16.7.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 228/21


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 12/2019

de 8 de febrero de 2019

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2020/931]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1477 de la Comisión, de 2 de octubre de 2018, relativa a las condiciones de autorización de un biocida que contiene butilacetilaminopropionato de etilo remitidas por Bélgica de conformidad con el artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1479 de la Comisión, de 3 de octubre de 2018, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas del tipo de producto 8 (2).

(3)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Después del punto 12zzzzzo [Decisión de Ejecución (UE) 2018/1131 de la Comisión] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE, se insertan los puntos siguientes:

«12zzzzzp.

32018 D 1477: Decisión de Ejecución (UE) 2018/1477 de la Comisión, de 2 de octubre de 2018, relativa a las condiciones de autorización de un biocida que contiene butilacetilaminopropionato de etilo remitidas por Bélgica de conformidad con el artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 249 de 4.10.2018, p. 3).

12zzzzzq.

32018 D 1479: Decisión de Ejecución (UE) 2018/1479 de la Comisión, de 3 de octubre de 2018, por la que se retrasa la fecha de expiración de la aprobación del fluoruro de sulfurilo para su uso en biocidas del tipo de producto 8 (DO L 249 de 4.10.2018, p. 16).».

Artículo 2

Los textos de las Decisiones de Ejecución (UE) 2018/1477 y (UE) 2018/1479 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 9 de febrero de 2019, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 2019.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Claude MAERTEN


(1)  DO L 249 de 4.10.2018, p. 3.

(2)  DO L 249 de 4.10.2018, p. 16.

(*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.