02006R0765 — ES — 13.04.2022 — 035.001


Este texto es exclusivamente un instrumento de documentación y no surte efecto jurídico. Las instituciones de la UE no asumen responsabilidad alguna por su contenido. Las versiones auténticas de los actos pertinentes, incluidos sus preámbulos, son las publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea, que pueden consultarse a través de EUR-Lex. Los textos oficiales son accesibles directamente mediante los enlaces integrados en este documento

►B

▼M46

REGLAMENTO (CE) N.o 765/2006 DEL CONSEJO

de 18 de mayo de 2006

relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania

▼B

(DO L 134 de 20.5.2006, p. 1)

Modificado por:

 

 

Diario Oficial

  n°

página

fecha

 M1

REGLAMENTO (CE) No 1587/2006 DE LA COMISIÓN de 23 de octubre de 2006

  L 294

25

25.10.2006

 M2

REGLAMENTO (CE) NO 1791/2006 DEL CONSEJO de 20 de noviembre de 2006

  L 363

1

20.12.2006

►M3

REGLAMENTO (CE) No 646/2008 DEL CONSEJO de 8 de julio de 2008

  L 180

5

9.7.2008

►M4

REGLAMENTO (UE) No 84/2011 DEL CONSEJO de 31 de enero de 2011

  L 28

17

2.2.2011

 M5

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 271/2011 DEL CONSEJO de 21 de marzo de 2011

  L 76

13

22.3.2011

 M6

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 505/2011 DEL CONSEJO de 23 de mayo de 2011

  L 136

48

24.5.2011

►M7

REGLAMENTO (UE) No 588/2011 DEL CONSEJO de 20 de junio de 2011

  L 161

1

21.6.2011

►M8

REGLAMENTO (UE) No 999/2011 DEL CONSEJO de 10 de octubre de 2011

  L 265

6

11.10.2011

 M9

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1000/2011 DEL CONSEJO de 10 de octubre de 2011

  L 265

8

11.10.2011

 M10

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1320/2011 DEL CONSEJO de 16 de diciembre de 2011

  L 335

15

17.12.2011

 M11

REGLAMENTO (UE) No 114/2012 DEL CONSEJO de 10 de febrero de 2012

  L 38

3

11.2.2012

 M12

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 170/2012 DEL CONSEJO de 28 de febrero de 2012

  L 55

1

29.2.2012

 M13

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 265/2012 DEL CONSEJO de 23 de marzo de 2012

  L 87

37

24.3.2012

►M14

REGLAMENTO (UE) No 354/2012 DEL CONSEJO de 23 de abril de 2012

  L 113

1

25.4.2012

►M15

REGLAMENTO (UE) No 1014/2012 DEL CONSEJO de 6 de noviembre de 2012

  L 307

1

7.11.2012

 M16

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1017/2012 DEL CONSEJO de 6 de noviembre de 2012

  L 307

7

7.11.2012

 M17

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 494/2013 DEL CONSEJO de 29 de mayo de 2013

  L 143

1

30.5.2013

 M18

REGLAMENTO (UE) No 517/2013 DEL CONSEJO de 13 de mayo de 2013

  L 158

1

10.6.2013

 M19

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1054/2013 DEL CONSEJO de 29 de octubre de 2013

  L 288

1

30.10.2013

 M20

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 46/2014 DEL CONSEJO de 20 de enero de 2014

  L 16

3

21.1.2014

 M21

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 740/2014 DEL CONSEJO de 8 de julio de 2014

  L 200

1

9.7.2014

 M22

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 1159/2014 DEL CONSEJO de 30 de octubre de 2014

  L 311

2

31.10.2014

 M23

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1133 DEL CONSEJO de 13 de julio de 2015

  L 185

1

14.7.2015

 M24

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1326 DEL CONSEJO de 31 de julio de 2015

  L 206

16

1.8.2015

 M25

REGLAMENTO (UE) 2015/1948 DEL CONSEJO de 29 de octubre de 2015

  L 284

62

30.10.2015

 M26

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2015/1949 DEL CONSEJO de 29 de octubre de 2015

  L 284

71

30.10.2015

 M27

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/276 DEL CONSEJO de 25 de febrero de 2016

  L 52

19

27.2.2016

►M28

REGLAMENTO (UE) 2016/277 DEL CONSEJO de 25 de febrero de 2016

  L 52

22

27.2.2016

 M29

REGLAMENTO (UE) 2017/331 DEL CONSEJO de 27 de febrero de 2017

  L 50

9

28.2.2017

 M30

REGLAMENTO (UE) 2018/275 DEL CONSEJO de 23 de febrero de 2018

  L 54

1

24.2.2018

 M31

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2019/1163 DE LA COMISIÓN de 5 de julio de 2019

  L 182

33

8.7.2019

 M32

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1387 DEL CONSEJO de 2 de octubre de 2020

  L 319I

1

2.10.2020

 M33

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/1648 DEL CONSEJO de 6 de noviembre de 2020

  L 370I

1

6.11.2020

 M34

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/2129 DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2020

  L 426I

1

17.12.2020

►M35

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/339 DEL CONSEJO de 25 de febrero de 2021

  L 68

29

26.2.2021

►M36

REGLAMENTO (UE) 2021/907 DEL CONSEJO de 4 de junio de 2021

  L 197I

1

4.6.2021

►M37

REGLAMENTO (UE) 2021/996 DEL CONSEJO de 21 de junio de 2021

  L 219I

1

21.6.2021

►M38

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/997 DEL CONSEJO de 21 de junio de 2021

  L 219I

3

21.6.2021

 M39

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/999 DEL CONSEJO de 21 de junio de 2021

  L 219I

55

21.6.2021

►M40

REGLAMENTO (UE) 2021/1030 DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021

  L 224I

1

24.6.2021

►M41

REGLAMENTO (UE) 2021/1985 DEL CONSEJO de 15 de noviembre de 2021

  L 405

1

16.11.2021

►M42

REGLAMENTO (UE) 2021/1986 DEL CONSEJO de 15 de noviembre de 2021

  L 405

3

16.11.2021

►M43

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2021/2124 DEL CONSEJO de 2 de diciembre de 2021

  L 430I

1

2.12.2021

►M44

REGLAMENTO (UE) 2022/212 DEL CONSEJO de 17 de febrero de 2022

  L 37

4

18.2.2022

►M45

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/300 DEL CONSEJO de 24 de febrero de 2022

  L 46

3

25.2.2022

►M46

REGLAMENTO (UE) 2022/355 DEL CONSEJO de 2 de marzo de 2022

  L 67

1

2.3.2022

►M47

REGLAMENTO (UE) 2022/398 DEL CONSEJO de 9 de marzo de 2022

  L 82

1

9.3.2022

►M48

REGLAMENTO (UE) 2022/577 DEL CONSEJO de 8 de abril de 2022

  L 111

67

8.4.2022

►M49

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2022/595 DE LA COMISIÓN de 11 de abril de 2022

  L 114

60

12.4.2022


Rectificado por:

 C1

Rectificación,, DO L 299, 17.10.2014, p.  32 (46/2014)

 C2

Rectificación,, DO L 328, 13.11.2014, p.  60 (740/2014)

 C3

Rectificación,, DO L 367, 23.12.2014, p.  126 (1159/2014)

 C4

Rectificación,, DO L 176, 7.7.2015, p.  40 (740/2014)

 C5

Rectificación,, DO L 057, 18.2.2021, p.  94 (2020/1648)

►C6

Rectificación,, DO L 079, 9.3.2022, p.  38 ((UE) 2021/1030)

►C7

Rectificación,, DO L 083I, 10.3.2022, p.  2 (2022/398)




▼B

▼M46

REGLAMENTO (CE) N.o 765/2006 DEL CONSEJO

de 18 de mayo de 2006

relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia y de la participación de este país en la agresión rusa contra Ucrania

▼B



Artículo 1

A efectos del presente Reglamento se entenderá por:

1) 

«Capitales»: los activos o beneficios financieros de cualquier naturaleza incluidos en la siguiente relación no exhaustiva:

a) 

efectivo, cheques, derechos dinerarios, efectos, giros y otros instrumentos de pago;

b) 

depósitos en instituciones financieras o de otro tipo, saldos en cuentas, créditos y títulos de crédito;

c) 

valores negociables e instrumentos de deuda públicos y privados, tales como acciones y participaciones, certificados de valores, bonos, pagarés, warrants, obligaciones y contratos sobre derivados;

d) 

intereses, dividendos u otras rentas o plusvalías devengadas o generadas por activos;

e) 

créditos, derechos de compensación, garantías, garantías de buen fin u otros compromisos financieros;

f) 

cartas de crédito, conocimientos de embarque y comprobantes de venta;

g) 

documentos que certifiquen la posesión de participaciones en capitales o recursos financieros.

2) 

«Inmovilización de capitales»: acción y efecto de impedir cualquier movimiento, transferencia, alteración, utilización, transacción de capitales o acceso a los mismos que dé lugar a un cambio del volumen, importe, localización, propiedad, posesión, naturaleza o destino de esos capitales, o cualquier otro cambio que pudiera facilitar su utilización, incluida la gestión de cartera de valores.

3) 

«Recursos económicos»: los activos de todo tipo, tangibles o intangibles, muebles o inmuebles, que no sean capitales, pero que puedan utilizarse para obtener capitales, bienes o servicios.

4) 

«Inmovilización de recursos económicos»: acción y efecto de impedir el uso de recursos económicos para obtener capitales, mercancías o servicios de cualquier manera, incluida, aunque no con carácter exclusivo, la venta, el alquiler o la hipoteca.

▼M7

5) 

«Territorio de la Comunidad»: los territorios de los Estados miembros, incluido su espacio aéreo, a los que se aplica el Tratado, en las condiciones establecidas en el Tratado.

▼M7

6) 

«Asistencia técnica» todo apoyo técnico referido a reparaciones, desarrollo, fabricación, montaje, pruebas, mantenimiento o cualquier otro servicio técnico, que podrá revestir la forma de instrucción, asesoramiento, formación, transmisión de técnicas de trabajo o conocimientos especializados o servicios de consulta; incluidas las formas verbales de ayuda.

▼C6

7) 

«compañía aérea bielorrusa»: toda empresa de transporte aéreo titular de una licencia de explotación válida, o equivalente, emitida por las autoridades competentes de Bielorrusia;

▼M46

8) 

«productos y tecnología de doble uso»: los productos que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1 );

▼C6

9) 

«servicios de inversión»: los servicios y actividades siguientes:

i) 

recepción y transmisión de órdenes en relación con uno o varios instrumentos financieros,

ii) 

ejecución de órdenes en nombre de clientes,

iii) 

negociación por cuenta propia,

iv) 

gestión de cartera,

v) 

asesoramiento en materia de inversión,

vi) 

aseguramiento de instrumentos financieros o colocación de instrumentos financieros sobre la base de un compromiso firme,

vii) 

colocación de instrumentos financieros sin compromiso firme,

viii) 

cualquier servicio relacionado con la admisión a negociación en un mercado regulado o en un sistema de negociación multilateral;

▼C7

10) 

«valores negociables»: las siguientes categorías de valores, también en forma de criptoactivos, que sean negociables en el mercado de capitales, a excepción de los instrumentos de pago:

i) 

acciones de sociedades y otros valores equiparables a las acciones de sociedades, asociaciones u otras entidades, y certificados de depósito de valores representativos de acciones,

ii) 

bonos y obligaciones u otras formas de deuda titulizada, incluidos los certificados de depósito de valores representativos de tales valores,

iii) 

otros valores que den derecho a adquirir o a vender tales valores negociables o que den lugar a una liquidación en efectivo determinada por referencia a valores negociables.

▼C6

11) 

«instrumentos del mercado monetario»: las categorías de instrumentos que se negocian habitualmente en el mercado monetario, como letras del Tesoro, certificados de depósito y efectos comerciales, excluidos los instrumentos de pago;

12) 

«entidad de crédito»: toda empresa cuya actividad consista en recibir del público depósitos u otros fondos reembolsables y conceder créditos por cuenta propia;

▼M44

13) 

«servicios de intermediación»:

i) 

la negociación o la organización de transacciones destinadas a la compra, la venta o el suministro de bienes y tecnología o de servicios financieros y técnicos, incluso procedentes de un tercer país a cualquier otro tercer país, o

ii) 

la venta o la compra de bienes y tecnología o de servicios financieros y técnicos, incluso en caso de que se encuentren en terceros países para su transferencia a otro tercer país;

14) 

«empresa pública»: toda empresa, que no sea una entidad de crédito, establecida en Bielorrusia que sea de propiedad pública en más del 50 %, o esté bajo control público, a 1 de junio de 2021;

15) 

«demanda»: toda reclamación, con independencia de que se haya realizado por la vía judicial, formulada antes o después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento en virtud de un contrato o transacción o en relación con un contrato o transacción, incluidas en particular:

i) 

toda demanda de cumplimiento de una obligación derivada de un contrato o transacción o en relación con un contrato o transacción;

ii) 

toda demanda de prórroga o pago de una fianza, una garantía financiera o una indemnización, independientemente de la forma que adopte;

iii) 

toda demanda de compensación en relación con un contrato o transacción;

iv) 

toda demanda reconvencional;

v) 

toda demanda de reconocimiento o ejecución, incluso mediante el procedimiento de exequatur, de una sentencia, un laudo arbitral o una resolución equivalente, dondequiera que se haya adoptado o dictado;

16) 

«contrato o transacción»: toda transacción, independientemente de la forma que adopte y de la legislación que le sea aplicable, tanto si comprende uno o más contratos u obligaciones similares entre partes idénticas o entre partes distintas; a tal efecto, el término «contrato» comprende cualquier fianza, garantía o indemnización, en particular una garantía o indemnización financieras, o crédito, jurídicamente independientes o no, así como toda disposición conexa derivada de la transacción o relacionada con ella;

▼M46

17) 

«financiación o asistencia financiera»: cualquier acción, independientemente del medio elegido, por la que la persona, entidad u organismo en cuestión, condicional o incondicionalmente, desembolse o se comprometa a desembolsar sus propios fondos o recursos económicos, en particular, pero no exclusivamente, subvenciones, préstamos, garantías, cauciones, obligaciones, cartas de crédito, créditos de proveedores, créditos de compradores, anticipos a la importación o a la exportación, y todo tipo de seguros y reaseguros, incluidos los seguros de crédito a la exportación; el pago así como los términos y las condiciones de pago del precio convenido por un bien o un servicio, en consonancia con las prácticas comerciales habituales, no constituyen financiación o asistencia financiera;

18) 

«país socio»: país que aplica un conjunto de medidas de control de las exportaciones sustancialmente equivalentes a las establecidas en el presente Reglamento y que figura en el anexo V ter;

19) 

«dispositivos de comunicación de consumo»: dispositivos utilizados por particulares, como ordenadores personales y periféricos (que incluyen los discos duros y las impresoras), teléfonos móviles, televisores inteligentes, dispositivos de memoria (memorias USB) y programas informáticos (software) de consumo para todos dichos dispositivos;

▼M47

20) 

«depositario central de valores»: una persona jurídica tal como se define en el artículo 2, apartado 1, punto 1, del Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 2 );

21) 

«depósito»: cualquier saldo acreedor que proceda de fondos que se hayan mantenido en cuenta o de situaciones transitorias generadas por operaciones bancarias normales y que una entidad de crédito tenga obligación de restituir en las condiciones legales y contractuales aplicables, inclusive los depósitos a plazo fijo y los depósitos de ahorro, pero excluido el saldo acreedor cuando concurra alguna de las condiciones siguientes:

i) 

su existencia solo pueda probarse mediante un instrumento financiero tal como se define en el artículo 4, apartado 1, punto 15, de la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 3 ), a no ser que se trate de un producto de ahorro representado por un certificado de depósito emitido a nombre de una determinada persona y que exista en un Estado miembro a fecha de 2 de julio de 2014,

ii) 

si el principal no es reembolsable por su valor nominal,

iii) 

si el principal solo es reembolsable por su valor nominal con una garantía o acuerdo especial de la entidad de crédito o de un tercero;

22) 

«regímenes de ciudadanía para inversores» (o «pasaportes dorados»): procedimientos establecidos por un Estado miembro que permiten a nacionales de terceros países adquirir la nacionalidad de dicho Estado miembro a cambio de pagos e inversiones predeterminados;

23) 

«programas de residencia para inversores» (o «visados dorados»): procedimientos establecidos por un Estado miembro que permiten a nacionales de terceros países obtener un permiso de residencia en un Estado miembro a cambio de pagos e inversiones predeterminados;

24) 

«centro de negociación», tal como se define en el artículo 4, apartado 1, punto 24 de la Directiva 2014/65/UE: un mercado regulado, sistema multilateral de negociación o sistema organizado de negociación;

▼M48

25) 

«empresa de transporte por carretera»: toda persona física o jurídica, entidad u organismo que se dedique con fines comerciales al transporte de mercancías mediante vehículos de motor o conjuntos de vehículos.

▼M7

Artículo 1 bis

1.  

Queda prohibido:

a) 

vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, equipos que puedan ser utilizados para la represión interna, conforme a la lista establecida en el anexo III, procedentes o no de la Unión, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

b) 

participar consciente y deliberadamente en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones a que se refiere la letra a).

2.  
Lo dispuesto en el apartado 1 no se aplicará a las prendas de protección, incluidos los chalecos antimetralla y los cascos militares, exportados temporalmente a Belarús por el personal de las Naciones Unidas, el personal de la Unión o de sus Estados miembros, los representantes de los medios de comunicación, el personal humanitario y de ayuda al desarrollo y personal asociado, exclusivamente para su propio uso.
3.  
No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes de los Estados miembros que figuran en el anexo II podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de equipos que puedan utilizarse para la represión interior, en las condiciones que estimen adecuadas, si consideran que dichos equipos se destinarán exclusivamente a un uso humanitario o de protección.

▼M40 —————

▼M7

Artículo 1 ter

1.  

Queda prohibido:

a) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica relacionada con los bienes y la tecnología enumerados en la Lista Común Militar de la Unión Europea ( 4 ) («Lista Común Militar»), o relativa al suministro, fabricación, mantenimiento y uso de los bienes incluidos en dicha lista, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

b) 

facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica o servicios de intermediación relacionados con equipos que puedan utilizarse para la represión interna conforme a la lista establecida en el anexo III, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

c) 

proporcionar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera relacionada con los bienes y la tecnología enumerados en la Lista Común Militar o en el anexo III, en particular subvenciones, préstamos y seguros de crédito a la exportación, para la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de tales bienes, o para la prestación de asistencia técnica conexa, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Belarús, o para su utilización en Belarús;

d) 

participar consciente y deliberadamente en actividades cuyo objeto o efecto sea eludir las prohibiciones a que se refieren las letras a) a c).

2.  

No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las prohibiciones contempladas en el mismo no se aplicarán a:

a) 

equipos militares no mortíferos, o equipos que puedan utilizarse para la represión interna, destinados únicamente a uso humanitario o de protección, o a los programas de desarrollo institucional de las Naciones Unidas y la Unión, o a operaciones de gestión de crisis de las Naciones Unidas o la UE; o

b) 

vehículos que no sean de combate provistos de material de protección balística destinados exclusivamente a la protección del personal de la Unión y de sus Estados miembros en Belarús;

siempre que tal suministro haya sido aprobado previamente por las autoridades competentes de algún Estado miembro, tal como se mencionan en los sitios web enumerados en el anexo II.

3.  
Lo dispuesto en el apartado 1 no se aplicará a las prendas de protección, incluidos los chalecos antimetralla y los cascos militares, exportados temporalmente a Belarús por el personal de las Naciones Unidas, el personal de la Unión o de sus Estados miembros, los representantes de los medios de comunicación, el personal humanitario y de ayuda al desarrollo y personal asociado, exclusivamente para su propio uso.

▼M40 —————

▼M40

Artículo 1 quater

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, los equipos, tecnología o programas informáticos indicados en el anexo IV, independientemente de que sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia, a menos que la autoridad competente del Estado miembro de que se trate, indicada en los sitios web enumerados en el anexo II, haya dado previamente su autorización.
2.  
Las autoridades competentes de los Estados miembros indicadas en los sitios web enumerados en el anexo II no concederán ninguna autorización con arreglo al apartado 1 en caso de tener motivos razonables para determinar que los equipos, tecnología o programas informáticos podrían ser utilizados para la represión interna por parte del Gobierno o los organismos, empresas y agencias públicos de Bielorrusia, o por cualquier persona física o jurídica o entidad que actúe en su nombre o por indicación suya.
3.  
El anexo IV incluirá los equipos, tecnología o programas informáticos destinados principalmente a ser utilizados en el seguimiento o interceptación de las comunicaciones telefónicas o por internet.
4.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del presente artículo en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 quinquies

1.  

Salvo que la autoridad competente del Estado miembro de que se trate, indicada en los sitios de internet enumerados en el anexo II, haya dado previamente su autorización de conformidad con el artículo 1 quater, apartado 2, queda prohibido:

a) 

facilitar, directa o indirectamente, asistencia técnica o servicios de intermediación relacionados con los equipos, tecnologías y programas informáticos indicados en el anexo IV, o relacionados con la instalación, suministro, fabricación, mantenimiento y utilización de los equipos y tecnología indicados en el anexo IV o con el suministro, instalación, explotación o actualización de los programas informáticos indicados en el anexo IV, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia;

b) 

facilitar, directa o indirectamente, financiación o asistencia financiera relacionadas con los equipos, tecnologías y programas informáticos indicados en el anexo IV, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia;

c) 

prestar cualquier tipo de servicio de seguimiento o interceptación de telecomunicaciones o comunicaciones por internet al Gobierno o los organismos, empresas y agencias públicos de Bielorrusia, así como a cualquier persona física o jurídica o entidad que actúen en su nombre o por indicación suya, o prestarlos en su beneficio directo o indirecto.

2.  
A efectos del apartado 1, letra c), por «servicio de seguimiento o interceptación de telecomunicaciones o comunicaciones por internet» se entenderá los servicios que proporcionen, en particular utilizando equipos, tecnologías o programas informáticos indicados en el anexo IV, acceso y disponibilidad de los datos de llamadas y telecomunicaciones, entrantes y salientes, de una persona, con fines de extracción, descodificación, grabación, tratamiento, análisis o almacenamiento, o cualquier otra actividad relacionada.

▼M46

Artículo 1 sexies

1.  
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 1 bis, 1 quater y 1 vicies, queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, productos y tecnología de doble uso, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país.
2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología mencionados en el apartado 1, o con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología mencionados en el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica conexa, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país.

3.  

Sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 del presente artículo no se aplicarán a la venta, suministro, transferencia o exportación de productos y tecnología de doble uso o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a:

a) 

fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales;

b) 

fines médicos o farmacéuticos;

c) 

el uso temporal en medios informativos;

d) 

actualizaciones de programas informáticos (software);

e) 

su uso como dispositivos de comunicación de consumo;

f) 

garantizar la ciberseguridad y la seguridad de la información de las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos sitos en Bielorrusia, excepto su Gobierno y las empresas controladas directa o indirectamente por este, o

g) 

el uso personal de las personas físicas que viajan a Bielorrusia, y que se limitan a efectos personales, efectos domésticos, vehículos o herramientas profesionales propiedad de dichas personas físicas y que no están destinados a la venta.

Con excepción de las letras f) y g), el exportador declarará en la declaración aduanera que los productos son exportados con arreglo a la excepción pertinente establecida en el presente apartado y notificará a la autoridad competente del Estado miembro en el que resida o esté establecido el primer uso de la excepción pertinente en un plazo de treinta días a partir de esa primera exportación.

4.  

No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del presente artículo, y sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología de doble uso o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que tales productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas están destinados a:

a) 

la cooperación entre la Unión, los Gobiernos de los Estados miembros y el Gobierno de Bielorrusia en asuntos puramente civiles;

b) 

la cooperación intergubernamental en programas espaciales;

c) 

la explotación, el mantenimiento, el retratamiento de combustible y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como a la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo;

d) 

la seguridad marítima;

e) 

redes civiles de telecomunicaciones, incluida la prestación de servicios de internet;

f) 

el uso exclusivo de entidades que sean propiedad o estén controladas individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro o de un país socio;

g) 

las representaciones diplomáticas de la Unión, los Estados miembros y los países socios, incluidas las delegaciones, las embajadas y las misiones diplomáticas.

5.  
No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del presente artículo, y sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología de doble uso o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que tales productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas fueron comprometidos en virtud de contratos celebrados antes del 3 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos, a condición de que tal autorización se solicite antes del 1 de mayo de 2022.
6.  
Las autorizaciones exigidas en virtud del presente artículo serán concedidas por la autoridad competente correspondiente de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, que se aplicará mutatis mutandis. Tales autorizaciones serán válidas en toda la Unión.
7.  

Al decidir sobre solicitudes de autorización con arreglo a los apartados 4 y 5, las autoridades competentes denegarán la autorización si tienen motivos fundados para creer que:

i) 

el usuario final puede ser militar o una persona física o jurídica, entidad u organismo que figura en el anexo V, o el uso final de los productos puede tener carácter militar, o

ii) 

la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y la tecnología a que se refiere el apartado 1, o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexa están destinados a la aviación o la industria espacial.

8.  
Las autoridades competentes podrán anular, suspender, modificar o revocar una autorización que hayan concedido de conformidad con los apartados 4 y 5 si consideran que tal anulación, suspensión, modificación o revocación es necesaria para la ejecución efectiva del presente Reglamento.

Artículo 1 septies

1.  
Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 1 bis, 1 quater y 1 vicies, queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar directa o indirectamente los productos y la tecnología que puedan contribuir a la mejora militar y tecnológica de Bielorrusia, o al desarrollo de su sector de la defensa y la seguridad, que figuran en el anexo V bis, sean originarios o no de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su utilización en ese país.
2.  

Queda prohibido:

a) 

prestar asistencia técnica, servicios de intermediación u otros servicios en relación con los productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o con el suministro, la fabricación, el mantenimiento y la utilización de dichos productos y tecnología, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia o para su utilización en ese país;

b) 

proporcionar financiación o asistencia financiera en relación con los productos y tecnología mencionados en el apartado 1 para cualquier operación de venta, suministro, transferencia o exportación de dichos productos y tecnología, o para prestar asistencia técnica conexa, servicios de intermediación u otros servicios conexos, directa o indirectamente, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país.

3.  

Las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a:

a) 

fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales;

b) 

fines médicos o farmacéuticos;

c) 

el uso temporal en medios informativos;

d) 

actualizaciones de programas informáticos (software);

e) 

su uso como dispositivos de comunicación de consumo;

f) 

garantizar la ciberseguridad y la seguridad de la información de las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos sitos en Bielorrusia, excepto su Gobierno y las empresas controladas directa o indirectamente por este, o

g) 

el uso personal de las personas físicas que viajan a Bielorrusia, y que se limitan a efectos personales, efectos domésticos, vehículos o herramientas profesionales propiedad de dichas personas físicas y que no están destinados a la venta.

Con excepción de las letras f) y g), el exportador declarará en su declaración aduanera que los productos son exportados con arreglo a la excepción pertinente establecida en el presente apartado y notificará a la autoridad competente del Estado miembro en el que resida o esté establecido el primer uso de la excepción pertinente en un plazo de treinta días a partir de esa primera exportación.

4.  

No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que tales productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas están destinados a:

a) 

la cooperación entre la Unión, los Gobiernos de los Estados miembros y el Gobierno de Bielorrusia en asuntos puramente civiles;

b) 

la cooperación intergubernamental en programas espaciales;

c) 

la explotación, el mantenimiento, el retratamiento de combustible y la seguridad de las capacidades nucleares civiles, así como a la cooperación nuclear civil, en particular en el ámbito de la investigación y el desarrollo;

d) 

la seguridad marítima;

e) 

redes civiles de telecomunicaciones, incluida la prestación de servicios de internet;

f) 

el uso exclusivo de entidades que sean propiedad o estén controladas individual o conjuntamente por una persona jurídica, entidad u organismo que esté establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro o de un país socio, o

g) 

las representaciones diplomáticas de la Unión, los Estados miembros y los países socios, incluidas las delegaciones, las embajadas y las misiones diplomáticas.

5.  
No obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de productos y tecnología mencionados en el apartado 1 o la prestación de asistencia técnica o financiera conexas para un uso no militar y un usuario final no militar, tras haber determinado que dichos productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexas fueron comprometidos en virtud de contratos celebrados antes del 3 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos, a condición de que dicha autorización se solicite antes del 1 de mayo de 2022.
6.  
Las autorizaciones exigidas en virtud del presente artículo serán concedidas por la autoridad competente correspondiente de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, que se aplicará mutatis mutandis. Tales autorizaciones serán válidas en toda la Unión.
7.  

Al decidir sobre una solicitud de autorización a que se refieren los apartados 4 y 5, las autoridades competentes denegarán autorizaciones si tienen motivos fundados para creer que:

i) 

el usuario final puede ser militar o una persona física o jurídica, entidad u organismo que figura en el anexo V, o que el uso final de los productos puede tener carácter militar, o

ii) 

la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y la tecnología a que se refiere el apartado 1, o la prestación de la asistencia técnica o financiera conexa están destinados a la aviación o la industria espacial.

8.  
Las autoridades competentes podrán anular, suspender, modificar o revocar una autorización que hayan concedido de conformidad con los apartados 4 y 5 si consideran que tal anulación, suspensión, modificación o revocación es necesaria para la ejecución efectiva del presente Reglamento.

▼M46

Artículo 1 septies bis

1.  

Por lo que respecta a las entidades que figuran en el anexo V, no obstante lo dispuesto en los apartados 1 y 2 de los artículos 1 sexies y 1 septies, y sin perjuicio de los requisitos de autorización en virtud del Reglamento (UE) 2021/821, las autoridades competentes solo podrán autorizar la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de los productos y tecnología de doble uso que figuran en el anexo V bis o la prestación de asistencia técnica o financiera conexa tras haber determinado que tales productos o tecnología o asistencia técnica o financiera conexa:

a) 

son necesarios para la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o

b) 

fueron comprometidos en virtud de contratos celebrados antes del 3 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos, a condición de que tal autorización se solicite antes del 1 de mayo de 2022.

2.  
Las autorizaciones exigidas en virtud del presente artículo serán concedidas por las autoridades competentes del Estado miembro de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en el Reglamento (UE) 2021/821, que se aplicará mutatis mutandis. Tales autorizaciones serán válidas en toda la Unión.
3.  
Las autoridades competentes podrán anular, suspender, modificar o revocar una autorización que hayan concedido de conformidad con el apartado 1 si consideran que tal anulación, suspensión, modificación o revocación es necesaria para la ejecución efectiva del presente Reglamento.

Artículo 1 septies ter

1.  
La notificación a la autoridad competente a que se refieren el apartado 3 de los artículos 1 sexies y 2 septies, se presentará por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.
2.  
Todas las autorizaciones a que se refieren los artículos 1 sexies y 1 septies se presentarán por medios electrónicos, siempre que sea posible, en formularios que contengan al menos todos los elementos de los modelos que figuran en el anexo V quater y en el orden previsto en ellos.

Artículo 1 septies quater

1.  
Las autoridades competentes intercambiarán con los demás Estados miembros y la Comisión información sobre las autorizaciones concedidas y las denegaciones emitidas de conformidad con los artículos 1 sexies, 1 septies y 1 septies bis. Dicho intercambio de información se realizará a través del sistema electrónico a que se refiere el artículo 23, apartado 6, del Reglamento (UE) 2021/821.
2.  
La información recibida en aplicación del presente artículo solo podrá utilizarse para el fin para el que haya sido solicitada, incluidos los intercambios de información mencionados en el apartado 4. Los Estados miembros y la Comisión velarán por la protección de la información confidencial obtenida en aplicación del presente artículo de conformidad con el Derecho de la Unión y las respectivas normativas nacionales. Los Estados miembros y la Comisión velarán por que la información clasificada que se haya facilitado o intercambiado con arreglo al presente artículo no sufra una reducción del grado de clasificación o la desclasificación sin el consentimiento previo por escrito del originador.
3.  
Antes de conceder una autorización con arreglo los artículos 1 sexies, 1 septies o 1 septies bis para una operación fundamentalmente idéntica a otra objeto de una denegación que siga estando vigente, emitida por otro u otros Estados miembros, todo Estado miembro deberá consultar primero al Estado o Estados miembros que hayan emitido las denegaciones. Si, una vez efectuadas dichas consultas, el Estado miembro de que se trate decide conceder una autorización, informará de ello a los demás Estados miembros y a la Comisión y facilitará toda la información pertinente para explicar su decisión.
4.  
La Comisión, en consulta con los Estados miembros, intercambiará, cuando proceda y sobre la base de la reciprocidad, información con los países socios, con el fin de reforzar la eficacia de las medidas de control de las exportaciones contempladas en el presente Reglamento y la aplicación coherente de las medidas de control de las exportaciones puestas en práctica por los países socios.

▼M40

Artículo 1 octies

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar los productos enumerados en el anexo VI, sean o no originarios de la Unión, a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo en Bielorrusia o para su uso en Bielorrusia.

▼M46

1bis.  
Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en el apartado 1.

▼M44

2.  
El anexo VI incluirá los productos empleados para la producción o fabricación de productos del tabaco.

▼M46 —————

▼M40

Artículo 1 nonies

▼M44

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar a la Unión, directa o indirectamente, ►M46  productos minerales ◄ enumerados en el anexo VII si estos:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, ►M46  productos minerales ◄ enumerados en el anexo VII que se hallen en Bielorrusia o que sean originarios de dicho país;

c) 

transportar ►M46  productos minerales ◄ enumerados en el anexo VII si son originarios de Bielorrusia o se exportan desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 no se aplicarán a la compra en Bielorrusia de ►M46  productos minerales ◄ enumerados en el anexo VII que sean necesarios para satisfacer las necesidades esenciales del comprador en Bielorrusia o de proyectos humanitarios en Bielorrusia.

▼M46 —————

▼M44

4.  
El apartado 1 se entenderá sin perjuicio de la libertad de tránsito a través de Bielorrusia de ►M46  productos minerales ◄ enumerados en el anexo VII que sean originarios de un tercer país.

▼M40

Artículo 1 decies

1.  
Queda prohibido importar, comprar o transferir, directa o indirectamente, productos de cloruro de potasio contemplados en el anexo VIII desde Bielorrusia, sean o no originarios de dicho país.

▼M46

1bis.  
Queda prohibido proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en el apartado 1.

▼M46 —————

▼M40

Artículo 1 undecies

Quedan prohibidas las operaciones directas o indirectas de compra o venta, prestación de servicios de inversión o de asistencia en la emisión, o cualquier otra forma de negociación, en relación con valores negociables e instrumentos del mercado monetario con vencimiento superior a 90 días, emitidos después del 29 de junio de 2021 por:

▼M44

a) 

la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos;

b) 

una entidad de crédito importante establecida en Bielorrusia que sea de propiedad pública en más del 50 %, o esté bajo control público, a 1 de junio de 2021, que figure en la lista del anexo IX;

c) 

personas jurídicas, entidades u organismos establecidos fuera de la Unión cuyos derechos de propiedad pertenezcan, directa o indirectamente, en más del 50 % a una de las entidades a que se refieren las letras a) o b) del presente artículo, o

d) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que actúen en nombre o bajo la dirección de una de las entidades a que se refieren las letras a), b) o c) del presente artículo.

▼M47

Artículo 1 undecies bis

1.  
Quedan prohibidas las transacciones con la gestión de reservas y de activos del Banco Central de Bielorrusia, incluidas las transacciones con cualquier persona jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o bajo la dirección del Banco Central de Bielorrusia.
2.  
Como excepción a lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar una transacción a condición de que sea estrictamente necesaria para garantizar la estabilidad financiera de la Unión en su conjunto o del Estado miembro de que se trate.
3.  
El Estado miembro de que se trate informará inmediatamente a los demás Estados miembros y a la Comisión de su intención de conceder una autorización en aplicación del apartado 2.

Artículo 1 undecies ter

Queda prohibido cotizar y prestar servicios a partir del 12 de abril de 2022 en centros de negociación registrados o reconocidos en la Unión en relación con los valores negociables de cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecidos en Bielorrusia y que sean de propiedad pública en más del 50 %.

▼M40

Artículo 1 duodecies

1.  

Queda prohibido celebrar un acuerdo, o ser parte en él, directa o indirectamente, cuyo fin sea otorgar nuevos préstamos o créditos con vencimiento superior a 90 días después del 29 de junio de 2021 a:

▼M44

a) 

la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos;

b) 

una entidad de crédito importante establecida en Bielorrusia que sea de propiedad pública en más del 50 %, o esté bajo control público, a 1 de junio de 2021, que figure en la lista del anexo IX;

c) 

personas jurídicas, entidades u organismos establecidos fuera de la Unión cuyos derechos de propiedad pertenezcan, directa o indirectamente, en más del 50 % a una de las entidades a que se refieren las letras a) o b) del presente apartado, o

d) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que actúen en nombre o bajo la dirección de una de las entidades a que se refieren en las letras a), b) o c) del presente apartado.

▼M40

2.  
La prohibición no se aplicará a los préstamos o créditos que tengan por objetivo específico y documentado facilitar financiación para la importación o exportación no prohibidas de bienes y servicios no financieros entre la Unión y cualquier tercer Estado, incluido el gasto en concepto de bienes y servicios procedentes de otro tercer Estado que sea necesario para ejecutar contratos de importación o exportación.
3.  

La autoridad competente de un Estado miembro también podrá conceder, en las condiciones que considere oportunas, una autorización para celebrar un acuerdo de préstamo o crédito de los contemplados en el apartado 1, o para ser parte en él, si ha determinado que:

i) 

las actividades en cuestión tienen por objeto prestar apoyo a la población civil bielorrusa, como asistencia humanitaria, a proyectos medioambientales y a la seguridad nuclear, o el préstamo o crédito es necesario a fin de cumplir con las reservas mínimas legales obligatorias o requisitos similares para satisfacer los criterios de solvencia y liquidez aplicables a las entidades financieras de Bielorrusia en las que tengan una participación mayoritaria entidades financieras de la Unión, y

ii) 

las actividades en cuestión no implican que se pongan, directa o indirectamente, a disposición de las personas, entidades u organismos a que se refiere el artículo 2, o en su beneficio, fondos o recursos económicos.

Cuando aplique las condiciones previstas en los incisos i) y ii), la autoridad competente exigirá información adecuada sobre la utilización de la autorización concedida, incluida información relativa a la finalidad de las actividades en cuestión y a sus contrapartes.

El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del presente artículo dentro de las dos semanas siguientes a la autorización.

▼M46 —————

▼M42

Artículo 1 terdecies

1.  

Queda prohibido prestar cobertura de seguros o reaseguros a:

▼M44

i) 

la República de Bielorrusia, su Gobierno, sus organismos, empresas o agencias públicos, o

▼M42

ii) 

cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo que actúe en nombre o por indicación de una persona jurídica, entidad u organismo a que se refiere el inciso i).

2.  
Las prohibiciones del apartado 1 no se aplicarán a los contratos de seguros obligatorios o de responsabilidad civil a personas, entidades u organismos bielorrusos cuando el riesgo asegurado esté situado en la Unión, ni a la prestación de cobertura aseguradora a las misiones diplomáticas o consulares bielorrusas en la Unión.

▼M46 —————

▼M40

Artículo 1 quaterdecies

▼M47

Queda prohibido participar de manera consciente y deliberada en actividades cuyo objeto o efecto sea, directa o indirectamente, eludir las prohibiciones establecidas en el presente Reglamento.

▼M40

Artículo 1 quindecies

Además de las prohibiciones establecidas en el artículo 1 duodecies, el Banco Europeo de Inversiones (BEI):

a) 

estará sujeto a la prohibición de efectuar cualquier desembolso o pago en virtud de acuerdos vigentes celebrados entre la República de Bielorrusia o cualquiera de sus autoridades públicas y el BEI, o en relación con dichos acuerdos, y

b) 

suspenderá todos los contratos de servicios de asistencia técnica existentes relativos a proyectos financiados al amparo de los acuerdos a que se refiere la letra a), y cuya finalidad sea el beneficio directo o indirecto de la República de Bielorrusia, o de cualquiera de sus autoridades públicas, que fueran a ejecutarse en Bielorrusia.

▼M46

Artículo 1 sexdecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de madera que figuran en el anexo X, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de madera que figuran en el anexo X que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de madera que figuran en el anexo X si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 septdecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de cemento que figuran en el anexo XI, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de cemento que figuran en el anexo XI que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de cemento que figuran en el anexo XI si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 octodecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de hierro y acero que figuran en el anexo XII, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de hierro y acero que figuran en el anexo XII que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de hierro y acero que figuran en el anexo XII si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 novodecies

1.  

Queda prohibido:

a) 

importar en la Unión, directa o indirectamente, los productos de caucho que figuran en el anexo XIII, si:

i) 

son originarios de Bielorrusia, o

ii) 

han sido exportados desde Bielorrusia;

b) 

comprar, directa o indirectamente, los productos de caucho que figuran en el anexo XIII que se hallen en Bielorrusia o sean originarios de dicho país;

c) 

transportar los productos de caucho que figuran en el anexo XIII si son originarios de Bielorrusia o son exportados desde dicho país a cualquier otro;

d) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en las letras a), b) y c).

2.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

Artículo 1 vicies

1.  

Queda prohibido:

a) 

vender, suministrar, transferir o exportar, directa o indirectamente, las máquinas que figuran en el anexo XIV, originarias o no de la Unión, a cualquier persona, entidad u organismo sitos en Bielorrusia, o para su utilización en ese país;

b) 

proporcionar, directa o indirectamente, asistencia técnica, servicios de intermediación, financiación o asistencia financiera, incluidos derivados financieros, así como cobertura de seguro y reaseguro, relacionados con las prohibiciones establecidas en la letra a).

2.  

Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 no se aplicarán a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de las máquinas mencionados en el apartado 1 o a la prestación de asistencia técnica o financiera conexas, para un uso no militar y para un usuario final no militar, que estén destinados a:

a) 

fines humanitarios, emergencias sanitarias, la urgente prevención o mitigación de un acaecimiento que pueda tener una repercusión grave e importante en la salud y seguridad humanas o en el medio ambiente, o como respuesta a catástrofes naturales;

b) 

fines médicos o farmacéuticos;

c) 

el uso temporal en medios informativos;

d) 

actualizaciones de programas informáticos (software);

e) 

su uso como dispositivos de comunicación de consumo;

f) 

garantizar la ciberseguridad y la seguridad de la información de las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos sitos en Bielorrusia, excepto su Gobierno y las empresas controladas directa o indirectamente por este, o

g) 

el uso personal de las personas físicas que viajan a Bielorrusia, y que se limitan a efectos personales, efectos domésticos, vehículos o herramientas profesionales propiedad de dichas personas físicas y que no están destinados a la venta.

Con excepción de las letras f) y g), el exportador declarará en su declaración aduanera que los productos son exportados con arreglo a la excepción pertinente establecida en el presente apartado y notificará a la autoridad competente del Estado miembro en el que resida o esté establecido el primer uso de la excepción pertinente en un plazo de treinta días a partir de esa primera exportación.

3.  
Las prohibiciones establecidas en el apartado 1 se entenderán sin perjuicio de la ejecución, hasta el 4 de junio de 2022, de los contratos celebrados antes del 2 de marzo de 2022, o de contratos accesorios necesarios para la ejecución de tales contratos.

▼M47

Artículo 1 unvicies

1.  
Queda prohibido proporcionar financiación o asistencia financiera públicas para el comercio con Bielorrusia o la inversión en ese país.
2.  

La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a:

a) 

los compromisos vinculantes de financiación o de asistencia financiera contraídos antes del 10 de marzo de 2022;

b) 

el suministro de financiación o asistencia financiera públicas por un importe máximo de 10 000 000  EUR por proyecto en beneficio de las pequeñas y medianas empresas establecidas en la Unión, o

c) 

el suministro de financiación o asistencia financiera públicas para el comercio de alimentos, o para fines agrícolas, médicos o humanitarios.

Artículo 1 duovicies

1.  
Queda prohibido aceptar depósitos de nacionales bielorrusos o de personas físicas que residan en Bielorrusia o de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en ese país, si el valor total de los depósitos de la persona física o jurídica, entidad u organismo por entidad de crédito es superior a 100 000  EUR.
2.  
El apartado 1 no se aplicará a los nacionales de un Estado miembro, de un país miembro del Espacio Económico Europeo o de Suiza ni a las personas físicas que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro, en un país miembro del Espacio Económico Europeo o en Suiza.
3.  
El apartado 1 no se aplicará a los depósitos que sean necesarios para el comercio transfronterizo no prohibido de bienes y servicios entre la Unión y Bielorrusia.

Artículo 1 tervicies

1.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1 duovicies, apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la aceptación de tales depósitos, en las condiciones que consideren oportunas, tras haber determinado que estos:

a) 

son necesarios para satisfacer las necesidades básicas de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos contemplados en el artículo 5 duovicies, apartado 1, y de los familiares a su cargo, como el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;

b) 

se destinan exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables o al reembolso de gastos correspondientes a la prestación de servicios jurídicos;

c) 

son necesarios para gastos extraordinarios, siempre y cuando la autoridad competente pertinente haya notificado a las autoridades competentes de los demás Estados miembros y a la Comisión, al menos dos semanas antes de la autorización, los motivos por los cuales considera que debe concederse una autorización específica, o

d) 

son necesarios para fines oficiales de una misión diplomática, oficina consular u organización internacional.

2.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del apartado 1, letras a), b) o d), en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 quatervicies

1.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 1 duovicies, apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la aceptación de tales depósitos, en las condiciones que consideren oportunas, tras haber determinado que estos:

a) 

son necesarios para fines humanitarios, tales como prestar o facilitar asistencia, incluidos los productos médicos y los alimentos, o el traslado de trabajadores humanitarios y la asistencia correspondiente, o para evacuaciones, o

b) 

son necesarios para las actividades de la sociedad civil que promuevan directamente la democracia, los derechos humanos o el Estado de Derecho en Bielorrusia.

2.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida en virtud del apartado 1, en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

Artículo 1 quinvicies

1.  
Queda prohibido que los depositarios centrales de valores de la Unión presten cualquier servicio, tal como se define en el anexo del Reglamento (UE) n.o 909/2014, para los valores negociables emitidos después del 12 de abril de 2022 a cualquier nacional bielorruso o persona física que resida en Bielorrusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en ese país.
2.  
El apartado 1 no se aplicará a los nacionales de un Estado miembro ni a las personas físicas que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro.

Artículo 1 sexvicies

▼M48

1.  
Queda prohibido vender valores negociables denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro emitidos después del 12 de abril de 2022, o participaciones en organismos de inversión colectiva que ofrezcan exposición a dichos valores, a cualquier nacional bielorruso o persona física que resida en Bielorrusia o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia.

▼M47

2.  
El apartado 1 no se aplicará a los nacionales de un Estado miembro ni a las personas físicas que dispongan de un permiso de residencia temporal o permanente en un Estado miembro.

Artículo 1 septvicies

Sin perjuicio de las normas aplicables en materia de comunicación de información, confidencialidad y secreto profesional, las entidades de crédito:

a) 

facilitarán a la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que estén situadas o a la Comisión, a más tardar el 27 de mayo de 2022, una lista de los depósitos superiores a 100 000  EUR de nacionales bielorrusos o personas físicas residentes en Bielorrusia, o de personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en ese país. Facilitarán información actualizada sobre el importe de dichos depósitos cada 12 meses;

b) 

facilitarán a la autoridad nacional competente del Estado miembro en el que estén situadas información sobre los depósitos superiores a 100 000  EUR de nacionales bielorrusos o personas físicas residentes en Bielorrusia que hayan adquirido la nacionalidad de un Estado miembro o derechos de residencia en un Estado miembro a través de un programa de ciudadanía para inversores o de un programa de residencia para inversores.

▼M48

Artículo 1 septvicies bis

1.  
Queda prohibido vender, suministrar, transferir o exportar billetes denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro a Bielorrusia o a cualquier persona física o jurídica, entidad u organismo de Bielorrusia, incluidos el Gobierno y el Banco Central de Bielorrusia, o para su uso en Bielorrusia.
2.  

La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a la venta, el suministro, la transferencia o la exportación de billetes denominados en cualquier moneda oficial de un Estado miembro siempre que dicha venta, suministro, transferencia o exportación sea necesaria para:

a) 

uso personal de personas físicas que viajen a Bielorrusia o de sus familiares más cercanos que viajen con ellos, o

b) 

fines oficiales de las misiones diplomáticas, las oficinas consulares o las organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.

▼M47

Artículo 1 septvicies ter

Queda prohibido, a partir del 20 de marzo de 2022, prestar servicios especializados de mensajería financiera, utilizados para intercambiar datos financieros, a las personas jurídicas, entidades y organismos que figuren en el anexo XV o a cualquier persona jurídica, entidad u organismo establecido en Bielorrusia cuyos derechos de propiedad pertenezcan directa o indirectamente en más del 50 % a una entidad que figure en el anexo XV.

▼M48

Artículo 1 septvicies quater

1.  
Se prohíbe a las empresas de transporte por carretera establecidas en Bielorrusia transportar mercancías por carretera en el territorio de la Unión, ni siquiera en tránsito.
2.  
La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará a las empresas de transporte por carretera que transporten correo como servicio universal.
3.  

La prohibición establecida en el apartado 1 no se aplicará hasta el 16 de abril de 2022 al transporte de mercancías que haya comenzado antes del 9 de abril de 2022, siempre que el vehículo de la empresa de transporte por carretera:

a) 

ya se encontrara en el territorio de la Unión el 9 de abril de 2022, o

b) 

necesite transitar por la Unión para regresar a Bielorrusia.

4.  

No obstante lo dispuesto en el apartado 1, las autoridades competentes de un Estado miembro podrán autorizar el transporte de mercancías por una empresa de transporte por carretera establecida en Bielorrusia si tales autoridades han determinado que dicho transporte es necesario para:

a) 

la compra, la importación o el transporte en la Unión de gas natural y petróleo, incluidos los productos refinados del petróleo, así de como titanio, aluminio, cobre, níquel, paladio y mineral de hierro;

b) 

la compra, la importación o el transporte de productos farmacéuticos, médicos, agrícolas y alimentarios, incluido el trigo, así como aquellos fertilizantes cuya importación, compra y transporte estén permitidos en virtud del presente Reglamento;

c) 

fines humanitarios, o

d) 

el funcionamiento de las representaciones diplomáticas y consulares de la Unión y de los Estados miembros en Bielorrusia, incluidas las delegaciones, embajadas y misiones, o las organizaciones internacionales en Bielorrusia que gocen de inmunidad conforme al Derecho internacional.

5.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 4 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼M15

Artículo 2

1.  
Se inmovilizarán todos los capitales y recursos económicos cuya propiedad, control o tenencia corresponda a las personas físicas o jurídicas, las entidades o los organismos enumerados en el anexo I.
2.  
No se pondrá a disposición directa ni indirecta de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos enumerados en el anexo I, ni se utilizará en su beneficio ningún tipo de capitales o recursos económicos.
3.  
Queda prohibida la participación voluntaria y deliberada en actividades cuyo objeto o efecto directo o indirecto sea la elusión de las medidas mencionadas en los apartados 1 y 2.
4.  
El anexo I constará de una lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra a), de la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, de 15 de octubre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Belarús ( 5 ), han sido consideradas por el Consejo responsables de graves violaciones de los derechos humanos o de la represión contra la sociedad civil y la oposición democrática, o cuyas actividades perjudiquen gravemente de cualquier otra manera a la democracia o al Estado de Derecho en Belarús, o cualesquiera personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con ellas, así como de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que sean de su propiedad o estén bajo su control.
5.  
El anexo I también constará de una lista de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra a), de la Decisión 2012/642/PESC del Consejo, considera que se benefician del régimen de Lukashenko o lo apoyan, así como de las personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que estén bajo su control.

▼M28 —————

▼M41

6.  

El anexo I constará asimismo de una lista de:

a) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra c), de la Decisión 2012/642/PESC, considera organizadores o contribuyentes a actividades del régimen de Lukashenko que faciliten:

i) 

el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión, o

ii) 

la transferencia de mercancías prohibidas y la transferencia ilegal de mercancías restringidas, incluidas las mercancías peligrosas, en el territorio de la Unión, y

b) 

personas jurídicas, entidades u organismos que el Consejo, de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra d), de la Decisión 2012/642/PESC, considere personas jurídicas, entidades u organismos de propiedad o bajo control de las personas, entidades u organismos a que se refiere la letra a).

▼M44

Artículo 2 bis

Las acciones de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos no originarán ningún tipo de responsabilidad para dichas personas, entidades u organismos en caso de que ignorasen o no tuviesen motivos fundados para sospechar que sus acciones podrían infringir las medidas establecidas en el presente Reglamento.

▼M4

Artículo 2 ter

1.  
En el ►M15  anexo I ◄ se enumerarán los motivos de la inclusión de personas, entidades y organismos.
2.  
En el ►M15  anexo I ◄ se consignará asimismo, cuando se disponga de ella, la información necesaria para identificar a las personas, entidades y organismos enumerados. En cuanto a las personas naturales, la información podrá incluir nombres y apellidos, alias, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, números de pasaporte y de documento de identidad, sexo, dirección (si se conoce) y función o profesión. Para las personas jurídicas, entidades y organismos, la información podrá incluir nombres, lugar, fecha y número de registro y lugar de actividad.

▼M4

Artículo 3

▼M37

1.  

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros enumeradas en las páginas web consignadas en el anexo II podrán autorizar la liberación o disposición de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, en las condiciones que consideren oportunas, tras haberse cerciorado de que dichos capitales o recursos económicos cumplen alguna de las condiciones siguientes:

a) 

son necesarios para sufragar necesidades básicas de las personas enumeradas en el anexo I y de los familiares a su cargo, tales como el pago de alimentos, alquileres o hipotecas, medicamentos y tratamientos médicos, impuestos, primas de seguros y tasas de servicios públicos;

b) 

se destinan exclusivamente al pago de honorarios profesionales razonables o al reembolso de gastos asociados a la prestación de servicios jurídicos;

c) 

se destinan exclusivamente al pago de tasas o gastos ocasionados por servicios ordinarios de custodia o mantenimiento de capitales o recursos económicos inmovilizados;

▼M44

d) 

se destinan exclusivamente a:

i) 

fines humanitarios, incluida la explotación de vuelos para la evacuación o repatriación de personas, o a iniciativas de apoyo a las víctimas de catástrofes naturales, nucleares o químicas;

ii) 

la explotación de vuelos en el marco de procedimientos de adopción internacional;

iii) 

la explotación de vuelos necesarios para asistir a reuniones con el objetivo de buscar una solución a la crisis de Bielorrusia o de promover los objetivos estratégicos de las medidas restrictivas, o

iv) 

un aterrizaje, despegue o sobrevuelo de emergencia por parte de una compañía aérea de la UE;

▼M37

e) 

son necesarios para tratar asuntos urgentes y claramente identificados en materia de seguridad aérea y previa consulta a la Agencia de Seguridad Aérea de la Unión Europea.

▼M4

2.  
No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros enumeradas en las páginas web consignadas en el anexo II podrán autorizar la liberación o disposición de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, en las condiciones que considere oportunas, una vez hayan determinado que dichos capitales o recursos económicos son necesarios para sufragar gastos extraordinarios, siempre y cuando el Estado miembro interesado haya notificado a los demás Estados miembros y a la Comisión, al menos dos semanas antes de que se produzca la autorización, los motivos por los cuales considera que debe concederse una autorización específica.
3.  
Los Estados miembros informarán a los demás Estados miembros y a la Comisión de toda autorización concedida con arreglo a los apartados 1 o 2.

▼M44

Artículo 3 bis

1.  

Como excepción a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, las autoridades competentes podrán autorizar la liberación de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados siempre que concurran las siguientes condiciones:

a) 

que los capitales o recursos económicos sean objeto de un laudo arbitral dictado antes de la fecha de inclusión en el anexo I de la persona física o jurídica, entidad u organismo a que se refiere el artículo 2, o de una resolución judicial o administrativa dictada en la Unión o de una resolución judicial dotada de fuerza ejecutiva en el Estado miembro de que se trate, antes o después de dicha fecha;

b) 

que los capitales o recursos económicos vayan a utilizarse exclusivamente para satisfacer las demandas garantizadas por tales resoluciones o reconocidas como válidas en ellas, dentro de los límites establecidos por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los derechos de los demandantes;

c) 

que la resolución no beneficie a una persona física o jurídica, entidad u organismo enumerado en el anexo I, y

d) 

que el reconocimiento de la resolución no sea contrario al orden público del Estado miembro de que se trate.

2.  
El Estado miembro de que se trate informará a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización concedida con arreglo al apartado 1 en el plazo de dos semanas a partir de la autorización.

▼B

Artículo 4

1.  

El artículo 2, apartado 2, no se aplicará al abono en las cuentas inmovilizadas:

a) 

de intereses u otros beneficios correspondientes a esas cuentas, o

b) 

de pagos debidos en virtud de contratos, acuerdos u obligaciones que fueron celebrados o que nacieron con anterioridad a la fecha en que dichas cuentas pasaron a estar sujetas a lo dispuesto en el presente Reglamento,

siempre y cuando tales intereses, beneficios y pagos sigan estando sujetos a lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1.

2.  
El artículo 2, apartado 2, no impedirá que las instituciones financieras o entidades de crédito de la UE que reciban capitales transferidos por terceros a las cuentas inmovilizadas de las personas, entidades u organismos enumerados los abonen en ellas, siempre y cuando los importes así abonados en dichas cuentas queden también inmovilizados. Las instituciones financieras o entidades de crédito informarán sin demora a las autoridades competentes de dichas transacciones.

▼M8

Artículo 4 bis

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, apartado 1, y siempre y cuando el pago sea debido por una persona física o jurídica, entidad u organismo contemplados en el ►M15  anexo I ◄ en virtud de un contrato o acuerdo celebrado por la persona, entidad u organismo en cuestión, o de una obligación que le fuera aplicable, antes de la fecha en la que dicha persona, entidad u organismo hubiera sido relacionado, las autoridades competentes de los Estados miembros, tal como se indican en las páginas web del anexo II, podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la liberación de determinados capitales o recursos económicos inmovilizados, siempre que se cumplan las condiciones siguientes:

i) 

la autoridad competente correspondiente ha determinado que el pago no se efectúa directa o indirectamente a la persona, entidad u organismo enumerados en el ►M15  anexo I ◄ ni en beneficio de los mismos, y

ii) 

el Estado miembro de que se trata ha notificado a los demás Estados miembros y a la Comisión, por lo menos dos semanas antes de la autorización, dicha determinación y su intención de conceder una autorización.

▼M14

Artículo 4 ter

No obstante lo dispuesto en el artículo 2, las autoridades competentes de los Estados miembros mencionadas en los sitios web enumerados en el anexo II podrán autorizar, en las condiciones que consideren apropiadas, la liberación o la puesta a disposición de determinados fondos o recursos económicos inmovilizados, tras haber determinado que son necesarios para los fines oficiales de las misiones diplomáticas, oficinas consulares u organizaciones internacionales que gocen de inmunidades con arreglo al Derecho internacional.

▼M3

Artículo 5

1.  

Sin perjuicio de las normas aplicables en materia de información, confidencialidad y secreto profesional, las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos:

a) 

proporcionarán inmediatamente a las autoridades competentes indicadas en las páginas web enumeradas en el anexo II, de los Estados miembros en que sean residentes o estén establecidos, toda información que facilite el cumplimiento del presente Reglamento, tal como las cuentas y los importes inmovilizados de conformidad con el artículo 2 y la remitirán a la Comisión, directa o indirectamente, y

b) 

cooperarán con las autoridades competentes indicadas en las páginas web enumeradas en el anexo II en cualquier verificación de esa información.

2.  
Toda información facilitada o recibida de conformidad con el presente artículo solo podrá ser utilizada con la finalidad para la cual haya sido facilitada o recibida.

▼B

Artículo 6

La inmovilización de los capitales y recursos económicos o la negativa a facilitar los mismos llevada a cabo de buena fe, con la convicción de que dicha acción se atiene al presente Reglamento, no dará origen a ningún tipo de responsabilidad por parte de la persona física o jurídica, o de la entidad u organismo, que la ejecute, ni de sus directores o empleados, a menos que se pruebe que los capitales o recursos económicos han sido inmovilizados por negligencia.

▼M47

Artículo 7

1.  

Los Estados miembros y la Comisión se comunicarán mutuamente las medidas adoptadas en aplicación del presente Reglamento y compartirán toda la información pertinente de que dispongan relacionada con el presente Reglamento, y en particular la referente a:

a) 

las autorizaciones concedidas en virtud del presente Reglamento;

b) 

la información recibida en aplicación del artículo 1 septvicies;

c) 

los problemas de infracción y ejecución y las sentencias dictadas por los órganos jurisdiccionales nacionales.

2.  
Los Estados miembros se comunicarán inmediatamente entre sí y comunicarán inmediatamente a la Comisión cualquier otra información pertinente de que tengan conocimiento que pueda afectar a la aplicación efectiva del presente Reglamento.
3.  
Cualquier información proporcionada o recibida de conformidad con el presente artículo solo se utilizará a los efectos para los que se haya proporcionado o recibido, incluido el de garantizar la eficacia de las medidas establecidas en el presente Reglamento.

▼M46

Artículo 8

La Comisión estará facultada para modificar los anexos II y V quater, atendiendo a la información facilitada por los Estados miembros.

▼M4

Artículo 8 bis

1.  
En caso de que el Consejo decida aplicar a una persona física o jurídica, entidad u organismo las medidas contempladas en el artículo 2, apartado 1, modificará en consecuencia el ►M15  anexo I ◄ .
2.  
El Consejo comunicará su decisión, incluyendo los motivos de su inclusión en la lista, a la persona física o jurídica, entidad u organismo a que se refiere el artículo 1, bien directamente, si conoce la dirección, bien mediante la publicación de un aviso, ofreciendo a la persona física o jurídica, entidad u organismo en cuestión la posibilidad de presentar observaciones.
3.  
En caso de que se presenten observaciones o nuevas pruebas de peso, el Consejo reconsiderará su decisión e informará de ello a la persona física o jurídica, entidad u organismo.
4.  
Las listas que figuran en el ►M15  anexo I ◄ se revisarán periódicamente como mínimo cada doce meses.

▼M28 —————

▼M36

Artículo 8 ter

1.  
Queda prohibido que cualquier aeronave operada por compañías aéreas bielorrusas, incluidas las compañías comercializadoras mediante acuerdos de código compartido o de reserva de capacidad, aterrice en el territorio de la Unión, despegue de él o lo sobrevuele.
2.  
El apartado 1 no se aplicará en caso de aterrizaje de emergencia o de sobrevuelo de emergencia.

Artículo 8 quater

1.  
Como excepción a lo dispuesto en el artículo 8 ter, las autoridades competentes de los Estados miembros que figuran en el anexo II podrán autorizar que una aeronave aterrice en territorio de la Unión, despegue de él o lo sobrevuele si dichas autoridades competentes determinasen que tal aterrizaje, despegue o sobrevuelo resulta necesario con fines humanitarios o con cualquier otro fin acorde con los objetivos del presente Reglamento.
2.  
El Estado miembro o los Estados miembros de que se trate informarán a los demás Estados miembros y a la Comisión de cualquier autorización que hayan concedido con arreglo al apartado 1.

▼M47

Artículo 8 quater bis

1.  
El gestor de la red encargado de funciones de la red de gestión del tránsito aéreo en el cielo único europeo ayudará a la Comisión y a los Estados miembros a garantizar la aplicación y el cumplimiento del artículo 2, apartado 2, y del artículo 8 ter del presente Reglamento. En particular, el gestor de la red rechazará todos los planes de vuelo presentados por operadores de aeronaves que indiquen su intención de llevar a cabo sobre el territorio de la Unión o de Bielorrusia actividades que constituyan una violación del presente Reglamento, de tal manera que el piloto no esté autorizado a volar.
2.  
El gestor de la red presentará periódicamente a la Comisión y a los Estados miembros, sobre la base del análisis de los planes de vuelo, informes sobre la aplicación del artículo 8 ter.

▼M44

Artículo 8 quinquies

1.  

No se satisfará demanda alguna relacionada con un contrato o transacción cuya ejecución se haya visto afectada, directa o indirectamente, total o parcialmente, por las medidas impuestas por el presente Reglamento, incluidas las demandas de indemnización o cualquier otra demanda de este tipo, tales como una demanda de compensación o una demanda a título de garantía, en particular cualquier demanda que tenga por objeto la prórroga o el pago de un aval, una garantía o una indemnización, en particular garantías o indemnizaciones financieras, independientemente de la forma que adopte, si la presentan:

a) 

personas físicas o jurídicas, entidades u organismos designados que figuran en la lista del anexo I;

▼M47

b) 

las entidades a que se refieren los artículos 1 undecies, 1 duodecies, 1 terdecies y 1 septvicies ter o que figuran en los anexos V, IX y XV;

▼M44

c) 

cualquier otra persona, entidad u organismo bielorruso, incluido el Gobierno bielorruso;

d) 

cualquier persona, entidad u organismo que actúe por mediación o en nombre de una de las personas, entidades u organismos a que se refieren las letras a), b) o c) del presente apartado.

2.  
En cualquier procedimiento de demanda, la carga de la prueba de que el apartado 1 no prohíbe estimar la demanda recaerá en la persona que pretende la ejecución de dicha demanda.
3.  
El presente artículo se entenderá sin perjuicio del derecho de las personas, entidades y organismos a que se refiere el apartado 1 a recurrir por la vía judicial la legalidad del incumplimiento de obligaciones contractuales de conformidad con el presente Reglamento.

Artículo 8 sexies

1.  

El Consejo, la Comisión y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») tratarán los datos personales que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones en virtud del presente Reglamento. Dichas funciones incluyen:

a) 

por lo que respecta al Consejo, la elaboración e incorporación de modificaciones del anexo I;

b) 

por lo que respecta al Alto Representante, la elaboración de modificaciones del anexo I;

c) 

por lo que respecta a la Comisión:

i) 

la incorporación del contenido del anexo I a la lista electrónica consolidada de personas, grupos y entidades sujetos a sanciones financieras de la Unión y al mapa interactivo de sanciones, ambos de acceso público;

▼M47

ii) 

el tratamiento de la información sobre las repercusiones de las medidas establecidas en el presente Reglamento, tales como el valor de los fondos inmovilizados, la información sobre los depósitos y la información sobre las autorizaciones concedidas por las autoridades competentes.

▼M44

2.  
El Consejo, la Comisión y el Alto Representante podrán tratar, en su caso, los datos pertinentes relativos a los delitos cometidos por personas físicas incluidas en la lista, a las condenas penales de dichas personas o a las medidas de seguridad referentes a ellas, únicamente en la medida en que sea necesario para elaborar el anexo I.
3.  
A los efectos del presente Reglamento, se designa al Consejo, a la Comisión y al Alto Representante «responsables del tratamiento de datos» en el sentido del artículo 3, apartado 8, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 6 ), a fin de garantizar que las personas físicas afectadas puedan ejercer sus derechos en virtud del Reglamento (UE) 2018/1725.

▼B

Artículo 9

1.  
Los Estados miembros determinarán las normas relativas a las sanciones que deban imponerse en caso de infracción de las disposiciones del presente Reglamento y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento. Las sanciones establecidas deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias.
2.  
Los Estados miembros notificarán sin demora esas normas a la Comisión tras la entrada en vigor del presente Reglamento, así como cualquier modificación posterior.

▼M3

Artículo 9 bis

1.  
Los Estados miembros designarán a las autoridades competentes mencionadas en el artículo 3, en el artículo 4, apartado 2, y en el artículo 5 y las identificarán en las páginas web enumeradas en el anexo II.
2.  
Los Estados miembros notificarán a la Comisión sus autoridades competentes y los datos de contacto de estas a más tardar el 31 de julio de 2008, y notificarán sin demora cualquier modificación posterior.

▼M4

Artículo 9 ter

Siempre que el presente Reglamento estipule que se notifique, informe o comunique algo de otra forma a la Comisión, habrán de utilizarse la dirección y otros datos de contacto indicados en el anexo II.

▼B

Artículo 10

El presente Reglamento se aplicará:

— 
en el territorio de la Comunidad, incluido su espacio aéreo;
— 
a bordo de toda aeronave o buque bajo jurisdicción de un Estado miembro;
— 
a toda persona física, ya se encuentre dentro o fuera del territorio comunitario, que sea nacional de un Estado miembro;
— 
a toda persona jurídica, entidad u organismo establecido o constituido con arreglo a la legislación de un Estado miembro;
— 
a toda persona jurídica, entidad u organismo en relación con cualquier negocio efectuado, en su totalidad o en parte, en la Comunidad.

Artículo 11

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

▼M35




ANEXO I

Lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, apartado 1

A.   Personas físicas a que se refiere el artículo 2, apartado 1



 

Nombres (Transliteración del bielorruso)

(Transliteración del ruso)

Nombres

(ortografía bielorrusa)

(ortografía rusa)

Datos informativos a efectos de identificación

Motivos de la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

1.

Uladzimir Uladzimiravich NAVUMAU

Vladimir Vladimirovich NAUMOV

Уладзімір Уладзіміравіч НАВУМАЎ

Владимир Владимирович НАУМОВ

Puesto(s): Exministro del Interior; exjefe del Servicio de Seguridad del Presidente

Fecha de nacimiento: 7.2.1956

Lugar de nacimiento: Smolensk, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

No tomó ninguna iniciativa para investigar el caso sin resolver de las desapariciones de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Exministro del Interior y exjefe del Servicio de Seguridad del Presidente. Fue responsable de la represión de las manifestaciones pacíficas mientras ejerció el cargo de ministro del Interior y hasta su jubilación, el 6 de abril de 2009, por motivos de salud. La Administración Presidencial le concedió una residencia en el distrito de Drozdy, en Minsk, reservado para la nomenclatura. En octubre de 2014, el presidente Lukashenko le concedió la Orden del Mérito (grado III).

24.9.2004

▼M45

2.

Dzmitry Valerievich PAULICHENKA

Dmitri Valerievich PAVLICHENKO (Dmitriy Valeriyevich PAVLICHENKO)

Дзмiтрый Валер’евiч ПАЎЛIЧЭНКА

Дмитрий Валериевич ПАВЛИЧЕНКО

Cargo(s): Excomandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (SOBR)

Comandante de una unidad del OMON

Fecha de nacimiento: 1966

Lugar de nacimiento: Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: Asociación de Veteranos de las Fuerzas Especiales del Ministerio del Interior, 111 Mayakovskogo St., 220028 Minsk (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Persona clave en las desapariciones sin resolver de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Excomandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (SOBR) del Ministerio del Interior.

Hombre de negocios, presidente «honorario», Asociación de Veteranos de las Fuerzas Especiales del Ministerio del Interior.

Fue identificado como comandante de una unidad del OMON durante la brutal represión contra los manifestantes que tuvo lugar en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020.

24.9.2004

3.

Viktar Uladzimiravich SHEIMAN (Viktar Uladzimiravich SHEYMAN)

Viktor Vladimirovich SHEIMAN (Viktor Vladimirovich SHEYMAN)

Вiктар Уладзiмiравiч ШЭЙМАН

Виктор Владимирович ШЕЙМАН

Cargo(s): Exjefe de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 26.5.1958

Lugar de nacimiento: Soltanishki, región/oblast de Hrodna/Grodno, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, 38 Karl Marx St., 220016 Minsk (Bielorrusia)

Sexo: masculino

Exjefe de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia. Responsable de las desapariciones sin resolver de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Exsecretario del Consejo de Seguridad. Sheiman sigue siendo asistente o asesor especial del presidente.

Sigue siendo un miembro influyente y activo del régimen de Lukashenka.

24.9.2004

▼M35

4.

Iury Leanidavich SIVAKAU (Yuri Leanidavich SIVAKAU, SIVAKOU)

Iury (Yuri) Leonidovich SIVAKOV

Юрый Леанідавіч СІВАКАЎ, СІВАКОЎ

Юрий Леонидович СИВАКОВ

Puesto(s): Exministro del Interior; ex director adjunto de la Administración Presidencial

Fecha de nacimiento: 5.8.1946

Lugar de nacimiento: Onor, región/oblast de Sajalín, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Dirección: Asociación Bielorrusa de Veteranos de las Fuerzas Especiales del Ministerio del Interior "Honor", Calle Mayakovskogo 111, Minsk 220028, Bielorrusia

Sexo: masculino

Orquestó las desapariciones sin resolver de Yuri Zakharenko, Viktor Gonchar, Anatoly Krasovski y Dmitri Zavadski en Bielorrusia en 1999-2000. Exministro de Turismo y Deportes, exministro del Interior y ex director adjunto de la Administración Presidencial.

24.9.2004

5.

Yuri Khadzimuratavich KARAEU

Yuri Khadzimuratovich KARAEV

Юрый Хаджымуратавіч КАРАЕЎ

Юрий Хаджимуратович КАРАЕВ

Puesto(s): Exministro del Interior; teniente general de la Milicia (fuerza policial); asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Grodno/Hrodna

Fecha de nacimiento: 21.6.1966

Lugar de nacimiento: Ordzhonikidze, antigua URSS (actualmente Vladikavkaz, Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como ministro del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como asesor del presidente de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Grodno/Hrodna.

2.10.2020

6.

Genadz Arkadzievich KAZAKEVICH

Gennadi Arkadievich KAZAKEVICH

Генадзь Аркадзьевіч КАЗАКЕВІЧ

Геннадий Аркадьевич КАЗАКЕВИЧ

Puesto(s): Ex viceministro primero del Interior; viceministro del Interior,

jefe de la Milicia Criminal, coronel de la Milicia (fuerza policial)

Fecha de nacimiento: 14.2.1975

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como viceministro primero del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como viceministro del Interior. Conserva su cargo de jefe de la Milicia Criminal.

2.10.2020

7.

Aliaksandr Piatrovich BARSUKOU

Alexander (Alexandr) Petrovich BARSUKOV

Аляксандр Пятровіч БАРСУКОЎ

Александр Петрович БАРСУКОВ

Puesto(s): Ex viceministro del Interior; teniente general de la Milicia (fuerza policial);

sesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk

Fecha de nacimiento: 29.4.1965

Lugar de nacimiento: Distrito de Vetkovski (Vetka), antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como viceministro del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como asesor del presidente de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk.

2.10.2020

▼M45

8.

Siarhei Mikalaevich KHAMENKA

Sergei Nikolaevich KHOMENKO

Сяргей Мiкалаевiч ХАМЕНКА

Сергей Николаевич ХОМЕНКО

Cargo(s): Ex vice ministro del Interior, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Ministro de Justicia

Fecha de nacimiento: 21.9.1966

Lugar de nacimiento: Yasinovataya, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —viceministro del Interior—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como ministro de Justicia.

2.10.2020

▼M35

9.

Yuri Genadzevich NAZARANKA

Yuri Gennadievich NAZARENKO

Юрый Генадзевіч НАЗАРАНКА

Юрий Геннадьевич НАЗАРЕНКО

Puesto(s): Ex viceministro del Interior, excomandante de las Tropas de Interior;

viceministro primero del Interior, director de la Policía de Seguridad Pública, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Fecha de nacimiento: 17.4.1976

Lugar de nacimiento: Slonim, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como viceministro del Interior y comandante de las Tropas de Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior, en particular las Tropas de Interior bajo su mando, tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como viceministro primero del Interior y director de la Policía de Seguridad Pública.

2.10.2020

10.

Khazalbek Baktibekavich ATABEKAU

Khazalbek Bakhtibekovich ATABEKOV

Хазалбек Бактібекавіч АТАБЕКАЎ

Хазалбек Бахтибекович АТАБЕКОВ

Puesto(s): Vicecomandante de las Tropas de Interior

Fecha de nacimiento: 18.3.1967

Sexo: masculino

Como vicecomandante de las Tropas de Interior del Ministerio del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior, en particular las Tropas de Interior bajo su mando, tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

2.10.2020

11.

Aliaksandr Valerievich BYKAU

Alexander (Alexandr) Valerievich BYKOV

Аляксандр Валер’евіч БЫКАЎ

Александр Валерьевич БЫКОВ

Puesto(s): Comandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (SOBR), teniente coronel

Sexo: masculino

Como comandante de la Unidad Especial de Respuesta Rápida (SOBR) del Ministerio del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la SOBR tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

12.

Aliaksandr Sviataslavavich SHEPELEU

Alexander (Alexandr) Svyatoslavovich SHEPELEV

Аляксандр Святаслававіч ШЭПЕЛЕЎ

Александр Святославович ШЕПЕЛЕВ

Puesto(s): Jefe del Departamento de Seguridad y Protección, Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 14.10.1975

Lugar de nacimiento: municipio de Rublevsk, distrito de Kruglyanskiy, región/oblast de Mogilev/Mahiliou, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su alto cargo como jefe del Departamento de Seguridad y Protección del Ministerio del Interior, está implicado en la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del Ministerio del Interior tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

2.10.2020

13.

Dzmitry Uladzimiravich BALABA

Dmitry Vladimirovich BALABA

Дзмітрый Уладзіміравіч БАЛАБА

Дмитрий Владимирович БАЛАБА

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) para el Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 1.6.1972

Lugar de nacimiento: municipio de Gorodilovo, región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Minsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas del OMON en Minsk tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

2.10.2020

14.

Ivan Uladzimiravich KUBRAKOU

Ivan Vladimirovich KUBRAKOV

Іван Уладзіміравіч КУБРАКОЎ

Иван Владимирович КУБРАКОВ

Puesto(s): Exdirector de la Dirección Principal de Asuntos de Interior del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk;

Ministro del Interior, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Fecha de nacimiento: 5.5.1975

Lugar de nacimiento: municipio de Malinovka, región/oblast de Mogilev/Mahiliou, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior cargo como director de la Dirección Principal de Asuntos de Interior del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas policiales tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como ministro del Interior.

2.10.2020

15.

Maxim Aliaksandravich GAMOLA (HAMOLA)

Maxim Alexandrovich GAMOLA

Максім Аляксандравіч ГАМОЛА

Максим Александрович ГАМОЛА

Puesto(s): Exdirector del Departamento de Policía del distrito de Moskovski (Minsk);

Director adjunto del Departamento de Policía de la Ciudad de Minsk, director de la Policía Criminal

Sexo: masculino

Por su anterior cargo como director del Departamento de Policía del distrito de Moskovski (Minsk), es responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como director adjunto del Departamento de Policía de la Ciudad de Minsk y director de la Policía Criminal.

2.10.2020

▼M45

16.

Aliaksandr Mikhailavich ALIASHKEVICH

Alexander Mikhailovich ALESHKEVICH

Аляксандр Мiхайлавiч АЛЯШКЕВIЧ

Александр Михайлович АЛЕШКЕВИЧ

Cargo(s): Ex vice director primero del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovsky (Minsk), director de la Policía Criminal

Director del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Leninsky, Minsk

Sexo: masculino

En su cargo anterior —vicedirector primero del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovsky (Minsk), y director de la Policía Criminal—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Leninsky, Minsk.

2.10.2020

▼M35

17.

Andrei Vasilievich GALENKA

Andrey Vasilievich GALENKA

Андрэй Васiльевіч ГАЛЕНКА

Андрей Васильевич ГАЛЕНКА

Puesto(s): Vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovski (Minsk), director de la Policía de Seguridad Pública

Sexo: masculino

Por su cargo de vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del distrito de Moskovski (Minsk) y director de la Policía de Seguridad Pública, es responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

2.10.2020

▼M45

18.

Aliaksandr Paulavich VASILIEU

Alexander Pavlovich VASILIEV

Аляксандр Паўлавiч ВАСIЛЬЕЎ

Александр Павлович ВАСИЛЬЕВ

Cargo(s): Exdirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel

Jefe de la Academia del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 24.3.1975

Lugar de nacimiento: Mahiliou/Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo anterior —director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe de la Academia del Ministerio del Interior.

2.10.2020

19.

Aleh Mikalaevich SHULIAKOUSKI

Oleg Nikolaevich SHULIAKOVSKI

Алег Мiкалаевiч ШУЛЯКОЎСКI

Олег Николаевич ШУЛЯКОВСКИЙ

Cargo(s): Ex vice director primero del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel, director de la Policía Criminal

Director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest

Fecha de nacimiento: 26.7.1977

Sexo: masculino

En su cargo anterior —vicedirector primero del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel y director de la Policía Criminal—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest.

2.10.2020

20.

Anatol Anatolievich VASILIEU

Anatoli Anatolievich VASILIEV

Анатоль Анатольевiч ВАСIЛЬЕЎ

Анатолий Анатольевич ВАСИЛЬЕВ

Cargo(s): Ex vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel, director de la Policía de Seguridad Pública

Vicepresidente del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 26.1.1972

Lugar de nacimiento: Gomel/Homyel, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo anterior —vicedirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Gomel/Homyel y director de la Policía de Seguridad Pública—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como vicepresidente del Comité de Investigación.

2.10.2020

21.

Aliaksandr Viachaslavavich ASTREIKA

Alexander Viacheslavovich ASTREIKO

Аляксандр Вячаслававiч АСТРЭЙКА

Александр Вячеславович АСТРЕЙКО

Cargo(s): Exdirector del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Minsk

Fecha de nacimiento: 22.12.1971

Lugar de nacimiento: Kapyl, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo anterior —director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Brest y general de división de la Milicia—, fue responsable de la campaña de intimidación y represión ejercida en esa región/oblast contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias, uso excesivo de la fuerza y malos tratos, incluidas torturas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como director del Servicio de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo de la región/oblast de Minsk.

2.10.2020

▼M35

22.

Leanid ZHURAUSKI

Leonid ZHURAVSKI

Леанід ЖУРАЎСКІ

Леонид ЖУРАВСКИЙ

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) en Vitebsk/Viciebsk

Fecha de nacimiento: 20.9.1975

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Vitebsk/Viciebsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por dichas fuerzas en Vitebsk/Viciebsk tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

23.

Mikhail DAMARNACKI

Mikhail DOMARNATSKY

Міхаіл ДАМАРНАЦКІ

Михаил ДОМАРНАЦКИЙ

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) en Gomel/Homyel

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Gomel/Homyel, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por dichas fuerzas en Gomel tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

24.

Maxim MIKHOVICH

Maxim MIKHOVICH

Максім МІХОВІЧ

Максим МИХОВИЧ

Puesto(s): Jefe del OMON (Destacamento Policial para Fines Especiales) en Brest, teniente coronel

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas del OMON en Brest, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo dichas fuerzas en Brest tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos.

2.10.2020

25.

Aleh Uladzimiravich MATKIN

Oleg Vladimirovitch MATKIN

Алег Уладзіміравіч МАТКІН

Олег Владимирович МАТКИН

Puesto(s): Director del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, general de división de la Milicia (fuerza policial)

Sexo: masculino

Por su puesto como jefe del Departamento de Corrección Penitenciaria, con autoridad sobre los centros de internamiento del Ministerio del Interior, es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas.

2.10.2020

26.

Ivan Yurievich SAKALOUSKI

Ivan Yurievich SOKOLOVSKI

Іван Юр’евіч САКАЛОЎСКІ

Иван Юрьевич СОКОЛОВСКИЙ

Puesto(s): Director del centro de detención de Akrestina (Minsk)

Sexo: masculino

Por su puesto como director del centro de detención de Akrestina en Minsk, es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en dicho centro tras las elecciones presidenciales de 2020.

2.10.2020

27.

Valeri Paulavich VAKULCHYK

Valery Pavlovich VAKULCHIK

Валерый Паўлавіч

ВАКУЛЬЧЫК

Валерий Павлович ВАКУЛЬЧИК

Puesto(s): Expresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB);

ex secretario de Estado del Consejo de Seguridad;

asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Brest

Fecha de nacimiento: 19.6.1964

Lugar de nacimiento: Radostovo, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior puesto de mando como presidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB), fue responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como asesor del presidente de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Brest.

2.10.2020

28.

Siarhei Yaugenavich TSERABAU

Sergey Evgenievich TEREBOV

Сяргей Яўгенавіч ЦЕРАБАЎ

Сергей Евгеньевич ТЕРЕБОВ

Puesto(s): Vicepresidente primero del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Fecha de nacimiento: 1972

Lugar de nacimiento: Borisov/Barisaw, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicepresidente primero del Comité de Seguridad del Estado (KGB), es responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

2.10.2020

29.

Dzmitry Vasilievich RAVUTSKI

Dmitry Vasilievich REUTSKY

Дзмітрый Васільевіч РАВУЦКІ

Дмитрий Васильевич РЕУЦКИЙ

Puesto(s): Vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB), es responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

2.10.2020

▼M45

30.

Uladzimir Viktaravich KALACH

Vladimir Viktorovich KALACH

Уладзiмiр Вiктаравiч КАЛАЧ

Владимир Викторович КАЛАЧ

Cargo(s): Ex vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk

Sexo: masculino

Grado: general de división

En su anterior cargo directivo —vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)—, fue responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como asesor del presidente de la República de Bielorrusia e inspector para la región/oblast de Minsk.

2.10.2020

31.

Alieg Anatolevich CHARNYSHOU

Oleg Anatolievich CHERNYSHEV

Алег Анатольевiч ЧАРНЫШОЎ

Олег Анатольевич ЧЕРНЫШЁВ

Cargo(s): Ex vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)

Vicepresidente del praesidium de la Academia Nacional de Ciencias

Sexo: masculino

Grado: general de división

En su anterior cargo directivo —vicepresidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB)—, fue responsable de la participación del KGB en la campaña de represión e intimidación ejercida tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos y miembros de la oposición.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como vicepresidente del praesidium de la Academia Nacional de Ciencias.

2.10.2020

▼M35

32.

Aliaksandr Uladzimiravich KANYUK

Alexander (Alexandr) Vladimirovich KONYUK

Аляксандр Уладзіміравіч КАНЮК

Александр Владимирович КОНЮК

Puesto(s): Antiguo fiscal general de la República de Bielorrusia;

Embajador de la República de Bielorrusia en Armenia

Fecha de nacimiento: 11.7.1960

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo de fiscal general, fue responsable de la utilización generalizada de procesos penales para inhabilitar a candidatos de la oposición con vistas a las elecciones presidenciales de 2020 y para impedir la participación de personas en el Consejo de Coordinación establecido por la oposición con el objetivo de impugnar el resultado de dichas elecciones.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como embajador de Bielorrusia en Armenia.

2.10.2020

▼M45

33.

Lidzia Mihailauna YARMOSHINA

Lidia Mikhailovna YERMOSHINA

Лiдзiя Мiхайлаўна ЯРМОШЫНА

Лидия Михайловна ЕРМОШИНА

Cargo(s): Expresidenta de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 29.1.1953

Lugar de nacimiento: Slutsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

En su cargo anterior —presidenta de la Comisión Electoral Central (CEC)—, fue responsable de las irregularidades cometidas por esa comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso, y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su dirección organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

▼M35

34.

Vadzim Dzmitryevich IPATAU

Vadim Dmitrievich IPATOV

Вадзім Дзмітрыевіч ІПАТАЎ

Вадим Дмитриевич ИПАТОВ

Puesto(s): Vicepresidente de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 30.10.1964

Lugar de nacimiento: Kolomyia, región/oblast de Ivano-Frankivsk, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Como vicepresidente de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su dirección organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

35.

Alena Mikalaeuna DMUHAILA

Elena Nikolaevna DMUHAILO

Алена Мікалаеўна ДМУХАЙЛА

Елена Николаевна ДМУХАЙЛО

Puesto(s): Secretaria de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 1.7.1971

Sexo: femenino

Como secretaria de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su dirección organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

36.

Andrei Anatolievich GURZHY

Andrey Anatolievich GURZHIY

Андрэй Анатольевіч ГУРЖЫ

Андрей Анатольевич ГУРЖИЙ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 10.10.1975

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

37.

Volga Leanidauna DARASHENKA

Olga Leonidovna DOROSHENKO

Вольга Леанідаўна ДАРАШЭНКА

Ольга Леонидовна ДОРОШЕНКО

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 1976

Sexo: femenino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

38.

Siarhei Aliakseevich KALINOUSKI

Sergey Alexeyevich KALINOVSKIY

Сяргей Аляксеевіч КАЛІНОЎСКІ

Сергей Алексеевич КАЛИНОВСКИЙ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 3.1.1969

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

39.

Sviatlana Piatrouna KATSUBA

Svetlana Petrovna KATSUBO

Святлана Пятроўна КАЦУБА

Светлана Петровна КАЦУБО

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 6.8.1959

Lugar de nacimiento: Podilsk, región/oblast de Odessa, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: femenino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

40.

Aliaksandr Mikhailavich LASYAKIN

Alexander (Alexandr) Mikhailovich LOSYAKIN

Аляксандр Міхайлавіч ЛАСЯКІН

Александр Михайлович ЛОСЯКИН

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 21.7.1957

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

41.

Igar Anatolievich PLYSHEUSKI

Ihor Anatolievich PLYSHEVSKIY

Ігар Анатольевіч ПЛЫШЭЎСКІ

Игорь Анатольевич ПЛЫШЕВСКИЙ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 19.2.1979

Lugar de nacimiento: Lyuban, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

42.

Marina Yureuna RAKHMANAVA

Marina Yurievna RAKHMANOVA

Марына Юр’еўна РАХМАНАВА

Марина Юрьевна РАХМАНОВА

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 26.9.1970

Sexo: femenino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas por esta comisión en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

43.

Aleh Leanidavich SLIZHEUSKI

Oleg Leonidovich SLIZHEVSKI

Алег Леанідавіч СЛIЖЭЎСКІ

Олег Леонидович СЛИЖЕВСКИЙ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 16.8.1972

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

44.

Irina Aliaksandrauna TSELIKAVETS

Irina Alexandrovna TSELIKOVEC

Ірына Аляксандраўна ЦЭЛІКАВЕЦ

Ирина Александровна ЦЕЛИКОВЕЦ

Puesto(s): Miembro de la Comisión Electoral Central (CEC)

Fecha de nacimiento: 2.11.1976

Lugar de nacimiento: Zhlobin, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Como miembro del colegio de la CEC, es responsable de las irregularidades cometidas en el proceso electoral presidencial de 2020, del incumplimiento de las normas básicas internacionales de limpieza y transparencia de dicho proceso y de la falsificación por la CEC de los resultados electorales.

En particular, la CEC y su colegio organizaron la exclusión de algunos candidatos de la oposición por motivos espurios e impusieron restricciones desproporcionadas a los observadores en los colegios electorales. La CEC también se aseguró de que las comisiones electorales bajo su supervisión no estuvieran compuestas de manera imparcial.

2.10.2020

45.

Aliaksandr Ryhoravich LUKASHENKA

Alexander (Alexandr) Grigorievich LUKASHENKO

Аляксандр Рыгоравіч ЛУКАШЭНКА

Александр Григорьевич ЛУКАШЕНКО

Puesto(s): Presidente de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 30.8.1954

Lugar de nacimiento: asentamiento de Kopys, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como presidente de Bielorrusia con autoridad sobre los organismos del Estado, es responsable de la violenta represión llevada a cabo por el aparato del Estado antes y después de las elecciones presidenciales de 2020, en particular mediante la exclusión de candidatos clave de la oposición, detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

6.11.2020

▼M45

46.

Viktar Aliaksandravich LUKASHENKA

Viktor Aleksandrovich LUKASHENKO

Вiктар Аляксандравiч ЛУКАШЭНКА

Виктор Александрович ЛУКАШЕНКО

Cargo(s): Exasesor del presidente en materia de seguridad nacional, miembro del Consejo de Seguridad

Presidente del Comité Olímpico Nacional de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 28.11.1975

Lugar de nacimiento: Mahiliou/Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Número de identificación personal: 3281175A014PB8

En su cargo anterior —asesor del presidente en materia de seguridad nacional y miembro del Consejo de Seguridad— y en su cargo informal de supervisor de las fuerzas de seguridad de Bielorrusia, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como presidente del Comité Olímpico Nacional. Fue nombrado presidente del Comité Olímpico Nacional el 26 de febrero de 2021 y, por ello, es responsable del maltrato que sufrió la atleta Krystsina Tsimanouskaya durante los Juegos Olímpicos de verano de 2020 en Tokio a manos de los funcionarios de dicho Comité.

6.11.2020

▼M35

47.

Ihar Piatrovich SERGYAENKA

Igor Petrovich SERGEENKO

Ігар Пятровіч СЕРГЯЕНКА

Игорь Петрович СЕРГЕЕНКО

Puesto(s): Jefe de gabinete de la Administración Presidencial

Fecha de nacimiento: 14.1.1963

Lugar de nacimiento: municipio de Stolitsa, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En calidad de jefe de gabinete de la Administración Presidencial, está estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de asegurar la ejecución de los poderes presidenciales en el ámbito de la política interior y exterior. Apoya, por tanto, al régimen de Lukashenko, entre otras cosas en lo que respecta a la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020.

6.11.2020

48.

Ivan Stanislavavich TERTEL

Ivan Stanislavovich TERTEL

Іван Станіслававіч ТЭРТЭЛЬ

Иван Станиславович ТЕРТЕЛЬ

Puesto(s): Presidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB), expresidente del Comité de Control del Estado

Fecha de nacimiento: 8.9.1966

Lugar de nacimiento: municipio de Privalka/Privalki, región/oblast de Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como presidente del Comité de Seguridad del Estado (KGB) y como expresidente del Comité de Control del Estado, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

6.11.2020

▼M45

49.

Raman Ivanavich MELNIK

Roman Ivanovich MELNIK

Раман Iванавiч МЕЛЬНIК

Роман Иванович МЕЛЬНИК

Cargo(s): Exdirector de la Dirección Principal de Protección del Orden Público y Prevención del Ministerio del Interior

Jefe de la Administración del distrito Leninsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 29.5.1964

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —director de la Dirección Principal de Protección del Orden Público y Prevención del Ministerio del Interior—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como jefe de la Administración del distrito Leninsky de Minsk.

6.11.2020

50.

Ivan Danilavich NASKEVICH

Ivan Danilovich NOSKEVICH

Iван Данiлавiч НАСКЕВIЧ

Иван Данилович НОСКЕВИЧ

Cargo(s): Expresidente del Comité de Investigación

Reservista del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 25.3.1970

Lugar de nacimiento: aldea de Cierabličy, región/oblast de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —presidente del Comité de Investigación—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por dicho Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenka como reservista del Comité de Investigación.

6.11.2020

▼M35

51.

Aliaksey Aliaksandravich VOLKAU

Alexei Alexandrovich VOLKOV

Аляксей Аляксандравіч ВОЛКАЎ

Алексей Александрович ВОЛКОВ

Puesto(s): Ex vicepresidente primero del Comité de Investigación; actualmente presidente del Comité Estatal de Peritaje Forense

Fecha de nacimiento: 7.9.1973

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como vicepresidente primero del Comité de Investigación, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

6.11.2020

52.

Siarhei Yakaulevich AZEMSHA

Sergei Yakovlevich AZEMSHA

Сяргей Якаўлевіч АЗЕМША

Сергей Яковлевич АЗЕМША

Puesto(s): Vicepresidente del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 17.7.1974

Lugar de nacimiento: Rechitsa, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicepresidente del Comité de Investigación, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

6.11.2020

▼M45

53.

Andrei Fiodaravich SMAL

Andrei Fyodorovich SMAL

Андрэй Фёдаравiч СМАЛЬ

Андрей Федорович СМАЛЬ

Cargo(s): Ex vicepresidente del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 1.8.1973

Lugar de nacimiento: Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —vicepresidente del Comité de Investigación—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el Comité tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones contra el Consejo de Coordinación y contra manifestantes pacíficos.

6.11.2020

▼M35

54.

Andrei Yurevich PAULIUCHENKA

Andrei Yurevich PAVLYUCHENKO

Андрэй Юр’евіч ПАЎЛЮЧЕНКА

Андрей Юрьевич ПАВЛЮЧЕНКО

Puesto(s): Jefe del Centro de Análisis y Operaciones

Fecha de nacimiento: 1.8.1971

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como jefe del Centro de Análisis y Operaciones, está estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de la represión contra la sociedad civil, ejercida en concreto mediante la interrupción de la conexión a las redes de comunicación como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

6.11.2020

55.

Ihar Ivanavich BUZOUSKI

Igor Ivanovich BUZOVSKI

Ігар Іванавіч БУЗОЎСКІ

Игорь Иванович БУЗОВСКИЙ

Puesto(s): Viceministro de Información

Fecha de nacimiento: 10.7.1972

Lugar de nacimiento: municipio de Koshelevo, región/oblast de Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como viceministro de Información, es responsable de la represión ejercida contra la sociedad civil, en particular mediante la decisión del Ministerio de Información de cortar el acceso a sitios web independientes y de limitar el acceso a internet en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020, como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

6.11.2020

56.

Natallia Mikalaeuna EISMANT

Natalia Nikolayevna EISMONT

Наталля Мікалаеўна ЭЙСМАНТ

Наталья Николаевна ЭЙСМОНТ

Puesto(s): Secretaria de prensa del presidente de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 16.2.1984

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Nombre de soltera: Kirsanova (ortografía rusa, Кирсанова) o Selyun (ortografía rusa, Селюн)

Sexo: femenino

En calidad de secretaria de prensa del presidente de Bielorrusia, está estrechamente relacionada con el presidente y es responsable de coordinar las actividades del presidente en los medios de comunicación, en particular de redactar sus declaraciones y organizar sus apariciones públicas. Apoya, por tanto, al régimen de Lukashenko, entre otras cosas en lo que respecta a la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020. Concretamente, con sus declaraciones públicas tras las elecciones presidenciales de 2020, en las que defendía al presidente y criticaba a los activistas de la oposición y a los manifestantes pacíficos, contribuyó a comprometer gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

6.11.2020

57.

Siarhei Yaugenavich ZUBKOU

Sergei Yevgenevich ZUBKOV

Сяргей Яўгенавіч ЗУБКОЎ

Сергей Евгеньевич ЗУБКОВ

Puesto(s): Comandante de la Unidad ALFA

Fecha de nacimiento: 21.8.1975

Sexo: masculino

Por su puesto de mando en las fuerzas de la Unidad ALFA, es responsable de la campaña de represión e intimidación que llevaron a cabo dichas fuerzas tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

6.11.2020

58.

Andrei Aliakseevich RAUKOU

Andrei Alexeyevich RAVKOV

Андрэй Аляксеевіч РАЎКОЎ

Андрей Алексеевич РАВКОВ

Puesto(s): Ex secretario de Estado del Consejo de Seguridad;

Embajador de la República de Bielorrusia en Azerbaiyán

Fecha de nacimiento: 25.6.1967

Lugar de nacimiento: municipio de Revyaki, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior cargo de secretario de Estado del Consejo de Seguridad, ha estado estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de la campaña de represión e intimidación que llevó a cabo el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios en el régimen de Lukashenko como embajador de Bielorrusia en Azerbaiyán.

6.11.2020

59.

Pyotr Piatrovich MIKLASHEVICH

Petr Petrovich MIKLASHEVICH

Пётр Пятровіч МІКЛАШЭВІЧ

Петр Петрович МИКЛАШЕВИЧ

Puesto(s): Presidente del Tribunal Constitucional de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 18.10.1954

Lugar de nacimiento: región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como presidente del Tribunal Constitucional, es responsable de la decisión del Tribunal Constitucional, adoptada el 25 de agosto de 2020, por la que se legitimaron los resultados de las elecciones fraudulentas. Por consiguiente, ha apoyado y facilitado acciones de la campaña de intimidación y represión del aparato del Estado contra manifestantes pacíficos y periodistas, y es por tanto responsable de comprometer gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

6.11.2020

60.

Anatol Aliaksandravich SIVAK

Anatoli Alexandrovich SIVAK

Анатоль Аляксандравіч СІВАК

Анатолий Александрович СИВАК

Puesto(s): Vice primer ministro; expresidente del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 19.7.1962

Lugar de nacimiento: Zavoit, distrito de Narovlya, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su anterior puesto de mando como presidente del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, fue responsable de la campaña de represión e intimidación aplicada bajo su supervisión por las autoridades locales de Minsk tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas. Hizo numerosas declaraciones públicas en las que criticaba las protestas pacíficas que se estaban produciendo en Bielorrusia.

En su actual puesto de mando como vice primer ministro sigue apoyando al régimen de Lukashenko.

17.12.2020

61.

Ivan Mikhailavich EISMANT

Ivan Mikhailovich EISMONT

Іван Міхайлавіч ЭЙСМАНТ

Иван Михайлович ЭЙСМОНТ

Puesto(s): Presidente de la Compañía Estatal Bielorrusa de Televisión y Radio, director de Belteleradio

Fecha de nacimiento: 20.1.1977

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su cargo actual de director de la Compañía Estatal Bielorrusa de Televisión y Radio, es responsable de la difusión de propaganda estatal en los medios de comunicación públicos y sigue apoyando el régimen de Lukashenko, en particular mediante el uso de los canales de los medios de comunicación para apoyar la continuación del mandato del presidente, a pesar del fraude en las elecciones presidenciales que se celebraron el 9 de agosto de 2020, y la represión ejercida posteriormente, de forma violenta y reiterada, contra protestas pacíficas y legítimas.

Eismont hizo declaraciones públicas en las que criticaba a los manifestantes pacíficos y se negó a dar cobertura mediática a las protestas. Asimismo, durante su gestión de Belteleradio despidió a trabajadores de la empresa que estaban en huelga, lo que le convierte en responsable de violaciones de los derechos humanos.

17.12.2020

62.

Uladzimir Stsiapanavich KARANIK

Vladimir Stepanovich KARANIK

Уладзімір Сцяпанавіч КАРАНІК

Владимир Степанович КАРАНИК

Puesto(s): Gobernador de la región/oblast de Grodno/Hrodna, exministro de Sanidad

Fecha de nacimiento: 30.11.1973

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior puesto de mando como ministro de Sanidad, fue responsable del uso de los servicios sanitarios para reprimir a manifestantes pacíficos, en particular utilizando las ambulancias para trasladar a manifestantes que necesitaban asistencia médica a salas de aislamiento, en lugar de hospitales. Hizo numerosas declaraciones públicas en las que criticaba las protestas pacíficas que se estaban produciendo en Bielorrusia, acusando en una ocasión a un manifestante de estar ebrio.

En su actual puesto de mando como gobernador de la región/oblast de Grodno/Hrodna sigue apoyando al régimen de Lukashenko.

17.12.2020

63.

Natallia Ivanauna KACHANAVA

Natalia Ivanovna KOCHANOVA

Наталля Іванаўна КАЧАНАВА

Наталья Ивановна КОЧАНОВА

Puesto(s): Presidenta del Consejo de la República de la Asamblea Nacional de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 25.9.1960

Lugar de nacimiento: Polotsk, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Por su actual puesto de mando como presidenta del Consejo de la República de la Asamblea Nacional de Bielorrusia, es responsable de apoyar las decisiones del presidente en el ámbito de la política interior. Es también responsable de haber organizado las elecciones fraudulentas que se celebraron el 9 de agosto de 2020. Hizo declaraciones públicas en las que defendía la represión brutal que ejercieron las autoridades de seguridad contra manifestantes pacíficos.

17.12.2020

64.

Pavel Mikalaevich LIOHKI

Pavel Nikolaevich LIOHKI

Павел Мікалаевіч ЛЁГКІ

Павел Николаевич ЛЁГКИЙ

Puesto(s): Viceministro primero de Información

Fecha de nacimiento: 30.5.1972

Lugar de nacimiento: Baranavichy, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como viceministro primero de Información, es responsable de la represión de la sociedad civil, y en particular de la decisión del Ministerio de Información de cortar el acceso a sitios web independientes y de limitar el acceso a internet en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020, como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

17.12.2020

65.

Ihar Uladzimiravich LUTSKY

Igor Vladimirovich LUTSKY

Ігар Уладзіміравіч ЛУЦКІ

Игорь Владимирович ЛУЦКИЙ

Puesto(s): Ministro de Información

Fecha de nacimiento: 31.10.1972

Lugar de nacimiento: Stolin, región/oblast de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como ministro de Información, es responsable de la represión de la sociedad civil, y en particular de la decisión del Ministerio de Información de cortar el acceso a sitios web independientes y de limitar el acceso a internet en Bielorrusia tras las elecciones presidenciales de 2020, como herramienta de represión de la sociedad civil, los manifestantes pacíficos y los periodistas.

17.12.2020

66.

Andrei Ivanavich SHVED

Andrei Ivanovich SHVED

Андрэй Іванавіч ШВЕД

Андрей Иванович ШВЕД

Puesto(s): Fiscal general de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 21.4.1973

Lugar de nacimiento: Glushkovichi, región/oblast de Gomel/Homyel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como fiscal general es responsable de la continua represión de la sociedad civil y la oposición democrática, y en particular del inicio de numerosos procesos penales contra manifestantes pacíficos, dirigentes de la oposición y periodistas tras las elecciones presidenciales de 2020. También hizo declaraciones públicas en las que amenazaba con castigar a quienes participaran en «concentraciones no autorizadas».

17.12.2020

67.

Genadz Andreevich BOGDAN

Gennady Andreievich BOGDAN

Генадзь Андрэевіч БОГДАН

Геннадий Андреевич БОГДАН

Puesto(s): Director adjunto de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 8.1.1977

Sexo: masculino

Como director adjunto de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, supervisa el funcionamiento de numerosas empresas. Este organismo, bajo su mando, proporciona apoyo financiero, material, técnico, social, médico y en materia de vivienda a las autoridades del aparato del Estado y a las autoridades republicanas. Está estrechamente vinculado al presidente y sigue apoyando al régimen de Lukashenko.

17.12.2020

68.

Ihar Paulavich BURMISTRAU

Igor Pavlovich BURMISTROV

Ігар Паўлавіч БУРМІСТРАЎ

Игорь Павлович БУРМИСТРОВ

Puesto(s): Jefe de Estado Mayor y vicecomandante primero de las Tropas de Interior del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 30.9.1968

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como vicecomandante primero de las Tropas de Interior del Ministerio del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las Tropas de Interior bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

17.12.2020

69.

Arciom Kanstantinavich DUNKA

Artem Konstantinovich DUNKO

Арцём Канстанцінавіч ДУНЬКА

Артем Константинович ДУНЬКО

Puesto(s): Inspector principal para Asuntos Especiales del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado

Fecha de nacimiento: 8.6.1990

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como inspector principal para Asuntos Especiales del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato del Estado tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante la apertura de investigaciones sobre dirigentes de la oposición y activistas.

17.12.2020

▼M45

70.

Aleh Heorhievich KARAZIEI

Oleg Georgievich KARAZEI

Алег Георгiевiч КАРАЗЕЙ

Олег Георгиевич КАРАЗЕЙ

Cargo(s): Exjefe del Servicio de Prevención del Departamento Principal de Cumplimiento de la Ley y Prevención de la Policía de Seguridad Pública del Ministerio del Interior

Profesor asociado en la Academia del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 1.1.1979

Lugar de nacimiento: región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

En su anterior cargo directivo —jefe del Servicio de Prevención del Departamento Principal de Cumplimiento de la Ley y Prevención de la Policía de Seguridad Pública del Ministerio del Interior—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas policiales tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Sigue prestando servicios al régimen de Lukashenka como profesor asociado en la Academia del ministro del Interior.

17.12.2020

▼M35

71.

Dzmitry Aliaksandravich KURYAN

Dmitry Alexandrovich KURYAN

Дзмітрый Аляксандравіч КУРЬЯН

Дмитрий Александрович КУРЬЯН

Puesto(s): Coronel de policía, jefe adjunto del Departamento Principal y jefe del Departamento de Cumplimiento de la Ley del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 3.10.1974

Sexo: masculino

Por su puesto de mando como coronel de policía y jefe adjunto del Departamento Principal y jefe del Departamento de Cumplimiento de la Ley del Ministerio del Interior, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas policiales tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y maltrato de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

17.12.2020

72.

Aliaksandr Henrykavich TURCHIN

Alexander (Alexandr) Henrihovich TURCHIN

Аляксандр Генрыхавіч ТУРЧЫН

Александр Генрихович ТУРЧИН

Puesto(s): Presidente del Comité Ejecutivo Regional de Minsk

Fecha de nacimiento: 2.7.1975

Lugar de nacimiento: Novogrudok, región/oblast de Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como presidente del Comité Ejecutivo Regional de Minsk, es responsable de la supervisión de la administración local, que engloba una serie de comités, y por tanto de apoyar el régimen de Lukashenko.

17.12.2020

73.

Dzmitry Mikalaevich SHUMILIN

Dmitry Nikolayevich SHUMILIN

Дзмітрый Мікалаевіч ШУМІЛІН

Дмитрий Николаевич ШУМИЛИН

Puesto(s): Director adjunto del Departamento de Acontecimientos de Masas del GUVD (Departamento Principal de Asuntos de Interior) del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 26.7.1977

Sexo: masculino

Como director adjunto del Departamento de Acontecimientos de Masas del GUVD del Comité Ejecutivo de la ciudad de Minsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por el aparato local tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos de manifestantes pacíficos, incluidas torturas, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Se ha documentado su participación personal en la detención ilegal de manifestantes pacíficos.

17.12.2020

74.

Vital Ivanavich STASIUKEVICH

Vitalyi Ivanovich STASIUKEVICH

Віталь Іванавіч СТАСЮКЕВІЧ

Виталий Иванович СТАСЮКЕВИЧ

Puesto(s): Director adjunto de la Policía de Seguridad Pública en Grodno/Hrodna

Fecha de nacimiento: 5.3.1976

Lugar de nacimiento: Grodno/Hrodna, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Como director adjunto de la Policía de Seguridad Pública en Grodno/Hrodna, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó personalmente la detención ilegal de manifestantes pacíficos.

17.12.2020

75.

Siarhei Leanidavich KALINNIK

Sergei Leonidovich KALINNIK

Сяргей Леанідавіч КАЛИННИК

Сергей Леонидович КАЛИННИК

Puesto(s): Coronel de policía, jefe del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 23.7.1979

Sexo: masculino

Como jefe del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó y participó personalmente en la tortura de manifestantes detenidos ilegalmente.

17.12.2020

76.

Vadzim Siarhaevich PRYGARA

Vadim Sergeyevich PRIGARA

Вадзім Сяргеевіч ПРЫГАРА

Вадим Сергеевич ПРИГАРА

Puesto(s): Teniente coronel de la policía, jefe del Departamento de Policía del distrito de Molodechno

Fecha de nacimiento: 31.10.1980

Sexo: masculino

Como jefe del Departamento de Policía del distrito de Molodechno, es responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó personalmente palizas a manifestantes detenidos ilegalmente. Asimismo, realizó numerosas declaraciones despectivas sobre los manifestantes ante los medios.

17.12.2020

▼M45

77.

Viktar Ivanavich STANISLAUCHYK

Viktor Ivanovich STANISLAVCHIK

Вiктар Iванавiч СТАНIСЛАЎЧЫК

Виктор Иванович СТАНИСЛАВЧИК

Cargo(s): Exjefe adjunto del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk, director de la Policía de Seguridad Pública

Vicedirector primero del Centro de Estudios Avanzados y Especialistas del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 27.1.1971

Sexo: masculino

En su cargo anterior —jefe adjunto del Departamento de Policía del distrito de Sovetsky en Minsk y director de la Policía de Seguridad Pública—, fue responsable de la campaña de represión e intimidación llevada a cabo por las fuerzas de la policía local bajo su mando tras las elecciones presidenciales de 2020, en concreto mediante detenciones arbitrarias y malos tratos, incluidas torturas, de manifestantes pacíficos, y actos de intimidación y violencia contra periodistas.

Según testigos, supervisó personalmente la detención de manifestantes pacíficos y palizas a personas detenidas ilegalmente.

Sigue activo en el régimen de Lukashenka como vicedirector primero del Centro de Estudios Avanzados y Especialistas del Ministerio del Interior.

17.12.2020

▼M35

78.

Aliaksandr Aliaksandravich PIETRASH

Alexander (Alexandr) Alexandrovich PETRASH

Аляксандр Аляксандравіч ПЕТРАШ

Александр Александрович ПЕТРАШ

Puesto(s): Presidente del Tribunal de Distrito de Moskovski en Minsk

Fecha de nacimiento: 16.5.1988

Sexo: masculino

Como presidente del Tribunal de Distrito de Moskovski en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y de la aceptación de declaraciones de falsos testigos durante juicios realizados bajo su supervisión.

Su intervención resultó determinante en la detención de manifestantes, periodistas y dirigentes de la oposición y en la imposición de multas a estas personas tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

79.

Andrei Aliaksandravich LAHUNOVICH

Andrei Alexandrovich LAHUNOVICH

Андрэй Аляксандравіч ЛАГУНОВІЧ

Андрей Александрович ЛАГУНОВИЧ

Puesto(s): Juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Gomel/Homyel

Sexo: masculino

Como juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Gomel/Homyel, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

80.

Alena Vasileuna LITVINA

Elena Vasilevna LITVINA

Алена Васільеўна ЛІТВІНА

Елена Васильевна ЛИТВИНА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky en Mogilev/Mahiliou

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky en Mogilev/Mahiliou, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en particular de la condena de Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

81.

Victoria Valeryeuna SHABUNYA

Victoria Valerevna SHABUNYA

Вікторыя Валер’еўна ШАБУНЯ

Виктория Валерьевна ШАБУНЯ

Puesto(s): Jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk

Fecha de nacimiento: 27.2.1974

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en particular de la condena de Sergei Dylevsky, miembro del Consejo de Coordinación y dirigente de un comité de huelga. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

82.

Alena Aliaksandravna ZHYVITSA

Elena Alexandrovna ZHYVITSA

Алена Аляксандравна ЖЫВІЦА

Елена Александровна ЖИВИЦА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 9.4.1990

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

83.

Natallia Anatolievna DZIADKOVA

Natalia Anatolievna DEDKOVA

Наталля Анатольеўна ДЗЯДКОВА

Наталья Анатольевна ДЕДКОВА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Partizanski en Minsk

Fecha de nacimiento: 2.12.1979

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Partizanski en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en concreto de la condena de Mariya Kalesnikava, dirigente del Consejo de Coordinación. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

84.

Maryna Arkadzeuna FIODARAVA

Marina Arkadievna FEDOROVA

Марына Аркадзьеўна ФЁДАРАВА

Марина Аркадьевна ФЕДОРОВА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 11.9.1965

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Sovetsky en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

85.

Yulia Chaslavauna HUSTYR

Yulia Cheslavovna HUSTYR

Юлія Чаславаўна ГУСТЫР

Юлия Чеславовна ГУСТЫР

Puesto(s): Jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk

Fecha de nacimiento: 14.1.1984

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal del Distrito Central en Minsk, es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en concreto de la condena de Viktar Babarika, candidato presidencial de la oposición. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

86.

Alena Tsimafeeuna NYAKRASAVA

Elena Timofeevna NEKRASOVA

Алена Цімафееўна НЯКРАСАВА

Елена Тимофеевна НЕКРАСОВА

Puesto(s): Jueza del Tribunal de Distrito de Zavodsky en Minsk

Fecha de nacimiento: 26.11.1974

Sexo: femenino

Como jueza del Tribunal de Distrito de Zavodsky en Minsk, es responsable de dictar numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de violaciones de los derechos humanos, de menoscabar el Estado de Derecho, y de contribuir a la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

▼M45

87.

Aliaksandr Vasilevich SHAKUTSIN

Aleksandr Vasilevich SHAKUTIN

Аляксандр Васiльевiч ШАКУЦIН

Александр Васильевич ШАКУТИН

Cargo(s): Empresario, presidente de la junta directiva de la sociedad de cartera Amkodor

Fecha de nacimiento: 12.1.1959

Lugar de nacimiento: Bolshoe Babino, raión de Orsha, región/oblast de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Es uno de los principales empresarios que operan en Bielorrusia; tiene intereses comerciales en los sectores de la construcción, la construcción de maquinaria y la agricultura, entre otros.

Se dice que es una de las personas que más se han beneficiado de la privatización llevada a cabo durante el mandato de Lukashenka como presidente. Asimismo, es un antiguo miembro de la cúpula de la asociación pública de apoyo a Lukashenka «Belaya Rus» y un antiguo miembro del Consejo para el Desarrollo del Espíritu Emprendedor de la República de Bielorrusia.

En julio de 2020 hizo unos comentarios públicos en los que condenó las manifestaciones de la oposición en Bielorrusia y, así, brindó su apoyo a la política de represión del régimen de Lukashenka contra los manifestantes pacíficos, la oposición democrática y la sociedad civil.

Mantiene intereses comerciales en Bielorrusia.

17.12.2020

88.

Mikalai Mikalaevich VARABEI/VERABEI

Nikolay Nikolaevich VOROBEY

Мiкалай Мiкалаевiч ВАРАБЕЙ/ВЕРАБЕЙ

Николай Николаевич ВОРОБЕЙ

Cargo(s): Empresario, copropietario del grupo Bremino

Fecha de nacimiento: 4.5.1963

Lugar de nacimiento: República Socialista Soviética de Ucrania (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Es uno de los principales empresarios que operan en Bielorrusia y ha tenido intereses comerciales en los sectores del petróleo, el transporte de carbón y la banca, entre otros.

Es copropietario del grupo Bremino, una empresa que ha disfrutado de reducciones de impuestos y de otras formas de apoyo por parte de la administración bielorrusa. Su empresa BelKazTrans obtuvo el derecho exclusivo para transferir carbón a través de Bielorrusia. En diciembre de 2020 transfirió parte de sus activos a socios comerciales cercanos. Según los medios de comunicación, sigue controlando las empresas Interservice y Oil Bitumen Plant. Mantiene actividades empresariales y estrechas relaciones con las autoridades de Bielorrusia y ha cedido dos coches de lujo a Lukashenka. También tiene intereses comerciales en Ucrania y Rusia.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

▼M38

89.

Natallia Mikhailauna BUHUK

Natalia Mikhailovna BUGUK

Наталля Міхайлаўна БУГУК

Наталья Михайловна БУГУК

Jueza en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 19.12.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk, Natallia Buhuk es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas y manifestantes, en concreto de la condena de Katsiaryna Bakhvalava (Andreyeva) y Darya Chultsova. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

90.

Alina Siarhieeuna KASIANCHYK

Alina Sergeevna KASYANCHYK

Аліна Сяргееўна КАСЬЯНЧЫК

Алина Сергеевна КАСЬЯНЧИК

Fiscal asistente en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 12.3.1998

Lugar de nacimiento:

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de fiscal asistente en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk, Alina Kasianchyk ha representado al régimen de Lukashenka en causas con motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes. En concreto, ha procesado a las periodistas Katsiaryna Bakhvalava (Andreyeva) y Darya Chultsova por grabar protestas pacíficas, presentando los cargos infundados de «conspiración» y «violación del orden público». También ha procesado a miembros de la sociedad civil bielorrusa, por ejemplo por participar en protestas pacíficas y por rendir homenaje a Aliaksandr Taraikousky, manifestante asesinado. Siempre solicita al juez condenas de prisión de larga duración.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

91.

Ihar Viktaravich KURYLOVICH

Igor Viktorovich KURILOVICH

Iгар Вiĸтаравiч КУРЫЛОВIЧ,

Игорь Викторович КУРИЛОВИЧ

Investigador jefe del departamento del distrito de Frunzensky del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 26.9.1990

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de investigador jefe en el Tribunal de Distrito de Fruzensky, en Minsk, Ihar Kurylovich participó en la preparación de una causa penal con motivación política contra las periodistas Katsiaryna Bakhvalava (Andreyeva) y Darya Chultsova. Las periodistas, que grabaron protestas pacíficas, fueron acusadas de violar el orden público y condenadas a dos años de cárcel.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

92.

Siarhei Viktaravich SHATSILA

Sergei Viktorovich SHATILO

Сяргей Віĸтаравіч ШАЦІЛА

Сергей Виĸторович ШАТИЛО

Juez en el Tribunal de Distrito de Sovetsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 13.8.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky, en Minsk, Siarhei Shatsila es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes, en concreto de la condena de Natallia Hersche, Dzmitry Halko y Dzmitry Karatkevich, considerados presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

93.

Anastasia Vasileuna ACHALAVA

Anastasia Vasilievna ACHALOVA

Анастасія Васільеўна АЧАЛАВА

Анастасия Васильевна АЧАЛОВА

Jueza en el Tribunal de Distrito de Leninsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 15.10.1992

Lugar de nacimiento: Minsk (Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky, en Minsk, Anastasia Achalava es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes, en concreto de la condena del miembro del Consejo de Coordinación Dzmitry Kruk, así como contra personal sanitarios y personas mayores. Se ha informado de la aceptación de declaraciones de testigos anónimos durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

94.

Mariya Viachaslavauna YAROKHINA

Maria Viacheslavovna YEROKHINA

Марыя Вячаславаўна ЯРОХІНА

Мария Вячеславовна ЕРОХИНА

Jueza en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 4.7.1987

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk, Mariya Yerokhina es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, militantes sindicales, deportistas y manifestantes, en concreto de la condena del periodista Uladzimir Hrydzin.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

95.

Yuliya Aliaksandrauna BLIZNIUK

Yuliya Aleksandrovna BLIZNIUK

Юлія Аляĸсандраўна БЛІЗНЮК

Юлия Алеĸсандровна БЛИЗНЮК

Vicepresidenta y jueza en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 23.9.1971

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicepresidenta y jueza en el Tribunal de Distrito de Frunzensky, en Minsk, Yuliya Blizniuk es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes, en concreto de la condena de los activistas Artsiom Khvashcheuski, Artsiom Sauchuk y Maksim Pauliushchyk. Estas personas están consideradas presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

96.

Anastasia Dzmitreuna KULIK

Anastasia Dmitrievna KULIK

Анастасія Дзмітрыеўна КУЛІК

Анастасия Дмитриевна КУЛИК

Jueza del Tribunal de Distrito de Pervomaisky de Minsk

Fecha de nacimiento: 28.7.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Pervomaisky de Minsk, Anastasia Kulik es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de Aliaksandr Zakharevich, considerado preso político por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

97.

Maksim Leanidavich TRUSEVICH

Maxim Leonidovich TRUSEVICH

Маĸсім Леанідавіч ТРУСЕВІЧ

Маĸсим Леонидович ТРУСЕВИЧ

Juez del Tribunal de Distrito de Pervomaisky de Minsk

Fecha de nacimiento: 12.8.1989

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez en el Tribunal de Distrito de Pervomaisky, en Minsk, Maxim Trusevich es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

98.

Tatsiana Yaraslavauna MATYL

Tatiana Yaroslavovna MOTYL

Тацяна Яраславаўна МАТЫЛЬ

Татьяна Ярославовна МОТЫЛЬ

Jueza del Tribunal de Distrito de Moskovsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 20.1.1968

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza en el Tribunal de Distrito de Moskovsky, en Minsk, Tatsiana Matyl es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, dirigentes de la oposición, activistas y manifestantes, en concreto de la condena del político de la oposición Mikalai Statkevich y del periodista Alexander Borozenko. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

99.

Aliaksandr Anatolevich RUDZENKA

Aleksandr Anatolevich RUDENKO

Аляĸсандр Анатольевіч РУДЗЕНКА

Алеĸсандр Анатольевич РУДЕНКО

Vicepresidente del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 1.12.1981

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicepresidente y juez del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Aliaksandr Rudzenka es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra periodistas, activistas y manifestantes, en concreto de sancionar a un manifestante de edad avanzada y con discapacidad, así como de la condena de Lyudmila Kazak, abogada de Mariya Kalesnikava, dirigente de la oposición bielorrusa. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

100.

Aliaksandr Aliaksandravich VOUK

Aleksandr Aleksandrovich VOLK

Аляĸсандр Аляĸсандравіч ВОЎК

Алеĸсандр Алеĸсандрович ВОЛК

Juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 1.8.1979

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal de Distrito de Sovetsky de Minsk, Aliaksandr Vouk es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de las hermanas Anastasia y Victoria Mirontsev, consideradas presas políticas por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un juicio justo durante juicios realizados bajo su supervisión.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

101.

Volha Siarheeuna NIABORSKAIA

Olga Sergeevna NEBORSKAIA

Вольга Сяргееўна НЯБОРСКАЯ

Ольга Сергеевна НЕБОРСКАЯ

Jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 14.2.1991

Lugar de nacimiento:

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jueza del Tribunal de Distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Volha Niaborskaya es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos y periodistas, en concreto de la condena de Sofia Malashevich y Tikhon Kliukach, considerados presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

102.

Marina Sviataslavauna ZAPASNIK

Marina Sviatoslavovna ZAPASNIK

Марына Святаславаўна ЗАПАСНІК

Марина Святославовна ЗАПАСНИК

Vicepresidenta del Tribunal de Distrito de Leninsky de Minsk

Fecha de nacimiento: 28.3.1982

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicepresidenta y jueza del Tribunal de Distrito de Leninsky de Minsk, Marina Zapasnik es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de los activistas Vladislav Zenevich, Olga Pavlova, Olga Klaskovskaya, Viktar Barushka, Sergey Ratkevich, Aleksey Charvinskiy, Andrey Khrenkov, Viktor Aktistov, estudiante, y Maksim Babich, menor de edad. Todas estas personas están reconocidas como presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

103.

Maxim Yurevich FILATAU

Maxim Yurevich FILATOV

Максім Юр'евіч Філатаў

Максим Юрьевич ФИЛАТОВ

Juez del Tribunal Municipal de Lida

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal Municipal de Lida, Maxim Filatau es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena del activista Vitold Ashurok, reconocido como preso político por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

104.

Andrei Vaclavavich HRUSHKO

Andrei Vatslavovich GRUSHKO

Андрэй Вацлававіч ГРУШКО

Андрей Вацлавович ГРУШКО

Juez del Tribunal de Distrito de Leninsky de Brest.

Fecha de nacimiento: 24.1.1979

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de juez del Tribunal de Distrito de Leninsky de Brest, Andrei Hrushko es responsable de numerosas sentencias de motivación política contra manifestantes pacíficos, en concreto de la condena de activistas, reconocidos como presos políticos, y menores de edad.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

105.

Dzmitry Iurevich HARA

Dmitry Iurevich GORA

Дзмітрый Юр'евіч ГАРА

Дмитрий Юрьевич ГОРА

Presidente del Comité de Investigación de Bielorrusia (nombrado el 11 de marzo de 2021)

Antiguo fiscal general adjunto de la República de Bielorrusia (hasta el 11 de marzo de 2021)

Fecha de nacimiento: 4.5.1970

Por su cargo de fiscal general adjunto hasta marzo de 2021, Dzmitry Hara es responsable de causas penales de motivación política contra manifestantes pacíficos, miembros de la oposición, periodistas, sociedad civil y ciudadanos de a pie. Dmitry Gora también ha participado en la apertura de un proceso penal de motivación política contra Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Tiflis, antigua República Socialista Soviética de Georgia (actualmente Georgia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jefe de la Comisión Intergubernamental creada por la Fiscalía General para investigar reclamaciones de los ciudadanos por abusos de poder de miembros de las fuerzas policiales, Dzmitry Hara es responsable de la inacción de dicha institución, ya que no se conoce ningún caso de investigación, a pesar de la solicitud de apertura de causas penales por uso de la violencia, malos tratos y tortura.

Desde marzo de 2021 es presidente del Comité de Investigación de Bielorrusia. Por su cargo, es responsable del procesamiento de defensores de los derechos humanos y participantes en protestas pacíficas.

 

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

106.

Aliaksei Kanstantsinavich STUK

Alexey Konstantinovich STUK

Аляĸсей Канстанцінавіч СТУК

Алеĸсей Константинович СТУК

Fiscal general adjunto de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 1959

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de fiscal general adjunto, Aliaksei Stuk es responsable de causas penales de motivación política contra la oposición, periodistas, sociedad civil y ciudadanos de a pie. Es responsable del endurecimiento del control por la Fiscalía de las actividades ciudadanas en lugares públicos y lugares de trabajo, y es responsable de la atribución de obligaciones legales excesivas a los participantes en protestas pacíficas. Ha declarado públicamente que la Fiscalía General trataría de identificar las asociaciones ciudadanas «ilegales» y poner fin a sus actividades.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

107.

Genadz Iosifavich DYSKO

Gennadi Iosifovich DYSKO

Генадзь Іосіфавіч ДЫСКО

Геннадий Иосифович ДЫСКО

Fiscal general adjunto de la República de Bielorrusia, consejero de Estado de Justicia de tercera clase Fecha de nacimiento: 22.3.1964

Lugar de nacimiento: Oshmyany, región de Hrodna, (antigua URSS) actualmente Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de fiscal general adjunto, Genadz Dysko es responsable de causas penales de motivación política contra la oposición, periodistas, sociedad civil y ciudadanos de a pie. También ha participado en la apertura de un proceso penal de motivación política contra Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

108.

Sviatlana, Anatoleuna LYUBETSKAYA

Svetlana Anatolevna LYUBETSKAYA

Святлана Анатольеўна ЛЮБЕЦКАЯ

Светлана Анатольевна ЛЮБЕЦКАЯ

Miembro de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia, presidenta de la Comisión Permanente de Justicia

Fecha de nacimiento: 3.6.1971

Lugar de nacimiento: antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de presidenta de la Comisión de Justicia del Parlamento, Sviatlana Lyubetskaya es responsable de la adopción del nuevo Código de Infracciones Administrativas (en vigor desde el 1 de marzo de 2021) que autoriza las detenciones arbitrarias y establece una mayor responsabilidad por la participación en actos multitudinarios, en particular por exhibir símbolos políticos. Por estas actividades legislativas, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, en particular el derecho de reunión pacífica, y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática. Estas actividades legislativas también menoscaban gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

21.6.2021

109.

Aliaksei Uladzimiravich IAHORAU

Alexei Vladimirovich YEGOROV

Аляксей Уладзіміравіч ЯГОРАЎ

Алексей Владимирович ЕГОРОВ

Miembro de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia, vicepresidente de la Comisión Permanente de Justicia

Fecha de nacimiento: 16.12.1969

Por su cargo de vicepresidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Aliaksei Iahorau es responsable de la adopción del nuevo Código de Infracciones Administrativas (en vigor desde el 1 de marzo de 2021) que autoriza las detenciones arbitrarias y establece una mayor responsabilidad por la participación en actos multitudinarios, en particular por exhibir símbolos políticos. Por estas actividades legislativas, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, en particular el derecho de reunión pacífica, y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática. Estas actividades legislativas también menoscaban gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Novosokolniki, región de Pskov, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

 

 

110.

Aliaksandr Paulavich AMELIANIUK

Aleksandr Pavlovich OMELYANYUK

Аляксандр Паўлавіч АМЕЛЬЯНЮК

Александр Павлович ОМЕЛЬЯНЮК

Miembro de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de la República de Bielorrusia, vicepresidente de la Comisión Permanente de Justicia

Fecha de nacimiento: 6.3.1964

Por su cargo de vicepresidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Aliaksandr Amelianiuk es responsable de la adopción del nuevo Código de Infracciones Administrativas (en vigor desde el 1 de marzo de 2021) que autoriza las detenciones arbitrarias y establece una mayor responsabilidad por la participación en actos multitudinarios, en particular por exhibir símbolos políticos. Por estas actividades legislativas, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, en particular el derecho de reunión pacífica, y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática. Estas actividades legislativas también menoscaban gravemente la democracia y el Estado de Derecho en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Kobrin, región de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

 

 

111.

Andrei Mikalaevich MUKAVOZCHYK

Andrei Nikolaevich MUKOVOZCHYK

Андрэй Міĸалаевіч МУКАВОЗЧЫК

Андрей Ниĸолаевич МУКОВОЗЧИК

Columnista político del diario «Bielorrusia Hoy» («Sovietskaia Belarus - Belarus Segodnya»)

Fecha de nacimiento: 13.6.1963

Lugar de nacimiento: Novosibirsk, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Andrei Mukavozchyk es uno de los principales propagandistas del régimen de Lukashenka, que publica en «Bielorrusia Hoy», el diario oficial de la Administración presidencial. En sus artículos, se describe sistemáticamente a la oposición democrática y a la sociedad civil de manera negativa y despreciativa con el uso de información falsificada. Es una de las principales fuentes de la propaganda estatal que apoya y justifica la represión contra la oposición democrática y la sociedad civil.

21.6.2021

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: MP 3413113 y MP 2387911

En mayo de 2020 Mukavozchyk recibió el premio Pluma de Oro concedido por la Unión Bielorrusa de Periodistas, organización progubernamental. En diciembre de 2020 le otorgaron el premio Letra de Oro, cuya entrega corrió a cargo de representantes del Ministerio de Información bielorruso. En enero de 2021 Lukashenka firmó un decreto por el que se concedía a Mukavozchyk la Medalla al Mérito en el Trabajo.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

 

▼M45

112.

Siarhei Aliaksandravich GUSACHENKA

Sergey Alexandrovich GUSACHENKO

Сяргей Аляксандравiч ГУСАЧЭНКА

Сергей Александрович ГУСАЧЕНКО

Cargo(s): Vicepresidente de la compañía pública nacional bielorrusa de televisión y radio (Belteleradio)

Fecha de nacimiento: 5.11.1983

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Teléfono (trabajo): +375 (17) 369-90-15

Como vicepresidente de Belteleradio (la compañía pública nacional bielorrusa de televisión y radio), autor y presentador del programa de televisión semanal de propaganda «Glavnyy efir», Siarhei Gusachenka ha proporcionado voluntariamente al público bielorruso información falsa sobre los resultados de las elecciones, las manifestaciones, la represión ejercida por las autoridades del Estado y actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión. Es directamente responsable de la forma en que la televisión pública presenta la información sobre la situación en el país, por lo que presta su apoyo a las autoridades, en particular a Lukashenka.

Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenka.

21.6.2021

▼M38

113.

Genadz Branislavavich DAVYDZKA

Gennadi Bronislavovich DAVYDKO

Генадзь Браніслававіч ДАВЫДЗЬКА

Геннадий Брониславович ДАВЫДЬКO

Miembro de la Cámara de Representantes, presidente de la Comisión de derechos humanos y medios de comunicación

Presidente de la organización política bielorrusa Belaya Rus

Fecha de nacimiento: 29.9.1955

Como presidente de Belaya Rus, una de las organizaciones de apoyo a Lukashenka más importantes, Genadz Davydzka es uno de los principales propagandistas del régimen. A la hora de apoyar a Lukashenka, ha utilizado con frecuencia un lenguaje incendiario y ha alentado la violencia del aparato del Estado contra los manifestantes pacíficos.

Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

 

 

 

Lugar de nacimiento: Municipio de Popovka, Senno/Sjanno, región de Vitebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Pasaporte MP2156098

 

 

▼M45

114.

Volha Mikalaeuna CHAMADANAVA

Olga Nikolaevna CHEMODANOVA

Вольга Мiĸалаеўна ЧАМАДАНАВА

Ольга Ниĸолаевна ЧЕМОДАНОВА

Cargo(s): Antigua secretaria de prensa del Ministerio del Interior de Bielorrusia

Directora de la Dirección Principal de Ideología y Juventud del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 13.10.1977

Lugar de nacimiento: región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: coronel

Número de pasaporte: MC1405076

En su cargo anterior —principal encargada de los medios de comunicación del Ministerio del Interior de Bielorrusia—, Volha Chamadanava desempeñó un papel fundamental en la distorsión y la desvirtuación de los hechos de violencia contra los manifestantes y en la difusión de información falsa sobre ellos. Amenazó a manifestantes pacíficos y justificó de forma continuada la violencia contra ellos.

Dado que ha formado parte del aparato de seguridad y ha intervenido en su nombre, brinda su apoyo al régimen de Lukashenka.

Sigue activa en el régimen de Lukashenka como directora de la Dirección Principal de Ideología y Juventud del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk.

21.6.2021

▼M38

115.

Siarhei Ivanavich SKRYBA

Sergei Ivanovich SKRIBA

Сяргей Іванавіч СКРЫБА

Сергей Иванович СКРИБА

Vicerrector de la Universidad Económica Estatal de Bielorrusia en el ámbito de la Educación

Fecha de nacimiento: 21.11.1964/1965

Lugar de nacimiento: Kletsk, región de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Correo electrónico: skriba_s@bseu.by

Por su cargo de vicerrector de la Universidad Económica Estatal de Bielorrusia en el ámbito de la Educación, Siarhei Skryba es responsable de las sanciones adoptadas contra estudiantes que participaron en protestas pacíficas, incluida su expulsión de la universidad.

Algunas sanciones se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Por lo tanto es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

116.

Siarhei Piatrovich, RUBNIKOVICH

Sergei Petrovich RUBNIKOVICH

Сяргей Пятровіч РУБНІКОВІЧ Сергей Петрович РУБНИКОВИЧ

Rector of the Belarusian State Medical University DOB: 1974

Lugar de nacimiento: Sharkauschyna, región de Vitebsk/Viciebsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de rector de la Universidad Médica Estatal de Bielorrusia, Siarhei Rubnikovich, cuyo nombramiento fue aprobado por Alexander Lukashenka, es responsable de que la administración de la universidad decidiese expulsar a los estudiantes que participaron en protestas pacíficas. Las órdenes de expulsión se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Por lo tanto es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

117.

Aliaksandr Henadzevich BAKHANOVICH

Aleksandr Gennadevich BAKHANOVICH

Аляĸсандр Генадзевіч БАХАНОВІЧ

Алеĸсандр Геннадьевич БАХАНОВИЧ

Rector de la Universidad Técnica Estatal de Brest

Fecha de nacimiento: 1972

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de de rector de la Universidad Técnica Estatal de Brest, Aliaksandr Bakhanovich, cuyo nombramiento fue aprobado por Alexander Lukashenka, es responsable de que la administración de la universidad decidiese expulsar a los estudiantes que participaron en protestas pacíficas. Las órdenes de expulsión se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Bakhanovich es, por lo tanto, responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

118.

Mikhail Ryhoravich BARAZNA

Mikhail Grigorevich BOROZNA

Міхаіл Рыгоравіч БАРАЗНА

Михаил Григорьевич БОРОЗНА

Rector de la Academia de Artes Estatal de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 20.11.1962

Lugar de nacimiento: Rakusheva, región de Mahileu/ Mogiliev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de rector de la Academia de Artes Estatal de Bielorrusia, Mikhail Barazna es responsable de que la administración de la universidad decidiese expulsar a los estudiantes que participaron en protestas pacíficas.

Las órdenes de expulsión se adoptaron tras el llamamiento de Lukashenka, el 27 de octubre de 2020, para expulsar de las universidades a los estudiantes que participasen en protestas o huelgas.

Mikhail Barazna es, por lo tanto, responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

119.

Maxim Uladzimiravich RYZHANKOU

Maxim Vladimirovich RYZHENKOV

Максім Уладзіміравіч РЫЖАНКОЎ

Максим Владимирович РЫЖЕНКОВ

Vicedirector primero de la Administración Presidencial

Fecha de nacimiento: 19.6.1972

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector primero de la Administración Presidencial, Maxim Ryzhankou está estrechamente relacionado con el presidente y es responsable de asegurar la ejecución de los poderes presidenciales en el ámbito de la política interior y exterior. Durante más de veinte años de carrera en el servicio civil de Bielorrusia ha desempeñado varios puestos, entre otros en el Ministerio de Asuntos Exteriores y en diversas embajadas. Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

120.

Dzmitry Aliaksandravich LUKASHENKA

Dmitry Aleksandrovich LUKASHENKO

Дзмітрый Аляксандравіч ЛУКАШЭНКА

Дмитрий Александрович ЛУКАШЕНКО

Empresario, preside el Club Deportivo del Presidente

Fecha de nacimiento: 23.3.1980

Lugar de nacimiento: Mogilev/Mahiliou, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Dzmitry Lukashenka es hijo de Aliaksandr Lukashenka y empresario. Desde 2005 preside la asociación público-privada «Club Deportivo del Presidente», puesto para el que fue reelegido en 2020. A través de dicha entidad ejerce actividades económicas y controla varias empresas. Estuvo presente en la toma de posesión secreta de Aliaksandr Lukashenka en septiembre de 2020. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

21.6.2021

▼M45

121.

Liliya Valereuna LUKASHENKA (SIAMASHKA)

Liliya Valerevna LUKASHENKO (SEMASHKO)

Лiлiя Валер’еўна ЛУКАШЭНКА (СЯМАШКА)

Лилия Валерьевна ЛУКАШЕНКО (СЕМАШКО)

Cargo(s): Empresaria, directora de una galería de arte

Fecha de nacimiento: 29.10.1979

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de identificación personal: 4291079A047PB1

Liliya Lukashenka es esposa de Viktar Lukashenka y nuera de Aliaksandr Lukashenka. Ha estado estrechamente vinculada a una serie de empresas muy conocidas que se han beneficiado del régimen de Lukashenka, entre ellas Dana Holdings/Dana Astra y Belkhudozhpromysly. Estuvo presente, junto con su marido Viktar Lukashenka, en la investidura secreta de Aliaksandr Lukashenka en septiembre de 2020.

Actualmente es directora de la galería de arte «Art Chaos». Sus actividades empresariales son promovidas por medios de comunicación afines al régimen.

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

21.6.2021

▼M38

122.

Valeri Valerevich IVANKOVICH

Valery Valerevich IVANKOVICH

Валерый Валер'евіч ІВАНКОВІЧ

Валерий Валерьевич ИВАНКОВИЧ

Director general de la sociedad OJSC «MAZ».

Fecha de nacimiento: 1971

Lugar de nacimiento: Novopolotsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director general de la sociedad OJSC «MAZ», Valeri Ivankovich es responsable de la detención de trabajadores de MAZ dentro de sus locales por parte de las fuerzas de seguridad, y por despedir a empleados de MAZ que participaban en protestas pacíficas contra el régimen. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil.

Fue nombrado por Lukashenka miembro de la comisión encargada de redactar enmiendas de la Constitución bielorrusa. Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

▼M45

123.

Aliaksandr Yauhenavich SHATROU

Alexander (Alexandr) Evgenevich SHATROV

Аляксандр Яўгенавiч ШАТРОЎ

Александр Евгеньевич ШАТРОВ

Cargo(s): Empresario, accionista y exjefe de Synesis LLC

Fecha de nacimiento: 9.11.1978

Lugar de nacimiento: antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: rusa, bielorrusa

Número de identificación personal: 3091178A002VF5

Como exjefe y antiguo accionista mayoritario de Synesis LLC, Alexander Shatrov fue responsable de la decisión de dicha empresa de proporcionar a las autoridades bielorrusas una plataforma de vigilancia, Kipod, capaz de realizar búsquedas en imágenes de vídeo, de analizar dichas imágenes y de utilizar programas de reconocimiento facial. Por lo tanto, contribuye a la represión de la sociedad civil y de la oposición democrática por parte del aparato del Estado.

21.6.2021

 

 

 

 

Synesis LLC y su filial Panoptes se benefician de su participación en el Sistema de Seguimiento de Seguridad de la República. Otras empresas que han sido propiedad o copropiedad de Shatrov, como BelBet y Synesis Sport, también se benefician de contratos públicos.

Ha criticado en público a quienes protestaban contra el régimen de Lukashenka y ha relativizado la falta de democracia en Bielorrusia. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Sigue siendo accionista de Synesis LLC.

 

124.

Siarhei Siamionavich TSIATSERYN

Sergei Semionovich TETERIN

Сяргей Сямёнавiч ЦЯЦЕРЫН

Сергей Семёнович ТЕТЕРИН

Cargo(s): Empresario, propietario de BelGlobalStart, copropietario de VIBEL, antiguo presidente de la Federación de Tenis de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 7.1.1961

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Siarhei Tsiatseryn es uno de los principales empresarios con actividad en Bielorrusia, y tiene intereses empresariales en la distribución de bebidas alcohólicas (a través de su sociedad BelGlobalStart), productos alimentarios y muebles. Pertenece al círculo íntimo de Lukashenka.

En 2019 se concedió a BelGlobalStart la oportunidad de iniciar la construcción de un centro empresarial multifuncional frente al palacio presidencial, en Minsk. Es copropietario de la sociedad VIBEL, que vende anuncios en varios canales de televisión nacionales de Bielorrusia. Presidió la Federación de Tenis de Bielorrusia y fue asesor de Lukashenka en asuntos deportivos.

21.6.2021

125.

Mikhail Safarbekovich GUTSERIEV

Микаил (Михаил) Сафарбекович ГУЦЕРИЕВ

Cargo(s): Empresario, accionista y presidente del consejo de administración de las empresas Safmar y Slavkali

Fecha de nacimiento: 9.5.1958

Lugar de nacimiento: Akmolinsk, antigua URSS (actualmente Kazajistán)

Sexo: masculino

Nacionalidad: rusa

Mikhail Gutseriev es un destacado hombre de negocios ruso, con intereses comerciales en Bielorrusia en los sectores de la energía, la potasa y la hostelería, entre otros. Tiene relación desde hace mucho tiempo con Aliaksandr Lukashenka y, gracias a esa asociación, ha acumulado una importante riqueza e influencia entre la élite política de Bielorrusia. Safmar, empresa que ha sido controlada por Gutseriev, fue la única petrolera rusa que siguió suministrando petróleo a las refinerías bielorrusas durante la crisis energética entre Bielorrusia y Rusia de comienzos de 2020.

21.6.2021

 

 

 

 

Gutseriev también apoyó a Lukashenka en disputas con Rusia por las entregas de petróleo. Gutseriev ha sido presidente del consejo de administración y accionista de una empresa en Slavkali, que está construyendo el complejo de extracción y procesamiento de cloruro de potasio de Nezhinsky que depende del depósito de potasa de Starobinsky, cerca de Lyuban. Se trata de la mayor inversión en Bielorrusia, de un valor de 2 000  millones de dólares estadounidenses. Lukashenka ha prometido que la localidad de Lyuban se llamará Gutserievsk en su honor.

Ha tenido otros negocios en Bielorrusia, por ejemplo, gasolineras y depósitos petrolíferos, un hotel, un centro empresarial y una terminal del aeropuerto de Minsk. Lukashenka salió en defensa de Gutseriev después de que se iniciase en Rusia una investigación penal contra él. Lukashenka también agradeció a Gutseriev sus contribuciones financieras a la beneficencia y la inversión de miles de millones de dólares en Bielorrusia. Se ha informado de que Gutseriev ha hecho a Lukashenka regalos lujosos.

Gutseriev también declaró ser propietario de una residencia que en realidad pertenece a Lukashenka cuando los periodistas empezaron a investigar los bienes de Lukashenka, lo que supone un encubrimiento. Gutseriev asistió a la investidura secreta de Lukashenka del 23 de septiembre de 2020. En octubre de 2020, Lukashenka y Gutseriev asistieron juntos a la inauguración de una iglesia ortodoxa que este último había patrocinado.

Según informaciones de los medios de comunicación, cuando en agosto de 2020 se despidió a los trabajadores en huelga de los medios de comunicación estatales bielorrusos, profesionales de los medios de comunicación rusos fueron trasladados a Bielorrusia en aviones propiedad de Gutseriev para sustituir a los empleados despedidos y alojados en el hotel Minsk Renaissance, propiedad de Gutseriev. Gutseriev ayudó a adquirir escáneres de tomografía para Bielorrusia durante la crisis de la COVID-19. Por lo tanto, Mikhail Gutseriev se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

 

▼M38

126.

Aliaksey Ivanavich ALEKSIN

Alexei Ivanovich OLEKSIN

Аляксей Іванавіч АЛЕКСІН

Алексей Иванович ОЛЕКСИН

Empresario, copropietario del grupo Bremino

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Aliaksei Aleksin es uno de los principales empresarios de Bielorrusia, con intereses comerciales en los sectores del petróleo y la energía, el sector inmobiliario, el desarrollo, la logística, el tabaco, el comercio minorista y las finanzas, entre otros. Mantiene una estrecha relación con Aliaksandr Lukashenka y su hijo Viktar Lukashenka, antiguo consejero de seguridad nacional. Participa activamente en las actividades de los aficionados a las motos en Bielorrusia, una afición que comparte con Viktar Lukashenka. Su empresa posee terrenos en «Alexandria 2» (región de Mogilev), conocida comúnmente como «residencia presidencial», que Aliaksandr Lukashenka visita con frecuencia.

21.6.2021

 

 

 

 

Es copropietario del Grupo Bremino, promotor y coadministrador del proyecto de zona económica especial de Bremino-Orsha, creada por un decreto presidencial firmado por Aliaksandr Lukashenka. La empresa ha recibido ayudas estatales para desarrollar la zona de Bremino-Orsha, así como una serie de ventajas financieras y fiscales y otros privilegios. Aleksin y otros propietarios del Grupo Bremino han recibido apoyo de Viktar Lukashenka.

 

 

 

 

 

Las empresas «Inter Tobacco» y «Energo-Oil», que pertenecen a Aleksin y a miembros de su familia cercana, recibieron privilegios exclusivos para importar productos del tabaco a Bielorrusia, con arreglo a un decreto firmado por Aliaksandr Lukashenka, y recibieron apoyo estatal para la creación de los kioskos Tabakierka. Participó presuntamente en el establecimiento de «GardServis», la primera empresa militar privada aprobada por el Gobierno en Bielorrusia, que, según la información recibida, tiene vínculos con el aparato de seguridad bielorruso. Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka.

 

▼M45

127.

Aliaksandr Mikalaevich ZAITSAU

Alexander (Alexandr) Nikolaevich ZAITSEV

Аляксандр Мiкалаевiч ЗАЙЦАЎ

Александр Николаевич ЗАЙЦЕВ

Cargo(s): Empresario, copropietario del grupo Bremino y del grupo Sohra

Fecha de nacimiento: 22.11.1976

Lugar de nacimiento: Ruzhany, región/oblast de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Aliaksandr Zaitsau fue asistente de Viktar Lukashenka, hijo y antiguo consejero de seguridad nacional de Aliaksandr Lukashenka. Gracias a sus contactos con la familia Lukashenka, Zaitsau obtiene contratos lucrativos para sus empresas. Tenía estrechos lazos con el grupo Sohra, al que se le ha concedido el derecho de exportación de la producción de empresas públicas (tractores y camiones) a países africanos y del Golfo. También es copropietario y presidente del consejo de participantes del grupo Bremino. La empresa ha recibido ayudas públicas para desarrollar la zona de Bremino-Orsha, así como una serie de ventajas financieras y fiscales y otros privilegios. Zaitsau y otros propietarios del grupo Bremino han recibido apoyo de Viktar Lukashenka.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

 

▼M38

128.

Ivan Branislavavich MYSLITSKI

Ivan Bronislavovich MYSLITSKIY

Іван Браніслававіч МЫСЛІЦКІ

Иван Брониславович МЫСЛИЦКИЙ

Vicedirector primero del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 23.10.1976

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector primero del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Ivan Myslitski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

129.

Aleh Mikalaevich, BELIAKOU

Oleg Nikolaevich BELIAKOV

Алег Міĸалаевіч БЕЛЯКОЎ

Олег Ниĸолаевич БЕЛЯКОВ

Vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento:

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Aleh Beliakou es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

130.

Uladzislau Aliakseevich MANDRYK

Vladislav Alekseevich MANDRIK

Уладзіслаў Аляксеевіч МАНДРЫК

Владислав Алексеевич МАНДРИК

Vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 4.7.1971

Lugar de nacimiento:

Documento nacional de identidad: 3040771A125PB2; Pasaporte: MP3810311.

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Uladzislau Mandryk es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

131.

Andrei Mikalaevich DAILIDA

Andrei Nikolaevich DAILIDA

Андрэй Мікалаевіч ДАЙЛІДА

Андрей Ниĸолаевич ДАЙЛИДА

Vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 1.7.1974

Lugar de nacimiento:

Pasaporte: KH2133825

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Andrei Dailida es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales. Por su trabajo como vicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, recibió, en diciembre de 2020, la Orden Presidencial por servicios a la patria y, por lo tanto, se ha beneficiado del régimen de Lukashenka.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

132.

Aleh Mikalaevich LASHCHYNOUSKI

Oleg Nikolaevich LASHCHINOVSKII

Алег Мікалаевіч ЛАШЧЫНОЎСКІ

Олег Николаевич ЛАЩИНОВСКИЙ

Exvicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 12.5.1963

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de exvicedirector del Departamento de Corrección Penitenciaria, con autoridad sobre los centros de internamiento del Ministerio del Interior, Aleh Lashchynouski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su antiguo cargo, es responsable de las condiciones de las prisiones bielorrusas y de las medidas represivas tomadas en ellas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

133.

Zhana Uladzimirauna BATURYTSKAIA

Zhanna Vladimirovna BATURITSKAYA

Жана Уладзіміраўна БАТУРЫЦКАЯ

Жанна Владимировна БАТУРИЦКАЯ

Directora de la Dirección de Ejecución de Condenas del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior

Fecha de nacimiento: 20.4.1972

Lugar de nacimiento:

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de directora de la Dirección de Ejecución de Condenas del Departamento de Corrección Penitenciaria del Ministerio del Interior, con autoridad sobre los centros de internamiento, Zhana Baturitskaia es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y que fueron recluidos en dichos centros tras las elecciones presidenciales de 2020, en consonancia con las instrucciones dadas por Lukashenka a los agentes del Ministerio del Interior.

21.6.2021

 

 

 

 

Por su cargo, es responsable de las condiciones de reclusión de las prisiones bielorrusas, por ejemplo, la clasificación de presos en categorías, en función de la cual se les infligen diferentes tipos de malos tratos y torturas, como insultos, aislamiento punitivo, privación de llamadas y visitas, mutilación, palizas o torturas brutales.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

134.

Dzmitry Mikalaevich STREBKOU

Dmitry Nikolaevich STREBKOV

Дзмітрый Мікалаевіч СТРЭБКОЎ

Дмитрий Николаевич СТРЕБКОВ

Director de la prisión n.o 8 de Zhodino

Fecha de nacimiento: 19.3.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director de la prisión n.o 8 de Zhodino, Dzmitry Strebkou es responsable de las pésimas condiciones existentes en el centro de internamiento y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y fueron detenidos en este centro o en su centro de internamiento temporal tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

135.

Yauhen Andreevich SHAPETSKA

Evgeniy Andreevich SHAPETKO

Яўген Андрэевіч ШАПЕЦЬКА

Евгений Андреевич ШАПЕТЬКО

Director del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina

Fecha de nacimiento: 30.3.1989

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina, Yauhen Shapetska es responsable de las pésimas condiciones existentes en el centro de aislamiento y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y fueron detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

136.

Ihar Ryhoravich KENIUKH

Igor Grigorevich KENIUKH

Ігар Рыгоравіч КЕНЮХ

Игорь Григорьевич КЕНЮХ

Director del centro de internamiento temporal de Akrestina

Fecha de nacimiento: 21.1.1980

Lugar de nacimiento: Región de Gomel, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del centro de internamiento temporal de Akrestrina, Ihar Keniukh es responsable de las condiciones pésimas y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas palizas y torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020.

21.6.2021

 

 

 

 

Presionó al personal sanitario para apartar a los médicos posicionados a favor de los manifestantes. Según el testimonio de numerosas mujeres recogido en el informe del Centro para la Promoción de los Derechos de la Mujer, «Los derechos de ellas», los tratos más inhumanos ocurrieron en el centro de internamiento de Akrestina en Minsk, en el que los policías del OMON se mostraron especialmente crueles y recurrieron la tortura.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

137.

Hleb Uladzimiravich DRYL

Gleb Vladimirovich DRIL

Глеб Уладзіміравіч ДРЫЛЬ

Глеб Владимирович ДРИЛЬ

Director adjunto del centro de internamiento temporal de Akrestina

Fecha de nacimiento: 12.5.1980

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director adjunto del centro de internamiento temporal, Hleb Dryl es responsable de las condiciones pésimas y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas palizas y torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020.

21.6.2021

 

 

 

 

Según declaraciones de testigos, algunas de las mujeres detenidas entre el 9 y el 12 de agosto de 2020 recibieron fuertes palizas en los centros de internamiento. Según el testimonio de numerosas mujeres recogido en el informe del Centro para la Promoción de los Derechos de la Mujer, «Los derechos de ellas», los tratos más inhumanos ocurrieron en el centro de internamiento de Akrestina en Minsk, en el que los policías del OMON se mostraron especialmente crueles y recurrieron la tortura.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

138.

Uladzimir Iosifavich LAPYR

Vladimir Yosifovich LAPYR

Уладзімір Іосіфавіч ЛАПЫР

Владимир Иосифович ЛАПЫРЬ

Director adjunto del centro de internamiento temporal de Akrestina

Fecha de nacimiento: 21.8.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director adjunto del centro de internamiento temporal de Akrestrina, Uladzimir Lapyr es responsable de las condiciones pésimas y de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas palizas y torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en este centro de internamiento tras las elecciones presidenciales de 2020. Según el testimonio de numerosas mujeres recogido en el informe del Centro para la Promoción de los Derechos de la Mujer, «Los derechos de ellas», los tratos más inhumanos ocurrieron en el centro de internamiento de Akrestina en Minsk, en el que los policías del OMON se mostraron especialmente crueles y recurrieron la tortura.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

139.

Aliaksandr Uladzimiravich VASILIUK

Alexander (Alexandr) Vladimirovich VASILIUK

Аляксандр Уладзіміравіч ВАСІЛЮК

Александр Владимирович ВАСИЛЮК

Director del equipo de investigación del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 8.5.1975

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del equipo de investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Aliaksandr Vasiliuk es responsable de procesamientos y detenciones con motivaciones políticas, en particular de los miembros del Consejo de Coordinación de la oposición, como la dirigente de la oposición bielorrusa Mariya Kalesnikava, considerada presa política por organizaciones de derechos humanos. También es responsable de la detención de varios representantes de medios de comunicación de la oposición.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

140.

Yauhen Anatolevich ARKHIREEU

Evgeniy Anatolevich ARKHIREEV

Яўген Анатольевіч АРХІРЭЕЎ

Евгений Анатольевич АРХИРЕЕВ

Director del Departamento Principal de Investigación, Oficina central del Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 1.7.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento Principal de Investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Yauhen Arkhireeu es responsable de la apertura y la investigación de procesos penales con motivaciones políticas, en particular de los miembros del Consejo de Coordinación de la oposición y otros manifestantes. Dichas investigaciones pretenden intimidar a los manifestantes y criminalizar la participación en protestas pacíficas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

141.

Aliaksei Iharavich KAURYZHKIN

Alexey Igorovich KOVRYZHKIN

Аляĸсей Ігаравіч КАЎРЫЖКІН

Алеĸсей Игоревич КОВРИЖКИН

Director del equipo de investigación, Departamento Principal de Investigación, Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 3.11.1981

Lugar de nacimiento: Bobruisk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del equipo de investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Aliaksei Kauryzhkin es responsable de procesamientos y detenciones con motivaciones políticas, en particular de miembros del equipo encargado de la campaña presidencial de Viktar Babarika y de miembros del Consejo de Coordinación, como el abogado Maxim Znak, considerado preso político por organizaciones de derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

142.

Aliaksandr Dzmitryevich AHAFONAU

Alexander (Alexandr) Dmitrievich AGAFONOV

Аляксандр Дзмітрыевіч АГАФОНАЎ

Александр Дмитриевич АГАФОНОВ

Primer director adjunto del Departamento Principal de Investigación, Comité de Investigación

Fecha de nacimiento: 13.3.1982

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de primer director adjunto del Departamento Principal de Investigación del Comité de Investigación de Bielorrusia, Aliaksandr Ahafonau es responsable de procesamientos y detenciones con motivaciones políticas, como en el caso del candidato presidencial Siarhei Tsikhanousky, activista de la oposición y marido de la candidata presidencial Svetlana Tsikhanouskaya, y otros activistas políticos, como Mikalai Statkevich y Dzmitry Kazlou. Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos, reconoce a Siarhei Tsikhanousky, Dzmitry Kazlou y Mikalai Statkevich como presos políticos.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

143.

Kanstantsin Fiodaravich BYCHAK

Konstantin Fedorovich BYCHEK

Канстанцін Фёдаравіч БЫЧАК

Константин Фёдорович БЫЧЕК

Jefe de División del Departamento de Investigación de la KGB

Fecha de nacimiento: 20.9.1985

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de jefe de División del Departamento de Investigación del KGB, Kanstantin Bychak ha supervisado la investigación con motivaciones políticas del candidato presidencial Viktar Babarika. La candidatura de Babarika fue rechazada por la Comisión Electoral Central. Esta decisión se basó en un informe del KGB y en declaraciones oficiales que realizó Bychak por televisión en las que declaraba culpable a Babarika de blanqueo de capitales sin haber concluido aún las investigaciones.

21.6.2021

 

 

 

 

El 26 de octubre de 2020, Bychak amenazó a los manifestantes pacíficos en la televisión gubernamental declarando que sus acciones serían calificadas de actos terroristas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la oposición democrática y la sociedad civil.

 

▼M45

144.

Andrei Siarheevich BAKACH

Andrei Sergeevich BAKACH

Андрэй Сяргеевiч БАКАЧ

Андрей Сергеевич БАКАЧ

Cargo(s): Exdirector del Departamento de Policía del distrito de Pervomaysky, en Minsk

Primer jefe adjunto de la Dirección de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo Regional de Grodno/Hrodna

Fecha de nacimiento: 19.11.1983

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

En su cargo anterior —director del Departamento de Asuntos Internos de la Administración del distrito de Pervomaysky, en Minsk—, Andrei Bakach fue responsable de la actuación de las fuerzas policiales destinadas en dicha jefatura y de las acciones que tuvieron lugar en dicha comisaría de policía. Mientras estuvo en el cargo, manifestantes pacíficos en Minsk fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes dentro de la comisaría de policía bajo su control.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

Sigue activo en el régimen de Lukashenka como primer jefe adjunto de la Dirección de Asuntos Internos del Comité Ejecutivo Regional de Grodno/Hrodna.

21.6.2021

▼M38

145.

Aliaksandr Uladzimiravich, PALULEKH

Aleksandr Vladimirovich POLULEKH

Аляксандр Уладзіміравіч ПАЛУЛЕХ

Александр Владимирович ПОЛУЛЕХ

Director del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 25.6.1979

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director de la Dirección de Asuntos Internos de la Administración del distrito de Frunzensky, en Minsk, Aliaksandr Palulekh es responsable de la represión dirigida por las fuerzas policiales en dicho distrito contra manifestantes pacíficos tras las elecciones presidenciales de 2020, en particular con malos tratos, incluidas torturas, a manifestantes pacíficos detenidos dentro de la comisaría de policía bajo su control.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

146.

Aliaksandr Aliaksandravich ZAKHVITSEVICH

Aleksandr Aleksandrovich ZAKHVITSEVICH

Аляксандр Аляксандравіч ЗАХВІЦЭВІЧ

Александр Александрович ЗАХВИЦЕВИЧ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 1.1.1977

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk, Aliaksandr Zakhvitsevich se encarga de la supervisión de la policía de seguridad pública y es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el distrito de Frunzensky tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas en dicho distrito. Los agentes situados bajo la supervisión de Zakhvitsevich emplearon la tortura contra los detenidos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

147.

Siarhei Uladzimiravich USHAKOU

Sergei Vladimirovich USHAKOV

Сяргей Уладзіміравіч УШАКОЎ

Сергей Владимирович УШАКОВ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 22.8.1980

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk, encargado de la supervisión de la policía judicial, Siarhei Ushakou es responsable de las acciones de sus subordinados, especialmente de los tratos degradantes e inhumanos, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el distrito de Frunzensky tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas. Los agentes situados bajo la supervisión directa de Ushakou emplearon la tortura contra los detenidos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

148.

Siarhei Piatrovich ARTSIOMENKA

Sergei Petrovich ARTEMENKO/ARTIOMENKO

Сяргей Пятровіч АРЦЁМЕНКА

Сергей Петрович АРТЁМЕНКО

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Pervomaisky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 26.3.1973

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Pervomaisky, en Minsk, encargado de la supervisión de la policía de seguridad pública, Siarhei Artemenko es responsable de los tratos degradantes e inhumanos, incluidas torturas, infligidos por sus subordinados a ciudadanos detenidos en el Departamento de Policía del distrito de Pervomaisky, en Minsk, que tuvieron lugar tras las elecciones presidenciales de 2020, y de la brutal represión general de manifestaciones pacíficas. Un ejemplo de ello es el maltrato de Maxim Haroshim, dueño de una floristería, que fue arrestado después de entregar flores a las participantes en la Marcha de las Mujeres el 13 de octubre de 2020 . Artemenko presionó a los ciudadanos para que no participaran en manifestaciones pacíficas.

21.6.2021

 

 

 

 

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

149.

Aliaksandr Mikhailavich RYDZETSKI

Aleksandr Mikhailovich RIDETSKIY

Аляксандр Міхайлавіч РЫДЗЕЦКІ

Александр Михайлович РИДЕЦКИЙ

Exdirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrskiy, en Minsk, director de la Dirección de Seguridad Interior del Comité Estatal de Análisis Forense

Fecha de nacimiento: 14.8.1978

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de exdirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Aliaksandr Rydzetski es responsable de los tratos degradantes e inhumanos, incluidas torturas, infligidos por sus subordinados a ciudadanos detenidos en dicho distrito tras las elecciones presidenciales de 2020.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

150.

Dzmitry Iauhenevich BURDZIUK

Dmitry Evgenevich BURDIUK

Дзмітрый Яўгеньевіч БУРДЗЮК

Дмитрий

Евгеньевич БУРДЮК

Director del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, exdirector del Departamento de Policía del distrito de Partizanski, en Minsk

Fecha de nacimiento: 31.1.1980

Lugar de nacimiento: Región de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Por su cargo de exdirector del Departamento de Policía del distrito de Partizanskiy, en Minsk, Dzmitry Burdziuk era responsable de supervisar las graves palizas y torturas de manifestantes y transeúntes pacíficos en dicho distrito tras las elecciones presidenciales de 2020.

En diciembre de 2020 fue nombrado director del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

 

 

 

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3310180C009PB7

Número de pasaporte: MP3567896

 

 

151.

Vital Vitalevich KAPILEVICH

Vitaliy Vitalevich KAPILEVICH

Віталь Вітальевіч КАПІЛЕВІЧ

Виталий Витальевич КАПИЛЕВИЧ

Director del Departamento de Policía del distrito de Leninsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 26.11.1988

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento de Policía del distrito de Leninsky, Vital Kapilevich es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el Departamento de Policía del distrito de Leninsky. A los detenidos se les denegó la asistencia médica; el personal paramédico que llegó al Departamento recibió intimidaciones para impedir que prestaran asistencia médica a los detenidos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

21.6.2021

152.

Kiryl Stanislavavich KISLOU

Kirill Stanislavovich KISLOV

Кірыл Станіслававіч КІСЛОЎ

Кирилл Станиславович КИСЛОВ

Director del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 2.1.1979

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky, Kiryl Kislou es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el interior de esta comisaría de policía. También es responsable de represiones masivas contra manifestantes pacíficos, periodistas, defensores de los derechos humanos, trabajadores, representantes de la comunidad académica y transeúntes infligidas por sus subordinados.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

21.6.2021

153.

Siarhei Aliaksandravich VAREIKA

Sergey Aleksandrovich VAREIKO

Сяргей Аляĸсандравіч ВАРЭЙКА

Сергей Алеĸсандрович ВАРЕЙКО

Director del Departamento de Policía del distrito de Moskovski, en Minsk, exvicedirector del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 1.2.1980

Lugar de nacimiento:

Por su cargo de exvicedirector del Departamento de Policía de Zavodsky, Siarhei Vareika es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en la sede del Departamento de Policía del distrito de Zavodsky tras las elecciones presidenciales de 2020. También es responsable de las acciones de sus subordinados, que participaron en represiones masivas contra manifestantes pacíficos, periodistas, defensores de los derechos humanos, trabajadores, representantes de la comunidad académica y transeúntes.

21.6.2021

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

El 21 de diciembre de 2020 fue nombrado director del Departamento de Policía del distrito de Moskovsky, en Minsk.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil.

 

154.

Siarhei Feliksavich DUBAVIK

Sergey Feliksovich DUBOVIK

Сяргей Феліĸсавіч ДУБАВІК

Сергей Фелиĸсович ДУБОВИК

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Leninsky

Fecha de nacimiento: 1.2.1974

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de de vicedirector del Departamento de Policía de Leninsky, Siarhei Dubavik es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en la sede del Departamento de Policía del distrito de Leninsky tras las elecciones presidenciales de 2020. A los detenidos se les denegó la asistencia médica; el personal paramédico que llegó al Departamento recibió intimidaciones para impedir que prestaran asistencia médica a los detenidos.

21.6.2021

 

 

 

 

También es responsable de las acciones de sus subordinados, que participaron en represiones masivas contra manifestantes pacíficos, periodistas, defensores de los derechos humanos, trabajadores, representantes de la comunidad académica y transeúntes.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

155.

Aliaksandr Mechyslavavich ANDRYEUSKI

Alexander (Alexandr) Mechislavovich ANDRIEVSKII

Аляĸсандр Мечыслававіч АНДРЫЕЎСКІ

Алеĸсандр Мечиславович АНДРИЕВСКИЙ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Frunzensky, en Minsk

Fecha de nacimiento: 29.4.1982

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de vicedirector del Departamento de Policía de Frunzensky, Aliaksandr Andryeuski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en la sede del Departamento de Policía del distrito de Fruzensky tras las elecciones presidenciales de 2020. Los detenidos tuvieron que permanecer de rodillas con la cabeza gacha durante horas y fueron golpeados violentamente o recibieron descargas con pistolas eléctricas.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

156.

Vital Mikhailavich MAKRYTSKI

Vitalii Mikhailavich MAKRITSKII

Віталь Міхайлавіч МАКРЫЦКІ

Виталий

Михайлович МАКРИЦКИЙ

Vicedirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, en Minsk (hasta e1 17 de diciembre de 2020). Desde el 17 de diciembre de 2020, director del Departamento de Policía del distrito de Partizanski, en Minsk

Fecha de nacimiento: 17.2.1975

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de exvicedirector del Departamento de Policía del distrito de Oktyabrsky, en Minsk, Vital Makrytski era responsable de supervisar las graves palizas y torturas de manifestantes y transeúntes pacíficos detenidos en la sede de este Departamento de Policía tras las elecciones presidenciales de 2020.

En diciembre de 2020, fue ascendido al puesto de director de Departamento de Policía del distrito de Partizanski, en Minsk.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

157.

Yauhen Aliakseevich URUBLEUSKI

Evgenii Alekseevich VRUBLEVSKII

Яўген Аляĸсеевіч УРУБЛЕЎСКІ

ЕвгенийАлеĸсеевич ВРУБЛЕВСКИЙ

Sargento primero de policía del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina

Fecha de nacimiento: 28.1.1966

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de sargento primero de policía del Centro de Aislamiento de Delincuentes de Akrestina, Yauhen Urubleuski es responsable de los tratos inhumanos y degradantes, incluidas torturas, infligidos a ciudadanos detenidos en el Centro de Aislamiento de Delincuentes. Según los testigos y las informaciones de los medios de comunicación, participó personalmente en palizas brutales a civiles detenidos en agosto de 2020.

Por lo tanto, es responsables de graves violaciones de los derechos humanos.

21.6.2021

158.

Mikalai Mikalaevich KARPIANKAU

Nikolai Nikolaevich KARPENKOV

Міĸалай Міĸалаевіч КАРПЯНКОЎ

Ниĸолай Ниĸолаевич КАРПЕНКОВ

Viceministro de Asuntos del Interior, exdirector del Departamento Principal para la Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción del Ministerio de Asuntos del Interior

Fecha de nacimiento: 6.9.1968

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Por su cargo de director del Departamento Principal para la Lucha contra la Delincuencia Organizada y la Corrupción del Ministerio de Asuntos del Interior, Mikalai Karpiankau es responsable de los tratos inhumanos y degradantes infligidos a ciudadanos que participaron en protestas pacíficas y de su detención e internamiento arbitrarios. Numerosos testimonios y pruebas fotográficas o en vídeo muestran cómo el grupo a su mando golpeó y detuvo a manifestantes pacíficos y los amenazó con armas de fuego.

21.6.2021

 

 

 

 

El 6 de septiembre de 2020, Karpiankou fue filmado cuando rompía con una porra la puerta de cristal de un café en el que se escondían manifestantes pacíficos, a los que detuvo de forma brutal. Se ha hecho pública una grabación en la que asegura que su departamento emplearía armas de fuego contra los manifestantes.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

159.

Mikhail Viachaslavavich HRYB

Mikhail Viacheslavovich GRIB

Міхаіл Вячаслававіч ГРЫБ

Михаил Вячеславович ГРИБ

Director del Departamento Principal de Asuntos del Interior del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 29.7.1980

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Mikhail Hryb fue director del Departamento de Asuntos del Interior del Comité Ejecutivo Regional de Vitebsk de marzo de 2019 a octubre de 2020, y posteriormente fue nombrado director del Departamento Principal de Asuntos del Interior del Comité Ejecutivo de la Ciudad de Minsk y se le asignó el grado de general de división de la milicia (fuerza policial).

21.6.2021

 

 

 

 

Como tal, es responsable de las acciones de las fuerzas policiales en la región de Vitebsk hasta octubre de 2020 y en Minsk a partir de octubre de 2020, incluida la represión violenta de manifestantes pacíficos y violaciones del derecho de reunión pacífica y de la libertad de palabra cometidas por las fuerzas policiales en Vitebsk y Minsk tras las elecciones presidenciales de 2020 en Bielorrusia.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

 

160.

Viktar Genadzevich KHRENIN

Viktor Gennadievich KHRENIN

Віктар Генадзевіч ХРЭНІН

Виктор Геннадиевич ХРЕНИН

Ministro de Defensa

Fecha de nacimiento: 1.8.1971

Lugar de nacimiento: Navahrudak/Novogrudek, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: teniente general

Número de pasaporte bielorruso: KH2594621

Por su cargo de ministro de Defensa de Bielorrusia desde el 20 de enero de 2020, Viktar Khrenin es responsable de la decisión adoptada por el mando de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea, siguiendo instrucciones de Lukashenka, de enviar el 23 de mayo de 2021 aeronaves militares para escoltar el vuelo de pasajeros FR4978 y forzar su aterrizaje en el aeropuerto de Minsk, sin una justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Identificación personal: 3010871K003PB1

Ha hecho varias declaraciones públicas en las que se declaraba dispuesto a utilizar el ejército contra manifestantes pacíficos en agosto de 2020 y comparaba el uso por parte de los manifestantes de la bandera histórica blanca y roja con el colaboracionismo nazi.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

 

161.

Ihar Uladzimiravich HOLUB

Igor Vladimirovich GOLUB

Ігар Уладзіміравіч ГОЛУБ

Игорь Владимирович ГОЛУБ

Comandante de las Fuerzas Aéreas y de la Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas

Fecha de nacimiento: 19.11.1967

Lugar de nacimiento: Chernigov, región de Chernigovskaya, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: general de división

Por su cargo de comandante de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas de la República de Bielorrusia, Ihar Holub es responsable de la decisión adoptada por el mando de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea, siguiendo instrucciones de Lukashenka, de enviar el 23 de mayo de 2021 aeronaves militares para escoltar el vuelo de pasajeros FR4978 y forzar su aterrizaje en el aeropuerto de Minsk, sin una justificación adecuada.

Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Número de pasaporte bielorruso: KH2187962

Identificación personal: 3191167E003PB1

Tras el incidente, Ihar Holub hizo declaraciones a la prensa, junto con Artem Sikorsky, director del Departamento de Aviación del Ministerio de Transporte de Bielorrusia, justificando las acciones de las autoridades de aviación bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

 

162.

Andrei Mikalaevich GURTSEVICH

Andrei Nikolaevich GURTSEVICH

Андрэй Мікалаевіч ГУРЦЕВИЧ

Андрей Николаевич ГУРЦЕВИЧ

Jefe del Estado Mayor y vicecomandante primero de las Fuerzas Aéreas

Fecha de nacimiento: 27.7.1971

Lugar de nacimiento: Baranovich, región de Brest, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Grado: general de división

Por su cargo de jefe del Estado Mayor y vicecomandante primero de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas, Andrei Gurtsevich es responsable de la decisión adoptada por el mando de las Fuerzas Aéreas y las Fuerzas de Defensa Aérea, siguiendo instrucciones de Lukashenka, de enviar el 23 de mayo de 2021 aeronaves militares para escoltar el vuelo de pasajeros FR4978 y forzar su aterrizaje en el aeropuerto de Minsk, sin una justificación adecuada.

21.6.2021

 

 

 

Número de pasaporte bielorruso: MP3849920

Identificación personal: 3270771C016PB2

Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia. Tras el incidente, hizo declaraciones a la prensa que justificaban las acciones de las autoridades bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia y apoya el régimen de Lukashenka.

 

163.

Leanid Mikalaevich CHURO

Leonid Nikolaevich CHURO

Леанід Мікалаевіч ЧУРО

Леонид Николаевич ЧУРО

Director general de la empresa pública BELAERONAVIGATSIA

Fecha de nacimiento: 8.7.1956

Lugar de nacimiento:

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte bielorruso: P4289481

Identificación personal: 3080756A068PB5

Por su cargo de director general de la empresa pública BELAERONAVIGATSIA, Leanid Churo es responsable del control del tráfico aéreo bielorruso. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 al aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

164.

Aliaksei Mikalaevich AURAMENKA

Alexey Nikolaevich AVRAMENKO

Аляксей Мікалаевіч АЎРАМЕНКА

Алексей Николаевич АВРАМЕНКО

Ministro de Transportes y Comunicaciones

Fecha de nacimiento: 11.5.1977

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte bielorruso: MP3102183

Identificación personal: 3110577A020PB2

Por su cargo de ministro de Transportes y Comunicaciones de Bielorrusia, Aliaksei Auramenka es responsable de la gestión estatal en el ámbito de la aviación civil y de la supervisión del control del tráfico aéreo. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 al aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

165.

Artsiom Igaravich SIKORSKI

Artem Igorevich SIKORSKIY

Арцём Ігаравіч СІКОРСКІ

Артем Игоревич СИКОРСКИЙ

Director del Departamento de Aviación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Fecha de nacimiento: 1983

Lugar de nacimiento: Soligorsk, región de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Como director del Departamento de Aviación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de Bielorrusia, Artsiom Sikorski es responsable de la gestión estatal en el ámbito de la aviación civil y de la supervisión del control del tráfico aéreo. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 a Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática de Bielorrusia.

21.6.2021

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte bielorruso: MP3785448

Identificación personal: 3240483A023PB7

Tras el incidente, hizo declaraciones a la prensa junto con el comandante de las Fuerzas Aéreas y de las Fuerzas de Defensa Aérea de las Fuerzas Armadas de la República de Bielorrusia, Ihar Holub, en las que justificaba las acciones de las autoridades de aviación bielorrusas.

Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática y apoya el régimen de Lukashenka.

 

166.

Aleh Siarheevich HAIDUKEVICH

Oleg Sergeevich GAIDUKEVICH

Алег Сяргеевіч ГАЙДУКЕВІЧ

Олег Сергеевич ГАЙДУКЕВИЧ

Vicepresidente de la Comisión Permanente de Asuntos Internacionales de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional, miembro de la delegación de la Asamblea Nacional de relaciones con la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa

Fecha de nacimiento: 26.3.1977

Lugar de nacimiento: Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Aleh Haidukevich es vicepresidente de la Comisión Permanente de Asuntos Internacionales de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional, miembro de la delegación de la Asamblea Nacional de relaciones con la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa. Hizo declaraciones públicas en las que aplaudía el desvío del vuelo de pasajeros FR4978 a Minsk el 23 de mayo de 2021. Esta decisión política, tomada sin justificación adecuada, tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

21.6.2021.

 

 

 

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3260377A081PB9

Número de pasaporte: MP2663333

Además, Aleh Haidukevich hizo declaraciones públicas en las que sugería que los dirigentes de la oposición bielorrusa podrían ser detenidos en el extranjero y trasladados a Bielorrusia «en un maletero», apoyando así la represión en curso de las fuerzas de seguridad contra la oposición democrática y los periodistas bielorrusos.

Por lo tanto, apoya el régimen de Lukashenka.

 

▼M43

167.

Ihar Anatolevich KRUCHKOU

Igor Anatolevich KRICHKOV

Ігар Анатольевіч КРУЧКОЎ

Игорь Анатольевич КРЮЧКОВ

Jefe del Servicio Específico de Medidas Activas (ASAM) de las Fuerzas Especiales del Comité Estatal de Fronteras

Fecha de nacimiento: 13.4.1976

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3130476M077PB6

Como jefe del Servicio Específico de Medidas Activas (ASAM) de las Fuerzas Especiales del Comité Estatal de Fronteras, Ihar Kruchkou es responsable de las acciones de las fuerzas bajo su mando, que participan en el transporte físico de migrantes por territorio bielorruso hasta la frontera entre Bielorrusia y los Estados miembros de la Unión. El ASAM cobra por el cruce de la frontera a los migrantes a los que transporta. Estas acciones se ejecutan como parte de la operación «Entrada».

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

168.

Anatol Piatrovich LAPO

Anatoliy Petrovich LAPPO

Анатоль Пятровіч ЛАПО/ ЛАППО

Анатолии Петрович ЛАППО

Teniente general, presidente del Comité Estatal de Fronteras de la República de Bielorrusia (nombrado el 29 de diciembre de 2016), delegado estatal en jefe de fronteras

Fecha de nacimiento: 24.5.1963

Lugar de nacimiento: Kulakovka, región/oblast de Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: MP4098888

Identificación personal: 3240563K033PB5

Como presidente del Comité Estatal de Fronteras, Anatol Lapo es responsable de los actos de los organismos de control fronterizo que están bajo su mando; está documentado que los guardias fronterizos de dichos organismos han dirigido, guiado o forzado a migrantes a cruzar ilegalmente la frontera entre Bielorrusia y los Estados miembros de la Unión, y que, por dejación deliberada de sus funciones, han facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar dicha frontera.

Por consiguiente, es responsable de haber organizado actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

169.

Kanstantsin Henadzevich MOLASTAU

Konstantin Gennadevich MOLOSTOV

Канстанцін Генадзьевіч МОЛАСТАЎ

Константин Геннадьевич МОЛОСТОВ

Coronel, jefe del Grupo de Fronteras de Grodno (nombrado el 1 de octubre de 2014), Unidad Militar 2141, delegado estatal de fronteras

Fecha de nacimiento: 30.5.1970

Lugar de nacimiento: Krasnoarmeysk, región de Saratov (Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: KH2479999

Identificación personal: 3300570K025PB3

Como jefe del Grupo de Fronteras de Grodno, Kanstantsin Molastau es responsable de los actos de los guardias fronterizos que están bajo su mando. El Grupo de Fronteras de Grodno, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión.

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

170.

Pavel Mikalaevich KHARCHANKA

Pavel Nikolaevich KHARCHENKO

Павел Мікалаевіч ХАРЧАНКА

Павел Николаевич ХАРЧЕНКО

Jefe del Destacamento de Fronteras de Polotsk

Fecha de nacimiento: 29.3.1981

Lugar de nacimiento: Chita, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como jefe del Destacamento de Fronteras de Polotsk, Pavel Kharchanka es responsable de los actos de los guardias fronterizos que están bajo su mando. El Destacamento de Fronteras de Polotsk, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión.

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

171.

Ihar Mikalaevich GUTNIK

Igor Nikolaevich GUTNIK

Ігар Мікалаевіч ГУТНІК

Игорь Николаевич ГУТНИК

Jefe del Grupo de Fronteras de Brest, coronel

Fecha de nacimiento: 17.12.1974

Lugar de nacimiento: municipio de Zabolotye, distrito de Smolevichi, región/oblast de Minsk, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: 90 Heroes of Defense of the Brest Fortress St., 224018, Brest, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: BM1962867

Como jefe del Grupo de Fronteras de Brest, Ihar Gutnik —que se convirtió en diputado del Consejo Regional de Brest en 2018 por su condición de candidato leal a Lukashenko— es responsable de los actos de los guardias de fronteras que están bajo su mando. El Grupo de Fronteras de Brest, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión.

Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

172.

Aliaksandr Barysavich DAVIDZIUK

Aleksandr Borisovich DAVIDIUK

Аляксандр Барысавіч ДАВІДЗЮК

Александр Борисович ДАВИДЮК

Coronel, jefe del Destacamento de Fronteras de Lida, Unidad Militar 1234 (nombrado el 27 de septiembre de 2016), delegado estatal de fronteras

Miembro del Consejo de Diputados del Distrito de Lida de la 28.a asamblea (tomó posesión el 2 de febrero de 2018)

Fecha de nacimiento: 4.5.1973

Lugar de nacimiento: Novograd-Volynsky, región de Zhytomyr, antigua URSS (actualmente Ucrania)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Número de pasaporte: KH2613034

Identificación personal: 3040573E050PB7

Como jefe del Destacamento de Fronteras de Lida, Aliaksandr Davidziuk es responsable de los actos de los guardias fronterizos que están bajo su mando. El Destacamento de Fronteras de Polotsk, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión. Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

173.

Maksim Viktaravich BUTRANETS

Maxim Viktorovich BUTRANETS

Максім Віктаравіч БУТРАНЕЦ

Максим Викторович БУТРАНЕЦ

Jefe del Grupo de Fronteras de Smorgon, Unidad Militar 2044 (nombrado en marzo de 2018), delegado estatal de fronteras

Fecha de nacimiento: 12.12.1978

Lugar de nacimiento: Sverdlovsk, antigua URSS (actualmente Federación de Rusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como jefe del Grupo de Fronteras de Smorgon, Maksim Butranets es responsable de los actos de los guardias fronterizos que están bajo su mando. El Grupo de Fronteras de Smorgon, por dejación deliberada de sus funciones, ha facilitado las tentativas de los migrantes de cruzar la frontera con los Estados miembros de la Unión. Maksim Butranets ha declarado además que el número de migrantes en la frontera entre Bielorrusia y Lituania se ha mantenido en su nivel habitual, a pesar del importante aumento observado desde el lado lituano. Por consiguiente, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenko que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

174.

Anatol Anatolyevich GLAZ

Anatoliy Anatolyevich GLAZ

Анатоль Анатольевіч ГЛАЗ

Анатолий Анатольевич ГЛАЗ

Jefe del Departamento de Información y Diplomacia Digital (y portavoz) del Ministerio de Asuntos Exteriores de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 31.7.1982

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Anatol Glaz es jefe del Departamento de Información y Diplomacia Digital y portavoz del Ministerio de Asuntos Exteriores de Bielorrusia desde el 11 de junio de 2018. Como tal, ha realizado una serie de declaraciones públicas en apoyo de la política del régimen de Lukashenko en el marco de las últimas tentativas de este de facilitar el cruce ilegal de las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión. También ha defendido públicamente el aterrizaje forzoso, el 23 de mayo de 2021, del vuelo de pasajeros FR4978 en el aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión, motivada por consideraciones políticas, tenía por objeto detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática de Bielorrusia.

Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenko.

2.12.2021

175.

Siarhei Aliaksandravich EPIKHAU

Sergei Aleksandrovich EPIKHOV

Сяргей Аляксандравіч ЕПІХАЎ

Сергей Александрович ЕПИХОВ

Juez del Tribunal Regional de Minsk

Fecha de nacimiento: 16.5.1966

Dirección: 38 Timoshenko St., apt. 198, Minsk, Bielorrusia;

59 L. Tolstoy St., apt. 80, Vileika, Bielorrusia;

14 Kedyshko St., apt. 11, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3160566B046PB4

Como juez del Tribunal Regional de Minsk, Siarhei Epikhau es responsable de sentencias con motivaciones políticas contra dirigentes y activistas de la oposición, en concreto las condenas dictadas contra Maria Kolesnikova y Maksim Znak, considerados presos políticos por las organizaciones de derechos humanos. Se ha informado de vulneraciones de los derechos de la defensa y del derecho a un proceso equitativo durante juicios realizados bajo su supervisión.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

176.

Ihar Viachaslavavich LIUBAVITSKI

Igor Viacheslavovich LIUBOVITSKI

Ігар Вячаслававіч ЛЮБАВІЦКІ

Игорь Вячеславович ЛЮБОВИЦКИЙ

Juez del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 21.7.1983

Dirección: Vogel 1K St., apt. 17, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3210783C002PB2

Como juez del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia, Ihar Liubavitski es responsable de sentencias con motivaciones políticas contra dirigentes opositores, activistas y periodistas, en concreto la condena al candidato presidencial opositor Viktar Babarika, considerado preso político por las organizaciones de derechos humanos.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática

2.12.2021

177.

Siarhei Siarheevich GIRGEL

Sergei Sergeevich GIRGEL

Сяргей Сяргеевіч ГIРГЕЛЬ

Сергей Сергеевич ГИРГЕЛЬ

Fiscal superior del Departamento de Procesamiento de la Fiscalía General

Fecha de nacimiento: 16.6.1978

Dirección: 16 Lidskaya St., apt. 165, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3160678H018PB5

Como fiscal superior del Departamento de Procesamiento de la Fiscalía General, Siarhei Girgel ha representado al régimen de Lukashenko en causas con motivaciones políticas contra dirigentes opositores y miembros de la sociedad civil. En concreto, ha procesado al candidato presidencial opositor Viktar Babarika, considerado preso político por las organizaciones de derechos humanos. Siarhei Girgel siempre solicita al juez condenas de prisión de larga duración.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

178.

Valiantsina Genadzeuna KULIK

Valentina Gennadevna KULIK

Валянціна Генадзьеўна КУЛІК

Валентина Геннадьевна КУЛИК

Jueza del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia

Fecha de nacimiento: 15.1.1960

Dirección: 54 Angarskaya St., apt. 48, Minsk, Bielorrusia

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 4150160A119PB2

Como jueza del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia, Valiantsina Kulik es responsable de resoluciones con motivaciones políticas contra periodistas y dirigentes opositores. En concreto, denegó el recurso de Viktar Babarika para incoar una causa civil a partir de sus reclamaciones contra la decisión de la Junta Electoral Central de denegar su registro como candidato presidencial.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

179.

Andrei Andreevich PRAKAPUK

Andrey Andreevich PROKOPUK

Андрэй Андрэевіч ПРАКАПУК

Андрей Андреевич ПРОКОПУК

Director adjunto del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado de la República de Bielorrusia

Coronel de la Policía Financiera

Fecha de nacimiento: 22.7.1973

Lugar de nacimiento: Kobrin, región de Brest (Bielorrusia)

Dirección: 22 Mira St., apt. 88, Priluki, región de Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3220773C061PB1

Como director adjunto del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado de la República de Bielorrusia, Andrei Prakapuk es responsable de las campañas con motivaciones políticas de su departamento contra periodistas y canales de comunicación bielorrusos independientes. Aprobó personalmente una decisión de registrar las instalaciones del canal de comunicación independiente TUT.by e incoó un proceso judicial contra TUT.by y los periodistas empleados por TUT.by, y bloqueó asimismo el acceso al sitio web de TUT.by.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática, así como de menoscabar gravemente el Estado de Derecho.

2.12.2021

180.

Ihar Anatolevich MARSHALAU

Igor Anatolevich MARSHALOV

Ігар Анатольевіч МАРШАЛАЎ

Игорь Анатольевич МАРШАЛОВ

Vicepresidente del Comité de Control del Estado, director del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado

General de división de la Policía Financiera

Fecha de nacimiento: 12.1.1972

Lugar de nacimiento: Shkolv, oblast/región de Mogilev, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Dirección: 15 Shchukina St., Minsk, Bielorrusia;

43A Franciska St., apt. 41, Minsk, Bielorrusia

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 3120172H018PB4

Ihar Marshalau es vicepresidente del Comité de Control del Estado de Bielorrusia y director del Departamento de Investigaciones Financieras del Comité de Control del Estado. Como tal, es responsable de la incoación de la causa, con motivaciones políticas, por evasión fiscal contra el canal de comunicación TUT.by, presuntamente con arreglo al artículo 243 del Código Penal de la República de Bielorrusia, que amenaza la libertad de prensa en Bielorrusia. Es asimismo responsable de los registros realizados en mayo de 2021 en las oficinas de TUT.by en Minsk, en sus oficinas regionales y en los domicilios de varios empleados de TUT.by.

También es responsable de la detención de miembros del Club de Prensa de Bielorrusia en diciembre de 2020 y del registro y la confiscación de bienes en las oficinas de Derechos de las Personas con Discapacidad, y en particular del interrogatorio violento de Aleh Hrableuski y Syarhei Drazdouski en enero de 2021, de la detención y acusación de evasión fiscal de Liliya Ulasava -miembro del Consejo de Coordinación-, así como de los registros y detenciones de empleados de la compañía de software PandaDoc, que estaba organizando la iniciativa «Protect Belarus», en septiembre de 2021.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática, así como de menoscabar gravemente el Estado de Derecho.

2.12.2021

181.

Hanna Mikhailauna SAKALOUSKAYA

Anna Mikhaylovna SOKOLOVSKAYA

Ганна Міхайлаўна САКАЛОЎСКАЯ

Анна Михайловна СОКОЛОВСКАЯ

Jueza del Colegio Judicial para Procesos Civiles del Tribunal Supremo

Fecha de nacimiento: 18.9.1955

Dirección: 22 Surhanava St., apt. 1, Minsk, Bielorrusia

Sexo: femenino

Nacionalidad: bielorrusa

Identificación personal: 4180955A015P80

Como jueza del Tribunal Supremo de la República de Bielorrusia, Hanna Sakalouskaya es responsable de la decisión con motivaciones políticas de clausurar el PEN Center de Bielorrusia, una organización de la sociedad civil de Bielorrusia. Es asimismo responsable de la decisión con motivaciones políticas que dio lugar a la clausura del Comité Helsinki de Bielorrusia, al desestimar el 2 de septiembre de 2021 la reclamación de dicho Comité en relación con el aviso transmitido a este por el Ministerio de Justicia de Bielorrusia.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

182.

Marat Siarheevich MARKAU

Marat Sergeevich MARKOV

Марат Сяргеевіч МАРКАЎ

Марат Сергеевич МАРКОВ

Presidente del consejo de administración del canal de televisión ONT, controlado por el Estado, y presentador del programa «Markov: Nothing Personal»

Fecha de nacimiento: 1.5.1969

Lugar de nacimiento: Luninets, antigua URSS (actualmente Bielorrusia)

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Marat Markau es presidente del consejo de administración del canal de televisión ONT, controlado por el Estado y presentador del programa «Markov: Nothing Personal». Como tal, ha estado proporcionando conscientemente a la población bielorrusa información falsa sobre el resultado de las elecciones, las protestas y la represión perpetrada por las autoridades estatales, así como sobre las circunstancias en torno al aterrizaje forzoso sin justificación adecuada del vuelo comercial FR4978 en el aeropuerto de Minsk el 23 de mayo de 2021. Es directamente responsable de la manera en que el canal ONT presenta la información sobre la situación en el país, prestando así su apoyo a las autoridades, incluido Lukashenko. Por lo tanto, apoya al régimen de Lukashenko.

Markov realizó la primera entrevista forzosa con Raman Pratasevich, después de que Pratasevich fuese arrestado y, según numerosos testimonios, torturado por las autoridades bielorrusas. Asimismo, Markov amenazó e intimidó a empleados de ONT que estaban en huelga a raíz de las elecciones presidenciales fraudulentas de 2020 y de la represión por parte de las autoridades. Por lo tanto, es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

183.

Dzmitry Siarheevich KARSIUK

Dmitriy Sergeevich KARSIUK

Дзмітрый Сяргеевіч КАРСЮК

Дмитрий Сергеевич КАРСЮК

Juez del Tribunal del Distrito Central de la Ciudad de Minsk

Fecha de nacimiento: 7.7.1995

Sexo: masculino

Nacionalidad: bielorrusa

Como juez del Tribunal del Distrito Central de la Ciudad de Minsk, Dzmitriy Karsiuk es responsable de numerosas sentencias con motivaciones políticas contra manifestantes pacíficos, en concreto las condenas a Yahor Viarshynin, Pavel Lukoyanov, Artsiom Sakovich y Mikalai Shemetau, considerados presos políticos por Viasna, una organización bielorrusa de defensa de los derechos humanos. Ha condenado a personas a reclusión en colonias penitenciarias, a prisión y a arresto domiciliario por participar en manifestaciones pacíficas, por publicar en medios sociales, por utilizar la bandera blanca, roja y blanca de Bielorrusia y por ejercer otras libertades civiles.

Por lo tanto, es responsable de graves violaciones de los derechos humanos, de menoscabar gravemente el Estado de Derecho y de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

2.12.2021

▼M35

B.   Personas jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2, apartado 1

▼M45



 

Nombres

(Transliteración del bielorruso)

(Transliteración del ruso)

Nombres

(ortografía bielorrusa)

(ortografía rusa)

Datos informativos a efectos de identificación

Motivos de la inclusión en la lista

Fecha de inclusión en la lista

1.

Beltechexport

Белтехэкспорт

Dirección: Nezavisimosti Ave. 86-B, Minsk, Bielorrusia

Sitio web: https://bte.by/

Dirección de correo electrónico: mail@bte.by

Beltechexport es una entidad privada que exporta armamento y equipo militar producido por empresas públicas bielorrusas a países de África, Sudamérica, Asia y Oriente Próximo. Beltechexport está asociada estrechamente con el Ministerio de Defensa de Bielorrusia.

Por lo tanto, Beltechexport se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo, al aportar beneficios a la administración presidencial.

17.12.2020

2.

Dana Holdings

ТАА «Дана Холдынгз»

ООО «Дана Холдингз»

Dirección: Peter Mstislavets St. 9, pom. 3 (office 4), 220076 Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 690611860

Sitios web: https://bir.by/; https://en.dana-holdings.com; https://dana-holdings.com/

Dirección de correo electrónico: info@bir.by

Tel.: +375 (29) 636-23-91

Dana Holdings es una de las principales promotoras inmobiliarias y constructoras de Bielorrusia. La sociedad y sus filiales recibieron licencias urbanísticas para terrenos y construyeron varios grandes complejos residenciales y centros de negocios.

Personas que supuestamente representan a Dana Holdings mantienen relaciones estrechas con el presidente Lukashenka. Liliya Lukashenka, nuera del presidente, ha tenido un puesto de alto nivel en Dana Astra.

Dana Holdings sigue desarrollando una actividad económica en Bielorrusia.

Por lo tanto, Dana Holdings se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

3.

Dana Astra

ЗТАА «Дана Астра»

ИООО «Дана Астра»

Dirección: Peter Mstislavets St. 9, pom. 9-13, 220076 Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 191295361

Sitios web: https://bir.by/; https://en.dana-holdings.com; https://dana-holdings.com/

Dirección de correo electrónico: PR@bir.by

Tel.: +375 (17) 269-32-60; +375 (17) 269-32-51

Dana Astra, anteriormente filial de Dana Holdings, es una de las principales promotoras inmobiliarias y constructoras de Bielorrusia. La sociedad recibió licencias urbanísticas para terrenos y está construyendo el centro multifuncional «Minsk World», que la sociedad anuncia como la mayor inversión de su tipo en Europa.

Personas que supuestamente representan a Dana Astra mantienen relaciones estrechas con el presidente Lukashenka. Liliya Lukashenka, nuera del presidente, ha tenido un puesto de alto nivel en la sociedad.

Por lo tanto, Dana Astra se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

4.

GHU – Departamento Económico Principal de la Administración Presidencial

Главное хозяйственное управление

Dirección: Miasnikova St. 37, Minsk (Bielorrusia)

Sitio web: http://ghu.by

Dirección de correo electrónico: ghu@ghu.by

El Departamento Económico Principal (GHU) de la Administración Presidencial es el mayor agente del mercado inmobiliario no residencial de Bielorrusia y supervisa a numerosas sociedades.

El presidente Aliaksandr Lukashenka encargó de la supervisión de la seguridad de las elecciones presidenciales de 2020 a Victor Sheiman, que, como exjefe de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia ejercía un control directo sobre GHU.

Por lo tanto, GHU se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

17.12.2020

5.

SYNESIS LLC

ООО «Синезис»

Dirección: Platonova 20B, 220005 Minsk (Bielorrusia); Mantulinskaya 24, 123100 Moscú (Rusia)

Número de registro: 190950894 (Bielorrusia); 7704734000/

770301001 (Rusia)

Sitio web: https://synesis.partners; https://synesis-group.com/

Dirección de correo electrónico: yuriy.serbenkov@synesis.by

Tel.: +375 (17) 240-36-50

Synesis LLC proporciona a las autoridades bielorrusas una plataforma de vigilancia, capaz de hacer búsquedas en imágenes de vídeo y de analizarlas, y de aplicar programas de reconocimiento facial, lo que hace responsable a esta sociedad de la represión ejercida por el aparato del Estado bielorruso contra la sociedad civil y la oposición democrática.

Los empleados de Synesis tienen prohibido comunicarse en bielorruso, con lo cual Synesis apoya la política de discriminación por razón de lengua del régimen de Lukashenka.

En la lista de usuarios de un sistema creado por Synesis figuran el Comité de Seguridad del Estado (KGB) y el Ministerio del Interior bielorrusos. Por lo tanto, la empresa se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

El exjefe, fundador y antiguo accionista mayoritario de Synesis, Alexander Shatrov, criticó en público a quienes protestan contra el régimen de Lukashenka y relativizó la falta de democracia en Bielorrusia.

17.12.2020

6.

AGAT electromechanical Plant OJSC

Агат-электромеханический завод

Dirección: Nezavisimosti Av. 115, 220114 Minsk (Bielorrusia)

Sitio web: https://agat-emz.by/

Dirección de correo electrónico: marketing@agat-emz.by

Tel.:

+375 (17) 272-01-32;

+375 (17) 570-41-45

La AGAT Electromechanical Plant OJSC forma parte del Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia (también denominado Comité Militar Industrial del Estado o SAMI, por sus siglas en inglés), que es responsable de la ejecución de la política técnico-militar del Estado y está subordinado al Consejo de Ministros y al presidente de Bielorrusia.

Por lo tanto, la AGAT Electromechanical Plant OJSC se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

La sociedad fabrica un sistema de barreras denominado «Rubezh», concebido como medio antidisturbios, que fue utilizado contra las manifestaciones pacíficas que tuvieron lugar tras las elecciones presidenciales celebradas el 9 de agosto de 2020, lo que hace a la sociedad responsable de la represión contra la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

7.

140 Repair Plant

140 ремонтный завод

Sitio web: 140zavod.org

140 Repair Plant forma parte del Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia (también denominado Comité Militar Industrial del Estado o SAMI, por sus siglas en inglés), que es responsable de la ejecución de la política técnico-militar del Estado y está subordinado al Consejo de Ministros y al presidente de Bielorrusia. Por lo tanto, 140 Repair Plant se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

La sociedad fabrica vehículos de transporte y vehículos blindados, que han sido utilizados contra las manifestaciones pacíficas que tuvieron lugar tras las elecciones presidenciales celebradas el 9 de agosto de 2020, lo que hace a la sociedad responsable de la represión contra la sociedad civil y la oposición democrática.

17.12.2020

8.

MZKT (también denominada VOLAT)

МЗКТ – Минский завод колёсных тягачей

Sitio web: www.mzkt.by

MZKT (también denominada VOLAT) forma parte del Instituto Estatal de la Industria Militar de la República de Bielorrusia (también denominado Comité Militar Industrial del Estado o SAMI, por sus siglas en inglés), que es responsable de la ejecución de la política técnico-militar del Estado y está subordinado al Consejo de Ministros y al presidente de Bielorrusia. Por lo tanto, MZKT se beneficia de su asociación con el régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

MZKT despidió a los empleados que se manifestaron durante la visita de Alaksandr Lukashenka a la fábrica y que hicieron huelga tras las elecciones presidenciales celebradas en 2020 en Bielorrusia, lo que hace a esta sociedad responsable de la vulneración de derechos humanos.

17.12.2020

9.

Sohra Group / Sohra LLC

ООО Сохра

Dirección: Revolucyonnaya 17/19, office no. 22, 220030 Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 192363182

Sitio web: http://sohra.by/

Dirección de correo electrónico: info@sohra.by

La empresa Sohra perteneció a Aliaksandr Zaitsau, uno de los empresarios más influyentes de Bielorrusia, persona con estrechas conexiones en la clase política bielorrusa y destacado colaborador de Viktor, el hijo mayor de Lukashenka. Sohra promueve productos industriales bielorrusos en países de África y de Oriente Próximo. Fue cofundadora de la empresa de defensa BSVT-New Technologies, dedicada a la producción de armas y la modernización de misiles. Valiéndose de su posición privilegiada, Sohra sirve de enlace entre la clase política bielorrusa y las empresas públicas y los socios exteriores en África y Oriente Próximo. Además, explota minas de oro en países africanos sirviéndose de concesiones obtenidas por el régimen de Lukashenka.

Por lo tanto, Sohra Group se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

10.

Bremino Group LLC

ООО «Бремино групп»

Dirección: Niamiha 40, 220004 Minsk (Bielorrusia); localidad de Bolbasovo, Zavodskaya 1k, región/oblast de Orsha (Bielorrusia)

Número de registro: 691598938

Sitio web: http://www.bremino.by

Dirección de correo electrónico: office@bremino.by; marketing@bremino.by

Bremino Group es el promotor y coadministrador del proyecto de zona económica especial de Bremino-Orsha, creada por un decreto presidencial firmado por Aliaksandr Lukashenka. La empresa ha recibido ayudas estatales para desarrollar la zona de Bremino-Orsha, así como una serie de ventajas financieras y fiscales y otros privilegios. Los propietarios de Bremino Group —Aliaksandr Zaitsau, Mikalai Varabei y Aliaksei Aleksin— pertenecen al círculo íntimo de empresarios relacionados con Lukashenka y mantienen estrechas relaciones con Lukashenka y su familia.

Por lo tanto, Bremino Group se beneficia del régimen de Lukashenka.

Bremino Group es propietario del Centro de Transporte y Logística (TLC, por sus siglas en inglés) en Bremino-Bruzgi, frontera entre Bielorrusia y Polonia, que fue utilizado por el régimen de Lukashenka como refugio para migrantes transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el fin de cruzar ilegalmente dicha frontera. EL TLC de Bremino-Bruzgi fue también el escenario de la visita propagandística de Lukashenka a los migrantes.

Por lo tanto, Bremino Group contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

21.6.2021

11.

Globalcustom Management LLC

ООО «Глобалкастом-менеджмент»

Dirección: Nemiga 40/301, Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 193299162

Sitio web: https://globalcustom.by/

Dirección de correo electrónico: info@globalcustom.by

Globalcustom Management está asociada con la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, dirigida anteriormente por Victor Sheiman, incluido en la lista de la Unión desde 2004. La empresa está involucrada en el contrabando de mercancías a Rusia, lo que no sería posible sin el acuerdo del régimen de Lukashenka, que controla la guardia de fronteras y las aduanas. La posición privilegiada en el sector de la exportación de flores a Rusia de que goza la empresa está supeditada al apoyo del régimen. Globalcustom Management fue la primera propietaria de GardService, la única empresa privada a la que Lukashenka autorizó el uso de armas. Por lo tanto, Globalcustom Management se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

12.

Belarusski Avtomobilnyi Zavod (BelAZ) / OJSC «BELAZ»

Sociedad limitada por acciones abierta «BELAZ» – Sociedad gestora de participación «BELAZ HOLDING»

ААТ «БЕЛАЗ»

ОАО «БЕЛАЗ»

Dirección: 40 let Octyabrya St. 4, 222161 Zhodino, región/oblast de Minsk (Bielorrusia)

Sitio web: https://belaz.by

La OJSC BelAZ es una de las principales empresas estatales de Bielorrusia y uno de los mayores fabricantes de camiones pesados y camiones volquetes del mundo. Es una fuente de grandes beneficios para el régimen de Lukashenka. Lukashenka ha declarado que el Gobierno siempre apoyará a la empresa, y la ha denominado una «marca Bielorrusia» y calificado como «parte del legado nacional». La OJSC BelAZ ha ofrecido sus instalaciones y equipo para organizar un mitin político en apoyo del régimen de Lukashenka. Por lo tanto, la OJSC BelAZ se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Los empleados de la OJSC BelAZ que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia fueron amenazados con el despido e intimidados por la dirección de la empresa. Un grupo de empleados fue encerrado en los locales de la empresa para evitar que se unieran a los demás manifestantes. La dirección de la empresa presentó la huelga ante los medios como una reunión de personal. Por lo tanto, la OJSC BelAZ es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya al régimen de Lukashenka.

21.6.2021

13.

Minskii Avtomobilnyi Zavod (MAZ) / OJSC «MAZ»

Sociedad limitada por acciones abierta «Minsk Automobile Works» – Sociedad gestora de participación de «BELAVTOMAZ»

ААТ «Мiнскi аўтамабiльны завод»

ОАО «Минский автомобильный завод»

Dirección: Socialisticheskaya 2, 220021 Minsk (Bielorrusia)

Website: http://maz.by/

Fecha de registro: 16.7.1944

Tel.: +375 (17) 217-22-22; +8000 217-22-22

La OJSC Minsk Automobile Plant (MAZ) es una de las mayores empresas estatales de fabricación de automóviles de Bielorrusia. Lukashenka la ha descrito como «una de las empresas industriales más importantes del país». Es una fuente de ingresos para el régimen de Lukashenka. La OJSC MAZ ha ofrecido sus instalaciones y equipo para organizar un mitin político en apoyo del régimen. Por lo tanto, la OJSC MAZ se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Los empleados de la OJSC MAZ que participaron en huelgas y protestas pacíficas tras las elecciones fraudulentas de agosto de 2020 en Bielorrusia fueron intimidados y más tarde despedidos por la dirección de la empresa. Un grupo de empleados fue encerrado en los locales de la empresa para evitar que se unieran a los demás manifestantes. Por lo tanto, la OJSC MAZ es responsable de la represión de la sociedad civil y apoya el régimen de Lukashenka.

21.6.2021

14.

Logex

ТАА «Лагекс»

ООО «Логекс»

Dirección: 24 Kommunisticheskaya St., office 2, Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 192695465

Sitio web: http://logex.by/

Dirección de correo electrónico: info@logex.by

La empresa Logex está asociada con Aliaksandr Shakutsin, un empresario cercano al régimen de Lukashenka que ha sido incluido en las listas de la Unión.

La empresa se dedica a la exportación de flores a la Federación de Rusia a precios irrisorios, lo que no sería posible sin el acuerdo del régimen, que controla la guardia de fronteras y las aduanas. La posición privilegiada en el sector de la exportación de flores a Rusia de que goza la empresa está supeditada al apoyo del régimen. Los principales proveedores bielorrusos de flores cortadas son empresas que están estrechamente conectadas con los dirigentes de la república.

Por lo tanto, Logex se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

15.

JSC «NNK» (Novaia naftavaia kampania) / New Oil Company

ЗАТ «ННК» (Новая нафтавая кампанiя)

ЗАО «ННК» (Новая нефтяная компания)

Dirección: Rakovska St. 14W room 7, 5th floor, Minsk (Bielorrusia)

Número de registro: 193402282

Novaya Neftnaya Kompaniya (NNK), nueva compañía petrolera, es una entidad fundada en marzo de 2020. Es la única empresa privada con derecho a exportar productos petrolíferos de Bielorrusia, lo que indica vínculos estrechos con las autoridades y el máximo nivel de privilegios estatales. NNK es propiedad de Interservice, una empresa propiedad de Mikalai Varabei, uno de los principales empresarios que se beneficia del régimen de Lukashenka y lo apoya. También se ha informado de que NNK está vinculada a Aliaksei Aleksin, otro destacado hombre de negocios bielorruso que se beneficia del régimen de Lukashenka. Según los medios de comunicación, Aleksin fue fundador de NNK, junto con Varabei. NNK también fue utilizada por las autoridades bielorrusas para adaptar la economía bielorrusa a las medidas restrictivas introducidas por la Unión.

Por lo tanto, NNK se beneficia del régimen de Lukashenka.

21.6.2021

16.

Belaeronavigatsia

Empresa estatal

Белаэранавiгацыя

Дзяржаўнае прадпрыемства

Белаэронавигация

Государственное предприятие

Dirección: 19 Korotkevich St., 220039 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1996

Sitio web: http://www.ban.by/

Dirección de correo electrónico: office@ban.by

Tel.: +375 (17) 215-40-51

Fax: +375 (17) 213-41-63

La empresa pública Belaeronavigatsia es responsable del control del tráfico aéreo bielorruso. Por lo tanto, es responsable del desvío del vuelo de pasajeros FR4978 el 23 de mayo de 2021 al aeropuerto de Minsk sin justificación adecuada. Esta decisión política fue tomada con el objeto de detener al periodista de la oposición Raman Pratasevich y a Sofia Sapega y constituye una forma de represión contra la sociedad civil y la oposición democrática en Bielorrusia.

Por lo tanto, la empresa pública Belaeronavigatsia es responsable de la represión de la sociedad civil y la oposición democrática.

21.6.2021

17.

Sociedad limitada por acciones abierta «Belavia Belarusian Airlines»

ААТ «Авiякампанiя Белавiя»

ОАО «Авиакомпания Белавиа»

Dirección: 14A Nemiga St., 220004 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 4.1.1996

Número de registro: 600390798

La sociedad limitada por acciones abierta Belavia Belarusian Airlines es la línea aérea nacional pública. Aliaksandr Lukashenka prometió que su administración facilitaría todo el apoyo posible a Belavia después de que la Unión decidiera introducir la prohibición de sobrevolar el espacio aéreo de la Unión y de acceder a los aeropuertos de la Unión para todas las líneas aéreas bielorrusas. Con este fin, se puso de acuerdo con el presidente ruso Vladimir Putin para planificar la apertura de nuevas rutas aéreas para Belavia.

La dirección de Belavia también ordenó a sus empleados que no protestaran contra las irregularidades electorales y las detenciones masivas en Bielorrusia, habida cuenta de que Belavia es una empresa pública.

Por lo tanto, Belavia se beneficia del régimen de Lukashenka y le brinda su apoyo.

Belavia ha participado en el traslado de migrantes desde Oriente Próximo a Bielorrusia. Los migrantes que desean atravesar la frontera exterior de la Unión han estado viajando a Minsk en vuelos operados por Belavia desde una serie de países de Oriente Próximo, en concreto el Líbano, los Emiratos Árabes Unidos y Turquía. Para facilitarlo, Belavia abrió nuevas rutas aéreas y aumentó el número de vuelos en las rutas existentes. Los operadores turísticos locales han actuado como intermediarios en la venta de billetes de Belavia a posibles migrantes, propiciando así que Belavia tuviera una presencia discreta.

Por lo tanto, Belavia contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

18.

Empresa unitaria de la República «TSENTRKURORT»

Рэспублiканскае унiтарнае прадпрыемства «ЦЭНТРКУРОРТ»

Республиканское унитарное предприятие «ЦЕНТРКУРОРТ»

Dirección: 39 Myasnikova St., 220030 Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 12.8.2003

Número de registro: 100726604

La empresa turística de titularidad pública Tsentrkurort forma parte de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia. Se ha informado de que Tsentrkurort es una de las empresas que coordinan el flujo de migrantes que pretenden cruzar la frontera entre Bielorrusia y la Unión. Tsentrkurort ayudó al menos a cincuenta y un ciudadanos iraquíes a obtener visados para su visita a Bielorrusia y firmó un contrato por servicios de transporte con la empresa bielorrusa Stroitur, que ofrece alquileres de autobús con conductor. Los autobuses reservados por Tsentrkurort transportaron a los migrantes, entre los que había niños, del aeropuerto de Minsk a hoteles.

Por lo tanto, Tsentrkurort contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

19.

Oskartour LLC

ООО Оскартур

Dirección: 25 Karl Marx St., room 1n, Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 18.10.2016

Número de registro: 192721937

Oskartour es un operador turístico que facilitó la obtención de visados para migrantes procedentes de Irak y organizó su ulterior viaje a Bielorrusia en vuelos de Bagdad a Minsk. Estos migrantes iraquíes fueron posteriormente transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el objetivo de cruzarla ilegalmente. Gracias a Oskartour y a sus contactos con las compañías aéreas iraquíes, con las autoridades bielorrusas y con la empresa pública Tsentrkurort, la línea aérea iraquí organizó vuelos regulares de Bagdad a Minsk, para así transportar a Bielorrusia a más personas que cruzaran ilegalmente las fronteras exteriores de la Unión. Oskartour participó en este sistema ilegal de cruce de fronteras puesto en práctica por los servicios de seguridad y por empresas públicas de Bielorrusia.

Por lo tanto, contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

20.

Empresa unitaria filial de la República «Hotel Minsk»

Гатэль «Мiнск»

Республиканское дочернее унитарное предприятие «Отель Минск»

Dirección: 11 Nezavisimosti Ave., Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 26.12.2016/3.4.2017

Número de registro: 192750964

Sitio web: http://hotelminsk.by/

Dirección de correo electrónico: hotelminsk@udp.gov.by; marketing@hotelminsk.by

Tel.: +375 (17) 209-90-61

Fax: +375 (17) 200-00-72

Hotel Minsk es una empresa filial de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, una agencia gubernamental que está bajo las órdenes directas del presidente. Hotel Minsk participó en el sistema ilegal de cruce de fronteras puesto en práctica por los servicios de seguridad y por empresas públicas de Bielorrusia. Los migrantes fueron alojados en el hotel antes de ser transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el fin de cruzarla ilegalmente. Los migrantes iraquíes habían indicado el Hotel Minsk como residencia temporal en sus solicitudes de visado bielorruso, que fueron cursadas inmediatamente antes de su llegada a Bielorrusia.

Por lo tanto, Hotel Minsk contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

21.

Sociedad limitada por acciones abierta «Hotel Planeta»

ААТ «Гасцiнiца Планета»

OAO «Гостиница Планета»

Dirección: 31 Pobediteley Ave., Minsk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1.2.1994/6.3.2000

Número de registro: 100135173

Sitio web: https://hotelplaneta.by/

Dirección de correo electrónico: planeta@udp.gov.by

Tel.: +375 (17) 226-78-53

Fax: +375 (17) 226-78-55

La sociedad limitada por acciones abierta Hotel Planeta es una empresa filial de la Dirección de Gestión de la Propiedad del Presidente de Bielorrusia, una agencia gubernamental que está bajo las órdenes directas del presidente. Hotel Planeta participó en el sistema ilegal de cruce de fronteras puesto en práctica por los servicios de seguridad y por empresas públicas de Bielorrusia. Los migrantes fueron alojados en el hotel antes de ser transportados a la frontera entre Bielorrusia y la Unión con el fin de cruzarla ilegalmente. Pagaron 1 000  USD a una agencia de viajes en Bagdad por el vuelo, un visado turístico y una estancia en el hotel.

Por lo tanto, Hotel Planeta contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

22.

ASAM (Asobnaia sluzhba aktyunykh merapryemstvau)

OSAM (Otdiel’naya sluzhba aktivnykh mieropriyatiy)

Асобная служба актыўных мерапрыемстваў (АСАМ)

Отдельная служба активных мероприятий (ОСАМ)

Dirección: Comité Estatal de Fronteras de la República de Bielorrusia, 24 Volodarsky St., 220050 Minsk (Bielorrusia)

El ASAM (Servicio Específico de Medidas Activas) es una unidad especial de la guardia de fronteras bielorrusa controlada por Viktar Lukashenka y dirigida por Ihar Kruchkou. En el marco de la operación especial «Entrada», las fuerzas del ASAM organizan el cruce ilegal de fronteras a través de Bielorrusia hasta Estados miembros de la Unión y participan directamente en el transporte físico de migrantes hasta el otro lado de la frontera. Además, el ASAM cobra por el cruce de la frontera a los migrantes a los que transporta.

Por lo tanto, el ASAM contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

23.

Cham Wings Airlines

 

Dirección: P.O. Box 30588, Damasco (Siria)

Sitio web: https://chamwings.com/

Cham Wings Airlines es un operador de vuelos chárter de Siria a Bielorrusia. La empresa aumentó el número de vuelos de Damasco a Minsk a partir del verano de 2021 para transportar a Bielorrusia a migrantes que pretendían cruzar ilegalmente las fronteras exteriores de la Unión. En el otoño de 2021, Cham Wings también abrió dos nuevas oficinas en Minsk para poder organizar los vuelos entre Damasco y Minsk.

Por lo tanto, Cham Wings Airlines contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

24.

VIP Grub

 

Dirección: Büyükdere Cad., No:201, Estambul (Turquía)

VIP Grub es un servicio de pasaportes y visados con sede en Estambul (Turquía), que organiza viajes a Bielorrusia con la intención declarada de facilitar la migración a la Unión. VIP Grub publicita activamente la migración a la Unión. Por lo tanto, VIP Grub contribuye a las actividades del régimen de Lukashenka que facilitan el cruce ilegal de las fronteras exteriores de la Unión.

2.12.2021

25.

Sociedad limitada por acciones abierta «Grodno Azot»

Incluida la sucursal «Khimvolokno Plant» JSC «Grodno Azot»

ААТ «Гродна Азот»

ОАО «Гродно Азот»

Фiлiял «Завод Хiмвалакно» ААТ «Гродна Азот»

Филиал «Завод Химволокно» ОАО «Гродно Азот»

Dirección: 100 Kosmonavtov Ave., Grodno/Hrodna (Bielorrusia)

Fecha de registro: 1965

Número de registro: 500036524

Sitio web: https://azot.by/en/

Dirección: 4 Slavinskogo St., 230026 Grodno/Hrodna (Bielorrusia)

Fecha de registro: 12.5.2000

Número de registro: 590046884

Sitio web: www.grodno-khim.by

Dirección de correo electrónico: office@grodno-khim.by; market@grodno-khim.by; ppm@grodno-khim.by; tnp@grodno-khim.by

Tel./fax: +375 (152) 39-19-00; +375 (152) 39-19-44

La sociedad limitada por acciones abierta Grodno Azot es una gran empresa pública productora de compuestos nitrogenados con sede en Grodno/Hrodna. Lukashenka la describió como «una empresa muy importante, una empresa estratégica». Grodno Azot es también propietaria de Khimvolokno Plant, un gran fabricante de poliamida, poliéster y materiales compuestos. Grodno Azot y Khimvolokno Plant son una fuente de ingresos sustanciales para el régimen de Lukashenka. Por lo tanto, Grodno Azot apoya al régimen de Lukashenka.

Lukashenka visitó la empresa y se reunió con sus representantes, con los que debatió sobre la modernización de la planta y sobre diversas formas de apoyo estatal. Asimismo, prometió que se utilizaría un préstamo para la construcción de una nueva planta de nitrógeno en Grodno/Hrodna. Por lo tanto, Grodno Azot se beneficia del régimen de Lukashenka.

Los trabajadores de Grodno Azot, incluidos los empleados de Khimvolokno Plant, que participaron en protestas pacíficas contra el régimen e hicieron huelga, fueron despedidos, intimidados y amenazados tanto por la dirección de Grodno Azot como por representantes del régimen. Por lo tanto, Grodno Azot es responsable de la represión de la sociedad civil.

2.12.2021

26.

Asociación Estatal de Producción «Belorusneft»

Дзяржаўнае вытворчае аб’яднанне «Беларуснафта»

Государственное производственное объединение «Белоруснефть»

Dirección: 9 Rogachevskaya St., 246003 Gomel/Homyel (Bielorrusia)

Fecha de registro: 25.2.1966

Número de registro: 400051902

Belorusneft es una empresa pública que opera en el sector petroquímico. La dirección de la empresa despidió a trabajadores que hicieron huelga, que participaron en protestas contra el régimen o que apoyaron públicamente estas protestas. Por lo tanto, Belorusneft es responsable de la represión de la sociedad civil.

2.12.2021

27.

Sociedad limitada por acciones abierta «Belshina»

AAT «Белшина»

ОАО «Белшина»

Dirección: 4 Minskoe Shosse St., 213824 Bobruisk (Bielorrusia)

Fecha de registro: 10.1.1994

Número de registro: 700016217

Sitio web: http://www.belshinajsc.by/

La sociedad limitada por acciones abierta Belshina es una de las principales empresas públicas de Bielorrusia y un importante productor de neumáticos para vehículos. Como tal, es una fuente de ingresos importante para el régimen de Lukashenka. El Estado bielorruso se beneficia directamente de los ingresos que obtiene Belshina. Por lo tanto, Belshina apoya al régimen de Lukashenka.

Los empleados de Belshina que protestaron e hicieron huelga a raíz de las elecciones presidenciales de 2020 en Bielorrusia fueron despedidos. Por lo tanto, Belshina es responsable de la represión de la sociedad civil.

2.12.2021

▼M3




ANEXO II

▼M4

Páginas web para información sobre las autoridades competentes a que se refieren el artículo 3, el artículo 4, apartado 2, el artículo 5 y el artículo 8, apartado 7, y direcciones para notificaciones a la Comisión Europea

▼M49

BÉLGICA

https://diplomatie.belgium.be/en/policy/policy_areas/peace_and_security/sanctions

BULGARIA

https://www.mfa.bg/en/EU-sanctions

CHEQUIA

www.financnianalytickyurad.cz/mezinarodni-sankce.html

DINAMARCA

http://um.dk/da/Udenrigspolitik/folkeretten/sanktioner/

ALEMANIA

https://www.bmwi.de/Redaktion/DE/Artikel/Aussenwirtschaft/embargos-aussenwirtschaftsrecht.html

ESTONIA

https://vm.ee/et/rahvusvahelised-sanktsioonid

IRLANDA

https://www.dfa.ie/our-role-policies/ireland-in-the-eu/eu-restrictive-measures/

GRECIA

http://www.mfa.gr/en/foreign-policy/global-issues/international-sanctions.html

ESPAÑA

https://www.exteriores.gob.es/es/PoliticaExterior/Paginas/SancionesInternacionales.aspx

FRANCIA

http://www.diplomatie.gouv.fr/fr/autorites-sanctions/

CROACIA

https://mvep.gov.hr/vanjska-politika/medjunarodne-mjere-ogranicavanja/22955

ITALIA

https://www.esteri.it/it/politica-estera-e-cooperazione-allo-sviluppo/politica_europea/misure_deroghe/

CHIPRE

https://mfa.gov.cy/themes/

LETONIA

http://www.mfa.gov.lv/en/security/4539

LITUANIA

http://www.urm.lt/sanctions

LUXEMBURGO

https://maee.gouvernement.lu/fr/directions-du-ministere/affaires-europeennes/organisations-economiques-int/mesures-restrictives.html

HUNGRÍA

https://kormany.hu/kulgazdasagi-es-kulugyminiszterium/ensz-eu-szankcios-tajekoztato

MALTA

https://foreignandeu.gov.mt/en/Government/SMB/Pages/SMB-Home.aspx

PAÍSES BAJOS

https://www.rijksoverheid.nl/onderwerpen/internationale-sancties

AUSTRIA

https://www.bmeia.gv.at/themen/aussenpolitik/europa/eu-sanktionen-nationale-behoerden/

POLONIA

https://www.gov.pl/web/dyplomacja/sankcje-miedzynarodowe

https://www.gov.pl/web/diplomacy/international-sanctions

PORTUGAL

https://www.portaldiplomatico.mne.gov.pt/politica-externa/medidas-restritivas

RUMANÍA

http://www.mae.ro/node/1548

ESLOVENIA

http://www.mzz.gov.si/si/omejevalni_ukrepi

ESLOVAQUIA

https://www.mzv.sk/europske_zalezitosti/europske_politiky-sankcie_eu

FINLANDIA

https://um.fi/pakotteet

SUECIA

https://www.regeringen.se/sanktioner

Dirección para las notificaciones a la Comisión Europea:

Comisión Europea

Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales – DG FISMA

Rue de Spa 2

B-1049 Bruselas, Bélgica

Correo electrónico: relex-sanctions@ec.europa.eu

▼M7




ANEXO III

Lista de equipos que podrían utilizarse para la represión interna a los que se hace referencia en los artículos 1 bis y 1 ter

1. Las armas de fuego, munición y accesorios conexos siguientes:

1.1. 

armas de fuego no controladas por los artículos ML 1 y ML 2 de la Lista Común Militar de la Unión Europea ( 7 ) («Lista Común Militar»);

1.2. 

munición concebida especialmente para las armas de fuego citadas en el punto 1.1 y componentes diseñados especialmente a dicho efecto;

1.3. 

miras no controladas por la Lista Común Militar.

2. Bombas y granadas no controladas por la Lista Común Militar.

3. Los siguientes vehículos:

3.1. 

vehículos equipados con cañón de agua, especialmente diseñados o modificados para controlar disturbios;

3.2. 

vehículos especialmente concebidos o modificados para ser electrificados a fin de repeler asaltantes;

3.3. 

vehículos especialmente diseñados o modificados para retirar barricadas, incluidos los equipos de construcción con protección balística;

3.4. 

vehículos especialmente diseñados para el transporte o el traslado de prisioneros o detenidos;

3.5. 

vehículos especialmente diseñados para desplegar barreras móviles;

3.6. 

componentes para los vehículos especificados en los puntos 3.1 a 3.5 especialmente concebidos para el control de disturbios.

Nota 1   Este punto no incluye los vehículos concebidos especialmente para la lucha contra incendios.

Nota 2   A efectos del punto 3.5, el término «vehículos» incluye los remolques.

4. Las siguientes sustancias explosivas y equipos conexos:

4.1. 

equipos y dispositivos diseñados especialmente para iniciar explosiones mediante medios eléctricos o no eléctricos, incluidos los equipos disparadores, detonadores, equipos de encendido, aceleradores y cable de detonación, así como los componentes diseñados especialmente para ello; excepto los diseñados especialmente para un uso comercial específico consistente en el accionamiento o la utilización por medios explosivos de otros equipos o dispositivos, cuya función no sea la creación de explosiones (por ejemplo, dispositivos para el inflado de cojines de aire para automóviles, relés eléctricos de protección contra sobretensiones de los dispositivos de puesta en marcha de los aspersores contra incendios);

4.2. 

cargas explosivas de corte lineal no controladas por la Lista Común Militar;

4.3. 

los siguientes explosivos no controlados por la Lista Común Militar y sustancias relacionadas con los mismos:

a. 

amatol,

b. 

nitrocelulosa (con un contenido de nitrógeno superior al 12,5 %),

c. 

nitroglicol,

d. 

tetranitrato de pentaeritrita (pentrita),

e. 

picrilclorido,

f. 

2,4,6-trinitrotolueno (TNT).

5. Los siguientes equipos protectores no controlados por el artículo ML 13 de la Lista Común Militar:

5.1. 

prendas blindadas antiproyectiles y con protección contra las armas blancas;

5.2. 

cascos con protección contra proyectiles y/o fragmentación, cascos antidisturbios, escudos antidisturbios y escudos contra proyectiles.

Nota: No se aplica a:

— 
los equipos diseñados especialmente para actividades deportivas;
— 
los equipos diseñados especialmente para responder a las exigencias de seguridad en el trabajo.

6. Simuladores, distintos de los controlados por el artículo ML 14 de la Lista Común Militar, para el entrenamiento en la utilización de armas de fuego, y programas informáticos diseñados especialmente para los mismos.

7. Equipos para la visión nocturna, equipos térmicos de toma de imágenes y tubos intensificadores de imagen, distintos de los controlados por la Lista Común Militar.

8. Alambre de púas.

9. Cuchillos militares, cuchillos de combate y bayonetas con hojas cuya longitud sea superior a 10 cm.

▼M40

9 bis. «agentes antidisturbios», según se define en el subartículo 1A004.a.4 del Reglamento Delegado (UE) 2020/1749 de la Comisión, de 7 de octubre de 2020, que modifica el Reglamento (CE) n.o 428/2009 del Consejo, por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso.

▼M7

10. Equipos de producción especialmente diseñados para los elementos especificados en la presente lista.

11. Tecnología específica para el desarrollo, la producción o la utilización de los elementos especificados en la presente lista.

▼M40




ANEXO IV

EQUIPOS, TECNOLOGÍAS Y PROGRAMAS INFORMÁTICOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 quater Y 1 quinquies

Nota general

No obstante lo dispuesto en el presente anexo, este no será de aplicación a:

a) 

los equipos, tecnologías o programas informáticos especificados en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 428/2009 del Consejo ( 8 ) o en la Lista Común Militar, o

b) 

los programas informáticos que estén diseñados para su instalación por el usuario sin asistencia ulterior importante del proveedor y que se hallen generalmente a disposición del público por estar a la venta, sin limitaciones, en puntos de venta al por menor, por medio de:

i) 

transacciones en mostrador,

ii) 

transacciones por correo,

iii) 

transacciones electrónicas, o

iv) 

transacciones por teléfono, o

c) 

los programas informáticos que sean de conocimiento público.

Las categorías A, B, C, D y E se refieren a las categorías contempladas en el Reglamento (CE) n.o 428/2009.

Los equipos, tecnologías y programas informáticos a que se refieren los artículos 1 quater y 1 quinquies son:

A. 

Lista de equipos:

— 
Equipos de inspección de paquetes en profundidad
— 
Equipos de interceptación de redes, incluidos los equipos de gestión de interceptaciones (IMS) y los equipos de información de conexión y conservación de datos
— 
Equipos de seguimiento de radiofrecuencia
— 
Equipos de interferencia deliberada de redes y satélites
— 
Equipos de infección a distancia
— 
Equipos de reconocimiento y procesamiento de voz
— 
Equipos de interceptación y seguimiento IMSI ( 9 ), MSISDN ( 10 ), IMEI ( 11 ), TMSI ( 12 )

▼M44

— 
Sistemas, equipos, y componentes para ellos, especialmente diseñados o modificados para la generación, el manejo mediante comandos y el control o la distribución de «programas informáticos de intrusión», según se definen en el Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 13 )

▼M40

— 
Equipos diseñados o modificados para realizar criptoanálisis
— 
Equipos tácticos de interceptación y seguimiento SMS ( 14 ), GSM ( 15 ), GPS ( 16 ), GPRS ( 17 ), UMTS ( 18 ), CDMA ( 19 ), PSTN ( 20 )
— 
Equipos de interceptación y seguimiento de información DHCP ( 21 ), SMTP ( 22 ), GTP ( 23 )
— 
Equipos de reconocimiento de formas y de perfilado de formas
— 
Equipos forenses a distancia
— 
Equipos de motores de procesamiento semántico
— 
Equipos de violación de códigos WEP y WPA
— 
Equipos de interceptación de propietarios VoIP y protocolos estándar.
B. 

No utilizados.

C. 

No utilizados.

D. 

«Programas informáticos» para el «desarrollo», «producción» o «utilización» de los equipos especificados en el punto A y «programas informáticos» que tengan las características de los equipos especificados en el punto A, o que realicen o simulen las funciones de estos.

E. 

«Tecnología» para el «desarrollo», «producción» o «utilización» de los equipos especificados en el punto A.

Los equipos, las tecnologías y los programas informáticos pertenecientes a dichas categorías entran en el ámbito de aplicación del presente anexo solo en la medida en que correspondan a la descripción general de «sistemas de seguimiento e interceptación de comunicaciones por internet, telefónicas y por satélite».

A efectos del presente anexo, se entiende por «seguimiento» la adquisición, extracción, descodificación, grabación, tratamiento, análisis y archivo del contenido de llamadas o de datos de la red.

▼M46




ANEXO V

LISTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 1 SEXIES, APARTADO 7, EL ARTÍCULO 1 SEPTIES, APARTADO 7, Y EL ARTÍCULO 1 SEPTIES BIS, APARTADO 1

Ministerio de Defensa de Bielorrusia

▼M46




ANEXO V bis

LISTA DE BIENES Y TECNOLOGÍAS A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 1 SEPTIES, APARTADO 1, Y EL ARTÍCULO 1 SEPTIES BIS, APARTADO 1

Las notas generales, los acrónimos y abreviaturas y las definiciones del anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 se aplican al presente anexo, con excepción de la «Parte I – Notas generales, acrónimos y abreviaturas, y definiciones, Notas generales al anexo I, punto 2».

Se aplican al presente anexo las definiciones de los términos utilizados en la Lista Común Militar (LCM) de la Unión Europea ( 24 ).

▼M47

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1 quaterdecies del presente Reglamento, los productos no sujetos a control que contengan uno o más componentes enumerados en el presente anexo no estarán sujetos a los controles exigidos en los artículos 1 septies y 1 septies bis del presente Reglamento.

▼M46

Categoría I — Electrónica

X.A.I.001 

Dispositivos y componentes electrónicos

a. 

«Microcircuitos de microprocesador», «microcircuitos de microordenador» y microcircuitos de microcontrolador que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una velocidad de funcionamiento igual o superior a 5 GigaFLOPS y una unidad aritmética lógica con una capacidad de acceso paralelo de 32 bits o superior

2. 

Una frecuencia de reloj superior a 25 MHz o

3. 

Más de un bus de datos o de instrucciones o más de un puerto de comunicaciones serie, que provee de una interconexión externa directa entre «microcircuitos de microprocesador» paralelos, con una velocidad de transferencia de 2,5 Mbytes/s

b. 

Circuitos integrados para almacenamiento, según se indica:

1. 

Memorias de acceso aleatorio pasivas programables y borrables eléctricamente (EEPROM) con una capacidad de almacenamiento:

a. 

De más de 16 Mbits por paquete, en los tipos de memoria flash o

b. 

Que supere uno de los límites siguientes, en los demás tipos de EEPROM:

1. 

Más de 1 Mbit por paquete o

2. 

Más de 256 kbits por paquete y un tiempo máximo de acceso inferior a 80 ns

2. 

Memorias estáticas de acceso aleatorio (SRAM) con una capacidad de almacenamiento:

a. 

Más de 1 Mbit por paquete o

b. 

Más de 256 kbits por paquete y un tiempo máximo de acceso inferior a 25 ns

c. 

Convertidores analógico-digital que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Resolución igual o superior a 8 bits, pero inferior a 12 bits, con una tasa de salida superior a 200 megamuestras por segundo (Mega Samples Per Second, MSPS)

2. 

Resolución de 12 bits con una tasa de salida superior a 105 megamuestras por segundo (MSPS)

3. 

Resolución superior a 12 bits, pero igual o inferior a 14 bits, con una tasa de salida superior a 10 megamuestras por segundo (MSPS) o

4. 

Resolución de 14 bits con una tasa de salida superior a 2,5 megamuestras por segundo (MSPS)

d. 

Dispositivos lógicos programables por el usuario con un número máximo de entradas/salidas digitales de terminación única de entre 200 y 700

e. 

Procesadores de transformada rápida de Fourier (FFT) que tengan un tiempo de ejecución tasado para una FFT compleja de 1 024  puntos de menos de 1 ms

f. 

Circuitos integrados para el usuario de los que la función es desconocida o en los que el estado de control del equipo en el que se vaya a usar el circuito integrado es desconocido para el fabricante, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Más de 144 terminales o

2. 

Un «retardo por propagación en la puerta básica» típico inferior a 0,4 ns

g. 

«Dispositivos electrónicos de vacío» de ondas progresivas, de impulsos o continuas, según se indica:

1. 

Dispositivos de cavidades acopladas, o los derivados de ellos

2. 

Dispositivos basados en circuitos en hélice, de guiaondas plegados o de guiaondas de serpentina, o los derivados de ellos, que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Un «ancho de banda instantáneo» igual o superior a media octava y un producto de la potencia media (expresada en kW) por la frecuencia (expresada en GHz) superior a 0,2 o

b. 

Un «ancho de banda instantáneo» inferior a media octava Un producto de la potencia media (expresada en kW) por la frecuencia (expresada en GHz) superior a 0,4

h. 

Guiaondas flexibles diseñados para un uso a frecuencias superiores a 40 GHz

i. 

Dispositivos de ondas acústicas de superficie y de ondas acústicas rasantes (poco profundas) que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Frecuencia portadora superior a 1 GHz o

2. 

Frecuencia portadora igual o inferior a 1 GHz y

a. 

«Rechazo de lóbulos laterales» superior a 55 dB

b. 

Producto del retardo máximo (expresado en microsegundos) por el ancho de banda (expresado en MHz) superior a 100 o

c. 

Retardo de dispersión superior a 10 microsegundos

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.A.I.001.i, el «rechazo de lóbulos laterales» es el valor máximo de rechazo especificado en la ficha técnica.

j. 

«Células», según se indica:

1. 

«Células primarias» que tengan una «densidad de energía» igual o inferior a 550 Wh/kg a 293 K (20 °C)

2. 

«Células secundarias» que tengan una «densidad de energía» igual o inferior a 350 Wh/kg a 293 K (20 °C)

Nota: El subartículo X.A.I.001.j no somete a control las baterías, incluidas las de célula única.

Notas técnicas: 

1. 

A efectos del subartículo X.A.I.001.j, la densidad de energía (Wh/kg) se calcula a partir de la tensión nominal multiplicada por la capacidad nominal en amperios-horas (Ah) dividida por la masa expresada en kilogramos. Si no figura la capacidad nominal, la densidad de energía se calcula a partir de la tensión nominal al cuadrado y luego multiplicada por la duración de la descarga, expresada en horas, dividida por la intensidad de la descarga expresada en ohmios y la masa en kilogramos.

2. 

A efectos del subartículo X.A.I.001.j, una «célula» se define como un dispositivo electromecánico con electrodos positivos y negativos, y electrolito, y constituye una fuente de energía eléctrica. Es el elemento básico que compone una batería.

3. 

A efectos del subartículo X.A.I.001.j.1, una «célula primaria» es una «célula» que no se ha diseñado para ser cargada por otra fuente.

4. 

A efectos del subartículo X.A.I.001.j.2, una «célula secundaria» es una «célula» diseñada para ser cargada por una fuente eléctrica externa.

k. 

Electroimanes o solenoides «superconductores» diseñados especialmente para un tiempo de carga o descarga completas inferior a un minuto y que reúnan todas las características siguientes:

Nota: El subartículo X.A.I.001.k no somete a control los electroimanes o solenoides «superconductores» diseñados para los equipos médicos de formación de imágenes por resonancia magnética (MRI).

1. 

Energía máxima suministrada durante la descarga dividida por la duración de la descarga superior a 500 kJ por minuto

2. 

Diámetro interior de las bobinas portadoras de corriente superior a 250 mm y

3. 

Estar previstos para una inducción magnética superior a 8 T o una «densidad de corriente global» en las bobinas superior a 300 A/mm2

l. 

Circuitos o sistemas para el almacenamiento de energía electromagnética, que contengan componentes fabricados a partir de materiales «superconductores», diseñados especialmente para funcionar a temperaturas inferiores a la «temperatura crítica» de al menos uno de los constituyentes «superconductores», y que tengan todas las características siguientes:

1. 

Frecuencias de funcionamiento resonantes superiores a 1 MHz

2. 

Una densidad de energía almacenada igual o superior a 1 MJ/m3 y

3. 

Un tiempo de descarga inferior a 1 ms

m. 

Tiratrones de hidrógeno / isótopos de hidrógeno de construcción cerámica-metal y tasados para una corriente de pico igual o superior a 500 A

n. 

Sin uso

o. 

Células fotovoltaicas, conjuntos de recubrimientos de vidrio para interconexiones de células (CIC), paneles solares y generadores fotoeléctricos que sean «calificados para uso espacial» y que no estén sometidos a control por el subartículo 3A001.e.4 ( 25 )

X.A.I.002 

«Conjuntos electrónicos», módulos y equipos de uso general

a. 

Equipos electrónicos de ensayo distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

b. 

Equipos de grabación de datos digitales en cinta magnética para instrumentación, que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Velocidad máxima de transferencia en la interfaz digital superior a 60 Mbit/s, y que empleen técnicas de exploración helicoidal

2. 

Velocidad máxima de transferencia en la interfaz digital superior a 120 Mbit/s, y que empleen técnicas de cabeza fija o

3. 

«Calificados para uso espacial»

c. 

Equipos con una velocidad máxima de transferencia en la interfaz digital superior a 60 Mbit/s, diseñados para la conversión de equipos de grabación digital de vídeo en cinta magnética para su utilización como equipos de grabación digitales para instrumentación

d. 

Osciloscopios analógicos no modulares con un ancho de banda igual o superior a 1 GHz

e. 

Sistemas de osciloscopios analógicos modulares que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una unidad central con un ancho de banda igual o superior a 1 GHz o

2. 

Módulos enchufables con un ancho de banda individual igual o superior a 4 GHz

f. 

Osciloscopios de muestreo analógicos para el análisis de fenómenos recurrentes con un ancho de banda efectivo superior a 4 GHz

g. 

Osciloscopios digitales y registradores de transitorios que utilicen técnicas de conversión analógico a digital, capaces de almacenar transitorios mediante muestreo secuencial de entradas monoestables a intervalos sucesivos de menos de 1 ns (más de 1 gigamuestra por segundo [Giga Sample per Second, GSPS]), digitalizando con una resolución igual o superior a 8 bits y almacenando 256 muestras o más

Nota: El artículo X.A.I.002 somete a control los siguientes componentes para osciloscopios analógicos:

1. 

Unidades enchufables

2. 

Amplificadores externos

3. 

Preamplificadores

4. 

Dispositivos de muestreo

5. 

Tubos de rayos catódicos.

X.A.I.003 

Equipos de transformación específicos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica:

a. 

Convertidores de frecuencia capaces de funcionar en la gama de frecuencias de 300 a 600 Hz, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

b. 

Espectrómetros de masas distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

c. 

Todas las máquinas de rayos X de descarga por destello o los componentes de sistemas de potencia pulsada, incluidos los generadores Marx, las redes de alta potencia de formación de impulsos y los condensadores y activadores de alta tensión

d. 

Amplificadores de impulsos distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

e. 

Equipos electrónicos para la generación de retardos de tiempo o la medición de intervalos de tiempo, según se indica:

1. 

Generadores digitales de retardos de tiempo con una resolución igual o inferior a 50 nanosegundos durante intervalos de tiempo iguales o superiores a 1 microsegundo o

2. 

Equipos de medición y cronometría de intervalos de tiempo multicanal (tres o más canales) o modulares, con una resolución igual o inferior a 50 nanosegundos durante intervalos de tiempo iguales o superiores a 1 microsegundo

f. 

Instrumentos analíticos de cromatografía y espectrometría

X.B.I.001 

Equipos para la fabricación de componentes o materiales electrónicos, según se indica, componentes diseñados especialmente y accesorios para ellos

a. 

Equipos diseñados especialmente para la fabricación de tubos de electrones, elementos ópticos y componentes diseñados especialmente para ellos, sometidos a control por el artículo 3A001 ( 26 ) o el artículo X.A.I.001

b. 

Equipos diseñados especialmente para la fabricación de dispositivos semiconductores, circuitos integrados y «conjuntos electrónicos», según se indica, y sistemas que incorporen o tengan las características de dichos equipos:

Nota: El subartículo X.B.I.001.b también somete a control los equipos utilizados o modificados para su utilización en la fabricación de otros dispositivos, como los dispositivos de formación de imágenes, los dispositivos electroópticos y los dispositivos de ondas acústicas.

1. 

Equipos para la transformación de materiales para la fabricación de dispositivos y componentes especificados en el encabezamiento del subartículo X.B.I.001.b, según se indica:

Nota: El artículo X.B.I.001 no somete a control los tubos de horno de cuarzo, revestimientos de horno, palas, navecillas (excepto navecillas enjauladas «diseñadas especialmente»), borboteadores, casetes o crisoles diseñados especialmente para los equipos de transformación sometidos a control por el subartículo X.B.I.001.b.1.

a. 

Equipos para la producción de silicio policristalino y materiales sometidos a control por el artículo 3C001 ( 27 )

b. 

Equipos diseñados especialmente para purificar o transformar materiales semiconductores III/V y II/VI sometidos a control por los artículos 3C001, 3C002, 3C003, 3C004 o 3C005 ( 28 ), excepto los hornos de estirado de cristales, con respecto a los cuales véase el subartículo X.B.I.001.b.1.c

c. 

Hornos de estirado de cristales y otros hornos, según se indica:

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.c no somete a control los hornos de difusión y oxidación.

1. 

Equipos de recocer o recristalizar distintos de los hornos de temperatura constante que emplean tasas elevadas de transferencia de energía capaces de transformar obleas a una velocidad superior a 0,005 m2 por minuto

2. 

Hornos de estirado de cristales «controlados por programa almacenado» que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Recargables sin sustituir el recipiente de crisol

b. 

Capaces de funcionar a presiones superiores a 2,5 × 105 Pa o

c. 

Capaces de estirar cristales de diámetro superior a 100 mm

d. 

Equipos de crecimiento epitaxial «controlados por programa almacenado» que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Capaces de producir una capa de silicio de espesor uniforme con una precisión de ± 2,5 % sobre una distancia igual o superior a 200 mm

2. 

Capaces de producir una capa de cualquier material distinto del silicio con una uniformidad de espesor en toda la oblea igual o superior a ± 3,5 % o

3. 

Rotación de obleas individuales durante la transformación

e. 

Equipos de crecimiento epitaxial de haz molecular

f. 

Equipos de «deposición catódica» mejorados magnéticamente, con bloqueos de carga integrales diseñados especialmente, capaces de transferir obleas en un ambiente de vacío aislado

g. 

Equipos diseñados especialmente para la implantación iónica o la difusión potenciada por iones o fotopotenciada, que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Capacidad de producir patrones

2. 

Energía de haz (tensión de aceleración) superior a 200 keV

3. 

Optimizados para funcionar con una energía de haz (tensión de aceleración) inferior a 10 keV o

4. 

Capacidad de implantación de oxígeno de alta energía en un «sustrato» calentado

h. 

Equipos «controlados por programa almacenado» para la eliminación selectiva (grabado) mediante métodos anisotrópicos secos (por ejemplo, plasma), según se indica:

1. 

«Tipos de lotes» que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Detección de punto final, distinta de los tipos de espectroscopia de emisión óptica o

b. 

Presión operativa (grabado) del reactor igual o inferior a 26,66 Pa

2. 

«Tipos de obleas individuales» que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Detección de punto final, distinta de los tipos de espectroscopia de emisión óptica

b. 

Presión operativa (grabado) del reactor igual o inferior a 26,66 Pa o

c. 

Manipulación de las obleas de casete a casete y de bloqueos de carga

Notas:

 
1. 

Los «tipos de lotes» se refieren a las máquinas no diseñadas especialmente para la producción y transformación de obleas individuales. Estas máquinas pueden transformar dos o más obleas simultáneamente con parámetros de proceso comunes, por ejemplo, potencia de radiofrecuencia, temperatura, especie de gas de grabado o caudales.

2. 

Los «tipos de obleas individuales» se refieren a las máquinas diseñadas especialmente para la producción y transformación de obleas individuales. Estas máquinas pueden utilizar técnicas automáticas de manipulación de obleas para cargar una sola oblea en el equipo de transformación. La definición incluye los equipos que pueden cargar y transformar varias obleas, pero cuyos parámetros de grabado, por ejemplo potencia de radiofrecuencia o punto final, pueden determinarse de forma independiente para cada oblea.

i. 

Equipos de «depósito químico en fase de vapor» (CVD), por ejemplo, CVD potenciado por plasma (PECVD) o CVD fotopotenciado, para la fabricación de dispositivos semiconductores, que tengan cualquiera de las capacidades siguientes, para la deposición de óxidos, nitruros, metales o polisilicio:

▼M47

1. 

Equipos de «depósito químico en fase de vapor» que funcionen por debajo de 105 Pa, o

▼M46

2. 

Equipos PECVD que funcionen por debajo de 60 Pa o que tengan una manipulación de obleas automática de casete a casete y de bloqueos de carga

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.i no somete a control los sistemas de «depósito químico en fase de vapor» a baja presión (LPCVD) ni los equipos de «deposición catódica» reactivos.

j. 

Sistemas de haz de electrones diseñados especialmente o modificados para la fabricación de máscaras o la transformación de dispositivos semiconductores que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Deformación electrostática del haz

2. 

Perfil de haz moldeado no Gausiano

3. 

Velocidad de conversión digital a analógico superior a 3 MHz

4. 

Exactitud de conversión digital a analógico superior a 12 bits o

5. 

Precisión del control realimentado de la posición del objetivo respecto del haz de 1 micrómetro o mayor

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.j no somete a control los sistemas de deposición por haz electrónico ni los microscopios electrónicos de barrido de uso general.

k. 

Equipos de acabado de superficie para la transformación de obleas semiconductoras, según se indica:

1. 

Equipos diseñados especialmente para la transformación de la cara posterior de obleas de espesor inferior a 100 micrómetros y su posterior separación o

2. 

Equipos diseñados especialmente para conseguir una rugosidad de la superficie activa de una oblea transformada con un valor de dos sigmas igual o inferior a 2 micrómetros, lectura de indicador total

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.1.k no somete a control los equipos de lapeado y pulido de una sola cara para el acabado de superficies de obleas.

l. 

Equipos de interconexión que incluyan cámaras de vacío únicas o múltiples comunes diseñadas especialmente para permitir la integración de cualquier equipo sometido a control por el artículo X.B.I.001 en un sistema completo

m. 

Equipos «controlados por programa almacenado» que utilicen «láseres» para la reparación o el recorte de «circuitos integrados monolíticos» que tengan cualquiera de las características siguientes:

1. 

Exactitud de posicionamiento inferior a ± 1 micrómetro o

2. 

Tamaño del impacto (anchura de la entalladura) inferior a 3 micrómetros

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.B.I.001.b.1, la «deposición catódica» es un proceso de revestimiento por recubrimiento en el que un campo eléctrico acelera iones con carga positiva hacia la superficie de un blanco (material de revestimiento). La energía cinética desprendida por el choque de los iones es suficiente para que se liberen átomos de la superficie del blanco y se depositen sobre el sustrato. (Nota: La deposición por triodo, magnetrón o radiofrecuencia para aumentar la adherencia del revestimiento y la velocidad del depósito son modificaciones normales del proceso).

2. 

Máscaras, sustratos de máscaras, equipos para la fabricación de máscaras y equipos de transferencia de imágenes para la fabricación de dispositivos y componentes especificados en el encabezamiento del artículo X.B.I.001, según se indica:

Nota: El término máscaras se refiere a las utilizadas en la litografía por haz electrónico, la litografía de rayos X y la litografía ultravioleta, así como la fotolitografía ultravioleta y visible habitual.

a. 

Máscaras y retículas acabadas y diseños para ellas, excepto:

1. 

Máscaras o retículas acabadas para la producción de circuitos integrados no sometidos a control por el artículo 3A001 ( 29 ) o

2. 

Máscaras o retículas con las dos características siguientes:

a. 

Su diseño se basa en geometrías de 2,5 micrómetros o más y

b. 

El diseño no incluye características especiales para alterar el uso previsto mediante equipos de producción o «programas informáticos»

b. 

Sustratos de máscaras, según se indica:

1. 

«Sustratos» (por ejemplo, vidrio, cuarzo, zafiro) revestidos de superficie dura (por ejemplo, cromo, silicio, molibdeno) para la preparación de máscaras de dimensiones superiores a 125 mm × 125 mm o

2. 

Sustratos diseñados especialmente para máscaras de rayos X

c. 

Equipos, distintos de los ordenadores de uso general, diseñados especialmente para el diseño asistido por ordenador (CAD) de dispositivos semiconductores o circuitos integrados

d. 

Equipos o máquinas, según se indica, para fabricación de máscaras o retículas:

1. 

Cámaras fotoópticas de paso y repetición capaces de producir conjuntos de más de 100 mm × 100 mm, o capaces de producir una exposición única de más de 6 mm × 6 mm en el plano de imagen (es decir, focal), o de producir anchuras de línea inferiores a 2,5 micrómetros en el fotorresistente sobre el «sustrato»

2. 

Equipos de fabricación de máscaras o retículas que utilicen litografía de haz de iones o «láser» capaces de producir anchuras de línea inferiores a 2,5 micrómetros o

3. 

Equipos o soportes para la modificación de máscaras o retículas o la adición de películas para eliminar defectos

Nota: Los subartículos X.B.I.001.b.2.d.1 y b.2.d.2 no someten a control los equipos de fabricación de máscaras que utilizan métodos fotoópticos que estuvieran disponibles comercialmente antes del 1 de enero de 1980, o cuyo rendimiento no sea superior al de dichos equipos.

e. 

Equipos «controlados por programa almacenado» para la inspección de máscaras, retículas o películas, con:

1. 

Una resolución de 0,25 micrómetros o mayor y

2. 

Una precisión de 0,75 micrómetros o mayor en una distancia de una o dos coordenadas igual o superior a 63,5 mm

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.2.e no somete a control los microscopios electrónicos de barrido de uso general, excepto cuando estén diseñados especialmente e instrumentados para la inspección automática de patrones.

f. 

Equipo de alineación y exposición para la producción de obleas utilizando métodos fotoópticos o de rayos X, por ejemplo, equipos de litografía, incluidos tanto equipos de transferencia de imágenes de proyección como equipos por paso y repetición (paso directo en la oblea) o equipos por paso y barrido (escáner), capaces de realizar cualquiera de las funciones siguientes:

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.2.f no somete a control los equipos fotoópticos por contacto y proximidad de alineación y exposición de máscaras ni los equipos de transferencia de imágenes por contacto.

1. 

Producción de un tamaño de patrón inferior a 2,5 micrómetros

2. 

Alineación con una precisión mayor de ± 0,25 micrómetros (3 sigmas)

3. 

Superposición de máquina a máquina no mejor de ± 0,3 micrómetros o

4. 

Longitud de onda de la fuente luminosa inferior a 400 nm

g. 

Equipos de haz electrónico, haz de iones o rayos X para transferencia de imágenes de proyección, capaces de producir patrones inferiores a 2,5 micrómetros

Nota: Para los sistemas focalizados y de haz desviado (sistemas de escritura directa), véase el subartículo X.B.I.001.b.1.j.

h. 

Equipos que utilicen «láseres» para escribir directamente en obleas capaces de producir patrones inferiores a 2,5 micrómetros

3. 

Equipos para el montaje de circuitos integrados, según se indica:

a. 

Soldadores de chips «controlados por programa almacenado» que tengan todas las características siguientes:

1. 

Diseñados especialmente para «circuitos integrados híbridos»

2. 

Recorrido de posicionamiento en fase X-Y superior a 37,5 × 37,5 mm y

3. 

Exactitud de colocación en el plano X-Y mayor de ± 10 micrómetros

b. 

Equipos «controlados por programa almacenado» para producir múltiples soldaduras en una sola operación (por ejemplo, soldadores de terminales de viga, soldadores de encapsulados de terminales, soldadores de cinta)

c. 

Sellos semiautomáticos o automáticos de extremo caliente, en los que el extremo se calienta localmente a una temperatura superior a la del cuerpo del paquete, diseñados especialmente para paquetes de microcircuitos cerámicos sometidos a control por el artículo 3A001 ( 30 ) y que tengan un tránsito igual o superior a un paquete por minuto

Nota: El subartículo X.B.I.001.b.3 no somete a control los soldadores por puntos de resistencia de uso general.

4. 

Filtros para salas blancas capaces de proporcionar una atmósfera de 10 o menos partículas de 0,3 micrómetros o menores por 0,02832 m3, y materiales filtrantes para ellos

Nota técnica: A los efectos del artículo X.B.I.001, «controlados por programa almacenado» significa que un control utiliza instrucciones almacenadas en una memoria electrónica que pueden ser ejecutadas por un procesador para dirigir la realización de funciones predeterminadas. Los equipos pueden estar «controlados por programa almacenado» con independencia de que la memoria electrónica sea interna o externa al equipo.

X.B.I.002 

Equipos para la inspección o el ensayo de componentes y materiales electrónicos, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos

a. 

Equipos diseñados especialmente para la inspección o el ensayo de tubos de electrones, elementos ópticos, y componentes diseñados especialmente para ellos sometidos a control por los artículos 3A001 ( 31 ) o X.A.I.001

b. 

Equipos diseñados especialmente para la inspección o ensayo de dispositivos semiconductores, circuitos integrados y «conjuntos electrónicos», según se indica, y sistemas que incorporen o tengan las características de dichos equipos:

Nota: El subartículo X.B.I.002.b también somete a control los equipos utilizados o modificados para su uso en la inspección o ensayo de otros dispositivos, como los dispositivos de formación de imágenes, los dispositivos electroópticos o los dispositivos de ondas acústicas.

1. 

Equipos de inspección «controlados por programa almacenado» para la detección automática de defectos, errores o contaminantes de tamaño igual o inferior a 0,6 micrómetros en obleas procesadas, sustratos, distintos de las placas de circuitos impresos o chips, que utilicen técnicas ópticas de obtención de imágenes para la comparación de modelos

Nota: El subartículo X.B.I.002.b.1 no somete a control los microscopios electrónicos de barrido de uso general, excepto cuando estén diseñados especialmente e instrumentados para la inspección automática de modelos.

2. 

Equipos de medida y análisis «controlados por programa almacenado» diseñados especialmente, según se indica:

a. 

Diseñados especialmente para medir el contenido en oxígeno o carbono de los materiales semiconductores

b. 

Equipos para la medición de anchuras de línea con una resolución de 1 micrómetro o más fina

c. 

Instrumentos de medición de la rugosidad diseñados especialmente, capaces de medir desviaciones de la rugosidad de 10 micrómetros o menos, con una resolución de 1 micrómetro o más fina

3. 

Equipos de sondeo de obleas «controlados por programa almacenado» que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Exactitud de posicionamiento más fina que 3,5 micrómetros

b. 

Capacidad de ensayar dispositivos con más de 68 terminales o

c. 

Capacidad de ensayo a una frecuencia superior a 1 GHz

4. 

Equipos de ensayo según se indica:

a. 

Equipos «controlados por programa almacenado» diseñados especialmente para el ensayo de dispositivos semiconductores discretos y dados no encapsulados, capaces de ensayar a frecuencias superiores a 18 GHz

Nota técnica: Los dispositivos semiconductores discretos incluyen las células fotoeléctricas y las células solares.

b. 

Equipos «controlados por programa almacenado» diseñados especialmente para el ensayo de circuitos integrados y de sus «conjuntos electrónicos», capaces de realizar ensayos funcionales:

1. 

Con una «tasa de configuración» superior a 20 MHz o

2. 

Con una «tasa de configuración» superior a 10 MHz pero inferior o igual a 20 MHz y capaz de ensayar paquetes de más de 68 terminales

Notas: El subartículo X.B.I.002.b.4.b no somete a control los equipos de ensayo diseñados especialmente para el ensayo de:

1. 

Memorias

2. 

«Conjuntos» o algún tipo de «conjuntos electrónicos» para aplicaciones domésticas o de esparcimiento, y

3. 

Componentes electrónicos, «conjuntos electrónicos» y circuitos integrados no sometidos a control por el artículo 3A001 ( 32 ) o el artículo X.A.I.001, siempre que dichos equipos de ensayo no incorporen recursos informáticos con «programabilidad accesible al usuario».

Nota técnica: Para los propósitos del subartículo X.B.I.002.b.4.b, la «tasa de configuración» se define como la frecuencia máxima de la operación digital de un aparato de ensayo. Es por lo tanto equivalente a la mayor tasa de datos que un aparato de ensayo puede proveer en un modo no multiplexado. Se refiere también a la velocidad del ensayo, la frecuencia digital máxima o la velocidad digital máxima.

c. 

Equipos diseñados especialmente para determinar el rendimiento de conjuntos de plano focal a longitudes de onda superiores a 1 200  nm, que utilicen mediciones «controladas por programa almacenado» o evaluaciones con ayuda de ordenador y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Que utilicen puntos luminosos de barrido de menos de 0,12 mm de diámetro

2. 

Que estén diseñados para medir parámetros de rendimiento fotosensibles y evaluar la respuesta a la frecuencia, la función de transferencia de modulación, la uniformidad de la responsividad o el ruido o

3. 

Que estén diseñados para evaluar conjuntos capaces de crear imágenes con más de 32 × 32 elementos de línea

5. 

Sistemas de ensayo de haces de electrones diseñados para funcionar a 3 keV o menos, o sistemas de haz «láser», para sondeo sin contacto de dispositivos semiconductores en funcionamiento que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Capacidad estroboscópica con borrado del haz o con muestreo estroboscópico del detector

b. 

Espectrómetro de electrones para las mediciones de tensión con una resolución inferior a 0,5 V o

c. 

Montajes eléctricos de ensayo para el análisis del rendimiento de circuitos integrados

Nota: El subartículo X.B.I.002.b.5 no somete a control los microscopios electrónicos de barrido, excepto cuando estén diseñados especialmente e instrumentados para el sondeo sin contacto de un dispositivo semiconductor en funcionamiento.

6. 

Sistemas de haces iónicos multifuncionales específicos «controlados por programa almacenado» diseñados especialmente para la fabricación, la reparación, el análisis de la disposición física y el ensayo de máscaras o dispositivos semiconductores que tengan cualquiera de las características siguientes:

a. 

Precisión del control realimentado de la posición del objetivo respecto del haz de 1 micrómetro o mayor o

b. 

Exactitud de conversión digital a analógico superior a 12 bits

7. 

Sistemas de medición de partículas que utilicen «láseres» diseñados para medir el tamaño y la concentración de partículas en el aire y que tengan las dos características siguientes:

a. 

Que sean capaces de medir partículas con un tamaño de 0,2 micrómetros o inferior con una velocidad de flujo de 0,02832 m3 por minuto o más y

b. 

Que sean capaces de caracterizar aire limpio de clase 10 o mejor

Nota técnica: A los efectos del artículo X.B.I.002, «controlados por programa almacenado» significa que un control utiliza instrucciones almacenadas en una memoria electrónica que pueden ser ejecutadas por un procesador para dirigir la realización de funciones predeterminadas. Los equipos pueden estar «controlados por programa almacenado» con independencia de que la memoria electrónica sea interna o externa al equipo.

X.C.I.001 

Materiales de protección positivos para litografía en semiconductores ajustados especialmente (optimizados) para su utilización a longitudes de onda entre 370 y 193 nm

X.D.I.001 

«Programas informáticos» diseñados especialmente para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de dispositivos electrónicos, o componentes sometidos a control por el artículo X.A.I.001, equipos electrónicos de uso general sometidos a control por el artículo X.A.I.002, o equipos de fabricación y ensayo sometidos a control por los artículos X.B.I.001 y X.B.I.002; o «programas informáticos» diseñados especialmente para la «utilización» de equipos sometidos a control por los subartículos 3B001.g y 3B001.h ( 33 )

X.E.I.001 

«Tecnología» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de dispositivos electrónicos, o componentes sometidos a control por el artículo X.A.I.001, equipos electrónicos de uso general sometidos a control por el artículo X.A.I.002, o equipos de fabricación y ensayo sometidos a control por los artículos X.B.I.001 o X.B.I.002, o materiales sometidos a control por el artículo X.C.I.001

Categoría II — Ordenadores

Nota: La categoría II no somete a control los productos para uso personal de las personas físicas.

X.A.II.001 

Ordenadores, «conjuntos electrónicos» y equipos conexos, no sometidos a control por los artículos 4A001 o 4A003 ( 34 ), y «componentes» diseñados especialmente para ellos

Nota: El régimen de control de los «ordenadores digitales» o equipos conexos descritos en el artículo X.A.II.001 viene determinado por el régimen de control de los otros equipos o sistemas, siempre que:

a. 

Los «ordenadores digitales» o equipos conexos sean esenciales para el funcionamiento de los otros equipos o sistemas

b. 

Los «ordenadores digitales» o equipos conexos no sean «elementos principales» de los otros equipos o sistemas y

N. B. 1: El régimen de control de los equipos de «proceso de señales» o de «resaltado de imagen» diseñados especialmente para otros equipos que posean funciones limitadas a las necesarias para los otros equipos viene determinada por la inclusión en el control de los otros equipos aunque se sobrepase el criterio de «elemento principal».

N. B. 2: En lo que se refiere a la inclusión en el control de los «ordenadores digitales» o equipos conexos para equipos de telecomunicaciones, véase la categoría 5, primera parte (Telecomunicaciones) ( 35 ).

c. 

La «tecnología» relativa a los «ordenadores digitales» y los equipos conexos se rija por la categoría 4E ( 36 )

a. 

Ordenadores electrónicos y equipos conexos, y «conjuntos electrónicos» y componentes «diseñados especialmente» para ellos, preparados para operar a una temperatura ambiente superior a 343 K (70 °C)

b. 

«Ordenadores digitales», incluidos los equipos de «proceso de señales» o de «resaltado de imagen», que tengan un «funcionamiento máximo ajustado» («APP») igual o superior a 0,0128 TeraFLOPS ponderados (WT)

c. 

«Conjuntos electrónicos» diseñados especialmente o modificados para mejorar el rendimiento mediante agrupación de procesadores, según se indica:

1. 

Diseñados para poder agruparse en configuraciones de dieciséis o más procesadores

2. 

Sin uso

Nota 1: El subartículo X.A.II.001.c solo es aplicable a los «conjuntos electrónicos» y a las interconexiones programables cuyo «APP» no sobrepase los límites establecidos en el subartículo X.A.II.001.b, cuando se expidan como «conjuntos electrónicos» no integrados. No se aplica a los «conjuntos electrónicos» limitados intrínsecamente por la naturaleza de su diseño a su utilización como equipos conexos incluidos en el subartículo X.A.II.001.k.

Nota 2: El subartículo X.A.II.001.c no somete a control los «conjuntos electrónicos» diseñados especialmente para un producto o una familia de productos cuya configuración máxima no sobrepase los límites especificados en el subartículo X.A.II.001.b.

d. 

Sin uso

e. 

Sin uso

f. 

Equipos para el «proceso de señales» o el «resaltado de imagen», que tengan un «funcionamiento máximo ajustado» («APP») igual o superior a 0,0128 TeraFLOPS ponderados (WT)

g. 

Sin uso

h. 

Sin uso

i. 

Equipos que contengan «equipos de interfaz terminal» que sobrepasen los límites establecidos en el artículo X.A.III.101

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.A.II.001.i, «equipos de interfaz terminal» son los equipos en los que la información entra o sale del sistema de telecomunicaciones, por ejemplo, teléfono, equipo de datos, ordenador, etc.

j. 

Equipos diseñados especialmente para proporcionar las interconexiones externas de «ordenadores digitales» o equipos asociados que permitan comunicaciones con tasas de datos superiores a 80 Mbytes/s

Nota: El subartículo X.A.II.001.j no somete a control los equipos de interconexión interna (por ejemplo backplanes, buses), los equipos pasivos de interconexión, los «controladores de acceso a la red» o los «controladores de canal de comunicaciones».

Nota técnica: A los efectos del subartículo X.A.II.001.j, el «controlador del canal de comunicaciones» es la interfaz física que controla el flujo de información digital síncrona o asíncrona. Es un conjunto que puede integrarse en equipos informáticos o de telecomunicaciones para proporcionar acceso a las comunicaciones.

k. 

«Ordenadores híbridos» y «conjuntos electrónicos» y componentes diseñados especialmente para ellos que contengan convertidores analógico-digitales que reúnan todas las características siguientes:

1. 

32 canales o más y

2. 

Una resolución igual o superior a 14 bits (más bit de signo) con una velocidad de conversión de 200 000  Hz o superior

X.D.II.001 

«Programas informáticos» de prueba y validación de «programas», «programas informáticos» que permitan la generación automática de «códigos fuente» y «programas informáticos» del sistema operativo que estén diseñados especialmente para equipos de «proceso en tiempo real»

a. 

«Programas informáticos» de prueba y validación de «programas» que utilizan técnicas matemáticas y analíticas y están diseñados o modificados para «programas» que tengan más de 500 000  instrucciones de «código fuente»

b. 

«Programas informáticos» que permiten la generación automática de «códigos fuente» a partir de datos obtenidos en línea procedentes de sensores externos descritos en el Reglamento (UE) 2021/821 o

c. 

«Programas informáticos» del sistema operativo diseñados especialmente para equipos de «proceso en tiempo real» que garantizan un «tiempo global de latencia por interrupción» inferior a 20 microsegundos

Nota técnica: A los efectos del artículo X.D.II.001, «tiempo global de latencia por interrupción» es el tiempo que tarda el sistema informático en reconocer una interrupción debida al evento, notificar la interrupción y realizar un cambio de contexto a una tarea alternativa residente en memoria a la espera de la interrupción.

X.D.II.002 

«Programas informáticos» diferentes de los sometidos a control por el artículo 4D001 ( 37 ), diseñados especialmente o modificados para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por los artículos 4A101 ( 38 ) y X.A.II.001

X.E.II.001 

«Tecnología» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.II.001, o los «programas informáticos» sometidos a control por los artículos X.D.II.001 o X.D.II.002

X.E.II.001 

«Tecnología» para el «desarrollo» o la «producción» de equipos diseñados para el «proceso de múltiples flujos de datos»

Nota técnica: A los efectos del artículo X.E.II.001, el «proceso de múltiples flujos de datos» es una técnica de microprograma o arquitectura de equipo que permite el proceso simultáneo de dos o más secuencias de datos bajo el control de una o más secuencias de instrucciones por medios como:

1. 

Arquitecturas de instrucción única para datos múltiples (SIMD) tales como los procesadores vectoriales o conjuntos de ordenadores

2. 

Arquitecturas de múltiples instrucciones únicas para datos múltiples (MSIMD)

3. 

Arquitecturas de instrucciones múltiples para datos múltiples (MIMD), incluidas las que están estrechamente acopladas, relativamente acopladas o ligeramente acopladas o

4. 

Conjuntos estructurados de elementos de proceso, incluidos los conjuntos sistólicos

Categoría III. Parte 1 — Telecomunicaciones

Nota: La categoría III, parte 1, no somete a control los productos para uso personal de las personas físicas.

X.A.III.101 

Equipos de telecomunicaciones

a. 

Cualquier tipo de equipo de telecomunicación no incluido en el subartículo 5A001.a ( 39 ), diseñado especialmente para funcionar fuera del intervalo de temperaturas de 219 K (- 54 °C) a 397 K (124 °C)

b. 

Equipos y sistemas de transmisión para telecomunicaciones y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos, que posean cualquiera de las características, funciones o elementos siguientes:

Nota: Equipos de transmisión para telecomunicaciones:

a. 

Clasificados según se indica, o combinaciones de ellos:

1. 

Equipos de radio (por ejemplo, transmisores, receptores y transceptores)

2. 

Equipos terminales de línea

3. 

Equipos amplificadores intermedios

4. 

Equipos repetidores

5. 

Equipos regeneradores

6. 

Codificadores de traducción (transcodificadores)

7. 

Equipos múltiplex (incluido el multiplexor estadístico)

8. 

Moduladores/desmoduladores (módems)

9. 

Equipos transmultiplex (véase Recomendación G701 del CCITT)

10. 

Equipos de interconexión digital «controlados por programa almacenado»

11. 

«Pasarelas» y puentes

12. 

«Unidades de acceso a los soportes» y

b. 

Diseñados para su uso en comunicaciones de un solo canal o de múltiples canales a través de cualquiera de las siguientes vías:

1. 

Hilo conductor (línea)

2. 

Cable coaxial

3. 

Cable de fibra óptica

4. 

Radiación electromagnética o

5. 

Propagación de ondas acústicas subacuáticas

1. 

Que empleen técnicas digitales, incluido el tratamiento digital de señales analógicas, y estén diseñados para funcionar a una «tasa de transferencia digital» al nivel más elevado de múltiplex que supere los 45 Mbit/s o a una «tasa de transferencia digital total» que supere los 90 Mbit/s

Nota: El subartículo X.A.III.101.b.1 no somete a control los equipos diseñados especialmente para ser integrados y utilizados en cualquier sistema de satélite para uso civil.

2. 

Módems que utilicen el «ancho de banda de un canal de voz» con una «velocidad de señalización de datos» superior a 9 600  bits por segundo

3. 

Equipos de interconexión de señales digitales «controlados por programa almacenado» con una «tasa de transferencia digital» superior a 8,5 Mbit/s por puerto

4. 

Equipos que contengan alguna de las características siguientes:

a. 

«Controladores de acceso a la red» y su soporte común conexo que tengan una «tasa de transferencia digital» superior a 33 Mbit/s o

b. 

«Controladores de canal de comunicaciones» cuya salida digital tenga una «velocidad de señalización de datos» superior a 64 000  bits/s por canal

Nota: Si un equipo no sometido a control contiene un «controlador de acceso a la red», no podrá tener ningún tipo de interfaz de telecomunicaciones, excepto los descritos en el subartículo X.A.III.101.b.4 pero no sometidos a control por dicho subartículo.

5. 

Que utilicen un «láser» y posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una longitud de onda de transmisión superior a 1 000  nm o

b. 

Que utilicen técnicas analógicas y tengan un ancho de banda superior a 45 MHz

c. 

Que utilicen técnicas de transmisión óptica coherente o de detección óptica coherente (también denominadas técnicas ópticas heterodinas u homodinas)

d. 

Que utilicen técnicas de multiplexado por división de longitudes de onda o

e. 

Que efectúen la «amplificación óptica»

6. 

Equipos de radio que funcionen a frecuencias de entrada o de salida superiores a:

a. 

31 GHz para aplicaciones entre estaciones terrenas y satélites o

b. 

26,5 GHz para otras aplicaciones

Nota: El subartículo X.A.III.101.b.6 no somete a control los equipos para uso civil que se ajusten a una banda asignada de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) entre 26,5 y 31 GHz.

7. 

Que los equipos de radio contengan alguna de las características siguientes:

a. 

Técnicas de modulación de amplitud en cuadratura (QAM) por encima del nivel 4 si la «tasa de transferencia digital total» es superior a 8,5 Mbit/s

b. 

Técnicas QAM por encima del nivel 16 si la «tasa de transferencia digital total» es igual o inferior a 8,5 Mbit/s

c. 

Que utilicen otras técnicas de modulación digital y posean una «eficiencia espectral» superior a 3 bits/s/Hz o

d. 

Que funcionen en la banda de 1,5 a 87,5 MHz e incorporen técnicas adaptativas que permitan una supresión de más de 15 dB de una señal de interferencia

Notas: 

1. 

El subartículo X.A.III.101.b.7 no somete a control los equipos diseñados especialmente para ser integrados y utilizados en cualquier sistema de satélite para uso civil.

2. 

El subartículo X.A.III.101.b.7 no somete a control los equipos de estación de radio para funcionar en una banda asignada de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT):

a. 

Que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

No superar los 960 MHz o

2. 

Tener una «tasa de transferencia digital total» no superior a 8,5 Mbit/s y

b. 

Que tengan una «eficiencia espectral» inferior o igual a 4 bits/s/Hz.

c. 

Equipos de conmutación «controlados por programa almacenado» y sistemas de señalización conexos que posean cualquiera de las características, funciones o elementos siguientes, y componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos:

Nota: Los multiplexores estadísticos con entrada y salida digital que proporcionan la conmutación se tratan como conmutadores «controlados por programa almacenado».

1. 

Equipos o sistemas de «conmutación de datos (mensajes)» diseñados para «operación en modo paquete», conjuntos electrónicos y componentes para ellos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

2. 

Sin uso

3. 

Encaminamiento o conmutación de paquetes «datagrama»

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.3 no somete a control las redes restringidas al uso exclusivo de «controladores de acceso a la red» o a los propios «controladores de acceso a la red».

4. 

Sin uso

5. 

Prioridad y preferencia multinivel para la conmutación de circuitos

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.5 no somete a control la preferencia en las llamadas de un solo nivel.

6. 

Diseñados para la transferencia automática de llamadas de radio celulares a otros conmutadores celulares o la conexión automática a una base de datos de abonados centralizada común a más de un conmutador

7. 

Que contengan equipos de interconexión de señales digitales «controlados por programa almacenado» con una «tasa de transferencia digital» superior a 8,5 Mbit/s por puerto

8. 

«Señalización por canal común» que funcione en modo de explotación no asociado o cuasiasociado

9. 

«Encaminamiento adaptativo dinámico»

10. 

Que sean conmutadores de paquetes, conmutadores de circuitos y encaminadores con puertos o líneas que sobrepasen cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una «velocidad de señalización de datos» de 64 000  bits/s por canal para un «controlador de canal de comunicaciones» o

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.10.a no somete a control los enlaces compuestos múltiplex formados exclusivamente por canales de comunicación no controlados individualmente por el subartículo X.A.III.101.b.1.

b. 

Una «tasa de transferencia digital» de 33 Mbit/s para un «controlador de acceso a la red» y los soportes comunes conexos

Nota: El subartículo X.A.III.101.c.10 no somete a control los conmutadores o encaminadores de paquetes con puertos o líneas que no superen los límites establecidos en el subartículo X.A.III.101.c.10.

11. 

«Conmutación óptica»

12. 

Que utilicen técnicas de «modo de transferencia asíncrono» («ATM»)

d. 

Fibras ópticas y cables de fibra óptica de más de 50 m de longitud diseñados para funcionamiento monomodo

e. 

Control de red centralizado que reúna todas las características siguientes:

1. 

Recibe datos de los nodos y

2. 

Procesa estos datos con el fin de proporcionar un control del tráfico que no requiera decisiones del operador y, de este modo, llevar a cabo un «encaminamiento adaptativo dinámico»

Nota 1: El subartículo X.A.III.101.e no incluye los casos de decisiones de encaminamiento tomadas respecto a información predefinida.

Nota 2: El subartículo X.A.III.101.e no excluye el control del tráfico en función de unas condiciones estadísticas de tráfico previsibles.

f. 

Antenas de elementos múltiples en fase, que funcionen por encima de 10,5 GHz, que contengan elementos activos y componentes distribuidos, y que estén diseñadas para permitir el control electrónico de la configuración y la orientación de haces, excepto en el caso de los sistemas de aterrizaje con instrumentos que cumplan las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) [sistemas de aterrizaje por microondas (MLS)]

g. 

Equipos de comunicaciones móviles distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821, conjuntos electrónicos y componentes para ellos o

h. 

Equipos de repetidores de radio diseñados para su uso a frecuencias iguales o superiores a 19,7 GHz y componentes para ellos, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

Nota técnica: A los efectos del artículo X.A.III.101:

1) 

«Modo de transferencia asíncrono» («ATM»): un modo de transferencia en el que la información está organizada en células; es asíncrono por cuanto la recurrencia de las células depende de la velocidad binaria requerida en cada instante.

2) 

«Ancho de banda de un canal de voz»: un equipo de comunicación de datos diseñado para funcionar en un canal de voz de 3 100  Hz, tal como se define en la Recomendación G.151 del CCITT.

3) 

«Controlador del canal de comunicaciones»: la interfaz física que controla el flujo de información digital síncrona o asíncrona. Es un conjunto que puede integrarse en equipos informáticos o de telecomunicaciones para proporcionar acceso a las comunicaciones.

4) 

«Datagrama»: una entidad de datos autocontenida e independiente que transporta información suficiente para ser encaminada desde la fuente hasta el equipo terminal de datos de destino sin depender de intercambios anteriores entre este equipo terminal de datos de origen y destino y la red de transporte.

5) 

«Selección rápida»: un recurso aplicable a las llamadas virtuales que permite a los equipos terminales de datos ampliar la posibilidad de transmitir datos en la configuración de las llamadas y despejar «paquetes» más allá de las capacidades básicas de una llamada virtual.

6) 

«Pasarela»: la función, realizada por cualquier combinación de equipos y «programas informáticos», de llevar a cabo la conversión de convenciones para la representación, el tratamiento o la comunicación de la información utilizada en un sistema en las correspondientes convenciones, pero diferentes, utilizadas en otro sistema.

7) 

«Red digital de servicios integrados» (RDSI): una red digital unificada de extremo a extremo, en la que los datos procedentes de todo tipo de comunicaciones (por ejemplo, voz, texto, datos, imágenes fijas e imágenes en movimiento) se transmiten desde un puerto (terminal) en el intercambio (conmutación) a través de una línea de acceso hacia y desde el abonado.

8) 

«Paquete»: un grupo de dígitos binarios que incluye señales de control de datos y llamadas que se conmuta como un todo compuesto. Los datos, las señales de control y la posible información sobre el control de errores se organizan en un formato especificado.

9) 

«Señalización por canal común»: la transmisión de información de control (señalización) a través de un canal independiente del utilizado para los mensajes. El canal de señalización normalmente controla varios canales de mensajes.

10) 

«Velocidad de señalización de datos»: velocidad, definida en la Recomendación 53-36 de la UIT, que tiene en cuenta que para una modulación no binaria, los baudios y los bits por segundo no son iguales. Se deben incluir los bits para las funciones de codificación, verificación y sincronización.

11) 

«Encaminamiento adaptativo dinámico»: reencaminamiento automático basado en la detección y el análisis de las condiciones presentes y reales de la red.

12) 

«Unidad de acceso a los soportes (media)»: equipo que contiene una o varias interfaces de comunicación («controlador de acceso a la red», «controlador de canales de telecomunicaciones», módem o bus de ordenador) para conectar el equipo terminal a una red.

13) 

«Eficiencia espectral»: la «tasa de transferencia digital» [bits/s] / 6 dB ancho de banda espectral en Hz.

14) 

«Controlados por programa almacenado»: dícese de los equipos cuyo control se realiza utilizando unas instrucciones almacenadas en un soporte electrónico que un procesador puede ejecutar para dirigir el rendimiento de funciones predeterminadas. Nota: Los equipos pueden estar «controlados por programa almacenado» con independencia de que la memoria electrónica sea interna o externa al equipo.

X.B.III.101 

Equipos de telecomunicaciones de ensayo, distintos de los especificados en la LCM o en el Reglamento (UE) 2021/821

X.C.III.101 

Preformas de vidrio o de cualquier otro material optimizado para la fabricación de fibras ópticas sometido a control por el artículo X.A.III.101

X.D.III.101 

«Programas informáticos» diseñados especialmente o modificados para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.III.101 y X.B.III.101, y programas informáticos de encaminamiento adaptativo dinámico, según se describe a continuación:

a. 

«Programas informáticos» excepto en forma ejecutable por máquina, diseñados especialmente para el «encaminamiento adaptativo dinámico»

b. 

Sin uso

X.E.III.101 

«Tecnología» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de equipos sometidos a control por los artículos X.A.III.101 o X.B.III.101, o bien «programas informáticos» sometidos a control por el artículo X.D.III.101 y otras «tecnologías», según se indica:

a. 

«Tecnologías» específicas, según se indica:

1. 

«Tecnología» destinada al tratamiento y la aplicación de revestimientos de fibras ópticas diseñadas especialmente para hacerlas aptas a un uso subacuático

2. 

«Tecnología» para el «desarrollo» de equipos que utilicen técnicas de «jerarquía digital síncrona» («SDH») o «red óptica síncrona» («SONET»)

Nota técnica: A los efectos del artículo X.E.III.101:

1) 

«Jerarquía digital síncrona» (SDH): jerarquía digital que proporciona un medio para gestionar, utilizar en modo múltiplex y acceder a diversas formas de tráfico digital utilizando un formato de transmisión síncrono en varios tipos de medios. El formato se basa en el módulo de transporte síncrono (STM) que se define en algunas recomendaciones del CCITT (G.703, G.707, G.708 y G.709) y otras pendientes de publicación. La velocidad de primer nivel de la «SDH» es de 155,52 Mbits/s.

2) 

«Red óptica síncrona» (SONET): red que proporciona un medio para gestionar, utilizar en modo múltiplex y acceder a diversas formas de tráfico digital utilizando un formato de transmisión síncrona en fibra óptica. El formato, que es la versión norteamericana de la «SDH», también utiliza el módulo de transporte síncrono (STM). Sin embargo, utiliza la señal de transporte síncrona (STS) como módulo de transporte básico con una velocidad de primer nivel de 51,81 Mbits/s. Se están integrando las normas SONET en las de la «jerarquía digital síncrona».

Categoría III. Parte 2 — Seguridad de la información

Nota: La categoría III, parte 2, no somete a control los productos para uso personal de las personas físicas.

X.A.III.201 

Equipos, según se indica:

a. 

Sin uso

b. 

Sin uso

c. 

Productos clasificados como cifrado para el mercado general, de conformidad con la nota sobre criptografía (nota 3 de la categoría 5, parte 2 ( 40 )

X.D.III.201 

«Programas informáticos» de «seguridad de la información», según se indica:

Nota: Esta entrada no somete a control los «programas informáticos» diseñados o modificados para proteger contra daños informáticos malintencionados (como los virus), en los que el uso de la «criptografía» se limite a la autenticación, la firma digital o bien el descifrado de datos o archivos.

a. 

Sin uso

b. 

Sin uso

c. 

«Programas informáticos» clasificados como software cifrado para el mercado general, de conformidad con la nota sobre criptografía (nota 3 de la categoría 5, parte 2) ( 41 )

X.E.III.201 

«Tecnología» de «seguridad de la información» de acuerdo con la Nota general de tecnología, según se indica:

a. 

Sin uso

b. 

«Tecnología» que no figure en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, destinada a la «utilización» de los productos del mercado general sometidos a control por el subartículo X.A.III.201.c o «programas informáticos» del mercado general sometidos a control por el subartículo X.D.III.201.c

Categoría IV — Sensores y láseres

X.A.IV.001 

Equipos acústicos marinos o terrestres capaces de detectar o localizar objetos y dispositivos subacuáticos, o bien de posicionar buques de superficie y vehículos subacuáticos; y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

X.A.IV.002 

Sensores ópticos, según se indica:

a. 

Tubos intensificadores de imagen y los componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:

1. 

Tubos intensificadores de imagen que reúnan todas las características siguientes:

a. 

Respuesta máxima en una gama de longitudes de onda superiores a 400 nm, pero sin sobrepasar los 1 050  nm

b. 

Placa de microcanal para amplificación electrónica de imagen con un paso de agujeros (distancia entre centros) inferior a 25 micrómetros y

c. 

Que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un fotocátodo S-20, S-25 o multialcalino o

2. 

Un fotocátodo de arseniuro de galio (GaAs) o de arseniuro de indio y galio (GaInAs)

2. 

Placas de microcanal diseñadas especialmente para poseer las dos características siguientes:

a. 

Un mínimo de 15 000  tubos huecos por placa y

b. 

Un paso de agujeros (distancia entre centros) inferior a 25 micrómetros

b. 

Equipos de formación de imágenes de visión directa que funcionen en el espectro visible o en el infrarrojo y que incorporen tubos intensificadores de la imagen que reúnan las características enumeradas en el subartículo X.A.IV.002.a.1

X.A.IV.003 

Cámaras, según se indica:

a. 

Cámaras que cumplan los criterios de la nota 3 del subartículo 6A003.b.4 ( 42 )

b. 

Sin uso

X.A.IV.004 

Piezas ópticas, según se indica:

a. 

Filtros ópticos

1. 

Para longitudes de onda superiores a 250 nm compuestas de revestimientos ópticos multicapas y que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Anchos de banda iguales o inferiores a 1 nm de anchura a media altura (FWHI) y transmisión máxima igual o superior al 90 % o

b. 

Anchos de banda iguales o inferiores a 0,1 nm de anchura a media altura (FWHI) y transmisión máxima igual o superior al 50 %

Nota: El artículo X.A.IV.004 no somete a control los filtros ópticos con cámaras de aire fijas ni a los filtros de tipo Lyot.

2. 

En el caso de las longitudes de onda superiores a 250 nm que reúnan todas las características siguientes:

a. 

Sintonizabilidad en un campo espectral igual o superior a 500 nm

b. 

Banda de paso óptica instantánea igual o inferior a 1,25 nm

c. 

Longitud de onda con restablecimiento en 0,1 ms a una exactitud mínima de 1 nm dentro del campo espectral sintonizable y

d. 

Pico único de transmisión de al menos el 91 %

3. 

Conmutadores de opacidad ópticos (filtros) con un campo visual de un mínimo de 30° y un tiempo de respuesta igual o inferior a 1 ns

b. 

Cable de «fibras fluoradas», o fibras ópticas a este efecto, con una atenuación inferior a 4 dB/km en la gama de longitudes de onda superiores a 1 000  nm, pero sin sobrepasar los 3 000  nm

Nota técnica: A efectos del subartículo X.A.IV.004.b, las «fibras fluoradas» son fibras fabricadas a partir de compuestos de fluoruros a granel.

X.A.IV.005 

«Láseres» según se indica:

a. 

«Láseres» de dióxido de carbono (CO2) que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una potencia de salida en onda continua superior a 10 kW

2. 

Una salida en impulso con una «duración de impulso» superior a 10 microsegundos y

a. 

Una potencia de salida media superior a 10 kW o

b. 

Una «potencia máxima» en impulso superior a 100 kW o

3. 

Una salida en impulso con una «duración de impulso» igual o inferior a 10 microsegundos y

a. 

Una energía de salida superior a 5 J por impulso y una «potencia máxima» superior a 2,5 kW o

b. 

Una potencia de salida media superior a 2,5 kW

b. 

«Láseres» de semiconductores, según se indica:

1. 

«Láseres» de semiconductores monomodo transversal individuales con:

a. 

Una potencia de salida media superior a 100 mW o

b. 

Una longitud de onda superior a 1 050  nm

2. 

«Láseres» de semiconductores multimodo transversal individuales o baterías de «láseres» de semiconductores individuales con una longitud de onda de transmisión superior a 1 050  nm

c. 

«Láseres» de rubí con una energía de salida superior a 20 J por impulso

d. 

«Láseres de impulso» no «sintonizables» con una longitud de onda de salida superior a 975 nm, pero sin sobrepasar los 1 150  nm, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una «duración de impulso» igual o superior a 1 ns, pero sin sobrepasar 1 microsegundo, y que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una salida monomodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» superior al 12 % y una «potencia de salida media» superior a 10 W y capaz de funcionar a una frecuencia de repetición de impulso por encima de 1 kHz o

2. 

Una «potencia de salida media» superior a 20 W o

b. 

Una salida multimodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» superior al 18 % y una «potencia de salida media» superior a 30 W

2. 

Una «potencia máxima» superior a 200 MW o

3. 

Una «potencia de salida media» superior a 50 W o

2. 

Una «duración de impulso» superior a 1 microsegundo y que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Una salida monomodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» superior al 12 % y una «potencia de salida media» superior a 10 W y capaz de funcionar a una frecuencia de repetición de impulso por encima de 1 kHz o

2. 

Una «potencia de salida media» superior a 20 W o

b. 

Una salida multimodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

1. 

Un «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» superior al 18 % y una «potencia de salida media» superior a 30 W o

2. 

Una «potencia de salida media» superior a 500 W

e. 

«Láseres» no «sintonizables» de onda continua (CW) con una longitud de onda de salida superior a 975 nm, pero sin sobrepasar los 1 150  nm, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una salida monomodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Un «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» superior al 12 % y una «potencia de salida media» superior a 10 W y capaz de funcionar a una frecuencia de repetición de impulso por encima de 1 kHz o

b. 

Una «potencia de salida media» superior a 50 W o

2. 

Una salida multimodo transversal que posea cualquiera de las características siguientes:

a. 

Un «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» superior al 18 % y una «potencia de salida media» superior a 30 W o

b. 

Una «potencia de salida media» superior a 500 W

Nota: El subartículo X.A.IV.005.e.2.b no somete a control los «láseres» industriales con salida multimodo transversal, una potencia de salida inferior o igual a 2 kW y una masa total superior a 1 200  kg. A efectos de la presente nota, la masa total incluye todos los componentes necesarios para el funcionamiento del «láser», por ejemplo, el propio «láser», la fuente de alimentación y el intercambiador de calor, pero excluye las piezas de óptica externas para el acondicionamiento o la emisión del haz.

f. 

«Láseres» no «sintonizables» con una longitud de onda superior a 1 400  nm, pero sin sobrepasar los 1 555  nm, y que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una energía de salida superior a 100 mJ por impulso y una «potencia máxima» en impulsos superior a 1 W o

2. 

Una potencia de salida, media o en onda continua, superior a 1 W

g. 

«Láseres» de electrones libres

Nota técnica: A efectos del artículo X.A.IV.005, se define el «rendimiento de potencia transmitida con respecto a la potencia consumida» como la proporción de la potencia de salida del «láser» (o «potencia de salida media») respecto a la potencia de consumo eléctrico total que se necesita para el funcionamiento del "láser", con inclusión de la fuente de alimentación o el acondicionador y el acondicionador térmico o el intercambiador de calor.

X.A.IV.006 

«Magnetómetros», sensores electromagnéticos «superconductores» y componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:

a. 

«Magnetómetros» que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, con una «sensibilidad» inferior (mejor) a 1,0 nT (rms) por raíz cuadrada de Hz

Nota técnica: A efectos del artículo X.A.IV.006.a, «sensibilidad» (el nivel de ruido) es la raíz cuadrada media del nivel mínimo de ruido limitado por el dispositivo, que es la señal más pequeña que puede medirse.

b. 

Sensores electromagnéticos «superconductores» y componentes fabricados a partir de materiales «superconductores»:

1. 

Que estén diseñados para funcionar a temperaturas por debajo de la «temperatura crítica» de al menos uno de sus constituyentes «superconductores» [incluidos los dispositivos de efecto Josephson o los dispositivos «superconductores» de interferencia cuántica («SQUIDS»)]

2. 

Que estén diseñados para detectar variaciones del campo electromagnético a frecuencias iguales o inferiores a 1 KHz y

3. 

Que posean cualquiera de las características siguientes:

a. 

Que estén dotados de SQUIDS de película delgada con una dimensión mínima de dispositivo inferior a 2 micrómetros y sus circuitos conexos de acoplo de entrada y de salida

b. 

Que estén diseñados para funcionar con una velocidad de precesión del campo magnético superior a 1 × 106 cuantos de flujo magnético por segundo

c. 

Que estén diseñados para funcionar en el campo magnético terrestre sin blindaje magnético o

d. 

Que tengan un coeficiente de temperatura inferior (menor) a 0,1 cuantos de flujo magnético/K

X.A.IV.007 

Gravímetros para uso terrestre que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, según se indica:

a. 

Con una exactitud estática inferior (mejor) a 100 microgales o

b. 

Del tipo de elemento de cuarzo (Worden)

X.A.IV.008 

Sistemas de radar, equipos y principales componentes que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, y componentes diseñados especialmente para ellos, según se indica:

a. 

Equipos de radar aerotransportado que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, y componentes diseñados especialmente para ellos

b. 

Equipos de radar «láser»«aptos para uso espacial» o equipos de LIDAR (detección y alcance de luz) diseñados especialmente para los levantamientos topográficos y la observación meteorológica

c. 

Sistemas de imágenes por radar de visión reforzada y de ondas milimétricas diseñados especialmente para giroaviones y que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Funcionar a una frecuencia de 94 GHz

2. 

Tener una potencia de salida media inferior a 20 mW

3. 

Tener una anchura del haz radárico de 1 grado y

4. 

Tener una capacidad operativa igual o superior a 1 500  m

X.A.IV.009 

Equipos de transformación específicos, según se indica:

a. 

Equipos de detección sísmica que no están sometidos a controles por el subartículo X.A.IV.009.c

b. 

Cámaras de televisión resistentes a las radiaciones que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

c. 

Sistemas de detección de intrusiones sísmicas que detectan, clasifican y determinan la localización de la fuente de la señal detectada

X.B.IV.001 

Equipos, incluidos herramientas, matrices, montajes o gálibos, y otras componentes y accesorios diseñados especialmente para ellos, que se hayan diseñado especialmente o modificado a efectos de cualquiera de los fines siguientes:

a. 

Para la fabricación o inspección de:

1. 

Onduladores magnéticos (wigglers) para «láseres» de electrones libres

2. 

Fotoinyectores para «láseres» de electrones libres

b. 

Para el ajuste del campo magnético longitudinal de los «láseres» de electrones libres a las tolerancias requeridas

X.C.IV.001 

Fibras ópticas sensoras modificadas estructuralmente para tener una «longitud de batido» inferior a 500 mm (birrefringencia elevada) o materiales de sensores ópticos no descritos en el subartículo 6C002.b ( 43 ) que tengan un contenido de cinc igual o superior al 6 % por «fracción molar»

Nota técnica: A los efectos del artículo X.C.IV.001:

1) 

«Fracción molar»: la razón de moles de ZnTe respecto de la suma de moles de CdTe y ZnTe presentes en el cristal.

2) 

«Longitud de batido»: la distancia que deben recorrer dos señales polarizadas ortogonalmente, que se encuentren inicialmente en fase, para alcanzar una diferencia de fase de 2 Pi radianes.

X.C.IV.002 

Materiales ópticos, según se indica:

a. 

Materiales de baja absorción óptica, según se indica:

1. 

Compuestos de fluoruros a granel que contengan ingredientes de una pureza igual o superior al 99,999 % o

Nota: El subartículo X.C.IV.002.a.1 somete a control a los fluoruros de circonio o aluminio y sus variantes.

2. 

Vidrio de fluoruros a granel fabricado a partir de compuestos sometidos a control por el subartículo 6C004.e.1 ( 44 )

b. 

«Preformas de fibra óptica» hechas de compuestos de fluoruros a granel que contengan ingredientes con una pureza del 99,999 % o superior, «diseñadas especialmente» para la fabricación de «fibras de fluoruro» sometidas a control por el subartículo X.A.IV.004.b

Nota técnica: A los efectos del artículo X.C.IV.002:

1) 

«Fibras de fluoruro»: fibras fabricadas a partir de compuestos de fluoruros a granel.

2) 

«Preformas de fibra óptica»: barras, lingotes o varillas de vidrio, plástico u otros materiales tratados especialmente para su empleo en la fabricación de fibras ópticas. Las características de la preforma determinan los parámetros básicos de las fibras ópticas resultantes.

X.D.IV.001 

«Programas informáticos» que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, diseñados especialmente para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los productos sometidos a control por los artículos 6A002, 6A003 ( 45 ), X.A.IV.001, X.A.IV.006, X.A.IV.007 o X.A.IV.008

X.D.IV.002 

«Programas informáticos» diseñados especialmente para el «desarrollo» o la «producción» de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.IV.002, X.A.IV.004 o X.A.IV.005

X.D.IV.003 

Otros «programas informáticos», según se indica:

a. 

«Programas» que aplican «programas informáticos» de control del tráfico aéreo (ATC) alojados en ordenadores de uso general que estén situados en centros ATC capaces de transferir automáticamente datos primarios del blanco del radar [si no están correlacionados con datos de algún radar secundario de vigilancia (SSR)] desde el centro ATC de dichos ordenadores hasta otro centro ATC

b. 

«Programas informáticos» diseñados especialmente para los sistemas de detección de intrusiones sísmicas que figuran en el subartículo X.A.IV.009.c

c. 

«Código fuente» diseñado especialmente para los sistemas de detección de intrusiones sísmicas que figuran en el subartículo X.A.IV.009.c

X.E.IV.001 

«Tecnología» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de equipos sometidos a control por los artículos X.A.IV.001, X.A.IV.006, X.A.IV.007, X.A.IV.008 o el subartículo X.A.IV.009.c

X.E.IV.002 

«Tecnología» para el «desarrollo» o la «producción» de equipos, materiales o «programas informáticos» sometidos a control por los artículos X.A.IV.002, X.A.IV.004 o X.A.IV.005, X.B.IV.001, X.C.IV.001, X.C.IV.002 o X.D.IV.003

X.E.IV.003 

Otras «tecnologías», según se indica:

a. 

Tecnologías de fabricación óptica para la producción en serie de componentes ópticos, a un ritmo anual superior a 10 m2 de superficie por cada husillo, que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Un área superior a 1 m2 y

2. 

Un factor de superficie superior a lambda/10 rms a la longitud de onda prevista

b. 

«Tecnología» para filtros ópticos con un ancho de banda igual o inferior a 10 nm, un campo visual (FOV) superior a 40° y una resolución superior a 0,75 pares de líneas por miliradián

c. 

«Tecnología» para el «desarrollo» o la «producción» de las cámaras controladas por el artículo X.A.IV.003

d. 

«Tecnología» necesaria para el «desarrollo» o la «producción» de «magnetómetros» de saturación (fluxgate) no triaxiales, o de sistemas de «magnetómetros» de saturación (fluxgate) no triaxiales, que posean cualquiera de las características siguientes:

1. 

Una «sensibilidad» (nivel de ruido) inferior (mejor) a 0,05 nT (rms) por raíz cuadrada de Hz a frecuencias inferiores a 1 Hz o

2. 

Una «sensibilidad» inferior (mejor) a 1 × 10-3 nT (rms) por raíz cuadrada de Hz a frecuencias iguales o superiores a 1 Hz

e. 

«Tecnología» necesaria para el «desarrollo» o la «producción» de dispositivos de conversión ascendente de infrarrojos que reúnan todas las características siguientes:

1. 

Una respuesta en la gama de longitudes de onda superiores a 700 nm, pero sin sobrepasar los 1 500  nm y

2. 

Una combinación de un fotodetector de infrarrojos, un diodo orgánico emisor de luz (OLED) y un nanocristal, para convertir la luz infrarroja en luz visible

Nota técnica: A efectos del artículo X.E.IV.003, «sensibilidad» (nivel de ruido) es la raíz cuadrada media del nivel mínimo de ruido limitado por el dispositivo, que es la señal más pequeña que puede medirse.

Categoría V — Navegación y aviónica

X.A.V.001 

Equipos de comunicación aérea, todos los sistemas de navegación inercial de las «aeronaves» y otros equipos de aviónica, incluidos los componentes, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

Nota 1: El artículo X.A.V.001 no somete a control los auriculares ni a los micrófonos.

Nota 2: El artículo X.A.V.001 no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

X.B.V.001 

Otros equipos diseñados especialmente para el ensayo, la inspección o la «producción» de equipos de navegación y de aviónica

X.D.V.001 

«Programas informáticos» que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de equipos de navegación, comunicación aérea y otros equipos de aviónica

X.E.V.001 

«Tecnología» que no figure en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de equipos de navegación, comunicación aérea y otros equipos de aviónica

Categoría VI — Marina

X.A.VI.001 

Buques, sistemas o equipos marinos y componentes diseñados especialmente para ellos, así como componentes y accesorios para ellos, según se indica:

a. 

Sistemas de visión subacuática, según se indica:

1. 

Sistemas de televisión (formados por una cámara, luces y equipos de vigilancia y transmisión de las señales) con una resolución límite, medida en el aire, superior a 500 líneas, que están diseñados especialmente o modificados para el funcionamiento a distancia con un vehículo sumergible o

2. 

Cámaras de televisión subacuáticas con una resolución límite, medida en el aire, superior a 700 líneas

Nota técnica: En televisión, la resolución límite es una medida de la resolución horizontal que se expresa generalmente en el número máximo de líneas por altura de imagen discriminadas en una carta de ajuste, según la norma 208/1960 del Instituto de ingenieros eléctricos y electrónicos (IEEE) o cualquier norma equivalente.

b. 

Cámaras fotográficas diseñadas especialmente o modificadas para su empleo debajo del agua, con un formato de película de 35 mm o mayor, y que tengan un enfoque automático o remoto diseñado especialmente para su utilización subacuática

c. 

Sistemas de fuentes luminosas estroboscópicas, diseñados especialmente o modificados para un uso subacuático, capaces de generar una energía de salida luminosa superior a 300 J por destello

d. 

Otros equipos de cámaras subacuáticas que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

e. 

Sin uso

f. 

Buques (de superficie y subacuáticos), incluidas las embarcaciones neumáticas, y componentes diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

Nota: El subartículo X.A.VI.001.f no somete a control los buques de estancia temporal que se utilicen para el transporte privado de pasajeros o mercancías desde el territorio aduanero de la Unión o a través de este.

g. 

Motores marinos (tanto internos como externos), motores submarinos y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

h. 

Otros equipos de respiración subacuática integrados (equipos de buceo) y sus accesorios que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

i. 

Chalecos salvavidas, cartuchos de inflado, brújulas de buceo y ordenadores de inmersión

Nota: El subartículo X.A.VI.001.i no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

j. 

Luces subacuáticas y equipos de propulsión

Nota: El subartículo X.A.VI.001.j no somete a control los artículos de uso personal de las personas físicas.

k. 

Compresores de aire y sistemas de filtrado diseñados especialmente para rellenar los cilindros de aire

X.D.VI.001 

«Programas informáticos» diseñados especialmente o modificados para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.VI.001

X.D.VI.002 

«Programas informáticos» diseñados especialmente para el funcionamiento de vehículos sumergibles no tripulados que se utilizan en la industria del petróleo y del gas

X.E.VI.001 

«Tecnología» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por el artículo X.A.VI.001

Categoría VII — Aeronáutica y propulsión

X.A.VII.001 

▼M47

Motores diésel, y tractores y componentes diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la Lista Común Militar (LCM) o en el Reglamento (UE) 2021/821:

▼M46

a. 

Motores diésel que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821, destinados a camiones, tractocamiones y aplicaciones de uso automovilístico, con una potencia de salida global igual o superior a 298 kW

b. 

Tractocamiones de ruedas no viarios con una capacidad de transporte igual o superior a 9 t, y sus principales componentes y accesorios que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

c. 

Tractocamiones viarios para semirremolques, con ejes traseros simples o en tándem y capacidad estimada igual o superior a 9 t por eje, así como componentes principales diseñados especialmente para ellos

Nota: Los subartículos X.A.VII.001.b y X.A.VII.001.c no someten a control a los vehículos de estancia temporal que se utilicen para el transporte privado de pasajeros o mercancías desde el territorio aduanero de la Unión o a través de este.

X.A.VII.002 

Motores de turbina de gas, y sus componentes, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

a. 

Sin uso

b. 

Sin uso

c. 

▼M47

Motores aeronáuticos de turbina de gas y componentes diseñados especialmente para ellos.

▼M46

Nota: El subartículo X.A.VII.002.c no somete a control los motores aeronáuticos de turbina de gas destinados a ser utilizados en «aeronaves» civiles y que hayan estado en uso en «aeronaves» civiles, de buena fe, desde hace más de ocho años. Si llevan más de ocho años en uso en «aeronaves» civiles, de buena fe, véase anexo XI.

d. 

Sin uso

e. 

Componentes de los equipos respiratorios presurizados de «aeronaves» diseñados especialmente para ellos, que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

X.B.VII.001 

Equipos para pruebas de vibración y componentes diseñados especialmente para ellos que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821

Nota: El artículo X.B.VII.001 solo somete a control a los equipos destinados al «desarrollo» o la «producción». No controla los sistemas de vigilancia de estados.

X.B.VII.002 

«Equipos», utillaje o montajes diseñados especialmente para la fabricación o la medición de álabes móviles, álabes fijos o carenados de extremo moldeados de turbina de gas, según se indica:

a. 

Equipos automatizados que utilicen métodos no mecánicos para medir el espesor de pared de la superficie aerodinámica

b. 

Utillaje, montajes o equipos de medición para los procesos de perforación por «láser», chorro de agua o bien ECM/EDM (mecanizado electroquímico / máquinas de electroerosión) sometidos a control por el subartículo 9E003.c ( 46 )

c. 

Equipos de lixiviación de machos de cerámica

d. 

Equipos o útiles de fabricación de machos de cerámica

e. 

Equipos de preparación de modelos de cera de moldes de cerámica

f. 

Equipos de fusión o de quemado de moldes de cerámica

X.D.VII.001 

«Programas informáticos» que no figuren en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821 destinados al «desarrollo» o la «producción» de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.001 o X.B.VII.001

X.D.VII.002 

«Programas informáticos» para el «desarrollo» o la «producción» de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.002 o X.B.VII.002

X.E.VII.001 

«Tecnología» que no figure en la LCM ni en el Reglamento (UE) 2021/821 destinada al «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.001 o X.B.VII.001

X.E.VII.002 

«Tecnología» para el «desarrollo», la «producción» o la «utilización» de los equipos sometidos a control por los artículos X.A.VII.002 o X.B.VII.002

X.E.VII.003 

Otra «tecnología» que no se menciona en el artículo 9E003 ( 47 ), según se indica:

a. 

Sistemas de control aplicables al juego de extremo de las palas de rotor que utilicen una «tecnología» de compensación activa de la carcasa, limitada a una base de datos de diseño y de desarrollo o

b. 

Cojinetes de gas para conjuntos de rotores de motores de turbina de gas




ANEXO V ter

LISTA DE PAÍSES SOCIOS A QUE SE REFIEREN EL ARTÍCULO 1 SEXIES, APARTADO 4, EL ARTÍCULO 1 SEPTIES, APARTADO 4, Y EL ARTÍCULO 1 SEPTIES QUATER, APARTADO 4

[…]




ANEXO V quater

A.   Modelo para formularios de autorización, solicitud y notificación de suministro, transferencia o exportación

(a que se refiere el artículo 1 septies ter del presente Reglamento)

La presente autorización de exportación es válida en todos los Estados miembros de la Unión Europea hasta su fecha de expiración.

image

image

image

image

image

B.   Modelo para formularios de notificación, solicitud y autorización de servicios de corretaje / asistencia técnica

(a que se refiere el artículo 1 septies ter del presente Reglamento)

image

image

image

▼M46




ANEXO VI

LISTA DE PRODUCTOS EMPLEADOS PARA LA PRODUCCIÓN O FABRICACIÓN DE PRODUCTOS DEL TABACO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 OCTIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Filtros

ex 4823 90

Papel de fumar

4813

Aromas para el tabaco

ex 3302 90

Maquinaria para la preparación o elaboración de tabaco

8478

Otras cuchillas y hojas cortantes, para máquinas o aparatos mecánicos

ex 8208 90 00

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO VII

LISTA DE PRODUCTOS MINERALES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 NONIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Aceites y demás productos de la destilación de los alquitranes de hulla de alta temperatura; productos análogos en los que los constituyentes aromáticos predominen en peso sobre los no aromáticos

2707

Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70 % en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites que contengan principalmente petróleo o minerales bituminosos

2710

Gas de petróleo y demás hidrocarburos gaseosos

2711

Vaselina, parafina, cera de petróleo microcristalina, slack wax, ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados

2712

Coque de petróleo, betún de petróleo y demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso no comprendidos en otra parte

2713

Mástiques bituminosos, cut backs y demás mezclas bituminosas a base de asfalto o de betún naturales, de betún de petróleo, de alquitrán mineral o de brea de alquitrán mineral

2715

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO VIII

LISTA DE PRODUCTOS DE CLORURO DE POTASIO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 DECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Cloruro de potasio

3104 20

Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes nitrógeno, fósforo y potasio

3105 20 10

3105 20 90

Abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes fósforo y potasio

3105 60 00

Los demás abonos que contienen cloruro de potasio

ex 3105 90 20

ex 3105 90 80

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.

▼M44




ANEXO IX

LISTA DE GRANDES ENTIDADES DE CRÉDITO A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 UNDECIES Y 1 DUODECIES

Belarusbank

Belinvestbank (Banco Bielorruso para el Desarrollo y la Reconstrucción)

Belagroprombank

Bank Dabrabyt

Banco de Desarrollo de la República de Bielorrusia

▼M46




ANEXO X

LISTA DE PRODUCTOS DE MADERA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 SEXDECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Madera y manufacturas de madera; carbón vegetal

44

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES




ANEXO XI

LISTA DE PRODUCTOS DE CEMENTO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 SEPTDECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Cementos, incluso sin pulverizar o clínkers, incluso coloreados

2523

Manufacturas de cemento, hormigón o piedra artificial, incluso armadas

6810

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO XII

LISTA DE PRODUCTOS DE HIERRO Y ACERO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 OCTODECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Hierro y acero

72

Manufacturas de hierro y acero

73

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO XIII

LISTA DE PRODUCTOS DE CAUCHO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 NOVODECIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Neumáticos nuevos, de caucho

4011

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.




ANEXO XIV

LISTA DE MÁQUINAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 VICIES



Denominación del producto

Código de la nomenclatura combinada (NC) (1)

Reactores nucleares; elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar para reactores nucleares; máquinas y aparatos para la separación isotópica

8401

Calderas de vapor (generadores de vapor) (excepto las de calefacción central concebidas para producir agua caliente y también vapor a baja presión); calderas denominadas «de agua sobrecalentada»

8402

Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas 8402 u 8403 (por ejemplo: economizadores, recalentadores, deshollinadores o recuperadores de gas); condensadores para máquinas de vapor

8404

Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores de acetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores

8405

Turbinas de vapor

8406

Motores de émbolo (pistón) alternativo y motores rotativos, de encendido por chispa (motores de explosión)

8407

Motores de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores diésel o semidiésel)

8408

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los motores de las partidas 8407 u 8408

8409

Turbinas hidráulicas, ruedas hidráulicas y sus reguladores

8410

Los demás motores y máquinas motrices

8412

Bombas para líquidos, incluso con dispositivo medidor incorporado; elevadores de líquidos

8413

Máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire que comprenden un ventilador con motor y los dispositivos adecuados para modificar la temperatura y la humedad, aunque no regulen separadamente el grado higrométrico

8415

Quemadores para la alimentación de hogares, de combustibles líquidos o sólidos pulverizados o de gases; alimentadores mecánicos de hogares, parrillas mecánicas, descargadores mecánicos de cenizas y demás dispositivos mecánicos auxiliares empleados en hogares

8416

Bombas de calor (excepto las máquinas y aparatos para acondicionamiento de aire de la partida 8415 )

ex  84 18

Calandrias y laminadores (excepto para metal o vidrio), y cilindros para estas máquinas

8420

Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases

8421

Máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías, incluidas las de envolver con película termorretráctil; máquinas y aparatos para gasear bebidas

ex  84 22

Aparatos e instrumentos de pesar, incluidas las básculas y balanzas para comprobar o contar piezas fabricadas (excepto las balanzas sensibles a un peso inferior o igual a 5 cg); pesas para toda clase de básculas o balanzas

8423

Aparatos mecánicos, incluso manuales, para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares

8424

Polipastos; tornos y cabrestantes; gatos

8425

Grúas y aparatos de elevación sobre cable aéreo; puentes rodantes, pórticos de descarga o manipulación, puentes grúa, carretillas puente y carretillas grúa

8426

Carretillas apiladoras; las demás carretillas de manipulación con dispositivo de elevación incorporado

8427

Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos)

8428

Topadoras frontales (bulldozers), topadoras angulares (angledozers), niveladoras, traíllas (scrapers), palas mecánicas, excavadoras, cargadoras, palas cargadoras, compactadoras y apisonadoras (aplanadoras), autopropulsadas

8429

Las demás máquinas y aparatos para explanar, nivelar, traillar (scraping), excavar, compactar, apisonar (aplanar), extraer o perforar tierra o minerales; martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares; quitanieves

8430

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas o aparatos de las partidas 8425 a 8430

8431

Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas o para la fabricación o acabado de papel o cartón

8439

Máquinas y aparatos para encuadernación, incluidas las máquinas para coser pliegos

8440

Las demás máquinas y aparatos para el trabajo de la pasta de papel, del papel o cartón, incluidas las cortadoras de cualquier tipo

8441

Máquinas, aparatos y material (excepto las máquinas herramienta de las partidas 8456 a 8465 ) para preparar o fabricar clisés, planchas, cilindros o demás elementos impresores; clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litográficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos)

8442

Máquinas y aparatos para imprimir mediante planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 8442 ; las demás máquinas impresoras, copiadoras y de fax, incluso combinadas entre sí; sus partes y accesorios

8443

Máquinas para extrudir, estirar, texturar o cortar materia textil sintética o artificial

8444 00

Máquinas para la preparación de materia textil; máquinas para hilar, doblar o retorcer materia textil y demás máquinas y aparatos para la fabricación de hilados textiles; máquinas para bobinar, incluidas las canilleras, o devanar materia textil y máquinas para la preparación de hilados textiles para su utilización en las máquinas de las partidas 8446 u 8447

8445

Máquinas de tricotar, de coser por cadeneta, de entorchar, de fabricar tul, encaje, bordados, pasamanería, trenzas, redes o de insertar mechones

8447

Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas 8444 , 8445 , 8446 u 8447 (por ejemplo: maquinitas para lizos, mecanismos Jacquard, paraurdidumbres y paratramas, mecanismos de cambio de lanzadera); partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de esta partida o de las partidas 8444 , 8445 , 8446 u 8447 (por ejemplo: husos, aletas, guarniciones de cardas, peines, barretas, hileras, lanzaderas, lizos y cuadros de lizos, agujas, platinas, ganchos)

8448

Máquinas y aparatos para la fabricación o acabado del fieltro o tela sin tejer, en pieza o con forma, incluidas las máquinas y aparatos para la fabricación de sombreros de fieltro; hormas de sombrerería

8449 00 00

Máquinas y aparatos para la preparación, curtido o trabajo de cuero o piel o para la fabricación o reparación de calzado u otras manufacturas de cuero o piel (excepto las máquinas de coser)

8453

Convertidores, cucharas de colada, lingoteras y máquinas de colar (moldear), para metalurgia, acerías o fundiciones

8454

Laminadores para metal y sus cilindros

8455

Centros de mecanizado, máquinas de puesto fijo y máquinas de puestos múltiples, para trabajar metal

8457

Tornos, incluidos los centros de torneado, que trabajen por arranque de metal

8458

Partes y accesorios identificables como destinados, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 8456 a 8465 , incluidos los portapiezas y portaútiles, dispositivos de roscar de apertura automática, divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta; portaútiles para herramientas de mano de cualquier tipo

8466

Herramientas neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado, incluso eléctrico, de uso manual

8467

Máquinas y aparatos para soldar, aunque puedan cortar (excepto los de la partida 8515 ); máquinas y aparatos de gas para el temple superficial

8468

Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de estos datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte

8471

Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar, lavar, quebrantar, triturar, pulverizar, mezclar, amasar o sobar, tierra, piedra u otra materia mineral sólida, incluido el polvo y la pasta; máquinas de aglomerar, formar o moldear combustibles minerales sólidos, pastas cerámicas, cemento, yeso o demás materias minerales en polvo o pasta; máquinas de hacer moldes de arena para fundición

8474

Máquinas para montar lámparas, tubos o válvulas eléctricos o electrónicos o lámparas de destello, que tengan envoltura de vidrio; máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas

8475

Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo

8477

Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo

8479

Cajas de fundición; placas de fondo para moldes; modelos para moldes; moldes para metal (excepto las lingoteras), carburos metálicos, vidrio, materia mineral, caucho o plástico

8480

Artículos de grifería y órganos similares para tuberías, calderas, depósitos, cubas o continentes similares, incluidas las válvulas reductoras de presión y las válvulas termostáticas

8481

Rodamientos de bolas, de rodillos o de agujas

8482

Árboles de transmisión, incluidos los de levas y los cigüeñales, y manivelas; cajas de cojinetes y cojinetes; engranajes y ruedas de fricción; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par; volantes y poleas, incluidos los motones; embragues y órganos de acoplamiento, incluidas las juntas de articulación

8483

Juntas metaloplásticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composición presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas de estanqueidad

8484

Motores y generadores, eléctricos (exc. grupos electrógenos)

8501

Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos

8502

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a motores y generadores eléctricos, a grupos electrógenos o a convertidores rotativos eléctricos, n.c.o.p.

8503

Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo: rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción); sus partes

8504

Electroimanes (exc. los usados en medicina); imanes permanentes y artículos destinados a ser imantados permanentemente; platos, mandriles y dispositivos magnéticos o electromagnéticos similares, de sujeción; acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagnéticos; cabezas elevadoras electromagnéticas; sus partes

8505

Acumuladores eléctricos, incluidos los separadores, aunque sean cuadrados o rectangulares; sus partes (exc. inservibles, así como los de caucho sin endurecer o de materia textil)

8507

Aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresión (por ejemplo: magnetos, dinamomagnetos, bobinas de encendido, bujías de encendido o calentamiento, motores de arranque); generadores (por ejemplo: dínamos, alternadores) y reguladores disyuntores utilizados con estos motores; sus partes

8511

Hornos eléctricos industriales o de laboratorio, incluidos los que funcionen por inducción o pérdidas dieléctricas; los demás aparatos industriales o de laboratorio para tratamiento térmico de materias por inducción o pérdidas dieléctricas; sus partes

8514

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8525 a 8528

8529

Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes equipados con varios aparatos de las partidas 8535 u 8536 , para control o distribución de electricidad, incluidos los que incorporen instrumentos o aparatos del capítulo 90, así como los aparatos de control numérico (exc. aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía con hilos)

8537

Partes identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a los aparatos de las partidas 8535 , 8536 u 8537 , n.c.o.p.

8538

Lámparas y tubos eléctricos de incandescencia o de descarga, incluidos los faros o unidades sellados y las lámparas y tubos de rayos ultravioletas o infrarrojos; lámparas de arco; sus partes

8539

Hilos, cables, incluidos los coaxiales, y demás conductores aislados para electricidad, aunque estén laqueados, anodizados o provistos de piezas de conexión; cables de fibras ópticas constituidos por fibras enfundadas individualmente, incluso con conductores eléctricos o provistos de piezas de conexión

8544

Electrodos y escobillas de carbón, carbón para lámparas o pilas y demás artículos de grafito u otros carbonos, incluso con metal, para usos eléctricos

8545

Piezas aislantes totalmente de materia aislante o con simples piezas metálicas de ensamblado (por ejemplo: casquillos roscados) embutidas en la masa, para máquinas, aparatos o instalaciones eléctricas (excepto los aisladores de la partida 8546 ); tubos aisladores y sus piezas de unión, de metal común, aislados interiormente

8547

Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores eléctricos, inservibles; partes eléctricas de máquinas o aparatos, no expresadas ni comprendidas en otra parte del capítulo 85

8548

Productos confidenciales del capítulo 85; mercancías del capítulo 85 transportadas por correo o por paquetería postal (extra)/código reconstituido para la difusión estadística

 

(1)   

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2021:385:FULL&from=ES.

▼M47




ANEXO XV

LISTA DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS, ENTIDADES Y ORGANISMOS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 1 SEPTVICIES TER

Belagroprombank
Bank Dabrabyt
Banco de Desarrollo de la República de Bielorrusia



( 1 ) Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece un régimen de la Unión de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso (DO L 206 de 11.6.2021, p. 1).

( 2 ) Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) n.o 236/2012 (DO L 257 de 28.8.2014, p. 1).

( 3 ) Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE ((DO L 173 de 12.6.2014, p. 349).

( 4 ) DO C 86 de 18.3.2011, p. 1.

( 5 ) DO L 285 de 17.10.2012, p. 1.

( 6 ) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

( 7 ) DO C 86 de 18.3.2011, p. 1.

( 8 ) Reglamento (CE) n.o 428/2009 del Consejo, de 5 de mayo de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control de las exportaciones, la transferencia, el corretaje y el tránsito de productos de doble uso (DO L 134 de 29.5.2009, p. 1).

( 9 ) IMSI: International Mobile Subscriber Identity (Identidad Internacional del Abonado del Servicio Móvil). Se trata de un código único de identificación para cada aparato de telefonía móvil, integrado en la tarjeta SIM, que permite identificar esa SIM a través de las redes GSM y UMTS.

( 10 ) MSISDN: Mobile Subscriber Integrated Services Digital Network Number (Número de Abonado Móvil de la Red Digital de Servicios Integrados). Es un número que únicamente identifica una suscripción a una red móvil GSM o UMTS. En términos sencillos, es el número de teléfono de la tarjeta SIM en los teléfonos móviles, y por ello identifica al abonado igual que la IMSI, pero para desviar las llamadas a través de él.

( 11 ) IMEI: International Mobile Equipment Identity (Identidad Internacional del Equipo Móvil). Se trata de un número, habitualmente único, que permite identificar los teléfonos móviles GSM, WCDMA e IDEN, así como algunos teléfonos por satélite. Por regla general se encuentra impreso dentro del compartimento de la batería del teléfono. Puede especificarse la interceptación (grabación) por sus números IMEI, IMSI y MSISDN.

( 12 ) TMSI: Temporary Mobile Subscriber Identity (Identidad Temporal del Abonado Móvil). Se trata de la identidad más comúnmente transmitida entre el móvil y la red.

( 13 ) Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece un régimen de la Unión de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso (DO L 206 de 11.6.2021, p. 1).

( 14 ) SMS: Short Message System (Sistema de Mensajes Cortos).

( 15 ) GSM: Global System for Mobile Communications (Sistema Global de Comunicaciones Móviles).

( 16 ) GPS: Global Positioning System (Sistema de Posicionamiento Global).

( 17 ) GPRS: General Package Radio Service (Servicio General de Radiocomunicaciones por Paquetes).

( 18 ) UMTS: Universal Mobile Telecommunication System (Sistema Universal de Telecomunicaciones Móviles).

( 19 ) CDMA: Code Division Multiple Access (Acceso Múltiple por División de Código).

( 20 ) PSTN: Public Switch Telephone Networks (Red Telefónica Pública Conmutada).

( 21 ) DHCP: Dynamic Host Configuration Protocol (Protocolo Dinámico de Configuración del Anfitrión).

( 22 ) SMTP: Simple Mail Transfer Protocol (Protocolo Simple de Transmisión de Correo).

( 23 ) GTP: GPRS Tunneling Protocol (Protocolo de Canalización GPRS).

( 24 ) en el documento ST 6571/22 y complétese la nota a pie de página correspo

( 25 ) ndiente con el título completo y la referencia de

( 26 ) l DO. e el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 27 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 28 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 29 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 30 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 31 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 32 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 33 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 34 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 35 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 36 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 37 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 38 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 39 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 40 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 41 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 42 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 43 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 44 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 45 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 46 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.

( 47 ) Véase el anexo I del Reglamento (UE) 2021/821.