6.9.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 243/32


DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 4 de agosto de 2006

por la que se establece un reparto indicativo por Estado miembro de los créditos de compromiso para el objetivo de competitividad regional y empleo para el período 2007-2013

[notificada con el número C(2006) 3472]

(2006/593/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1260/1999 (1), y, en particular, su artículo 18, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

De conformidad con el artículo 3, apartado 2, letra b), del Reglamento (CE) no 1083/2006, el objetivo de competitividad regional y empleo persigue incrementar la competitividad y el atractivo de las regiones.

(2)

De conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 1083/2006, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo contribuyen a la consecución de los objetivos contemplados en el artículo 3, apartado 2, letra b), de dicho Reglamento. De conformidad con el artículo 4, apartado 2, el Fondo de Cohesión interviene también en aquellas regiones que no puedan acogerse a la ayuda en virtud del objetivo de convergencia y que pertenezcan a un Estado miembro que pueda acogerse a la ayuda de dicho Fondo.

(3)

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento (CE) no 1083/2006, el 15,95 % de los recursos para compromisos asignados al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (en lo sucesivo denominados «los Fondos») para el período 2007-2013 debe destinarse al objetivo de competitividad regional y empleo, incluido un 21,14 % destinado a la financiación de la ayuda transitoria y específica a que se refiere el artículo 8, apartado 2, de dicho Reglamento.

(4)

Es necesario establecer desgloses indicativos por Estado miembro de los recursos que se asignarán al objetivo de competitividad regional y empleo. De conformidad con el artículo 18, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1083/2006, el reparto debe hacerse con arreglo a los criterios y el método establecidos en el anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006.

(5)

En el punto 4 del anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006 se establece el método para asignar los recursos disponibles a los Estados miembros y las regiones que pueden beneficiarse de la financiación con arreglo al artículo 6 de dicho Reglamento.

(6)

En el punto 6, letra b), del anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006 se establece el método para determinar las cantidades asignadas en virtud de las ayudas transitorias contempladas en el artículo 8, apartado 2, de dicho Reglamento.

(7)

En el punto 7 del anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006 se establece el nivel máximo de transferencia de los Fondos a cada uno de los Estados miembros.

(8)

En los puntos 12 a 31 del anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006 se establecen los importes correspondientes a determinados casos específicos para el período 2007-2013.

(9)

De conformidad con el artículo 24 del Reglamento (CE) no 1083/2006, el 0,25 % de los recursos que los Fondos podrán comprometer durante el período 2007-2013 se destinará a financiar la asistencia técnica por iniciativa de la Comisión; por consiguiente, el reparto indicativo entre los Estados miembros no debe incluir el importe correspondiente a la asistencia técnica.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los importes indicativos por Estado miembro de los créditos de compromiso para las regiones que pueden acogerse a financiación de los Fondos Estructurales al amparo del objetivo de competitividad regional y empleo, tal como se menciona en el artículo 6 del Reglamento (CE) no 1083/2006, incluidos los importes adicionales fijados en el anexo II de dicho Reglamento, serán los que figuran en el cuadro 1 del anexo I.

El desglose anual por Estado miembro de los créditos de compromiso contemplados en el párrafo anterior será el que figura en el cuadro 2 del anexo I.

Artículo 2

Los importes indicativos por Estado miembro de los créditos de compromiso para la ayuda transitoria y específica de los Fondos Estructurales con arreglo al objetivo de competitividad regional y empleo, tal como se menciona en el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1083/2006, incluidos los importes adicionales fijados en el anexo II de dicho Reglamento, serán los que figuran en el cuadro 1 del anexo II.

El desglose anual por Estado miembro de los créditos de compromiso contemplados en el párrafo anterior será el que figura en el cuadro 2 del anexo II.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 4 de agosto de 2006.

Por la Comisión

Danuta HÜBNER

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 210 de 31.7.2006, p. 25.


ANEXO I

Reparto indicativo por Estado miembro de los créditos de compromiso para las regiones que pueden acogerse a financiación de los Fondos Estructurales al amparo del objetivo de competitividad regional y empleo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013

(en EUR)

Estado miembro

Cuadro 1 —

Importe de los créditos (precios de 2004)

Regiones subvencionables al amparo del objetivo de competitividad regional y empleo

Financiación adicional contemplada en el anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006 en el punto:

16

20

23

25

26

28

29

België/Belgique

1 264 522 294

 

 

 

 

 

 

 

Ceská republika

172 351 284

199 500 000

 

 

 

 

 

 

Danmark

452 135 320

 

 

 

 

 

 

 

Deutschland

8 273 934 718

 

 

 

74 812 500

 

 

 

España

2 925 887 307

 

 

 

 

199 500 000

 

 

France

9 000 763 163

 

 

 

 

 

 

99 750 000

Ireland

260 155 399

 

 

 

 

 

 

 

Italia

4 539 667 937

 

 

 

 

 

209 475 000

 

Luxembourg

44 796 164

 

 

 

 

 

 

 

Nederland

1 472 879 499

 

 

 

 

 

 

 

Österreich

761 883 269

 

 

 

149 625 000

 

 

 

Portugal

435 196 895

 

 

 

 

 

 

 

Slovensko

398 057 758

 

 

 

 

 

 

 

Suomi-Finland

778 631 938

 

153 552 511

 

 

 

 

 

Sverige

1 077 567 589

 

215 598 656

149 624 993

 

 

 

 

United Kingdom

5 335 717 800

 

 

 

 

 

 

 

Total

37 194 148 334

199 500 000

369 151 167

149 624 993

224 437 500

199 500 000

209 475 000

99 750 000


(en EUR)

Estado miembro

Cuadro 2 —

Desglose anual de los créditos (precios de 2004)

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

België/Belgique

180 646 042

180 646 042

180 646 042

180 646 042

180 646 042

180 646 042

180 646 042

Ceská republika

53 121 612

53 121 612

53 121 612

53 121 612

53 121 612

53 121 612

53 121 612

Danmark

64 590 760

64 590 760

64 590 760

64 590 760

64 590 760

64 590 760

64 590 760

Deutschland

1 192 678 174

1 192 678 174

1 192 678 174

1 192 678 174

1 192 678 174

1 192 678 174

1 192 678 174

España

446 483 901

446 483 901

446 483 901

446 483 901

446 483 901

446 483 901

446 483 901

France

1 300 073 309

1 300 073 309

1 300 073 309

1 300 073 309

1 300 073 309

1 300 073 309

1 300 073 309

Ireland

37 165 057

37 165 057

37 165 057

37 165 057

37 165 057

37 165 057

37 165 057

Italia

678 448 991

678 448 991

678 448 991

678 448 991

678 448 991

678 448 991

678 448 991

Luxembourg

6 399 452

6 399 452

6 399 452

6 399 452

6 399 452

6 399 452

6 399 452

Nederland

210 411 357

210 411 357

210 411 357

210 411 357

210 411 357

210 411 357

210 411 357

Österreich

130 215 467

130 215 467

130 215 467

130 215 467

130 215 467

130 215 467

130 215 467

Portugal

62 170 985

62 170 985

62 170 985

62 170 985

62 170 985

62 170 985

62 170 985

Slovensko

59 287 258

57 274 995

54 915 823

51 153 834

53 136 512

56 208 234

66 081 102

Suomi-Finland

133 169 207

133 169 207

133 169 207

133 169 207

133 169 207

133 169 207

133 169 207

Sverige

206 113 034

206 113 034

206 113 034

206 113 034

206 113 034

206 113 034

206 113 034

United Kingdom

762 245 400

762 245 400

762 245 400

762 245 400

762 245 400

762 245 400

762 245 400

Total

5 523 220 006

5 521 207 743

5 518 848 571

5 515 086 582

5 517 069 260

5 520 140 982

5 530 013 850


ANEXO II

Reparto indicativo por Estado miembro de los créditos de compromiso para las regiones que pueden acogerse a financiación de los Fondos Estructurales con carácter transitorio y específico, al amparo del objetivo de competitividad regional y empleo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013

(EUR)

Estado miembro

Cuadro 1 —

Importe de los créditos (precios de 2004)

Regiones subvencionables al amparo del régimen transitorio del objetivo de competitividad regional y empleo

Financiación adicional contemplada en el anexo II del Reglamento (CE) no 1083/2006 en el punto:

15

19

20

26

27

Ellada

582 395 315

 

 

 

 

 

España

3 649 807 023

 

99 749 993

434 492 233

299 250 000

 

Ireland

418 744 086

 

 

 

 

 

Italia

626 325 208

 

 

 

 

250 372 500

Kypros

361 895 758

 

 

 

 

 

Magyarorszag

1 720 653 088

139 732 594

 

 

 

 

Portugal

347 157 850

 

 

58 848 251

 

 

Suomi-Finland

324 544 537

 

 

164 835 524

 

 

United Kingdom

880 529 981

 

 

 

 

 

Total

8 912 052 846

139 732 594

99 749 993

658 176 008

299 250 000

250 372 500


(EUR)

Estado miembro

Cuadro 2 —

Desglose anual de los créditos (precios de 2004)

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

Ellada

205 317 626

157 827 178

110 336 730

62 846 282

15 355 833

15 355 833

15 355 833

España

1 206 899 743

986 622 023

766 344 304

546 066 584

325 788 865

325 788 865

325 788 865

Ireland

143 368 343

110 877 547

78 386 752

45 895 958

13 405 162

13 405 162

13 405 162

Italia

216 111 659

180 773 664

145 435 670

110 097 675

74 759 680

74 759 680

74 759 680

Kypros

101 752 415

82 287 352

62 822 288

43 357 223

23 892 160

23 892 160

23 892 160

Magyarorszag

646 048 749

498 162 329

350 275 909

202 389 488

54 503 069

54 503 069

54 503 069

Portugal

102 050 610

87 367 364

72 684 118

58 000 871

43 317 626

28 634 379

13 951 133

Suomi-Finland

99 696 384

89 768 069

79 839 753

69 911 437

59 983 122

50 054 806

40 126 490

United Kingdom

285 202 703

223 208 873

161 215 043

99 221 213

37 227 383

37 227 383

37 227 383

Total

3 006 448 232

2 416 894 399

1 827 340 567

1 237 786 731

648 232 900

623 621 337

599 009 775