4.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 62/9


ANUNCIO DE CONTRATACIÓN PE/176/S –– DIRECTOR

(grupo de funciones AD, grado 14)

DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS — DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y SERVICIOS FINANCIEROS

(2014/C 62 A/02)

1.   Puesto vacante

El Presidente del Parlamento Europeo ha decidido iniciar el procedimiento de provisión de un puesto de director  (1) (AD, grado 14) en la Dirección General de Finanzas — Dirección de Presupuesto y Servicios Financieros, sobre la base del artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (2) (en lo sucesivo, «el Estatuto»).

Este procedimiento de selección, destinado a ampliar las posibilidades de elección de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, se llevará a cabo al mismo tiempo que los procedimientos interno e interinstitucional de provisión de puestos.

La contratación se efectuará en el grado AD 14 (3). El sueldo base será de 13 216,49 EUR al mes. Al sueldo base, sujeto al impuesto comunitario y exento de impuestos nacionales, se podrán añadir determinadas dietas, en las condiciones previstas en el Estatuto.

Se señala a la atención de los candidatos que este puesto está sujeto al Reglamento relativo a la política de movilidad aprobado por la Mesa del Parlamento Europeo el 29 de marzo de 2004.

Este puesto requiere disponibilidad, así como numerosos contactos internos y externos, en particular con los diputados al Parlamento Europeo. El director habrá de realizar misiones frecuentes en los diversos lugares de trabajo del Parlamento Europeo y fuera de estos.

2.   Lugar de trabajo

Luxemburgo. Este puesto podrá destinarse a uno de los otros lugares de trabajo del Parlamento Europeo.

3.   Igualdad de oportunidades

El Parlamento Europeo practica una política de igualdad de oportunidades y acepta las candidaturas sin discriminación por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad, orientación sexual, estado civil o situación familiar.

4.   Naturaleza de las funciones

Como funcionario de alto nivel, el director se encargará, en el marco de las orientaciones y decisiones adoptadas por la autoridad parlamentaria y el Director General, de las tareas siguientes (4):

garantizar el buen funcionamiento de una gran entidad de la Secretaría General del Parlamento Europeo que comprende varias unidades en los ámbitos de competencia de la Dirección,

dirigir, animar, motivar y coordinar equipos de agentes y optimizar la utilización de los recursos de la entidad garantizando la calidad del servicio (organización, gestión de los recursos humanos y presupuestarios, innovación, etc.) en sus ámbitos de actividad,

planificar las actividades de la Dirección (definición de objetivos y estrategias), adoptar las decisiones necesarias para alcanzar los objetivos fijados y evaluar las prestaciones de servicios, con el fin de garantizar la calidad de los mismos,

asesorar al Director General, a la Secretaría General y a los diputados al Parlamento Europeo en sus ámbitos de actividad,

cooperar con las diversas direcciones de la Secretaría General, representar a la institución y negociar contratos o acuerdos en sus ámbitos de actividad,

gestionar y llevar a cabo proyectos específicos que pueden entrañar responsabilidades financieras,

ejercer la función de ordenador subdelegado.

5.   Condiciones de admisión (perfil requerido)

Podrán participar en el procedimiento de selección los candidatos que, en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas, cumplan las siguientes condiciones:

a)   Condiciones generales

De conformidad con el artículo 28 del Estatuto, se requiere en particular:

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea,

estar en pleno goce de sus derechos civiles,

encontrarse en situación regular respecto a las leyes del servicio militar que les sean aplicables,

ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de sus funciones.

b)   Condiciones específicas

i)   Títulos, diplomas y experiencia profesional requeridos

Estudios de un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditados por un título, siempre que la duración normal de dichos estudios sea de cuatro años como mínimo,

o

estudios de un nivel correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditados por un título, y experiencia profesional adecuada de al menos un año (5) cuando la duración normal de dichos estudios sea de tres años como mínimo.

Experiencia profesional, adquirida tras la obtención de las cualificaciones arriba mencionadas, de al menos doce años, de los cuales seis años como mínimo en funciones de dirección.

ii)   Conocimientos requeridos

Excelente cultura general en asuntos europeos.

Excelente comprensión de las cuestiones políticas internas, nacionales e internacionales.

Excelente conocimiento de los métodos de dirección de una gran organización, bien del sector público, bien del privado, que integre dimensiones políticas y de gestión.

Muy buena comprensión de las diferentes culturas representadas en las instituciones europeas.

Excelente conocimiento de la estructura de la Secretaría General del Parlamento Europeo, de su organización, de su entorno y de los diversos participantes.

Excelente conocimiento del Estatuto, de su interpretación y de las normas derivadas.

Excelente conocimiento del Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión y de sus normas de desarrollo, así como de las normas internas y otros textos subordinados del Parlamento Europeo.

Muy buen conocimiento de las cuestiones administrativas (recursos humanos, gestión, presupuesto, finanzas, informática, aspectos jurídicos, etc.).

Excelente conocimiento de las técnicas de gestión.

iii)   Conocimientos lingüísticos

Se exige un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (6) y un muy buen conocimiento de, al menos, otra de estas lenguas.

El Comité consultivo tendrá en cuenta el conocimiento de otras lenguas oficiales de la Unión Europea.

iv)   Aptitudes requeridas

Sentido de la estrategia.

Capacidad de dirección.

Capacidad de anticipación.

Capacidad de reacción.

Rigor.

Capacidad de comunicación.

6.   Proceso de selección

Para asistir en su elección a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, el Comité consultivo para el nombramiento de altos funcionarios establecerá la lista de los candidatos y recomendará a la Mesa del Parlamento Europeo las personas a las que se deba invitar a una entrevista. La Mesa aprobará dicha lista; el comité celebrará las entrevistas y someterá su informe final a la Mesa para decisión. En esta fase, la Mesa podrá entrevistar a los candidatos.

7.   Presentación de las candidaturas

El plazo para la presentación de candidaturas vencerá el:

14 de marzo de 2014 a las 17:00 horas (hora de Bruselas).

Se ruega a los candidatos que envíen, por correo electrónico exclusivamente y en formato pdf, una carta de motivación (a la atención de «Monsieur le Secrétaire général du Parlement européen, avis de recrutement numéro PE/176/S») y un currículum vítae en formato Europass (7), a la dirección siguiente: EP-SENIOR-MANAGEMENT@ep.europa.eu

de lo que darán fe la fecha y hora de envío del correo electrónico.

Los candidatos deberán cerciorarse de que los documentos escaneados sean legibles.

Se señala a la atención de los candidatos invitados a la entrevista que deberán presentar, para la fecha de la entrevista, únicamente copias o fotocopias de los documentos justificativos referentes a sus estudios, a su experiencia profesional y a las funciones que ejercen en la actualidad (8). No se devolverá a los candidatos ninguno de estos documentos.

Los datos de carácter personal comunicados por los candidatos en el marco de este procedimiento de selección serán tratados con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (9).


(1)  Toda referencia hecha en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá hecha asimismo a personas de sexo femenino, y viceversa.

(2)  Véase el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1), modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 723/2004 (DO L 124 de 27.4.2004, p. 1) y modificado en último lugar por el Reglamento (UE, Euratom) no 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, por el que se modifica el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y el régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).

(3)  El funcionario será clasificado con arreglo a lo dispuesto en el artículo 32 del Estatuto.

(4)  Para las tareas principales, véase el anexo.

(5)  Este año de experiencia no se tendrá en cuenta para la evaluación de la experiencia profesional exigida en el párrafo siguiente.

(6)  Las lenguas oficiales de la Unión Europea son: alemán, búlgaro, checo, croata, danés, eslovaco, esloveno, español, estonio, finés, francés, griego, húngaro, inglés, irlandés, italiano, letón, lituano, maltés, neerlandés, polaco, portugués, rumano y sueco.

(7)  http://europass.cedefop.europa.eu/.

(8)  Esta disposición no se aplicará a aquellos candidatos que, en la fecha límite de presentación de las candidaturas, trabajen para el Parlamento Europeo.

(9)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO

DIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS

DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y SERVICIOS FINANCIEROS

COMETIDOS PRINCIPALES

(Entidad integrada por 52 agentes: 19 AD y 33 AST)

Dirigir, coordinar y animar las unidades y servicios de la Dirección.

Encargarse de las relaciones con los órganos presupuestarios.

Encargarse de las relaciones con el Tribunal de Cuentas.

Llevar a cabo, para el Secretario General, el seguimiento de los informes de auditoría interna (IAI).

Efectuar, para el Secretario General, el análisis de los informes anuales y periódicos de actividades de los ordenadores delegados (IAA, IPA).

Llevar a cabo, para el Secretario General, el seguimiento de los planes de acción derivados de los IAI e IAA.

UNIDAD DE PRESUPUESTO

Preparar el presupuesto

Preparar los elementos relativos a los créditos y al organigrama para el establecimiento del estado de previsiones [elaborar el informe del Secretario General sobre el anteproyecto de estado de previsiones (APEP)].

Preparar el proyecto de presupuesto, legal reporting (LR).

Elaborar las notas destinadas al Secretario General, a la Mesa y a la Comisión de Presupuestos (BUDG).

Preparar los presupuestos rectificativos suplementarios (PRS) de los ejercicios en curso del Parlamento Europeo.

Encargarse del seguimiento del procedimiento (contactos con BUDG y el gabinete del Secretario General).

Efectuar el seguimiento de los trabajos relacionados con Badge-Bud y la información de los servicios.

Preparar las previsiones plurianuales de los gastos del Parlamento.

Encargarse de la ejecución del presupuesto

Efectuar el seguimiento de la ejecución de los créditos, analizar dicha ejecución y elaborar consignas y rendir cuentas acerca de la misma.

Comprobar o elaborar las solicitudes de transferencia entre subpartidas.

Establecer o controlar las fichas financieras.

Efectuar el seguimiento de las delegaciones del ordenador.

Analizar los informes periódicos de actividad.

Prestar ayuda a los ordenadores

Informar, ayudar y asesorar a los servicios ordenadores de pagos y elaborar las notas destinadas a los ordenadores.

Formar a los ordenadores y gestores en el ámbito presupuestario.

Gestionar la página de gestión presupuestaria de la intranet.

Encargarse de la preparación y el seguimiento de los procedimientos de cierre y aprobación de la gestión

Encargarse de las relaciones con el Tribunal de Cuentas

Tramitar y efectuar un seguimiento de las respuestas dadas a las cartas sectoriales e informes del Tribunal de Cuentas.

Transmitir al Tribunal de Cuentas la información pertinente de conformidad con el Reglamento Financiero.

Efectuar el seguimiento de las resoluciones presupuestarias

Participar en el Comité interinstitucional en lo relativo a los asuntos presupuestarios y financieros

Hacer un seguimiento de la reglamentación financiera y elaborar los proyectos de reglamentación

Encargarse del reparto de tareas varias: supervisión, coordinación, secretaría, mudanza, etc.

UNIDAD DE CONTABILIDAD Y TESORERÍA

Tesorería

Encargarse de la correcta ejecución de los pagos y mantener las operaciones de tesorería de la institución dentro del respeto del Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión, de sus normas de desarrollo y de las normas internas del Parlamento Europeo.

Encargarse de la gestión de los proveedores y de las facturas.

Encargarse de la gestión de la tesorería de la institución (incluidas las cajas generales).

Gestionar las cuentas bancarias en las distintas aplicaciones y mantener al día el cuadro público de organismos financieros.

Encargarse de la gestión de la tesorería (suministros bancarios).

Mantener contactos con los bancos y responder a las reclamaciones.

Contabilidad

Llevar la contabilidad oficial de la institución dentro del respeto del Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión, de sus normas de desarrollo y de las normas internas del Parlamento Europeo.

Elaborar estados financieros y estados sobre la ejecución del presupuesto mensuales y anuales.

Gestionar y mejorar los sistemas de contabilidad de la institución.

Gestionar los servicios de cobro (deudores varios, agentes, grupos políticos, otras instituciones, IVA) y efectuar el seguimiento de la cuenta de enlace con la Comisión.

Gestionar y controlar diferentes administraciones de anticipos.

Analizar y controlar todas las cuentas transitorias de la contabilidad general.

Asesorar a los servicios ordenadores de pago, validar los sistemas definidos por el ordenador para facilitar la información contable.

Mantener contactos con la Comisión y el Tribunal de Cuentas.

Gestionar los archivos.

UNIDAD FINANCIERA CENTRAL

Asesoramiento a los ordenadores

Prestar asistencia y asesoramiento al ordenador principal, en particular para el establecimiento de la declaración anual del ordenador delegado principal.

Contribuir a la aplicación del Plan de acción del ordenador delegado principal, aprobado a resultas del informe anual de actividades y de las recomendaciones del auditor interno.

Prestar asesoramiento a los ordenadores acerca de los textos aplicables, su interpretación y los procedimientos que se han de seguir.

Proporcionar a los usuarios un «helpdesk» de calidad con plazos de respuesta satisfactorios.

Organizar y dirigir las reuniones periódicas de información con las distintas redes de actores financieros (ordenadores delegados, administradores Finord, verificadores ex ante, ordenantes).

Encargarse de la coordinación Finord.

Facilitar apoyo y conocimientos especializados para la contratación pública: secretaría del Foro de contratación pública, publicación en internet y en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de los contratos y subvenciones adjudicados; gestión de la base de datos del «Sistema de Alerta Rápida — Early Warning System» y de la secretaría de su grupo de contacto «Instancia de control para el acceso a los contratos de las instituciones» (ICAM).

Llevar la secretaría de la Instancia especializada en materia de irregularidades financieras (ISIF).

Contribuir a definir las normas mínimas de control interno, asesorar sobre su aplicación y contribuir, en su caso, a su revisión.

Ayudar a los ordenadores, a petición de estos, a establecer y llevar a cabo sus ejercicios de autoevaluación de riesgos.