7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/30 |
Artículo 23
La acción de la Unión en la escena internacional, en virtud del presente capítulo, se basará en los principios, perseguirá los objetivos y se realizará de conformidad con las disposiciones generales contempladas en el capítulo 1.