22.7.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 200/11


Convocatoria de manifestaciones de interés para puestos de miembros de la sala de recurso de la oficina comunitaria de variedades vegetales

2010/C 200/05

Descripción de la oficina y de su sala de recurso

La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales, en lo sucesivo denominada «la Oficina», se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, relativo a la protección comunitaria de las obtenciones vegetales (1).

La misión de la Oficina —órgano comunitario dotado tanto de personalidad jurídica como de autonomía jurídica, administrativa y financiera— consiste en administrar el sistema comunitario de protección de las obtenciones vegetales, en cuyo marco específico se conceden derechos de propiedad industrial en relación con las nuevas obtenciones vegetales. Concretamente, corresponde a la Oficina decidir sobre las solicitudes de concesión de tales derechos, que ofrecen una protección uniforme en todo el territorio de la Comunidad. La Oficina tiene su sede en Angers, Francia.

En virtud del Reglamento (CE) no 1239/95 de la Comisión (2) se creó una sala de recurso competente para resolver sobre los recursos interpuestos contra las resoluciones de la Oficina y, en concreto, sobre la concesión o la denegación de la protección comunitaria de de las obtenciones vegetales, las oposiciones, la nulidad o la anulación de la protección comunitaria de las obtenciones vegetales o la concesión o denegación de licencias obligatorias.

La sala de recurso está compuesta por un presidente y dos miembros, si bien pueden convocarse otros dos miembros adicionales.

Descripción de las funciones

El miembro (hombre o mujer) seleccionado deberá ejercer las competencias conferidas a la sala de recurso y en concreto, las de ponente en caso de que sea designado como tal.

Selección y nombramiento

El Presidente de la OCVV confeccionará un comité de selección encargado del proceso de selección. El comité invitará aproximadamente a los veinte candidatos con los mejores perfiles, seleccionados sobre la base de sus méritos y de los criterios que se fijan a continuación, para una entrevista.

En función de esta entrevista, el Presidente de la OCVV adoptará una lista reducida de candidatos que será presentada al Consejo de Administración. El Consejo de Administración nombrará a los miembros de la Sala de Recurso a partir de la citada lista, por un período de cinco años, que empezará el 23 de febrero de 2011.

Condiciones de empleo

El miembro (hombre o mujer) no estará obligado a interrumpir sus actuales actividades profesionales.

El miembro (hombre o mujer) será seleccionado de la lista por el presidente de la sala de recurso, de modo que la sala esté compuesta por tres o cinco miembros según proceda.

El miembro (hombre o mujer) será seleccionado de la lista por el presidente de la sala de recurso para ejercer sus funciones a jornada parcial. Deberá estar disponible al menos diez días por año natural.

En la Decisión del Consejo de Administración, de 26 de marzo de 2003, se establece la remuneración del miembro designado como ponente en 1 600 EUR por asunto y la de los otros miembros en 800 EUR por asunto. A estos importes cabe añadir 400 EUR por miembro en concepto de tiempo de desplazamiento en función del caso. A estos importes se añadirán los costes de desplazamiento hacia y desde Angers.

Cualificaciones (obligatorias en el momento de concluir el plazo para la presentación de solicitudes)

El candidato (hombre o mujer) deberá ser nacional de la Unión Europea,

El candidato (hombre o mujer) deberá estar en posesión de un título universitario o un diploma:

poseer un nivel educativo equivalente a un ciclo completo de estudios universitarios, acreditado por un diploma cuando el periodo normal de educación universitaria es de cuatro años o más, o

un nivel educativo correspondiente a estudios universitarios certificado por un diploma y experiencia profesional de al menos un año cuando el ciclo universitario normal es de al menos tres años (esta experiencia profesional de un año no podrá incluirse en la experiencia profesional de postgrado que se exige más adelante).

El candidato (hombre o mujer) deberá poseer una experiencia profesional de diez años adquirida tras la obtención de las cualificaciones obligatorias mencionadas anteriormente. Él/ella deberá:

ser jurista y haber adquirido una experiencia reconocida en el ámbito de la propiedad intelectual. Se valorará la experiencia en materia de protección de las obtenciones vegetales, o

ser titular de un diploma en botánica o agronomía y haber adquirido una experiencia reconocida en la materia. Se valorará el conocimiento de las directrices de la UPOV y de los exámenes técnicos DHE,

El candidato (hombre o mujer) deberá dominar una de las lenguas de la Unión Europea y poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua de la Unión Europea. Se valorará un buen conocimiento del idioma inglés.

Independencia y declaración de intereses

El candidato no debe estar vinculado a una empresa privada cuyas actividades profesionales le impliquen en procedimientos ante la OCVV.

El candidato deberá declararse comprometido a actuar independientemente en aras del interés público y a formular una declaración respecto a todos aquellos intereses que puedan afectar a su independencia. El candidato deberá confirmar en su solicitud su voluntad de actuar en dichos términos.

Los miembros de la Sala de Recurso son independientes. No obedecerán instrucción alguna cuando tomen sus decisiones. Los miembros no pueden ejercer otras funciones en la Agencia

Candidaturas

Las candidaturas, acompañadas de un currículum vítae pormenorizado y, a ser posible, de una traducción al inglés, deberán enviarse a más tardar el 15 de septiembre de 2010, de lo que dará fe el matasellos de correos, a la dirección siguiente:

Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV)

Secretaría de la Sala de Recursos

3 Bvd Foch

BP 10121

49101 Angers Cedex 02

FRANCE

doreau@cpvo.europa.eu

Para más información, sírvase dirigirse por escrito a la misma dirección, o bien por fax +33 0241256410 o por correo electrónico a doreau@cpvo.europa.eu


(1)  DO L 227 de 1.9.1994, p. 1.

(2)  DO L 121 de 1.6.1995, p. 37.