02017R1799 — ES — 10.07.2019 — 002.001


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►B

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/1799 DE LA COMISIÓN

de 12 de junio de 2017

por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la exención de los bancos centrales de determinados terceros países, en su aplicación de la política monetaria, de tipo de cambio y de estabilidad financiera, de los requisitos de transparencia pre-negociación y post-negociación

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(DO L 259 de 7.10.2017, p. 11)

Modificado por:

 

 

Diario Oficial

  n°

página

fecha

►M1

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/1000 DE LA COMISIÓN de 14 de marzo de 2019

  L 163

56

20.6.2019




▼B

REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/1799 DE LA COMISIÓN

de 12 de junio de 2017

por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la exención de los bancos centrales de determinados terceros países, en su aplicación de la política monetaria, de tipo de cambio y de estabilidad financiera, de los requisitos de transparencia pre-negociación y post-negociación

(Texto pertinente a efectos del EEE)



Artículo 1

Bancos centrales exentos de terceros países

[Artículo 1, apartado 9, del Reglamento (UE) n.o 600/2014]

El artículo 1, apartados 6 y 7, del Reglamento (UE) n.o 600/2014 se aplicará al Banco de Pagos Internacionales y a los bancos centrales de terceros países enumerados en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

▼M1




ANEXO

1. Australia:

 Banco de la Reserva de Australia;

2. Brasil:

 Banco Central de Brasil;

3. Canadá:

 Banco de Canadá;

4. Región Administrativa Especial (RAE) de Hong Kong:

 Autoridad Monetaria de Hong Kong;

5. India:

 Banco de la Reserva de la India;

6. Japón:

 Banco de Japón;

7. México:

 Banco de México;

8. República Popular China:

 Banco Popular de China;

9. República de Corea:

 Banco de Corea;

10. Singapur:

 Autoridad Monetaria de Singapur;

11. Suiza:

 Banco Nacional Suizo;

12. Turquía:

 Banco Central de la República de Turquía;

13. Reino Unido:

 Banco de Inglaterra;

14. Estados Unidos de América:

 Reserva Federal;

15. Banco de Pagos Internacionales.