15.10.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 278/18


CONVOCATORIA DE PROPUESTAS — EACEA/32/10

Tempus IV — Reforma de la educación superior a través de la cooperación universitaria internacional

2010/C 278/12

1.   Objetivos y descripción

La cuarta fase del programa Tempus abarca el período 2007-2013.

El objetivo global del Programa será ayudar a facilitar la cooperación en el ámbito de la educación superior entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE) y los países socios de su entorno. En particular, el programa contribuirá a promover la convergencia voluntaria con la evolución de la UE en el ámbito de la educación superior derivada de la Estrategia Europa 2020, del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) y del proceso de Bolonia.

El objetivo de esta convocatoria de propuestas consiste en promover la cooperación multilateral entre instituciones, autoridades y organizaciones de educación superior de los Estados miembros de la UE y de los países socios y se centra en la reforma y la modernización de la educación superior.

La Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (en adelante «la Agencia»), actúa por delegación de la Comisión Europea (en adelante «la Comisión») y es responsable de la gestión de la presente convocatoria de propuestas.

2.   Candidatos admisibles

Para poder optar a la concesión de una subvención, los solicitantes deberán ser personas jurídicas («entidades jurídicas») establecidas legalmente durante más de cinco años en la UE o en los países socios de Tempus.

Los solicitantes de proyectos conjuntos deberán ser instituciones de educación superior reconocidas por el Estado, públicas o privadas, asociaciones, organizaciones o redes de instituciones de educación superior dedicadas a la promoción, mejora y reforma de la educación superior.

Los solicitantes de medidas estructurales deberán ser personas jurídicas tal y como se estipula anteriormente para los proyectos conjuntos, u organizaciones nacionales o internacionales de rectores, profesores o estudiantes.

En el programa Tempus pueden participar una gran variedad de instituciones y organizaciones, desde instituciones y organizaciones de enseñanza superior a instituciones y organizaciones no académicas, como organizaciones no gubernamentales, empresas, industrias y autoridades públicas.

Estas instituciones y organizaciones deberán tener su sede en uno de los siguientes grupos de países admisibles:

los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea,

cuatro países de la región de los Balcanes Occidentales: Albania, Bosnia y Herzegovina, Montenegro, Serbia así como Kosovo (1),

diecisiete países de las zonas de vecindad meridional y oriental de la Unión Europea: Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, territorios palestinos, Siria, Túnez, Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Georgia, Moldavia, la Federación de Rusia y Ucrania,

cinco Repúblicas de Asia Central: Kazajstán, Kirguistán, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán.

3.   Actividades admisibles y duración

Los dos instrumentos principales de cooperación en el marco de la presente convocatoria Tempus son:

—   proyectos conjuntos: se trata de proyectos que adoptan un enfoque ascendente y que están encaminados a la modernización y la reforma a nivel institucional (universidades). Los proyectos conjuntos tienen como objetivo la transferencia de conocimientos entre universidades, organizaciones e instituciones de la UE y de los países socios, así como entre entidades de los países socios, cuando proceda,

—   medidas estructurales: proyectos que aspiran a contribuir al desarrollo y la reforma de los sistemas de educación superior de los países asociados, potenciar su calidad y pertinencia e incrementar su grado de convergencia voluntaria con la evolución a nivel de la UE. Las medidas estructurales se concretarán en intervenciones destinadas a apoyar la reforma estructural de los sistemas de educación superior y la elaboración del marco estratégico a nivel nacional.

Por la presente convocatoria, los proyectos nacionales y en los que participan varios países podrán financiarse:

Los proyectos nacionales deben observar las prioridades nacionales que se establezcan en el marco de un estrecho diálogo entre las delegaciones de la Unión Europea y las autoridades competentes de los países socios.

Para los proyectos nacionales, las propuestas deberán presentarlas agrupaciones de instituciones que incluyan:

al menos tres instituciones de enseñanza superior de un país socio (en el caso de Montenegro y Kosovo, debido al reducido tamaño del sector de la enseñanza superior, bastará con una universidad),

al menos tres instituciones de enseñanza superior de la UE, cada una procedente de un Estado miembro diferente de la UE.

Los proyectos en los que participen varios países deben observar las prioridades regionales basadas en la política de la UE en materia de cooperación con las regiones de los países socios tal y como se han señalado en sus documentos estratégicos relativos a los países vecinos (2), los países en fase de preadhesión a la UE (3) y los de Asia Central (4), y que son comunes a todos los países socios dentro de una región específica o abordan una prioridad nacional común a cada uno de los países socios participantes.

Para los proyectos en los que participan varios países, las propuestas deberán presentarse por grupos de instituciones que incluyan:

al menos dos instituciones de enseñanza superior, de cada uno de los países socios participantes (mínimo dos países socios) involucrados en la propuesta (a excepción de Kosovo y Montenegro, en cuyo caso el requisito es una institución de enseñanza superior de cada uno),

al menos tres instituciones de enseñanza superior, cada una procedente de un diferente Estado miembro de la UE.

En el caso de las medidas estructurales, se requiere una condición adicional: El Ministerio o Ministerios responsables de de Educación (Superior) del país o países socios deberán participar en calidad de socios.

La duración máxima de los proyectos será de veinticuatro o treinta y seis meses. Se espera que el período de admisibilidad de los gastos se inicie el 15 de octubre de 2011.

4.   Criterios de adjudicación

Las solicitudes admisibles de proyectos conjuntos y medidas estructurales serán evaluadas por expertos externos independientes con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:

la claridad y coherencia de los objetivos del proyecto; relevancia de los mismos para las reformas de la enseñanza superior (Estrategia Europa 2020, marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) y proceso de Bolonia) en la institución o el sistema del país socio y demostración de las repercusiones del proyecto sobre dichas reformas (25 % de la puntuación total),

la calidad de la asociación: capacidad, especialización reconocida y competencias necesarias para llevar a efecto todos los aspectos del programa de trabajo, distribución adecuada de tareas, comunicación y cooperación efectivas. (20 % de la puntuación total),

la calidad del contenido del proyecto y de la metodología aplicada incluidas, entre otras, la idoneidad de los resultados de los proyectos y las actividades relacionadas en consonancia con la finalidad del proyecto y sus objetivos específicos, la capacidad demostrada de planificación lógica y correcta (matriz del marco lógico y plan de trabajo), el control de calidad previsto y el seguimiento y gestión del proyecto (indicadores y criterios de referencia) (25 % de la puntuación total),

la sostenibilidad o repercusión duradera del proyecto en las instituciones, los grupos destinatarios y el sistema de enseñanza superior, incluida la difusión y aprovechamiento de las actividades y los resultados del proyecto (15 % de la puntuación total),

el presupuesto y la rentabilidad, incluida la planificación del personal respetando las tarifas diarias de los salarios, la adquisición de equipos apropiados, el uso eficiente de los períodos de movilidad, la distribución apropiada de los recursos, y la viabilidad de la acción con el presupuesto indicado (15 % de la puntuación total).

5.   Presupuesto e importes de la subvención

La dotación que a título indicativo se concederá para la cofinanciación de los proyectos contemplados en la presente convocatoria asciende a 48,7 millones EUR.

La ayuda financiera de la Unión Europea no podrá exceder del 90 % del total de los costes admisibles. Se necesitará una cofinanciación de un mínimo del 10 % del coste total admisible.

La subvención mínima tanto para los proyectos conjuntos como para las medidas estructurales será de 500 000 EUR. La subvención máxima será de 1 500 000 EUR. Para los proyectos nacionales, en el caso de Kosovo y Montenegro, la subvención mínima para ambos tipos de proyectos se fija en 300 000 EUR.

6.   Presentación de propuestas y plazo

Las solicitudes de subvención deberán redactarse en inglés, francés o alemán utilizando el formulario electrónico destinado específicamente a este fin, que estará disponible en el sitio web de la Agencia: http://eacea.ec.europa.eu/tempus

Los formularios de solicitudes electrónicas para los proyectos conjuntos y las medidas estructurales deberán cumplimentarse debidamente y se enviarán a más tardar el 15 de febrero de 2011 a las 12:00, hora de Bruselas.

La presentación electrónica se considerará el original de referencia. No obstante, con el fin de proporcionar garantías tanto a los solicitantes como a la Agencia, y para presentar la información adicional necesaria, se enviará por correo postal a la Agencia una copia completa del formulario electrónico remitido junto con los documentos adicionales (véase Directrices de solicitud) antes del 15 de febrero de 2011 (fecha del matasellos) a la siguiente dirección:

Education, Audiovisual and Culture Executive Agency

Tempus & Bilateral Cooperation with Industrialised Countries

Call for Proposals EACEA/32/10

Office: BOUR 2/17

Avenue du Bourget 1

1140 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

No se aceptarán las solicitudes enviadas por fax o por correo electrónico.

7.   Información adicional

Las solicitudes deberán cumplir las disposiciones recogidas en la Guía para los candidatos — Convocatoria de propuestas EACEA/32/10, presentarse en el formulario de solicitud previsto a tal efecto y contener los anexos pertinentes. Los documentos citados pueden consultarse en la siguiente dirección en Internet:

http://eacea.ec.europa.eu/tempus


(1)  Bajo el auspicio de Naciones Unidas, en virtud de la resolución 1244 de 10 de junio de 1999 del Consejo de Seguridad de la ONU.

(2)  El Reglamento (CE) no 1638/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de octubre de 2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación; http://ec.europa.eu/world/enp/pdf/oj_l310_en.pdf Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación, Programa Interregional del IEVA, Documento de Estrategia 2007-2013 y el Programa Indicativo 2007-2010; http://ec.europa.eu/world/enp/pdf/country/enpi_interregional_en.pdf

(3)  El Reglamento (CE) no 1085/2006 de 17 de julio de 2006 por el que se establece un Instrumento de Preadhesión (IPA); http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/site/en/oj/2006/l_210/l_21020060731en00820093.pdf Instrumento de Preadhesión (IPA), Documento de Planificación Indicativa Plurianual (MIPD), 2008-2010, multi-beneficiarios; MIPD (2008-2010), referencia C(2008) 3585 de 17 de julio de 2008 http://www.cc.cec/sg_vista/cgi-bin/repository/getdoc/COMM_NATIVE_C_2008_3585_1_EN_ANNEXE.doc

(4)  UE y Asia Central: Estrategia para una nueva asociación; Consejo de la UE, 31 de mayo de 2007, 10113/07 http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/librairie/PDF/EU_CtrlAsia_EN-RU.pdf