25.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 111/41


Programa HÉRCULES III

Convocatoria de propuestas-2019

Asistencia técnica

(C/2018/8568)

(2019/C 111/09)

1.   Objetivos y descripción

El presente anuncio de convocatoria de propuestas se basa en el Reglamento (UE) n.o 250/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) por el que se establece el programa Hércules III, y en particular su artículo 8, letra a) («Acciones subvencionables»), así como en la Decisión de financiación de 2019 por la que se adopta el programa de trabajo anual (2) para la ejecución del programa Hércules III en 2019, en particular la sección 2.1.1, «Asistencia técnica», acciones 1 a 5. La Decisión de financiación para 2019 establece la organización de una convocatoria de propuestas para «Asistencia técnica».

2.   Candidatos que pueden acogerse a la financiación

Podrán acogerse a la financiación en el marco del programa las Administraciones nacionales o regionales («candidatos») de un Estado miembro que promuevan el refuerzo de la acción de la Unión Europea destinada a proteger los intereses financieros de la Unión Europea.

3.   Acciones subvencionables

Se invita a las Administraciones nacionales o regionales a presentar solicitudes de subvención para acciones en el marco de alguno de los cuatro ámbitos siguientes:

1.

Herramientas y métodos de investigación (tema 1): compra y mantenimiento de herramientas y métodos de investigación, incluida formación especializada para el uso de estas herramientas.

2.

Herramientas de detección e identificación (tema 2): compra y mantenimiento de dispositivos de inspección de contenedores, camiones, vagones y vehículos («herramientas de detección») e identificación de los beneficiarios de los programas de asistencia en efectivo, incluso por métodos biométricos.

3.

Sistema automatizado de reconocimiento de matrículas (tema 3): compra, mantenimiento e interconexión (transfronteriza) de sistemas automatizados de reconocimiento de matrículas o códigos de contenedores.

4.

Análisis, almacenamiento y destrucción de bienes incautados (tema 4): compra de servicios de análisis, almacenamiento y destrucción de cigarrillos auténticos o falsificados incautados y otras mercancías falsificadas incautadas (3).

Los solicitantes podrán presentar más de una solicitud para diferentes proyectos en el marco de la misma convocatoria. Los solicitantes deberán elegir un tema principal y tener presente que una solicitud puede incluir también elementos de otros temas.

4.   Presupuesto

El presupuesto orientativo disponible para la presente convocatoria de propuestas es de 9 866 200 EUR.

La contribución financiera se concederá en forma de subvención. La contribución financiera concedida no excederá del 80 % de los costes subvencionables. En casos excepcionales y debidamente justificados, dicha contribución podrá incrementarse hasta como máximo el 90 % de los costes subvencionables. El documento de la convocatoria enumera los criterios que se aplicarán para determinar esos casos excepcionales y debidamente justificados.

El umbral mínimo para un proyecto de «Asistencia técnica» será de 100 000 EUR. El presupuesto del proyecto para el que se solicita la subvención no será inferior a este umbral.

La Comisión se reserva el derecho a no asignar todos los fondos disponibles.

5.   Plazo de presentación

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará el miércoles, 15 de mayo de 2019, a las 17.00 CET, y solo podrá presentarse a través del portal para participantes en el programa Hércules III:

https://ec.europa.eu/research/participants/portal/desktop/en/opportunities/herc/index.html

6.   Información adicional

Toda la documentación relativa a la presente convocatoria de propuestas podrá descargarse del portal del participante mencionado en el punto 5 o del sitio de internet:

http://ec.europa.eu/anti-fraud/policy/hercule_en

Cualquier pregunta o solicitud de información adicional en relación con la presente convocatoria deberá enviarse a través del citado portal.

Las preguntas y respuestas podrán ser publicadas anónimamente en la Guía para candidatos disponible en el portal del participante y en el sitio de internet si son relevantes para otros solicitantes.


(1)  Reglamento (UE) n.o 250/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, por el que se establece un programa para promover actividades en el campo de la protección de los intereses financieros de la Unión Europea (programa «Hércules III»), y por el que se deroga la Decisión no 804/2004/CE (DO L 84 de 20.3.2014, p. 6).

(2)  Decisión de la Comisión relativa a la adopción del programa de trabajo anual y la financiación del programa Hércules III en 2019 [C(2018) 8568 final, de 17 de diciembre de 2018].

(3)  Se podrán presentar solicitudes de ayuda financiera para la destrucción, por un proveedor de servicios externo, de bienes incautados. No está permitida la compra de material para la instalación, por ejemplo, de una incineradora.