29.1.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 25/36


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 129/2008

de 5 de diciembre de 2008

por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 119/2008 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/217/CE de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, sobre la especificación técnica de interoperabilidad del subsistema de infraestructura del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad (2).

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2008/231/CE de la Comisión, de 1 de febrero de 2008, sobre la especificación técnica de interoperabilidad del subsistema explotación del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad adoptado según lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 96/48/CE del Consejo, y por la que se deroga la Decisión 2002/734/CE de la Comisión de 30 de mayo de 2002 (3).

(4)

La Decisión 2008/217/CE deroga la Decisión 2002/732/CE de la Comisión (4), incorporada al Acuerdo, que por consiguiente debe suprimirse del mismo.

(5)

La Decisión 2008/231/CE deroga la Decisión 2002/734/CE de la Comisión (5), incorporada al Acuerdo, que por consiguiente debe suprimirse del mismo.

DECIDE:

Artículo 1

El anexo XIII del Acuerdo queda modificado como sigue:

1)

El texto del punto 37ac (Decisión 2002/732/CE de la Comisión) se sustituye por el texto siguiente:

«32008 D 0217: Decisión 2008/217/CE de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, sobre la especificación técnica de interoperabilidad del subsistema de infraestructura del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad (DO L 77 de 19.3.2008, p. 1).».

2)

El texto del punto 37ae (Decisión 2002/734/CE de la Comisión) se sustituye por el texto siguiente:

«32008 D 0231: Decisión 2008/231/CE de la Comisión, de 1 de febrero de 2008, sobre la especificación técnica de interoperabilidad del subsistema explotación del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad adoptado según lo dispuesto en el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 96/48/CE del Consejo, y por la que se deroga la Decisión 2002/734/CE de la Comisión de 30 de mayo de 2002 (DO L 84 de 26.3.2008, p. 1).».

Artículo 2

Los textos de las Decisiones 2008/217/CE y 2008/231/CE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 6 de diciembre de 2008, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (6).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 5 de diciembre de 2008.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

S.A.S. el Príncipe Nikolaus von LIECHTENSTEIN


(1)  DO L 339 de 18.12.2008, p. 110.

(2)  DO L 77 de 19.3.2008, p. 1.

(3)  DO L 84 de 26.3.2008, p. 1.

(4)  DO L 245 de 12.9.2002, p. 143.

(5)  DO L 245 de 12.9.2002, p. 370.

(6)  No se han indicado preceptos constitucionales.