|
17.6.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 177/31 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6282 — ERG/Lukoil/JV)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 177/08
|
1. |
El 7 de junio de 2011, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 (1) del Consejo, [y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, ] de un proyecto de concentración por el cual la empresa ERG Renew (ERG Renew, Italia), perteneciente al grupo ERG, y la empresa OOO Lukoil-Ecoenergo (Lukoil Ecoenergo, Federación Rusa), perteneciente al grupo Lukoil, adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, mediante adquisición de acciones, de una empresa de nueva creación que se constituye en empresa mixta («JV CO»). |
|
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
|
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6282 — ERG/Lukoil/JV, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).