21.10.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 356/5


Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación

(2019/C 356/05)

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Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por la República de San Marino

Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación con sujeción a determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.

Estado emisor: República de San Marino.

Tema de la conmemoración: 550° Aniversario de la muerte de Filippo Lippi.

Descripción del motivo: El diseño representa, en el centro, a la Virgen con el Niño, detalle extraído de la obra del artista Filippo Lippi «La Virgen con el Niño y dos Ángeles». En la parte superior, aparecen las inscripciones «SAN MARINO» y «FILIPPO LIPPI» y, a la izquierda, el año «1469» y la letra «R» como abreviatura de Roma. En la parte inferior izquierda se pueden leer las iniciales de la autora Maria Angela Cassol, «M.A.C» y, en el centro, el año, «2019».

En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

Volumen de emisión (número de monedas emitidas):60 500 monedas.

Fecha de emisión: septiembre de 2019.


(1)  Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.

(2)  Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).