7.6.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 202/345 |
19. Declaración relativa al artículo 8 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
La Conferencia conviene en que, en su empeño general por eliminar las desigualdades entre la mujer y el hombre, la Unión tratará en sus distintas políticas de combatir la violencia doméstica en todas sus formas. Es preciso que los Estados miembros adopten todas las medidas necesarias para prevenir y castigar estos actos delictivos y para prestar apoyo y protección a las víctimas.