18.6.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 155/7 |
REGLAMENTO (CE) No 516/2009 DE LA COMISIÓN
de 17 de junio de 2009
por el que se inscribe una denominación en el registro de denominaciones de origen protegidas y de indicaciones geográficas protegidas [Pagnotta del Dittaino (DOP)]
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (1), y, en particular, su artículo 7, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006, la solicitud presentada por Italia para el registro de la denominación «Pagnotta del Dittaino» se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (2). |
(2) |
Dado que no se ha notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006, esa denominación debe, pues, registrarse. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda registrada la denominación que figura en el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 17 de junio de 2009.
Por la Comisión
Mariann FISCHER BOEL
Miembro de la Comisión
(1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.
(2) DO C 283 de 7.11.2008, p. 15.
ANEXO
Alimentos a los que se hace referencia en el anexo I del Reglamento (CE) no 510/2006:
Clase 2.4. Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería
ITALIA
Pagnotta del Dittaino (DOP)