27.10.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 290/13 |
CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 2011 — EAC/49/10
Programa de Aprendizaje Permanente (LLP)
2010/C 290/06
1. Objetivos y descripción
La presente convocatoria de propuestas se basa en la Decisión por la que se establece un programa de aprendizaje permanente, adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo el 15 de noviembre de 2006 (Decisión no 1720/2006/CE) (1). El programa abarca el periodo comprendido entre 2007 y 2013. Los objetivos específicos del Programa de Aprendizaje Permanente figuran en el artículo 1, apartado 3, de la Decisión.
2. Admisibilidad
El Programa de Aprendizaje Permanente se aplica a todos los tipos y niveles de educación y formación profesional, y pueden acceder al mismo todas las entidades enumeradas en el artículo 4 de la Decisión.
Los solicitantes deberán estar establecidos en uno de los países siguientes (2):
— |
los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea; |
— |
los países de la AELC y del EEE: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza (3); |
— |
los países candidatos: Croacia (4) y Turquía. |
De conformidad con el artículo 14, apartado 2, de la Decisión por la que se establece el Programa de Aprendizaje Permanente, los proyectos y redes multilaterales en el marco de Comenius, Erasmus, Leonardo da Vinci, Grundtvig y las Actividades Clave del Programa Transversal también están abiertos a socios de terceros países que no hayan participado aún en el Programa de Aprendizaje Permanente sobre la base del artículo 7 de la Decisión. En la Guía del Programa de Aprendizaje Permanente correspondiente a 2011 pueden consultarse los detalles de las distintas acciones, así como las modalidades de participación.
3. Presupuesto y duración de los proyectos
El presupuesto total destinado a esta convocatoria se estima en 1 065 millones EUR.
El nivel de las subvenciones concedidas y la duración de los proyectos varían en función de factores como el tipo de proyecto y el número de países participantes.
4. Plazo para la presentación de propuestas
Los principales plazos son los siguientes:
Comenius y Grundtvig: Formación en Prácticas |
|
||||||
Ayudantías Comenius |
31 de enero de 2011 |
||||||
Leonardo da Vinci: Movilidad (incluido el certificado de movilidad Leonardo da Vinci); Erasmus: Cursos intensivos de idiomas (EILC) |
4 de febrero de 2011 |
||||||
Programa Jean Monnet |
15 de febrero de 2011 |
||||||
Comenius, Leonardo da Vinci y Grundtvig: Asociaciones; Comenius: Asociaciones Comenius Regio; Grundtvig: Seminarios |
21 de febrero de 2011 |
||||||
Comenius, Erasmus, Leonardo da Vinci y Grundtvig: Proyectos Multilaterales, Redes y Medidas de Acompañamiento |
28 de febrero de 2011 |
||||||
Leonardo da Vinci: Proyectos multilaterales para la transferencia de innovación |
28 de febrero de 2011 |
||||||
Erasmus: Programas Intensivos, Movilidad de estudiantes para estudios y períodos de prácticas (incluido el certificado de prácticas de un consorcio Erasmus) y movilidad de personal (labores docentes y formación de personal) |
11 de marzo de 2011 |
||||||
Grundtvig: Ayudantías, Proyectos de Voluntariado para personas mayores |
31 de marzo de 2011 |
||||||
Programa Transversal: Actividad Clave 1 — Visitas de Estudio |
|
||||||
Programa Transversal: las demás actividades |
31 de marzo de 2011 |
Para visitas e intercambios Grundtvig y para visitas preparatorias en el marco de todos los programas sectoriales, los plazos dependen de cada país. Consúltese el sitio web de la Agencia Nacional competente de su país.
5. Información completa
El texto completo de la «Convocatoria general de propuestas 2011-2013 — Prioridades Estratégicas», junto con la «Guía 2011 del Programa de Aprendizaje Permanente» y la información sobre la disponibilidad de los formularios de solicitud pueden encontrarse en la siguiente dirección de internet: http://ec.europa.eu/education/llp/doc848_en.htm
Las candidaturas deberán cumplir todas las condiciones especificadas en el texto completo de la convocatoria y en la Guía del Programa de Aprendizaje Permanente y presentarse en los formularios correctos que se facilitan.
(1) Decisión no 1720/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, por la que se establece un programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (DO L 327 de 24.11.2006, p. 45) http://eur-lex.europa.eu/lex/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:327:0045:0068:ES:PDF, y Decisión no 1357/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, que modifica la Decisión no 1720/2006/CE (DO L 350 de 30.12.2008, p. 56) http://eur-lex.europa.eu/lex/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2008:350:0056:0057:ES:PDF
(2) Salvo en el caso del Programa Jean Monnet, que está abierto a centros de enseñanza superior de todo el mundo.
(3) Para el curso académico 2011-2012 y a condición de que se cumplimenten puntualmente los trámites formales para la participación.
(4) A condición de que se cumplimenten puntualmente los trámites formales para la participación.