22.11.2007   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 304/52


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N o 68/2007

de 15 de junio de 2007

por la que modifica el Protocolo 31 del Acuerdo de EEE sobre la cooperación en sectores específicos no incluidos en las cuatro libertades

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, sus artículos 86 y 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Protocolo 31 del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 107/2005, de 8 de julio de 2005 (1).

(2)

Conviene ampliar la cooperación de las Partes contratantes del Acuerdo para incluir la Decisión no 1718/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) (2), en su versión corregida por el DO L 31 de 6.2.2007, p. 10.

(3)

Por consiguiente, es preciso modificar el Protocolo 31 del Acuerdo a fin de hacer posible esta cooperación más amplia a partir del 1 de enero de 2007.

DECIDE:

Artículo 1

En el artículo 9, apartado 4, del Protocolo 31 del Acuerdo, se añade el siguiente guión:

«—

32006 D 1718: Decisión no 1718/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) (DO L 327 de 24.11.2006, p. 12), en su versión corregida por el DO L 31 de 6.2.2007, p. 10.».

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de la última notificación transmitida al Comité Mixto del EEE de conformidad con lo establecido en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo (3).

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 15 de junio de 2007.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Alan SEATTER


(1)  DO L 306 de 24.11.2005, p. 45.

(2)  DO L 327 de 24.11.2006, p. 12.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.