32002D0982

2002/982/CE: Decisión de la Comisión, de 16 de diciembre de 2002, relativa al proseguimiento de las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción de las plantas ornamentales de Chamaecyparis, Ligustrum vulgare y Euphorbia fulgens en virtud de la Directiva 98/56/CE del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE)

Diario Oficial n° L 341 de 17/12/2002 p. 0068 - 0068


Decisión de la Comisión

de 16 de diciembre de 2002

relativa al proseguimiento de las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción de las plantas ornamentales de Chamaecyparis, Ligustrum vulgare y Euphorbia fulgens en virtud de la Directiva 98/56/CE del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2002/982/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 98/56/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, relativa a la comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales(1),

Vista la Decisión 2001/898/CE de la Comisión, de 12 de diciembre de 2001, por la que se establecen las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos comunitarios de materiales de reproducción de las plantas ornamentales en virtud de la Directiva 98/56/CE del Consejo(2), y, en particular, su artículo 2,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2001/898/CE establece las disposiciones necesarias para las pruebas y análisis comparativos que deben realizarse en virtud de la Directiva 98/56/CE por lo que respecta a las plantas ornamentales de Chamaecyparis, Ligustrum vulgare y Euphorbia fulgens de 2002 a 2004.

(2) Las pruebas y análisis efectuados en 2002 deben proseguir en 2003.

DECIDE:

Artículo único

Las pruebas y análisis comparativos comunitarios, iniciados en 2002, de los materiales de reproducción de plantas ornamentales de Chamaecyparis, Ligustrum vulgare y Euphorbia fulgens proseguirán en 2003 de conformidad con la Decisión 2001/898/CE.

Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

(1) DO L 226 de 13.8.1998, p. 16.

(2) DO L 331 de 15.12.2001, p. 101.