24.1.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 23/5


Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

(2017/C 23/05)

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Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica una descripción del diseño de todas las nuevas monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas en euros pueden emitir monedas conmemorativas en euros destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan, en la cara nacional, un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.

País emisor : Francia.

Tema de la conmemoración : Centenario de Auguste Rodin.

Descripción del motivo : Para conmemorar el centenario de su fallecimiento, la Monnaie de Paris rinde tributo al ilustre escultor francés Auguste Rodin. Nacido en 1840, es una de las grandes figuras del estilo realista. Obras suyas como El pensador, El beso, La puerta del infierno o Los burgueses de Calais son obras maestras intemporales de la escultura mundial.

El motivo representa a Auguste Rodin y El pensador, su obra más conocida, frente con frente. La mención RF, por la República Francesa, aparece como esculpida en la parte superior de la moneda. El nombre del artista, «A. Rodin», y las fechas pertinentes, «1917-2017», figuran inscritas en su barba.

En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

Volumen de emisión : 10 millones de monedas.

Fecha de emisión : 31 de enero de 2017.


(1)  Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.

(2)  Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).