10.2.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 37/1 |
Vacante del puesto de Director Ejecutivo (Grado AD 14) de la Agencia Europea de Medio Ambiente, Copenhague
COM/2012/10325
(2012/C 37 A/01)
Somos
La Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA) es una agencia reguladora de la Unión Europea creada mediante el Reglamento (CEE) no 1210/90 del Consejo [modificado por el Reglamento (CE) no 933/1999 y el Reglamento (CE) no 1641/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo y, posteriormente, codificado mediante el Reglamento (CE) no 401/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009] (1); está ubicada en Copenhague.
La Agencia: Desde su creación en 1994, la AEMA se ha convertido en una fuente esencial de información para la Comisión Europea, el Parlamento Europeo, los Estados miembros de la UE y otros países miembros del EEE en el desarrollo y la aplicación de las políticas de medio ambiente y el clima. Como tal, la AEMA tiene un papel clave a la hora de proporcionar los conocimientos necesarios para ayudar a Europa a tomar decisiones fundadas sobre la mejora del medio ambiente y la integración de las consideraciones medioambientales en las políticas económicas con el fin de que siga una senda sostenible, con bajas emisiones de carbono y una gestión eficiente de los recursos. El candidato seleccionado tendrá que demostrar la capacidad y el liderazgo necesarios para garantizar que la Agencia cumple su función estratégica. La AEMA cuenta con el apoyo de una red de observación e información sobre el medio ambiente compuesta por participantes de los Estados miembros de la UE y otros países. Junto a la integración de las consideraciones sobre el medio ambiente y el clima en las principales políticas y el desarrollo y el mantenimiento de la base de conocimientos acerca de dichas políticas para que puedan formularse mejor con el fin de afrontar los retos que la aguardan, la Agencia tendrá que colaborar estrechamente con la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y los Estados miembros de la UE para proporcionarles información objetiva necesaria para elaborar y aplicar unas políticas adecuadas y eficientes en materia de medio ambiente y clima. También tendrá que garantizar la amplia difusión, dirigida al público en general, de información fiable y contrastable en materia de medio ambiente y clima, en particular, sobre el estado del medio ambiente.
Proponemos
El Director Ejecutivo es el representante legal y la imagen pública de la Agencia y es responsable ante el Consejo de Administración. Las responsabilidades del Director Ejecutivo comprenderán:
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colaboración con el Consejo de Administración y el Comité Científico para fijar y alcanzar los objetivos estratégicos de la Agencia en el ámbito del medio ambiente y el clima; |
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gestión cotidiana de más de 200 miembros del personal de la Agencia y de su presupuesto anual de alrededor de 50 millones EUR; |
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la recogida, cotejo y análisis de información relacionada con el medio ambiente y el clima y la gestión de su difusión; |
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la preparación y ejecución de los programas de trabajo plurianuales y anuales; |
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optimización de la base de conocimientos para apoyar la generación y aplicación de la política de medio ambiente y clima. |
El puesto de Director Ejecutivo implica viajar frecuentemente.
Se invita a los candidatos a consultar el sitio internet de la AEMA en: http://www.eea.europa.eu
Buscamos (criterios de selección)
Se dará preferencia a los candidatos que posean las siguientes características, demostradas por la correspondiente experiencia:
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capacidad probada para gestionar una gran organización y ejercer liderazgo estratégico para la consecución de los objetivos de la AEMA; |
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muy buen conocimiento de las instituciones de la UE y su funcionamiento; |
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comprensión profunda de las estrategias y las políticas en materia de medio ambiente y cambio climático de la UE y acerca de la evolución de los acontecimientos en la escena internacional y otras actividades pertinentes en estos ámbitos; |
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capacidad para desarrollar una estrategia con vistas a reforzar el papel de la AEME como proveedor clave de conocimientos básicos en materia de medio ambiente y cambio climático en la UE y, como parte de esta capacidad, su papel a la hora de garantizar una mejor aplicación de la legislación de la UE; |
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poder trabajar eficazmente con las partes interesadas y establecer relaciones eficaces de trabajo con nuestros principales socios; |
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capacidad para representar a la Agencia y comunicar mensajes clave coherentes a los medios de comunicación, al público y a otras partes interesadas; |
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capacidad probada y sólida para gestionar recursos, garantizar una buena gestión financiera y medidas de control interno en un contexto nacional, europeo y/o internacional; |
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el inglés es la lengua de trabajo diaria de la AEME y constituirá, por lo tanto, un mérito. |
Criterios de selección (criterios básicos de admisión)
Para ser seleccionados, los candidatos deberán cumplir los siguientes criterios formales antes del plazo de presentación de candidaturas:
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: ser nacional de uno de los Estados miembros del EEE (Estados miembros de la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Turquía); |
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: Poseer:
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: contar con una experiencia postuniversitaria de al menos 15 años adquirida tras la obtención de las cualificaciones antes indicadas, 10 años de los cuales deberán haber sido en los campos del medio ambiente y del clima, en los sectores empresarial, académico o público, preferentemente con una importante experiencia en materia de organizaciones internacionales; |
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: contar con al menos 5 años de experiencia profesional obtenida en una función gestora de nivel superior (2); |
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: poseer un conocimiento en profundidad de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea, tal como se recoge en el artículo 1 del Reglamento no 1 de 1958 (3); |
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: poder desempeñar completamente el mandato de cinco años antes de la edad de jubilación. Para los funcionarios y los agentes temporales de la Unión Europea se define como el final del mes en que la persona alcanza la edad de 65 años. |
Independencia y declaración de intereses
El Director deberá hacer una declaración por la que se comprometa a actuar con independencia en pro del interés público y declarar, asimismo, cualquier interés que pueda considerarse perjudicial para su independencia. Los candidatos deberán confirmar en su impreso de candidatura su voluntad en este sentido.
Selección y nombramiento
Se creará un grupo de preselección para el proceso de selección, el cual invitará a una entrevista a los candidatos cuyo perfil se adapte mejor a los requisitos específicos del puesto, seleccionados según sus méritos y los criterios antes señalados. Tras estas entrevistas, el grupo de preselección propondrá una serie de candidatos para una nueva entrevista con el Comité consultivo de nombramientos de la Comisión (CCNC). Los candidatos a los que se invite a esta entrevista deberán pasar una prueba en un Centro de evaluación dirigido por consultores de contratación externos.
El CCNC propondrá al miembro de la Comisión responsable de la Agencia una lista de los candidatos que considere adecuados para ejercer con éxito la función de Director Ejecutivo.
El miembro de la Comisión encargado de la Agencia, que podrá estar acompañado por el Comisario responsable de la Acción por el Clima, entrevistará a los candidatos y propondrá a la Comisión una lista de los candidatos seleccionados; esta lista se comunicará al Consejo de Administración de la Agencia. Este último entrevistará a estos candidatos y nombrará Director a uno de ellos. La inclusión en la lista restringida no garantiza el nombramiento. Además de las indicadas anteriormente, se podrá exigir a los candidatos que realicen otras entrevistas o pruebas.
Antes de que el Consejo de Administración nombre a uno de los candidatos de la lista, el candidato propuesto podría ser invitado a presentarse ante el órgano competente del Comité del Parlamento Europeo y a contestar a las preguntas que se le planteen.
Este puesto estará vacante a partir del 1 de junio de 2013 y, en función del cumplimiento puntual del procedimiento de selección, el candidato seleccionado deberá asumir sus funciones a partir de dicha fecha.
Igualdad de oportunidades
La Agencia reguladora aplica una política de igualdad de oportunidades y no discriminación con arreglo al artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (4).
Condiciones de empleo
El Director nombrado formará parte del personal de la Agencia en calidad de agente temporal de grado AD 14 de conformidad con el artículo 2 bis del Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea (5) por un período de cinco años, que podrá renovarse una vez, tal como se establece en el acto de base.
El lugar del empleo será Copenhague, donde está situada la Agencia.
Procedimiento de presentación de candidaturas
Para que las candidaturas sean admitidas, los candidatos deberán presentar:
1) |
una carta de motivación (máximo 2 páginas). Se invita a los solicitantes a presentar sus puntos de vista sobre los principales desafíos a los que se enfrenta el EEE con respecto a las políticas de medio ambiente y clima y la visión sobre la manera de abordarlas en los próximos 5 años; |
2) |
y un currículum vítae (CV) en formato libre. El CV deberá cumplimentarse preferentemente según el modelo de CV europeo (6). Los candidatos deberán destacar de forma resumida la experiencia y los conocimientos que sean pertinentes para el puesto, así como los detalles sobre la dimensión (número de personas empleadas), presupuesto y naturaleza de los departamentos gestionados por ellos con anterioridad. |
No se admitirán candidaturas incompletas.
Los documentos justificativos (por ejemplo, las copias compulsadas de los títulos o diplomas, las referencias, las pruebas de la experiencia adquirida, etc.) no deberán enviarse en esta fase, sino que deberán presentarse, en caso de que se soliciten, en una fase posterior del procedimiento.
A fin de facilitar el proceso de selección, todas las comunicaciones con los solicitantes relacionadas con la presente vacante se harán en inglés.
Las candidaturas, preferentemente en inglés, francés o alemán, deberán enviarse por correo electrónico a:
ENV-EEA-VACANCY@ec.europa.eu
Los solicitantes que no puedan enviar sus solicitudes por correo electrónico podrán hacerlo por correo certificado o por servicio de mensajería a:
European Commission, Directorate General Environment, Shared Resources Directorate, Unit for Human Resources & Administration, COM/2012/10325, BU-5 3/140, 1049 Bruxelles/Brussel, BELGIQUE/BELGIË.
Se ruega a los candidatos que informen por escrito y sin demora a la dirección anterior de todo cambio de domicilio.
Persona de contacto para cualquier información adicional: Robin Miège, Director, DG Environment (Directorate F — Strategy), BU-5 4/141, 1049 Bruxelles/Brussel, BELGIQUE/BELGIË. Tel. + 32 2 2958043. Correo electrónico: robin.miege@ec.europa.eu
Plazo
Las solicitudes deberán enviarse por correo electrónico o por correo certificado a más tardar el 23 de marzo de 2012 (fecha del correo electrónico o fecha del matasellos para el correo certificado).
Las candidaturas enviadas por servicio de mensajería deberán entregarse a más tardar antes de las 17.00 horas (hora de Bruselas) en la dirección antes indicada.
La Comisión se reserva el derecho de ampliar el plazo de presentación de candidaturas para esta vacante mediante su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Información importante para los candidatos
Se recuerda a los candidatos que el trabajo de los comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con los miembros de dichos comités o que cualquier otra persona lo haga en su nombre.
Protección de datos personales
La Comisión y la Agencia se asegurarán de que los datos personales de los candidatos sean tratados de acuerdo con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (7).
(1) DO L 120 de 11.5.1990, p. 1.
(2) En su CV, los candidatos deberán indicar, en lo referente a esos cinco años en que adquirieron su experiencia de gestión de alto nivel: 1) la denominación y función de los puestos de gestión desempeñados; 2) el número de personas a su cargo en esos puestos; 3) la cuantía del presupuesto gestionado y 4) el número de niveles jerárquicos por encima y por debajo del suyo y el número de empleados del mismo nivel.
(3) DO 17 de 6.10.1958, p. 385/58.
(4) DO L 124 de 27.4.2004, p. 1; http://eur-lex.europa.eu/es/index.htm
(5) Véase la nota anterior.
(6) El CV Europass puede descargarse del sitio internet: http://europass.cedefop.europa.eu/htm/index.htm
(7) DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.