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27.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 320/6 |
Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación
(2017/C 320/05)
Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euros pueden emitir monedas conmemorativas de euros destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor : Principado de Andorra
Tema de la conmemoración : 100 años del himno de Andorra
Descripción del motivo : El diseño muestra una reproducción parcial del himno de Andorra, publicado en 1914; la parte central reproduce las primeras notas del himno y, a su alrededor, aparece una decoración floral y la inscripción «Himne Andorrà» (Himno de Andorra).
En la parte superior del diseño se encuentran el año de emisión, «2017», y la inscripción «100 anys de l’himne d’Andorra» (100 años del himno de Andorra).
La moneda conmemora el centenario de la adopción del himno nacional de Andorra por acuerdo del Consell General (Parlamento de Andorra) el 2 de abril de 1917.
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen de emisión :
Fecha de emisión : Diciembre de 2017
(1) Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, de 10 de febrero de 2009, y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).