23.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 444/6


Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

(2017/C 444/07)

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Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euros pueden emitir monedas conmemorativas de euros destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.

Estado emisor : Estonia

Tema de la conmemoración : Centenario de la independencia de Estonia

Descripción del motivo : El diseño representa los números 18 y 100, que simbolizan el momento en que Estonia se convirtió en un país independiente y reflejan asimismo los últimos cien años. En la parte inferior derecha figura el texto «SADA AASTAT EESTI VABARIIKI» y junto a él, el nombre del país «EESTI» y el año de emisión «2018».

En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

Volumen de emisión : 1 317 800.

Fecha de emisión : enero/febrero de 2018.


(1)  Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.

(2)  Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).