9.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 57/23 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
de 24 de noviembre de 2005
en el asunto E-2/05
Órgano de Vigilancia de la AELC contra República de Islandia
(Ayuda estatal — Incumplimiento de sus obligaciones por una Parte Contratante — Artículo 1(2)(2 )de la Parte I del Protocolo 3 del Acuerdo de Vigilancia y Jurisdicción — Validez de una decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC — Cese de medidas fiscales y recuperación de la ayuda -Imposibilidad absoluta de aplicar una decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC)
(2006/C 57/08)
En el asunto E -2/05, Órgano de Vigilancia de la AELC contra República de Islandia: solicitud de una declaración de que la República de Islandia ha incumplido sus obligaciones en virtud de los puntos 2, 3 y 4 de la Decisión no 21/04/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC, de 25 de febrero de 2004, relativa a las empresas comerciales internacionales, el Tribunal, integrado por: Carl Baudenbacher, Presidente y juez ponente, Per Tresselt y Stefán Már Stefánsson (ad hoc), jueces, emitió una sentencia el 24 de noviembre 2005, cuyo fallo es el siguiente:
1. |
Declara que al no poner fin al régimen fiscal declarado incompatible con el Acuerdo sobre el EEE mediante la Decisión no 21/04/COL, de 25 de febrero de 2004, no recuperar la ayuda proporcionada y no informar, tal como debía, al Órgano de Vigilancia de la AELC, la República de Islandia ha incumplido sus obligaciones en virtud de los puntos 2, 3 y 4 de dicha Decisión. |
2. |
Condena en costas a la República de Islandia. |