29.2.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 60/9


MEDIA 2007 — DESARROLLO, DISTRIBUCIÓN, PROMOCIÓN Y FORMACIÓN

Convocatoria de propuestas — EACEA/7/12

Apoyo a la distribución trasnacional de las películas europeas — Sistema de apoyo «automático» 2012

2012/C 60/06

1.   Objetivos y descripción

El presente anuncio de convocatoria de propuestas se basa en la Decisión no 1718/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) (1).

Uno de los objetivos del programa es favorecer y promover una distribución transnacional más amplia de películas europeas recientes, mediante la atribución de fondos a distribuidores según su rendimiento en el mercado, para la reinversión en nuevas películas europeas no nacionales.

El sistema tiene también por objetivo, fomentar el desarrollo de vínculos entre los sectores de producción y distribución mejorando así la cuota de mercado de las películas europeas y la competitividad de las empresas europeas.

2.   Candidatos admisibles

La presente nota se dirige a las empresas europeas especializadas en la distribución cinematográfica de obras europeas, y cuyas actividades contribuyen a conseguir los objetivos anteriormente mencionados del programa MEDIA tal y como se describen en la Decisión del Consejo.

Los candidatos deberán tener su sede en:

uno de los 27 Estados miembros de la Unión Europea,

uno de los países miembro de la EEE, Suiza, o Croacia,

Bosnia y Herzegovina (a reserva de que haya concluido el proceso de negociación y se haya formalizado la participación de este país en el programa MEDIA).

3.   Acciones admisibles

El sistema de apoyo «automático» funciona en dos fases:

creación de un fondo potencial, proporcional al número de entradas vendidas para películas europeas no nacionales en los Estados que participan en el programa durante el año de referencia (2011), hasta un límite máximo fijo por película, que se ajustará para cada país.

No podrán participar las proyecciones para grupos o clubes en las que no se cobre entrada. Todas las entradas vendidas deberán constar en los sistemas de información y comprobación que permitan a la autoridad nacional certificarlas. La EACEA se reserva el derecho a rechazar solicitudes que no satisfagan todas las condiciones,

reinversión: el fondo así generado por cada empresa deberá reinvertirse a más tardar el 1 de octubre de 2013 en 3 módulos (3 tipos de acción):

1)

la coproducción de películas europeas no nacionales;

2)

la adquisición de derechos de distribución, por ejemplo mediante garantías mínimas, de películas europeas no nacionales: y/o

3)

gastos de edición (realización de copias, doblaje y subtitulado), de promoción y de publicidad de películas europeas no nacionales.

Para que la película sea subvencionable, sus primeros derechos de autor no deberán ser anteriores a 2008.

 

Acciones tipo 1 y 2:

La duración máxima de las acciones será de 30 meses, a partir del 1 de octubre de 2012 hasta el 1 de abril de 2015.

 

Acción tipo 3:

La duración máxima de las acciones será de 42 meses, a partir del 1 de abril de 2012 hasta el 1 de octubre de 2015.

La solicitudes de reinversión deberán ser enviadas a la Agencia antes de que expiren los plazos indicados en el siguiente cuadro.

Módulo

Calendario del proyecto

Plazo para la presentación del proyecto de reinversión

Periodo de subvencionabilidad de los costes

1.

Coproducción

El contrato de coproducción no puede firmarse antes del 1.10.2012

En un plazo de 3 meses a partir de la fecha de firma del contrato de coproducción y hasta el 1.10.2013 a más tardar

Desde el 1.10.2012 hasta el 1.4.2015

2.

Garantía mínima

El contrato de distribución/acuerdo de licencia no puede firmarse antes del 1.10.2012

En un plazo de 3 meses a partir de la fecha de firma del contrato de distribución/acuerdo de licencia (se aceptan tanto una versión resumida como una íntegra del acuerdo) y hasta el 1.10.2013 a más tardar

Desde el 1.10.2012 hasta el 1.4.2015

3.

Gastos de distribución (P&A)

La película podrá proyectarse por primera vez en salas de cine del territorio no antes del 1.10.2012 y no más tarde del 1.10.2014.

Como muy tarde el día de la primera proyección en salas de cine del territorio y no más tarde del 1.10.2013

Desde el 1.4.2012 hasta el 1.10.2015

4.   Criterios de adjudicación

La financiación se otorgará a las empresas europeas de distribución admisibles, según el número entradas vendidas para las películas europeas no nacionales, distribuidas por el candidato en el año de referencia (2011).

La financiación se calculará de acuerdo a una cantidad fija por entrada vendida. Si, en el marco de esta convocatoria, la suma de los fondos generados excede los 20 millones de EUR, cada fondo potencial será reducido proporcionalmente. Esta reducción no rebajará el importe del fondo potencial más allá de los límites mínimos que se indican en las bases de la convocatoria.

La ayuda revestirá la forma de un fondo potencial («el fondo») del que los distribuidores podrán disponer para seguir invirtiendo en películas europeas no nacionales.

La financiación podrá reinvertirse:

1)

en la producción de películas europeas nuevas no nacionales (películas todavía no acabadas en el momento de solicitarse la reinversión);

2)

en la adquisición de derechos de distribución de películas europeas no nacionales;

3)

en cubrir los gastos de distribución, es decir, de promoción y publicidad de películas europeas recientes no nacionales.

5.   Presupuesto

El presupuesto total disponible es de 18 977 675 EUR.

La contribución económica se otorgará en forma de subvención. La contribución económica de la Comisión no podrá superar el 40 %, 50 % o 60 % de los costes totales admisibles. No hay una cantidad máxima.

La Agencia se reserva la posibilidad de abstenerse de asignar la totalidad de los fondos disponibles.

6.   Plazo para la presentación de solicitudes

Las propuestas para «generar» un fondo potencial deberán enviarse (dará fe el matasellos de correos) el 30 de abril de 2012 a más tardar.

Las propuestas de «reinversión» del fondo potencial deberán enviarse (dará fe el matasellos de correos) dentro del plazo especificado para cada módulo en el cuadro anterior, y en cualquier caso el 1 de octubre de 2013 a más tardar.

Las propuestas deberán enviarse a la siguiente dirección:

Education, Audiovisual and Culture Executive Agency (EACEA)

Mr Constantin DASKALAKIS

BOUR 3/66

Avenue du Bourget/Bourgetlaan 1

1140 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Los formularios de solicitud oficiales deberán ser utilizados y debidamente firmados por la persona capacitada para suscribir compromisos jurídicamente vinculantes en nombre de la organización solicitante.

El expediente completo de la solicitud, con todos los formularios y anexos que se enumeran en las directrices, deberá indicar claramente:

MEDIA Programme — Distribution EACEA/7/12 — Automatic cinema

No se aceptarán las solicitudes presentadas por fax o correo electrónico.

7.   Información pormenorizada

La versión íntegra de la convocatoria de propuestas puede conseguirse, junto con los formularios de solicitud, en el siguiente sitio web:

http://ec.europa.eu/culture/media/programme/distrib/schemes/index_en.htm

Las solicitudes deberán presentarse en los formularios previstos a tal efecto y contener toda la información y los anexos necesarios.


(1)  DO L 327 de 24.11.2006, p. 12.