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24.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 344/1 |
Puesto vacante de Director Ejecutivo (grado AD 14) de una Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia
COM/2011/10318
(2011/C 344 A/01)
Quiénes somos
A propuesta de la Comisión Europea (1), el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron, el 25 de octubre de 2011, un Reglamento por el que se crea una Agencia para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (2) (denominada en adelante «la Agencia»). El Reglamento se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 1 de noviembre de 2011 y entró en vigor a los veinte días de su publicación.
Con arreglo al proyecto de Reglamento, la Agencia será un organismo de la Unión con personalidad jurídica propia. La Agencia será responsable de la gestión operativa a largo plazo del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (3), del Sistema de Información de Visados (VIS) (4) y de Eurodac (5). En el futuro la Agencia también podrá ser responsable de la preparación, el desarrollo y la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud adicionales en el espacio de libertad, seguridad y justicia si así se le confía mediante instrumentos jurídicos separados.
La tarea esencial de la Agencia será garantizar la gestión operativa a largo plazo de SIS II, VIS y Eurodac, manteniendo el funcionamiento de los sistemas durante 24 horas al día, siete días a la semana, asegurando de este modo un funcionamiento de los sistemas informáticos efectivo, seguro y continuo. La Agencia será también responsable de adoptar las medidas necesarias para garantizar tanto la seguridad de los sistemas como la de los datos. Además de estas tareas operativas, la Agencia será responsable de las funciones relacionadas con la presentación de informes, publicación, control, organización de programas de formación específica sobre el uso técnico de los sistemas, ejecución de planes piloto previa petición concreta y específica de la Comisión y seguimiento de la investigación relevante para la gestión operativa de los sistemas.
La Agencia tendrá su sede en Tallin, Estonia. Las tareas relacionadas con el desarrollo y la gestión operativa de los sistemas actuales y futuros se llevarán a cabo en Estrasburgo, Francia. Se instalará un sistema de reserva en Sankt Johann im Pongau, Austria.
Está previsto que la Agencia dé empleo a unas 120 personas en 2013.
Los créditos de compromiso para el período 2011-2013 se han estimado en unos 107,8 millones EUR. La cifra final la fijará la Autoridad Presupuestaria como parte del ejercicio presupuestario anual.
Qué proponemos
El Director Ejecutivo gestionará la Agencia y la representará. Será el representante legal y la imagen pública de la Agencia. Será independiente en el ejercicio de sus funciones y responsable de sus actividades ante el consejo de administración. El consejo de administración estará compuesto por un representante de cada Estado miembro y dos representantes de la Comisión.
El Director Ejecutivo tendrá un papel central en la creación de la Agencia. Será responsable de establecer las medidas administrativas, operativas y financieras necesarias para el adecuado funcionamiento de la Agencia, incluida la contratación del personal clave.
Sin perjuicio de las competencias del consejo de administración, el Director Ejecutivo asumirá la plena responsabilidad de las tareas confiadas a la Agencia y estará sometido al procedimiento anual de aprobación de la gestión presupuestaria por el Parlamento Europeo para la ejecución del presupuesto. El Parlamento Europeo o el Consejo podrán convocar al Director Ejecutivo para que rinda cuentas acerca del ejercicio de su cometido.
Las responsabilidades del Director Ejecutivo incluirán, en particular:
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garantizar la administración de los asuntos corrientes de la Agencia, |
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garantizar el funcionamiento de la Agencia de conformidad con su Reglamento de base, |
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preparar y ejecutar los procedimientos, decisiones, estrategias, programas y actuaciones aprobados por el consejo de administración de la Agencia dentro de los límites definidos por el Reglamento de base, sus disposiciones de aplicación y cualquier otra normativa aplicable, |
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establecer y aplicar un sistema efectivo que permita el control y la evaluación periódicos de los sistemas informáticos, incluidas las estadísticas, y de la Agencia, también en lo que se refiere a alcanzar de forma efectiva y eficiente los objetivos de la Agencia, |
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participar, sin derecho a voto, en las reuniones del consejo de administración, |
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ejercer respecto al personal de la Agencia las competencias indicadas en el Reglamento de base y gestionar las cuestiones que le afecten, en particular su contratación y supervisión, garantizando su gestión eficiente, motivadora y orientada al trabajo en equipo, |
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establecer los requisitos de confidencialidad necesarios para cumplir las condiciones de los instrumentos jurídicos que regulan todos los sistemas informáticos, |
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negociar y, tras su aprobación por el consejo de administración, firmar un Acuerdo de sede y acuerdos sobre las localizaciones técnica y del sistema de reserva con los gobiernos de los Estados miembros de acogida, |
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garantizar que el presupuesto se gestiona eficientemente y de acuerdo con los principios de una buena gestión financiera, |
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presentar, para su adopción por el consejo de administración, entre otras cosas los siguientes proyectos:
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comunicar con las principales partes interesadas, incluido el público en general, en los ámbitos de actividad de la Agencia. |
Para mayor información, sírvase consultar el texto del Reglamento.
Qué buscamos
Los candidatos deberán poseer:
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capacidad administrativa y de gestión sólida y acreditada, en particular experiencia en gestión de recursos presupuestarios, financieros y humanos, en un contexto nacional, europeo e internacional, |
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capacidad para crear y gestionar una Agencia de unos 120 empleados tanto a nivel estratégico como de gestión interna, |
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buen conocimiento del contexto de la UE y de la interacción entre administraciones nacionales e instituciones de la UE. Se valorará un buen conocimiento de la legislación de la Unión sobre intercambio de información y de los sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia, |
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una sólida experiencia profesional en el ámbito de los sistemas informáticos de gran magnitud, adquirida de preferencia en una administración pública nacional, europea o internacional, |
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conocimientos del ámbito de la protección de datos, |
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capacidad para dirigir y motivar un equipo grande en un entorno europeo, multicultural y plurilingüe, |
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capacidad de comunicarse con el público y de cooperar con las partes interesadas (autoridades europeas, internacionales, nacionales y locales, organizaciones internacionales, etc.), |
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excelente capacidad para la comunicación escrita y oral y para la negociación. |
Criterios de selección
Para la fase de selección, se tendrán en cuenta los candidatos que cumplan los siguientes criterios formales antes de la fecha límite de presentación de candidaturas:
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Nacionalidad: ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. |
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Título o diploma universitario: contar con:
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Experiencia profesional: tener una experiencia posgrado de al menos 15 años al nivel de la cualificación mencionada anteriormente. |
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Experiencia profesional pertinente: de los 15 años de experiencia profesional, 5 como mínimo deberán haberse adquirido en ámbitos directamente relacionados con las actividades de la Agencia, preferentemente en el ámbito del intercambio de información o de sistemas informáticos de gran magnitud. |
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Experiencia de gestión: tener al menos 5 años de experiencia profesional obtenida en una función gestora de nivel superior (6). |
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Lenguas: un buen dominio de una de las lenguas oficiales de la Unión y un conocimiento satisfactorio de una segunda. |
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Límite de edad: poder desempeñar completamente el mandato de 5 años antes de la edad de jubilación. Para el personal temporal de la Unión Europea, la edad de jubilación corresponde al final del mes en que la persona cumple 65 años. |
Independencia y declaración de intereses
El Director deberá hacer una declaración en la que se comprometa a actuar con independencia en pro del interés público y declarar, asimismo, cualquier interés que pueda considerarse perjudicial para su independencia. Los candidatos deberán confirmar en su impreso de candidatura su voluntad en este sentido.
El candidato elegido deberá someterse a una investigación de seguridad y a un procedimiento de habilitación.
Selección y nombramiento
El procedimiento de selección se llevará a cabo en función de la disponibilidad de los créditos necesarios en el presupuesto de la Agencia y de los puestos pertinentes en su plantilla de personal.
Se creará un grupo de preselección para el proceso de selección. Este grupo invitará a una entrevista a los solicitantes cuyo perfil se adapte mejor a los requisitos específicos del puesto. Se seleccionará a estos solicitantes según sus méritos dentro de los criterios antes señalados. Los candidatos elegidos por el grupo de preselección serán convocados a una entrevista con el Comité Consultivo de Nombramientos de la Comisión (CCN) y deberán pasar una prueba en un centro de evaluación dirigido por consultores de contratación externos. Los candidatos seleccionados por el CCN serán entrevistados a continuación por los Comisarios correspondientes.
A continuación, la Comisión adoptará una lista restringida de los candidatos idóneos que se comunicará al consejo de administración de la Agencia. Este último se entrevistará con los candidatos de dicha lista y seleccionará a un candidato de entre ellos. La inclusión en la lista restringida no garantiza el nombramiento. Además de las indicadas anteriormente, se podrá solicitar a los candidatos que realicen más entrevistas o pruebas. El consejo de administración podría pedir una nueva selección si no considera adecuado a ninguno de los candidatos incluidos en la lista restringida inicial.
Antes de su nombramiento, se invitará al candidato seleccionado por el consejo de administración a que realice una declaración ante la comisión o las comisiones competentes del Parlamento Europeo y a que responda a las preguntas de sus miembros. Después de esta declaración, el Parlamento Europeo adoptará un dictamen en el que hará constar su opinión sobre el candidato seleccionado. El consejo de administración informará al Parlamento Europeo sobre la forma en que este dictamen se ha tenido en cuenta. El dictamen será de carácter personal y confidencial hasta el nombramiento del candidato.
El consejo de administración adoptará la decisión final sobre el nombramiento del Director Ejecutivo.
Mandato
El consejo de administración nombrará al Director Ejecutivo miembro del personal de la Agencia en calidad de agente temporal de grado AD 14, de conformidad con el artículo 2 bis del Régimen aplicable a otros agentes de la Unión Europea (7), por un período de cinco años. En el transcurso de los nueve meses últimos del período de cinco años, el consejo de administración, en estrecha consulta con la Comisión, efectuará una evaluación. En la evaluación, el consejo de administración tendrá en cuenta, en particular, los resultados conseguidos en el primer mandato y la manera en que se han conseguido.
El consejo de administración podrá prorrogar una sola vez el mandato del Director Ejecutivo por un máximo de tres años, teniendo en cuenta el informe de evaluación y solamente en aquellos casos en que los deberes y requisitos de la Agencia puedan justificarlo. En tal caso, el consejo de administración informará al Parlamento Europeo acerca de su intención de prorrogar el mandato del Director Ejecutivo. Un mes antes de la prórroga de su mandato, se pedirá al Director Ejecutivo que realice una declaración ante la comisión o las comisiones competentes del Parlamento Europeo y que responda a preguntas formuladas por sus miembros.
El Director Ejecutivo dará cuenta de sus actividades al consejo de administración.
Destitución
El consejo de administración podrá destituir de su cargo al Director Ejecutivo. El consejo de administración decidirá por mayoría de dos tercios de todos los miembros con derecho a voto.
Igualdad de oportunidades
La Agencia aplica una política de igualdad de oportunidades y no discriminación con arreglo al artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (7).
Condiciones de empleo
El lugar de destino será Tallin, donde la Agencia tendrá su sede.
Se espera que el Director Ejecutivo tome posesión de su cargo en otoño de 2012.
Procedimiento de presentación de candidaturas
Para que las candidaturas sean admitidas, los candidatos deberán presentar:
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1) |
una carta de motivación; |
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2) |
y un currículum vítae (CV) en formato libre. El currículum deberá cumplimentarse preferentemente según el modelo de CV europeo Europass (8). Los candidatos deberán destacar de forma resumida la experiencia y los conocimientos que sean pertinentes para el puesto, así como detalles sobre la dimensión (número de personas empleadas) presupuesto y naturaleza de los departamentos gestionados por ellos con anterioridad. |
Se rechazarán las candidaturas incompletas.
Los documentos justificativos (por ejemplo, las copias compulsadas de los títulos o diplomas, las referencias, las pruebas de la experiencia adquirida, etc.) no deberán enviarse en esta fase, sino que deberán presentarse, en caso de que se soliciten, en una fase posterior del procedimiento.
Las solicitudes, preferentemente en inglés, francés o alemán, deben enviarse por correo electrónico a:
HOME-selections-IT-AGENCY-ED@ec.europa.eu
Los candidatos que no puedan enviar sus candidaturas por correo electrónico podrán hacerlo por correo certificado o por servicio de mensajería a:
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Comisión Europea |
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Dirección General de Interior |
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Dirección Recursos Comunes, Unidad 02 (Recursos Humanos) |
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1049 Bruselas |
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BÉLGICA |
Se ruega a los candidatos que informen por escrito y sin demora de todo cambio de domicilio a esta misma dirección.
Persona de contacto para cualquier información adicional:
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Ioan-Dragos Tudorache |
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Jefe de Unidad |
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Unidad C 2 — Proyectos Informáticos: Infraestructura y Aspectos Jurídicos |
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Dirección General de Interior |
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Comisión Europea |
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Ioan-Dragos.Tudorache@ec.europa.eu |
Fecha límite
Las solicitudes deberán enviarse por correo electrónico o por correo certificado a más tardar el jueves 22 de diciembre de 2011 (de lo que dará fe la fecha del correo electrónico o la del matasellos del correo certificado).
Las candidaturas enviadas por servicio de mensajería deberán entregarse a más tardar antes de las 17.00 horas (hora de Bruselas) a la dirección antes indicada.
La Comisión se reserva el derecho de ampliar el plazo de inscripción de esta vacante solo mediante su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Información importante para los candidatos
Se recuerda a los candidatos que el trabajo de los comités de selección es confidencial. Está prohibido que los candidatos se pongan en contacto directo o indirecto con los miembros de dichos comités o que cualquier otra persona lo haga en su nombre.
Protección de datos personales
La Comisión y la Agencia se asegurarán de que los datos personales de los candidatos son tratados de acuerdo con el Reglamento relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (9).
(1) Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea una Agencia para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia [COM(2010) 93 final].
(2) Reglamento (UE) no 1077/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, por el que se establece una Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (DO L 286 de 1.11.2011).
(3) Reglamento (CE) no 1987/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (DO L 381 de 28.12.2006, p. 4) y Decisión 2007/533/JAI del Consejo, de 12 de junio de 2007, relativa al establecimiento, funcionamiento y utilización del Sistema de Información de Schengen de segunda generación (SIS II) (DO L 205 de 7.8.2007, p. 63).
(4) Reglamento (CE) no 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre el Sistema de Información de Visados (VIS) y el intercambio de datos sobre visados de corta duración entre los Estados miembros (Reglamento VIS) (DO L 218 de 13.8.2008, p. 60).
(5) Reglamento (CE) no 2725/2000 del Consejo, de 11 de diciembre de 2000, relativo a la creación del sistema «Eurodac» para la comparación de las impresiones dactilares para la aplicación efectiva del Convenio de Dublín (DO L 316 de 15.12.2000, p. 1).
(6) Los candidatos deberán indicar en su currículum vítae, al menos en relación con esos cinco años en que se ha adquirido una experiencia de gestión de alto nivel: 1) cargo y funciones de los puestos de gestión desempeñados, 2) número de personas a su cargo en estos puestos, 3) volumen de los presupuestos gestionados, y 4) número de niveles jerárquicos por encima y por debajo y número de empleados en su mismo nivel.
(7) DO L 124 de 27.4.2004, p. 1.
(8) El CV Europass puede descargarse del sitio internet: http://europass.cedefop.europa.eu/htm/index.htm
(9) Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 8 de 12.1.2001, p. 1).