23.12.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 319/70


Recurso interpuesto el 31 de agosto de 2004 por Fesil ASA y Finnfjord Smelteverk contra el Órgano de Vigilancia de la AELC

(Asunto E-5/04)

(2004/C 319/12)

El 31 de agosto de 2004 Fesil ASA y Finnfjord Smelteverk AS, representadas por Jan Magne Langseth, Advokat, Advokatfirmaet Schjødt AS, Dronning Mauds gt. 11, P.b. 2444 Solli, N-0201 Oslo, interpusieron un recurso contra el Órgano de Vigilancia de la AELC ante el Tribunal de la AELC.

La parte demandante solicita al Tribunal de la AELC que:

1.

anule la Decisión no 148/04/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC de 30 de junio de 2004; y

2.

condene en costas al Órgano de Vigilancia de la AELC.

Elementos de hecho y de derecho y alegaciones:

La Decisión no 148/04/COL del Órgano de Vigilancia de la AELC (la «Decisión») concluye que la medida noruega en virtud de la cual se exime a los sectores manufacturero y minero del impuesto sobre el consumo eléctrico constituye una ayuda estatal y constituye una nueva ayuda a partir del 1 de enero de 2002.

Según la Decisión, las medidas pertinentes son incompatibles con el Acuerdo EEE y la ayuda incompatible debe ser recuperada de los beneficiarios de la misma.

El Órgano de Vigilancia de la AELC no ha evaluado correctamente el apartado 1 del artículo 61 del Acuerdo EEE.

El Órgano de Vigilancia de la AELC ha cometido un abuso de poder en el marco del Acuerdo EEE al haber aplicado de forma incorrecta el apartado 3 del artículo 61 del Acuerdo EEE y las Directrices ambientales.

No existe fundamento jurídico para recuperar la supuesta ayuda de la parte demandante.