29.8.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 325/1 |
Convocatoria de manifestaciones de interés para el cargo de presidente de la Sala de Recurso de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales
COM/2022/20088
(2022/C 325 A/01)
Quiénes somos
La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (denominada en lo sucesivo «OCVV» o «Oficina») es una agencia independiente de la Unión, creada por el Reglamento (CE) n.o 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales (1). La OCVV es una agencia de la Unión con personalidad jurídica responsable de la gestión del sistema de protección comunitaria de las obtenciones vegetales. Este sistema protege los derechos de propiedad intelectual sobre las nuevas obtenciones vegetales en la Unión Europea. La misión de la OCVV consiste en crear y promover un sistema eficaz de derechos de propiedad intelectual que apoye la creación de nuevas obtenciones vegetales en beneficio de la sociedad.
La Oficina tiene su sede en Angers, Francia. Cuenta con una plantilla de unas cincuenta personas y dispone de un presupuesto de aproximadamente 20 millones EUR anuales, que se financia principalmente con los ingresos procedentes de las diversas tasas que cobra.
Para más información, consulte el sitio web de la OCVV: https://cpvo.europa.eu.
En el mencionado Reglamento (CE) n.o 2100/94 se prevé la creación de una o varias salas de recurso en la Oficina. Mediante el Reglamento (CE) n.o 874/2009 de la Comisión (2) se creó una sala de recurso que tiene la responsabilidad de pronunciarse sobre los recursos interpuestos contra las resoluciones de la Oficina acerca, entre otras cosas, de la concesión o denegación de la protección comunitaria de obtenciones vegetales, de las oposiciones a la concesión de obtenciones vegetales, de la nulidad o anulación de la protección comunitaria de obtenciones vegetales o de la concesión o denegación de licencias obligatorias.
La Sala de Recurso está compuesta por un presidente, dos otros miembros y sus respectivos suplentes. Si lo considera necesario, debido a la naturaleza del recurso, la Sala de Recurso puede convocar a otros dos miembros.
Puede obtenerse más información sobre la Sala de Recurso en el sitio web de la OCVV: https://cpvo.europa.eu/en/about-us/law-and-practice/board-appeal.
Qué proponemos
La OCVV desea nombrar a un presidente de la Sala de Recurso de la Oficina.
El Presidente:
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seleccionará, para cada asunto, a los demás miembros de la Sala de Recurso y a sus respectivos suplentes a partir de una lista de miembros cualificados elaborada por el consejo de administración de la Oficina, |
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dirigirá la Sala de Recurso de la Oficina y ejercerá las competencias que el Reglamento (CE) n.o 2100/94 confiere al presidente, |
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representará a la OCVV y participará en la red de procedimientos entre agencias («IAAPN») para promover la cooperación, la coordinación y el intercambio de conocimientos y mejores prácticas sobre procedimientos de recurso y cuestiones de interés común entre las agencias de la UE en las que se haya establecido una Sala de Recurso u organismo equivalente. |
El presidente de la Sala de Recurso será independiente. Al adoptar sus decisiones no estará sujeto a ningún tipo de instrucción.
En ausencia del presidente, el presidente suplente desempeñará las funciones de presidente.
Requisitos
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El candidato deberá ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión. |
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No desempeñará ninguna otra función en la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales. |
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Los candidatss deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (3) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. |
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El candidato deberá reunir también las condiciones siguientes:
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Los requisitos anteriores deberán cumplirse antes de que finalice el plazo de presentación de las solicitudes:
Selección y nombramiento
El mandato actual del presidente de la Sala de Recurso expira el 18 de febrero de 2023. De conformidad con el Reglamento (CE) n.o 2100/94, el Consejo de la Unión Europea nombrará a un presidente sobre la base de una lista de candidatos que propondrá la Comisión Europea, tras haber recabado la opinión del consejo de administración de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales.
La finalidad de la presente convocatoria de manifestaciones de interés es que la Comisión Europea pueda elaborar una lista restringida de candidatos al cargo de suplente de la Sala de Recurso, que presentará al Consejo. Los candidatos deben ser conscientes de que la inclusión en la lista no garantiza su nombramiento.
La Comisión Europea establecerá un tribunal de selección que invitará a una entrevista a los candidatos con el perfil más adecuado a la luz de los requisitos específicos del puesto, seleccionados en función de sus méritos y de los criterios expuestos anteriormente. Tras las entrevistas, la Comisión Europea adoptará una lista de candidatos, que se someterá al dictamen del consejo de administración de la Oficina antes de ser comunicada al Consejo. Los candidatos podrán ser convocados para una entrevista con el comisario competente.
El mandato tendrá una duración de cinco años. Será renovable de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 2100/94.
Igualdad de oportunidades
La Comisión Europea y la OCVV aplican una política de igualdad de oportunidades y no discriminación. La OCVV acepta solicitudes sin distinciones por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o creencia, edad, orientación sexual, estado civil o situación familiar. Todos los candidatos de los procedimientos de selección disfrutarán de igualdad de oportunidades para demostrar sus habilidades. Las contrataciones se realizan sobre una base geográfica lo más amplia posible entre los nacionales de todos los Estados miembros de la Unión Europea.
Condiciones de empleo
El presidente no estará obligado a suspender las actividades profesionales que esté ejerciendo, pero estas deberán ser compatibles con el requisito de independencia de los miembros de la Salas de Recurso. El Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto») no serán aplicables al presidente, al presidente suplente ni a los miembros de la Sala de Recurso [artículos 31 y 47 del Reglamento (CE) n.o 2100/94] que no estén ya empleados como agentes de la Unión Europea.
Se espera de él que esté disponible para desempeñar esas funciones un mínimo de diez días por año civil.
Por decisión del consejo de administración de la OCVV de 19 de septiembre de 2019 se aplicarán las disposiciones siguientes:
A) |
La remuneración del presidente de la Sala de Recurso que sea agente de la Unión será la siguiente:
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B) |
La remuneración del presidente de la Sala de Recurso que no sea agente de la Unión será la siguiente:
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El punto 3 no se aplicaría en los casos en que la audiencia se celebre virtualmente.
Las audiencias de la Sala de Recurso se celebrarán en la sede de la OCVV en Angers (Francia), o de forma virtual.
El puesto estará disponible a partir del 19 de febrero de 2023.
Independencia y declaración de intereses
Antes de asumir sus funciones, el presidente de la Sala de Recurso deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia y en interés público, y deberá declarar cualquier interés que pudiera considerarse perjudicial para su independencia (5).
Procedimiento de presentación de candidaturas
Antes de presentar su candidatura, los candidatos deben comprobar cuidadosamente que cumplen todos los criterios, especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los criterios supondrá su exclusión automática del procedimiento de selección.
Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el siguiente sitio web y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del procedimiento:
https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/
Los candidatos deberán tener una dirección de correo electrónico válida. Esta dirección se utilizará para confirmar la inscripción, así como para contactar a los candidatos durante las diferentes fases del procedimiento. Por lo tanto, los candidatos deberán comunicar a la Comisión Europea cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.
Para finalizar la presentación de su candidatura, los candidatos deberán adjuntar un currículum vítae en formato PDF, usando preferentemente el modelo CV Europass (6), y redactar, en línea, una carta de motivación (de un máximo de 8 000 caracteres). El currículum y la carta de motivación podrán presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea.
Una vez finalizada la inscripción en línea, los candidatos recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. Si no reciben un correo electrónico de confirmación, ello significa que la candidatura no ha quedado registrada.
Téngase en cuenta que no es posible realizar el seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con los candidatos para informarlos de la situación de su candidatura.
Para obtener más información o en caso de problemas técnicos, los candidatos podrán enviar un correo electrónico a la dirección: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu
Fecha límite
El plazo de inscripción finalizará el 29 de septiembre de 2022, a las 12.00 horas (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.
Es responsabilidad de los candidatos completar la inscripción en línea antes de la expiración del plazo. Recomendamos a los candidatos que no esperen a los últimos días para inscribirse, ya que la intensidad del tráfico en internet o un fallo de su conexión a internet podrían dar lugar a la interrupción de la operación de inscripción en línea antes de completarse, lo que les obligaría a repetir todo el proceso. Una vez expirado el plazo de inscripción, no podrá introducirse ningún dato. No se aceptarán las inscripciones realizadas fuera de plazo.
Información importante para los candidatos
Se recuerda a los candidatos que la labor de los diferentes comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán enviarse a la secretaría del tribunal competente.
Protección de los datos personales
La Comisión se asegurará de que los datos personales de los candidatos sean tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (7). Esta garantía se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de esos datos.
(1) DO L 227 de 1.9.1994, p. 1.
(2) Reglamento (CE) n.o 874/2009 de la Comisión, de 17 de septiembre de 2009, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 2100/94 del Consejo en lo relativo al procedimiento ante la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (DO L 251 de 24.9.2009, p. 3).
(3) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01958R0001-20130701
(4) La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real definida como trabajo efectivo y genuino y remunerado, en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados se asimilarán a experiencia profesional, incluso si no fueran remunerados, si bien su duración máxima será de tres años y el doctorado deberá haberse completado con éxito. Un mismo período no podrá computarse más de una vez.
(5) De conformidad con la política de la OCVV en materia de prevención y gestión de conflictos de intereses adoptada por el Consejo de Administración de la OCVV en la reunión celebrada el 7 de octubre de 2021.
(6) Se puede encontrar información sobre cómo crear un currículum Europass en línea en: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv
(7) Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).