16.11.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 335/7


Convocatoria de propuestas — COMM-C2/01/13

Apoyo estructural a las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión) y a las organizaciones de la sociedad civil a escala europea — Programa Europa con los Ciudadanos (2014-2020)

2013/C 335/03

AVISO:

La presente propuesta está sujeta a

la adopción final del Reglamento por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos (2014-2020) (en lo sucesivo «el programa» por parte de la autoridad legislativa sin modificaciones importantes,

un dictamen positivo o la ausencia de objeciones por parte del Comité creado en virtud del Reglamento por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos,

la disponibilidad de los créditos previstos en el proyecto de presupuesto para 2014 después de la adopción del presupuesto de 2014 por parte de la autoridad presupuestaria o tal como está previsto en el sistema de doceavas partes provisionales.

El programa constituye la base jurídica de la presente convocatoria de propuestas.

1.   OBJETIVOS

1.1.   Objetivos específicos del programa

En el marco del objetivo global de acercar la Unión a sus ciudadanos, los objetivos generales del programa son los siguientes:

contribuir a mejorar la comprensión de la Unión, de su historia y de su diversidad por parte de los ciudadanos,

fomentar la ciudadanía europea y mejorar las condiciones para la participación ciudadana y democrática a nivel de la Unión.

1.2.   Objetivos específicos del programa

Los objetivos específicos del programa son:

sensibilizar sobre la memoria histórica, la historia y los valores comunes y la meta de la Unión de promover la paz, sus valores y el bienestar de sus gentes, estimulando el debate, la reflexión y el desarrollo de redes,

estimular la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y promoviendo oportunidades de compromiso social e intercultural y voluntariado a nivel de la Unión.

1.3.   Prioridades temáticas

Para 2014 se han establecido las siguientes prioridades temáticas:

Capítulo 1:   Memoria histórica europea

Con arreglo al artículo 3 del tratado de la Unión Europea, la UE tiene como finalidad promover la paz, sus valores y el bienestar de sus pueblos.

En este contexto, el programa Europa con los Ciudadanos apoya a organizaciones que reflexionen sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia moderna europea, así como sobre otros momentos determinantes y puntos de referencia en la reciente historia europea. Los momentos históricos que deben conmemorarse, en particular en 2014, serán el centenario del comienzo de la Primera Guerra Mundial, el vigésimo quinto aniversario de la caída del Muro de Berlín y el décimo aniversario de la ampliación de la Unión Europea a Europa Central y Oriental.

Capítulo 2:   Compromiso democrático y participación ciudadana

Las elecciones al Parlamento Europeo se celebrarán en todos los Estados miembros entre el 22 y el 25 de mayo de 2014. Estas elecciones serán las primeras que se celebrarán de conformidad con el Tratado de Lisboa, que refuerza el papel de los ciudadanos como protagonistas políticos de Europa a través del artículo 11 del TUE.

En este contexto, el programa Europa con los Ciudadanos apoyará, en el marco de su capítulo 2, a organizaciones activas en el ámbito de la participación de los ciudadanos en la vida democrática de la UE, desde la democracia local hasta la capacitación de los los ciudadanos para participar plenamente en la política de la UE.

2.   OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA

El objetivo de la presente convocatoria es seleccionar organizaciones de alcance europeo que, mediante actividades permanentes, habituales y regulares, realicen una contribución tangible a los objetivos del programa Europa con los Ciudadanos definidos en los puntos 1.1 y 1.2.

La convocatoria de propuestas tiene por objeto el apoyo estructural, a través de subvenciones de funcionamiento, a organismos que persigan el interés general de la Unión para aumentar la sensibilización sobre la memoria histórica (capítulo 1) o fomentar la participación democrática y ciudadana (capítulo 2). Tiene la intención de cofinanciar los gastos de funcionamiento que permitan a un organismo tener una existencia independiente y ejecutar un conjunto de actividades previstas en su programa de trabajo anual. Estas actividades deben corresponder a los objetivos estatutarios de la organización y contribuir a desarrollar y aplicar uno o varios de los objetivos del programa.

La ayuda se concederá en forma de Asociaciones Marco cuatrienales (2014-2017) a raíz de la presente convocatoria de propuestas. Las Asociaciones Marco son mecanismos de cooperación establecidos entre una organización concreta y la Agencia Ejecutiva para la Educación, el Sector Audiovisual y la Cultura (EACEA) (1).

Con arreglo a estas Asociaciones Marco, se concederán cada año subvenciones de funcionamiento.

3.   CRITERIOS DE SUBVENCIONABILIDAD

Se evaluarán en profundidad las solicitudes que cumplan los siguientes criterios.

3.1.   Criterios formales

Solo se considerarán las propuestas presentadas en una de las lenguas oficiales de la UE, utilizando el formulario oficial de solicitud en línea, completado en su totalidad, firmado y presentado en el plazo establecido.

El formulario de solicitud debe ir acompañado de todos los demás documentos mencionados en él.

Las solicitudes se considerarán subvencionables si:

a)

cumplen las condiciones establecidas en los puntos 4 y 5 de la presente convocatoria,

b)

se presentan antes del 20 de diciembre de 2013 a las 12.00 horas (mediodía), hora de Bruselas,

c)

se presentan utilizando el formulario oficial de solicitud (véase el punto 13) debidamente cumplimentado,

d)

están firmadas por el representante legal de la organización,

e)

tienen un presupuesto equilibrado en términos de gastos e ingresos,

f)

cumplen las condiciones financieras de la convocatoria mencionadas en el punto 5.

3.2.   Países admisibles

Pueden optar a la presente convocatoria las personas jurídicas establecidas en uno de los siguientes países:

a)

Estados miembros de la UE: Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia y Reino Unido;

b)

Las solicitudes procedentes de otros países (a saber, los países de la AELC, los países adherentes, los países candidatos y los países candidatos potenciales) serán admisibles si estos países han firmado un memorando de acuerdo con la Comisión Europea durante 2014. En este caso, los candidatos de estos países podrán solicitar una Asociación Marco para un periodo de tres años, de 2015 a 2017, a más tardar el 31 de diciembre de 2014.

3.3.   Candidatos admisibles

3.3.1.   Categorías de organizaciones

Para poder optar a una Asociación Marco, las organizaciones deben pertenecer a una de las siguientes categorías:

A.

Organizaciones de la sociedad civil para la memoria histórica europea (capítulo 1).

Organizaciones que realizan actividades de reflexión sobre las causas de los regímenes totalitarios en la historia europea moderna (prestando atención especial, aunque no exclusiva, al nazismo, que condujo al holocausto, el fascismo, el estalinismo y los regímenes comunistas totalitarios) y rindan homenaje a las víctimas de sus crímenes.

Organizaciones que realizan actividades relacionadas con otros momentos determinantes y puntos de referencia en la reciente historia europea.

Organizaciones que se centran en los valores comunes de la UE: aumentando la sensibilización de los ciudadanos sobre la importancia de mantener y promover los valores democráticos en Europa, por ejemplo a través de la memoria de personalidades europeas, como los fundadores del proyecto europeo u otras personas que han realizado una contribución importante en fases posteriores de la construcción europea.

B.

Organizaciones de la sociedad civil que trabajan a escala europea (capítulo 2)

Organizaciones égida, redes y otras organizaciones de la sociedad civil que estimulan la participación democrática y cívica de los ciudadanos a nivel de la Unión, haciendo que comprendan mejor el proceso de elaboración de las políticas de la Unión y promoviendo oportunidades de compromiso cívico a nivel de la Unión.

C.

Organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión) (capítulos 1 y 2)

Estas organizaciones sirven de nexo entre la investigación y la elaboración de las políticas a nivel europeo. Ayudan a encontrar soluciones para los problemas y facilitan la interacción entre científicos, intelectuales y responsables políticos. La convocatoria se dirige a foros de reflexión que se centran esencialmente en los objetivos y las prioridades del programa Europa con los Ciudadanos, que realizan actividades que van más allá de la sola investigación y que no se dirigen exclusivamente a grupos especializados. Afecta a ambos capítulos.

D.

Plataformas de organizaciones paneuropeas (capítulo 2):

La especificidad de dichas plataformas es que sus miembros también son organizaciones égida (plataformas) a nivel europeo. Estas plataformas paneuropeas representan a una gran cantidad de ciudadanos europeos y abarcan una amplia gama de ámbitos políticos.

3.3.2.   Organizaciones admisibles

Para tener derecho a recibir una subvención de funcionamiento, las organizaciones que persiguen un objetivo de interés general europeo deberán:

a)

ser una organización sin ánimo de lucro;

b)

desempeñar un papel activo en el ámbito de la ciudadanía europea (memoria histórica y compromiso democrático y participación ciudadana a nivel europeo), tal y como se define en sus estatutos sociales o en su declaración de objetivos y pertenecer a alguna de las categorías mencionadas anteriormente;

c)

haberse establecido legalmente y haber tenido una personalidad jurídica durante al menos cuatro años (en la fecha de presentación de su solicitud) en un país admisible.

d)

realizar sus actividades en países admisibles;

e)

tener la siguiente cobertura geográfica:

las organizaciones de la sociedad civil a escala europea (categoría B) y las organizaciones de la sociedad civil para la memoria histórica europea (categoría A) deben tener miembros o realizar actividades en al menos doce países admisibles;

las plataformas de organizaciones paneuropeas (D) deben incluir al menos a veinte organizaciones égida afiliadas, cada una de las cuales debe tener afiliados en al menos quince Estados miembros, que abarquen, en conjunto, a los veintiocho Estados miembros;

las organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión) no deben tener ninguna cobertura geográfica específica para ser admisibles.

Los particulares y los organismos públicos no pueden presentarse a esta convocatoria de propuestas.

3.4.   Actividades subvencionables

Las actividades del candidato deben constituir una contribución tangible al desarrollo y la aplicación de los objetivos generales y específicos del programa.

Los candidatos deben presentar:

un programa de trabajo estratégico para un periodo de cuatro años a partir de 2014 y

un programa anual de trabajo detallado para un periodo de doce meses a partir de 2014.

El programa de trabajo estratégico de la organización solicitante debe abarcar sus actividades estatutarias, incluidos conferencias, seminarios, mesas redondas y actividades de representación, comunicación y valorización, así como sus otras actividades europeas corrientes relacionadas con el programa Europa con los Ciudadanos.

3.5.   Período de subvencionabilidad

La Asociación Marco tiene una duración de cuatro años. Para sus subvenciones anuales específicas, el periodo de subvencionabilidad debe corresponder al año presupuestario del candidato, acreditado por las cuentas certificadas de la organización.

Para los candidatos con un año presupuestario que difiera del año civil, el periodo de subvencionabilidad tendrá la fecha de inicio de su ejercicio presupuestario en 2014.

4.   CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Para evaluar las solicitudes se aplicarán los siguientes criterios:

Coherencia con los objetivos y el capítulo del programa: 30 %

adecuación del programa de trabajo propuesto a los objetivos del programa Europa con los Ciudadanos,

el programa de trabajo de la organización debe contribuir a la consecución de los objetivos del programa Europa con los Ciudadanos,

la misión del candidato debe ser coherente con los objetivos del programa Europa con las Ciudadanos.

Calidad del plan de actividad y del programa de trabajo: 30 %

el programa de trabajo propuesto debe ser adecuado para alcanzar los objetivos de la organización,

coherencia: correspondencia entre los diferentes objetivos de las actividades propuestas y adaptación de las contribuciones y los recursos propuestos a los objetivos,

eficacia: los efectos deben obtenerse con un coste razonable,

los programas de trabajo deben presentar una dimensión europea claramente elaborada,

debe concederse prioridad a las organizaciones que utilizan nuevos métodos de trabajo o proponen actividades innovadoras.

Difusión: 15 %

las organizaciones que reciben subvenciones de funcionamiento deben realizar los esfuerzos necesarios para garantizar el aprovechamiento y la difusión de sus resultados,

el programa de trabajo propuesto debe crear un efecto multiplicador entre una audiencia más amplia que la que participa directamente en las actividades,

debe establecerse un plan de difusión realista y práctico para permitir una transferencia y un intercambio eficaces de los resultados previstos por el programa de trabajo.

Impacto y participación ciudadana: 15 %

el número de socios, participantes, contribuciones políticas y países involucrados debe ser suficientemente grande para garantizar que el programa de trabajo propuesto tenga un verdadero alcance europeo,

impacto: el programa de trabajo debe tener por objeto conseguir sus objetivos, en particular por lo que se refiere a las contribuciones concretas a la formulación de la política,

sostenibilidad: el programa de trabajo propuesto debe tener por objeto conseguir efectos duraderos,

el programa de trabajo propuesto debe dar a los participantes la posibilidad de participar activamente en las actividades y en las cuestiones planteadas,

debe buscarse un equilibrio entre los ciudadanos que ya participan en organizaciones e instituciones y los que aún no participan,

debe concederse prioridad a las organizaciones en las que participan ciudadanos de grupos infrarrepresentados o con pocas oportunidades.

La medida en que la falta de acceso a la financiación está retrasando la ejecución del programa de trabajo (10 %)

en el programa de trabajo debe facilitarse un análisis detallado de la progresión de los gastos y de todos los sistemas de cofinanciación durante los últimos tres años,

las propuestas deben demostrar que no hay otras fuentes de financiación disponibles que resulten suficientes para poder aplicar el programa de trabajo;

las propuestas deben demostrar en qué medida es necesario el importe solicitado para aplicar el programa de trabajo;

las propuestas deben demostrar en qué medida es necesario aplicar en este momento el programa de trabajo para alcanzar los objetivos de la convocatoria y/o en qué medida una demora podría ser perjudicial a este respecto.

5.   CONDIDIONES DE FINANCIACIÓN

Una subvención de la UE es un incentivo para realizar actividades que no resultarían posibles sin el apoyo de la Unión. Esto se basa en el principio de cofinanciación. La subvención de la UE complementa la propia participación financiera de la organización solicitante y/o cualquier ayuda nacional, regional o privada que pueda obtener.

La aceptación de una solicitud no implica el compromiso de conceder una ayuda equivalente al importe solicitado por el beneficiario. Además, el importe concedido no podrá ser en ningún caso superior al importe solicitado. La concesión de una subvención no crea derechos para años posteriores.

La ayuda financiera de la Unión no podrá superar el 70 % de los gastos provisionales subvencionables para todas las categorías de organizaciones, excepto para las plataformas de organizaciones paneuropeas (véase el punto 3.3.1.), para las cuales el límite máximo se fija en el 90 %.

Además, el importe máximo que se concederá por categoría queda fijado como sigue:

Tipo

Importe mínimo

Importe máximo

Porcentaje máximo de cofinanciación

A.

Organizaciones de la sociedad civil para la memoria histórica europea (capítulo 1)

60 000 EUR

200 000 EUR

70 %

B.

Organizaciones de la sociedad civil que trabajan a escala europea (capítulo 2)

60 000 EUR

200 000 EUR

70 %

C.

Organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión) (capítulos 1 y 2)

60 000 EUR

350 000 EUR

70 %

D.

Plataformas de organizaciones paneuropeas (capítulo 2)

60 000 EUR

600 000 EUR.

90 %

El objetivo es seleccionar aproximadamente ocho organizaciones en el marco del capítulo 1 «Memoria histórica europea» y veintiséis organizaciones en el marco del capítulo 2 «Compromiso democrático y participación ciudadana» del programa Europa con los Ciudadanos.

5.1.   Condiciones contractuales

Cuando se apruebe una solicitud, el beneficiario recibe bien una Decisión de Asociación Marco y una Decisión de Subvención o un Convenio de Asociación Marco y un Convenio de Subvención en función del lugar donde esté establecido legalmente.

La asociación marco formaliza un mecanismo de cooperación a a largo plazo entre la Comisión y sus socios (véase el punto 3.1). Puede adoptar la forma de una Decisión de Asociación Marco (DAM) o de un Convenio de Asociación Marco (CAM).

Sobre la base de la DAM o el CAM, se conceden subvenciones anuales específicas, que pueden adoptar la forma de:

Decisión de subvención: es un acto unilateral por el que se concede una subvención a un beneficiario. Al contrario de lo que sucede con el Convenio de Subvención, el beneficiario no tiene que firmar la Decisión de Subvención y puede comenzar la acción inmediatamente después de la recepción/notificación. La Decisión de Subvención acelerará, por lo tanto, el proceso. La Decisión de Subvención se aplica a los beneficiarios establecidos en la UE.

Convenio de Subvención, que debe ser firmado por el beneficiario y devuelto inmediatamente a la EACEA. La EACEA lo firmará en último lugar. La Decisión de Subvención se aplica a los beneficiarios establecidos fuera de la UE.

Un modelo de Decisión de Subvención y de Convenio de Decisión estará disponible en el siguiente sitio web: http://eacea.ec.europa.eu/citizenship/index_en.php

Las condiciones generales aplicables a la Decisión de Subvención y el Convenio de Subvención están disponibles en el «Registro de Documentos» del sitio web de la EACEA http://eacea.ec.europa.eu/index.htm

6.   PRESUPUESTO

El presupuesto total disponible para las Asociaciones Marco cuatrienales (2014-2017) será de 27,04 millones de EUR. Aproximadamente una tercera parte se destinará a organizaciones europeas de investigación sobre política pública (foros de reflexión).

El presupuesto total disponible para las subvenciones anuales específicas suscritas para 2014 será de 6,76 millones de EUR para 2014. La Comisión Europea tiene la intención de financiar alrededor de treinta y cuatro organizaciones en el marco de la presente convocatoria.

El apoyo estructural se concederá en el marco de la partida 16.02.01 del Presupuesto General de la Unión Europea.

La Comisión Europea se reserva el derecho de no distribuir todos los fondos disponibles.

7.   PLAZO DE PRESENTACIÓN/PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN

El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el 20 de diciembre de 2013 a las 12.00 horas (mediodía), hora de Bruselas.

Puede encontrarse información detallada sobre el procedimiento de presentación en la siguiente dirección: http://eacea.ec.europa.eu/citizenship/index_en.php

Las solicitudes deben presentarse utilizando el formulario electrónico de solicitud de subvención actualmente disponible (e-Form). Deben rellenarse todos los campos de datos del e-Form.

Además, deben adjuntarse al e-Form los siguientes documentos:

declaración jurada firmada por la persona autorizada a comprometer jurídicamente a la organización solicitante,

el presupuesto completo,

el formulario de entidad legal cumplimentado,

el formulario de identificación financiera.

Las solicitudes presentadas en papel por correo, fax o correo electrónico no se admitirán a la fase posterior de evaluación.

La Comisión Europea y la Agencia Ejecutiva se reservan el derecho de solicitar cualquier información adicional que necesiten.

Todos los documentos deben enviarse (cargarse en) a la siguiente dirección:

http://eacea.ec.europa.eu/citizenship/index_en.php

Solo se tendrán en cuenta para la concesión de subvención las solicitudes que cumplan los criterios de admisibilidad. Si se considera que una solicitud no es admisible, se enviará al solicitante una carta indicando los motivos.

No se facilitará información sobre los resultados de las solicitudes individuales antes de que finalice el proceso de selección. Los resultados del proceso de selección se publicarán en la primavera de 2014 en la siguiente dirección:

http://eacea.ec.europa.eu/citizenship/funding/2014/index_en.php

Se enviará a los candidatos seleccionados para recibir financiación un acuerdo o convenio de subvención. Se informará por escrito a los candidatos cuya candidatura no haya sido seleccionada. No se devolverán las solicitudes a los candidatos.

Lista de control de los documentos que deben presentar los candidatos:

1)

formulario de solicitud cumplimentado (e-Form);

2)

formulario de presupuesto cumplimentado (debe adjuntarse al e-Form);

3)

declaración jurada firmada (debe adjuntarse al e-Form);

4)

formulario de entidad legal cumplimentado (disponible en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/budget/contracts_grants/info_contracts/legal_entities/legal_entities_en.cfm#en (debe adjuntarse al e-Form);

5)

formulario de identificación financiera (disponible en la siguiente dirección: http://ec.europa.eu/budget/library/contracts_grants/info_contracts/financial_id/fich_sign_ba_gb_en.pdf (debe adjuntarse al e-Form)


(1)  Está sujeta a la decisión de la Comisión por la que se restablece la Agencia Ejecutiva para la Educación, el Sector Audiovisual y la Cultura con un nuevo mandato para el periodo 2014-2020.