Divisiones de la NACE rev. 2

Descripción

1

A

01-03

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

2

B

05-09

Industrias extractivas

3

C

10-33

Industria manufacturera

4

D

35

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

5

E

36-39

Suministro de agua; actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación

6

F

41-43

Construcción

7

G

45-47

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas

8

H

49-53

Transporte y almacenamiento

9

I

55-56

Hostelería

10

J

58-63

Información y comunicaciones

11

K

64-66

Actividades financieras y de seguros

12

L

68

Actividades inmobiliarias

13

M

69-75

Actividades profesionales, científicas y técnicas

14

N

77-82

Actividades administrativas y servicios auxiliares

15

O

84

Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria

16

P

85

Educación

17

Q

86-88

Actividades sanitarias y de servicios sociales

18

R

90-93

Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento

19

S

94-96

Otros servicios

20

T

97-98

Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico, o como productores de bienes y servicios para uso propio

21

U

99

Actividades de organismos extraterritoriales


A*38

No sec.

Divisiones de la NACE rev. 2

Descripción

1

01-03

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

2

05-09

Industrias extractivas

3

10-12

Industria de la alimentación, fabricación de bebidas e industria del tabaco

4

13-15

Industria textil, confección de prendas de vestir e industria del cuero y del calzado

5

16-18

Industria de la madera y del corcho, industria del papel y artes gráficas

6

19

Coquerías y refino de petróleo

7

20

Industria química

8

21

Fabricación de productos farmacéuticos

9

22-23

Fabricación de productos de caucho y plásticos, y de otros productos minerales no metálicos

10

24-25

Metalurgia y fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo

11

26

Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos

12

27

Fabricación de material y equipo eléctrico

13

28

Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.

14

29-30

Fabricación de material de transporte

15

31-33

Fabricación de muebles; otras industrias manufactureras y reparación e instalación de maquinaria y equipo

16

35

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

17

36-39

Suministro de agua; actividades de saneamiento, gestión de residuos y descontaminación

18

41-43

Construcción

19

45-47

Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos de motor y motocicletas

20

49-53

Transporte y almacenamiento

21

55-56

Hostelería

22

58-60

Edición, actividades audiovisuales y de radiodifusión

23

61

Telecomunicaciones

24

62-63

Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; servicios de información

25

64-66

Actividades financieras y de seguros

26

68

Actividades inmobiliarias

26 bis

 

de las cuales: rentas inmobiliarias imputadas

27

69-71

Actividades jurídicas y de contabilidad; actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial; servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos

28

72

Investigación y desarrollo

29

73-75

Publicidad y estudios de mercado; otras actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades veterinarias

30

77-82

Actividades administrativas y servicios auxiliares

31

84

Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria

32

85

Educación

33

86

Actividades sanitarias

34

87-88

Actividades de servicios sociales

35

90-93

Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento

36

94-96

Otros servicios

37

97-98

Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico o como productores de bienes y servicios para uso propio

38

99

Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales


A*64

No sec.

Divisiones de la NACE rev. 2

Descripción

1

01

Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas

2

02

Silvicultura y explotación forestal

3

03

Pesca y acuicultura

4

05-09

Industrias extractivas

5

10-12

Industria de la alimentación, fabricación de bebidas e industria del tabaco

6

13-15

Industria textil, confección de prendas de vestir e industria del cuero y del calzado

7

16

Industria de la madera y del corcho, excepto muebles; cestería y espartería

8

17

Industria del papel

9

18

Artes gráficas y reproducción de soportes grabados

10

19

Coquerías y refino de petróleo

11

20

Industria química

12

21

Fabricación de productos farmacéuticos

13

22

Fabricación de productos de caucho y plásticos

14

23

Fabricación de otros productos minerales no metálicos

15

24

Metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones

16

25

Fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo

17

26

Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos

18

27

Fabricación de material y equipo eléctrico

19

28

Fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p.

20

29

Fabricación de vehículos de motor, remolques y semirremolques

21

30

Fabricación de otro material de transporte

22

31-32

Fabricación de muebles; otras industrias manufactureras

23

33

Reparación e instalación de maquinaria y equipo

24

35

Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

25

36

Captación, depuración y distribución de agua

26

37-39

Recogida y tratamiento de aguas residuales; recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización; actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos

27

41-43

Construcción

28

45

Venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas

29

46

Comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas

30

47

Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas

31

49

Transporte terrestre y por tubería

32

50

Transporte marítimo y por vías navegables interiores

33

51

Transporte aéreo

34

52

Almacenamiento y actividades anexas al transporte

35

53

Actividades postales y de correos

36

55-56

Servicios de alojamiento; servicios de comidas y bebidas

37

58

Edición

38

59-60

Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical; actividades de programación y emisión de radio y televisión

39

61

Telecomunicaciones

40

62-63

Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática; servicios de información

41

64

Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones

42

65

Seguros, reaseguros y fondos de pensiones, excepto seguridad social obligatoria

43

66

Actividades auxiliares a los servicios financieros y a los seguros

44

68

Actividades inmobiliarias

44 bis

 

de las cuales: rentas inmobiliarias imputadas

45

69-70

Actividades jurídicas y de contabilidad; actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial

46

71

Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos

47

72

Investigación y desarrollo

48

73

Publicidad y estudios de mercado

49

74-75

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas; actividades veterinarias

50

77

Actividades de alquiler

51

78

Actividades relacionadas con el empleo

52

79

Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos

53

80-82

Actividades de seguridad e investigación; servicios a edificios y actividades de jardinería; actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas

54

84

Administración pública y defensa; seguridad social obligatoria

55

85

Educación

56

86

Actividades sanitarias

57

87-88

Actividades de servicios sociales

58

90-92

Actividades de creación, artísticas y espectáculos; actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales; juegos de azar y apuestas

59

93

Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento

60

94

Actividades asociativas

61

95

Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico

62

96

Otros servicios personales

63

97-98

Actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico o como productores de bienes y servicios para uso propio

64

99

Actividades de organizaciones y organismos extraterritoriales


P*3

No sec.

Secciones de la CPA 2008

Descripción

1

A

Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca

2

B, C, D, E y F

Industrias extractivas; productos manufacturados; energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento; construcciones y trabajos de construcción

3

G, H, I, J, K, L, M, N, O, P, Q, R, S, T y U

Servicios


P*10

No sec.

Secciones de la CPA 2008

Descripción

1

A

Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca

2

B, C, D y E

Industrias extractivas; productos manufacturados; energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento

2 bis

C

de los cuales: productos manufacturados

3

F

Construcciones y trabajos de construcción

4

G, H e I

Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas; servicios de transporte y almacenamiento; servicios de hostelería

5

J

Servicios de información y comunicaciones

6

K

Servicios financieros y de seguros

7

L

Servicios inmobiliarios

8

M y N

Servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios administrativos y auxiliares

9

O, P y Q

Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria; servicios de educación; servicios de atención sanitaria y de trabajo social

10

R, S, T y U

Servicios de arte, espectáculos y ocio; reparación de artículos de uso doméstico y otros servicios


P*21

No sec.

Secciones de la CPA 2008

Divisiones de la CPA 2008

Descripción

1

A

01-03

Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca

2

B

05-09

Industrias extractivas

3

C

10-33

Productos manufacturados

4

D

35

Energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

5

E

36-39

Suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento

6

F

41-43

Construcciones y trabajos de construcción

7

G

45-47

Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas

8

H

49-53

Servicios de transporte y almacenamiento

9

I

55-56

Servicios de hostelería

10

J

58-63

Servicios de información y comunicaciones

11

K

64-66

Servicios financieros y de seguros

12

L

68

Servicios inmobiliarios

13

M

69-75

Servicios profesionales, científicos y técnicos

14

N

77-82

Servicios administrativos y auxiliares

15

O

84

Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria

16

P

85

Servicios de educación

17

Q

86-88

Servicios de atención sanitaria y de trabajo social

18

R

90-93

Servicios de arte, espectáculos y ocio

19

S

94-96

Otros servicios

20

T

97-98

Servicios de los hogares como empleadores; bienes y servicios no diferenciados producidos por hogares privados para uso propio

21

U

99

Servicios de organizaciones y organismos extraterritoriales


P*38

No sec.

Divisiones de la CPA 2008

Descripción

1

01-03

Productos de la agricultura, la ganadería, la silvicultura y la pesca

2

05-09

Industrias extractivas

3

10-12

Productos alimenticios, bebidas y tabaco manufacturado

4

13-15

Productos textiles, prendas de vestir, artículos de cuero y calzado

5

16-18

Productos de madera y corcho; productos del papel; servicios de impresión y reproducción

6

19

Coque y productos de refino de petróleo

7

20

Productos químicos

8

21

Productos farmacéuticos de base y sus preparados

9

22-23

Productos de caucho y plásticos; otros productos minerales no metálicos

10

24-25

Productos de metalurgia y productos metálicos, excepto maquinaria y equipo

11

26

Productos informáticos, electrónicos y ópticos

12

27

Material y equipo eléctrico

13

28

Maquinaria y equipo n.c.o.p.

14

29-30

Material de transporte

15

31-33

Muebles; otros productos manufacturados; servicios de reparación e instalación de maquinaria y equipos

16

35

Energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

17

36-39

Suministro de agua; servicios de alcantarillado, gestión de residuos y saneamiento

18

41-43

Construcciones y trabajos de construcción

19

45-47

Servicios de comercio al por mayor y al por menor; servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas

20

49-53

Servicios de transporte y almacenamiento

21

55-56

Servicios de hostelería

22

58-60

Servicios de edición, audiovisuales y de radiodifusión

23

61

Servicios de telecomunicaciones

24

62-63

Servicios de programación, consultoría y otros servicios relacionados con la informática; servicios de información

25

64-66

Servicios financieros y de seguros

26

68

Servicios inmobiliarios

26 bis

 

de los cuales: rentas inmobiliarias imputadas

27

69-71

Servicios jurídicos y contables; servicios de sedes centrales de empresas; servicios de consultores en administración; servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; servicios de ensayos y análisis técnicos

28

72

Servicios de investigación y desarrollo científicos

29

73-75

Servicios de publicidad y de estudio de mercado; otros servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios veterinarios

30

77-82

Servicios administrativos y auxiliares

31

84

Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria

32

85

Servicios de educación

33

86

Servicios de atención sanitaria

34

87-88

Servicios sociales

35

90-93

Servicios de arte, espectáculos y ocio

36

94-96

Otros servicios

37

97-98

Servicios de los hogares como empleadores; bienes y servicios no diferenciados producidos por hogares privados para uso propio

38

99

Servicios de organizaciones y organismos extraterritoriales


P*64

No sec.

Divisiones de la CPA 2008

Descripción

1

01

Productos de la agricultura, la ganadería y la caza, y servicios relacionados con los mismos

2

02

Productos de la silvicultura y la explotación forestal, y servicios relacionados con los mismos

3

03

Pescado y otros productos de la pesca; productos de la acuicultura; servicios de apoyo a la pesca

4

05-09

Industrias extractivas

5

10-12

Productos alimenticios; bebidas; tabaco manufacturado

6

13-15

Productos textiles; prendas de vestir; artículos de cuero y calzado

7

16

Madera y corcho y productos de madera y corcho, excepto muebles; artículos de cestería y espartería

8

17

Papel y productos del papel

9

18

Servicios de impresión y de reproducción de soportes grabados

10

19

Coque y productos de refino de petróleo

11

20

Productos químicos

12

21

Productos farmacéuticos de base y sus preparados

13

22

Productos de caucho y plásticos

14

23

Otros productos minerales no metálicos

15

24

Productos de metalurgia y productos metálicos

16

25

Productos metálicos, excepto maquinaria y equipo

17

26

Productos informáticos, electrónicos y ópticos

18

27

Material y equipo eléctrico

19

28

Maquinaria y equipo n.c.o.p.

20

29

Vehículos de motor, remolques y semirremolques

21

30

Otro material de transporte

22

31-32

Muebles; otros productos manufacturados

23

33

Servicios de reparación e instalación de maquinaria y equipos

24

35

Energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado

25

36

Agua natural; servicios de tratamiento y distribución de agua

26

37-39

Servicios de alcantarillado; servicios de recogida, tratamiento y eliminación de residuos; servicios de valorización; servicios de saneamiento y otros servicios de gestión de residuos

27

41-43

Construcciones y trabajos de construcción

28

45

Servicios de comercio al por mayor y al por menor y servicios de reparación de vehículos de motor y motocicletas

29

46

Servicios de comercio al por mayor e intermediación del comercio, excepto de vehículos de motor, motocicletas y ciclomotores

30

47

Servicios de comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas

31

49

Servicios de transporte terrestre, incluso por tubería

32

50

Servicios de transporte marítimo y por vías navegables interiores

33

51

Servicios de transporte aéreo

34

52

Servicios de almacenamiento y auxiliares del transporte

35

53

Servicios de correos y mensajería

36

55-56

Servicios de hostelería

37

58

Servicios de edición

38

59-60

Servicios cinematográficos, de vídeo y televisión; grabación de sonido y edición musical; servicios de programación y emisión de radio y televisión

39

61

Servicios de telecomunicaciones

40

62-63

Servicios de programación, consultoría y otros servicios relacionados con la informática; servicios de información

41

64

Servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones

42

65

Servicios de seguros, reaseguros y planes de pensiones, excepto seguridad social obligatoria

43

66

Servicios auxiliares a los servicios financieros y a los servicios de seguros

44

68

Servicios inmobiliarios

44 bis

 

de los cuales: rentas inmobiliarias imputadas

45

69-70

Servicios jurídicos y contables; servicios de sedes centrales de empresas; servicios de consultoría de gestión empresarial

46

71

Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; servicios de ensayos y análisis técnicos

47

72

Servicios de investigación y desarrollo científicos

48

73

Servicios de publicidad y de estudio de mercado

49

74-75

Otros servicios profesionales, científicos y técnicos; servicios veterinarios

50

77

Servicios de alquiler

51

78

Servicios de empleo

52

79

Servicios de agencias de viajes, operadores turísticos y otros servicios de reservas, y servicios relacionados con los mismos

53

80-82

Servicios de seguridad e investigación; servicios para edificios y paisajísticos; servicios administrativos, de oficina y otros servicios de ayuda a las empresas

54

84

Servicios de administración pública y defensa; servicios de seguridad social obligatoria

55

85

Servicios de educación

56

86

Servicios de atención sanitaria

57

87-88

Servicios sociales de atención en establecimientos residenciales; servicios sociales sin alojamiento

58

90-92

Servicios de creación, artísticos y de espectáculos; servicios de bibliotecas, archivos, museos y otros servicios culturales; servicios de juegos de azar y apuestas

59

93

Servicios deportivos, recreativos y de entretenimiento

60

94

Servicios prestados por asociaciones

61

95

Servicios de reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico

62

96

Otros servicios personales

63

97-98

Servicios de los hogares como empleadores; bienes y servicios no diferenciados producidos por hogares privados para uso propio

64

99

Servicios de organizaciones y organismos extraterritoriales


AN_F6: Desglose de activos fijos

Categoría de activo

Descripción

AN.1111

Viviendas

AN.1112

Otros edificios y construcciones

AN.11131

Material de transporte

AN.11132

Otra maquinaria y bienes de equipo

AN.1114

Activos cultivados

AN.112

Activos fijos inmateriales


AN_F6†: Desglose de activos fijos

Categoría de activo

Descripción

AN.1111

Viviendas

AN.1112

Otros edificios y construcciones

AN.11131

Material de transporte

AN.11132

Otra maquinaria y bienes de equipo

de los cuales: AN.111321

Material ofimático y hardware

de los cuales: AN.111322

Equipos de radio, televisión y telecomunicaciones

AN.1114

Activos cultivados

AN.112

Activos fijos inmateriales

de los cuales: AN.1122

Programas informáticos»