23.7.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 171/33


Comunicación del Órgano de Vigilancia de la AELC, sobre los tipos de interés actuales de recuperación de ayudas estatales y los tipos de referencia/de actualización para tres Estados de la AELC aplicables a partir del 1 de abril de 2009

[Publicada de conformidad con el artículo 10 de la Decisión no 195/04/COL del Órgano de Vigilancia (DO L 139 de 25.5.2006, p. 37 y Suplemento del EEE no 26/2006 de 25.5.2006, p. 1)]

2009/C 171/05

Los tipos de base se calculan de conformidad con el Capítulo relativo al método para fijar los tipos de referencia y actualización de las Directrices sobre ayudas estatales del Órgano de Vigilancia, en su versión modificada por la Decisión 788/08/COL del Órgano de Vigilancia de 17 de diciembre de 2008. Para obtener el índice de referencia aplicable, hay que añadir además los márgenes apropiados de conformidad con las Directrices sobre ayudas estatales. En el caso del tipo de actualización esto significa que debe añadirse al tipo de base un margen apropiado de 100 puntos básicos. El tipo de recuperación también se calculará normalmente añadiendo 100 puntos básicos al tipo de base, de acuerdo con lo previsto en la Decisión no 789/08/COL del Órgano de Vigilancia, de 17 de diciembre de 2008, que modifica la Decisión no 195/04/COL del Órgano de Vigilancia de 14 de julio de 2004 (publicada en el DO L 139 de 25.5.2006, p. 37 y en el Suplemento del EEE no 26/2006 de 25.5.2006, p. 1).

 

Islandia

Liechtenstein

Noruega

1.1.2009-31.1.2009

16,42

2,95

6,43

1.2.2009-28.2.2009

16,42

2,33

5,41

1.3.2009-31.3.2009

16,42

1,58

4,26

1.4.2009-

16,42

1,10

3,38