15.12.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 467/24


SENTENCIA DEL TRIBUNAL

de 27 de octubre de 2015

en el asunto E-11/15

Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia

(Incumplimiento por un Estado AELC/EEE de sus obligaciones — No incorporación — Directiva 2011/83/UE sobre los derechos de los consumidores)

(2016/C 467/11)

En el asunto E-11/15, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia – SOLICITUD de declaración de que, al no haber adoptado, en el plazo previsto a tal efecto, las disposiciones necesarias para aplicar el Acto al que se hace referencia en los puntos 7 bis, 7 sexies y 7 decies del anexo XIX del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), adaptado al Acuerdo mediante su Protocolo 1, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de dicho Acto y del artículo 7 del Acuerdo, el Tribunal, integrado por Carl Baudenbacher, presidente, Per Christiansen (juez ponente) y Páll Hreinsson, jueces, dictó sentencia el 27 de octubre de 2015, cuyo fallo es el siguiente:

El Tribunal:

1.

Declara que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Acto al que se hace referencia en los puntos 7 bis, 7 sexies y 7 decies del anexo XIX del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), adaptado al Acuerdo mediante su Protocolo 1, y en virtud del artículo 7 del Acuerdo, al no haber adoptado, en el plazo previsto a tal efecto, las medidas necesarias para aplicar dicho Acto.

2.

Condena en costas a Islandia.