23.5.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 144/5


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6604 — CPPIB/Atlantia/Grupo Costanera)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2012/C 144/07

1.

El 10 de mayo de 2012, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual el Canada Pension Plan Investment Board («CPPIB», Canadá) y Edizione S.r.l. («Edizione», Italia), a través de su empresa controlada indirectamente Atlantia SpA («Atlantia»), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Grupo Costanera SA («Grupo Costanera», Chile) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

CPPIB: organización profesional de gestión de inversiones que invierte los activos del Plan de Pensiones de Canadá. Las inversiones del CPPIB van de la renta fija al capital inversión, sector inmobiliario, infraestructura y deuda privada. En el ámbito de actividad de las autopistas de peaje, CPPIB tiene intereses en las autopistas de peaje 407 de Ontario, Canadá, y en la M7 Westlink de Sydney, Australia,

Edizione: venta al por menor, alimentación y bebidas, servicios de movilidad, sector inmobiliario y agricultura. Edizione tiene también intereses en algunos activos de infraestructura, entre los que se incluyen estaciones de ferrocarril y aeropuertos,

Atlantia: gestión de autopistas de peaje y prestación de servicios auxiliares en Brasil, Chile, India, Italia y Polonia,

Grupo Costanera: gestión de autopistas urbanas de peaje y prestación de servicios auxiliares en Chile.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6604 — CPPIB/Atlantia/Grupo Costanera, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).