7.6.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 202/53


Artículo 11

(antiguo artículo 6 TCE)

Las exigencias de la protección del medio ambiente deberán integrarse en la definición y en la realización de las políticas y acciones de la Unión, en particular con objeto de fomentar un desarrollo sostenible.