31.3.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 85/14


CONVOCATORIA DE PROPUESTAS — EACEA/08/10

Para el Programa de Aprendizaje Permanente (PAP) — Programa Leonardo da Vinci

Concesión de subvenciones para apoyar proyectos de iniciativas nacionales destinados a experimentar y a desarrollar el Sistema Europeo de Transferencia de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET)

2010/C 85/08

1.   Objetivos y descripción

El objetivo de esta convocatoria es conceder subvenciones a propuestas consistentes en la organización de dos tipos de acciones, obligatoriamente asociadas a un mismo proyecto, es decir:

acciones de creación o de refuerzo de colaboraciones entre instituciones competentes, destinadas a crear un marco operativo para el desarrollo de experiencias nuevas en el sistema europeo de transferencia de créditos para la educación y la formación profesionales (ECVET),

acciones en el ámbito del sistema europeo de transferencia de créditos para la educación y la formación profesionales (ECVET), tal como se describe en las especificaciones técnicas que figuran en el anexo a la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, para aplicarlas y ponerlas en marcha de manera concreta.

Los objetivos generales de la convocatoria se orientan decidida y estrictamente a la puesta en marcha concreta de la ECVET y a la preparación de las medidas necesarias para su adopción por los Estados miembros.

2.   Candidatos elegibles

La presente convocatoria de propuestas está abierta a los organismos, centros, instituciones o autoridades competentes, responsables directamente o por delegación de una autoridad de tutela, de la aplicación de la Recomendación relativa al establecimiento del sistema europeo de transferencia de créditos para la EFP (2009/C 155/02) (1) a escala nacional, regional, local o sectorial. Ésta se dirige especialmente a las instituciones y autoridades públicas y privadas responsables del diseño, de la administración y de la expedición de cualificaciones profesionales.

En todos los casos, la organización candidata y sus colaboradores deberán demostrar que disponen de legitimidad institucional necesaria para comprometerse e intervenir, en los planos técnico, político y operativo, en los campos de la enseñanza y la formación profesionales, así como de las cualificaciones profesionales y, más concretamente, de la experimentación y del desarrollo y aplicación del sistema ECVET, en referencia a la recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo.

Los candidatos deberán ser organismos legalmente constituidos desde hace más de tres años.

Sólo podrán solicitar financiación los consorcios compuestos como mínimo por 4 organismos procedentes de al menos 4 países subvencionables distintos.

Los solicitantes (incluidas todas las organizaciones colaboradoras) deberán estar establecidos en uno de los siguientes países:

los 27 Estados miembros de la Unión Europea,

los 3 países de la AELC/del EEE (Islandia, Liechtenstein, Noruega),

Turquía.

Al menos uno de los países de la colaboración deberá ser uno de los Estados miembros de la UE.

Se están llevando a cabo negociaciones con Croacia, con la Antigua República Yugoslava de Macedonia y con Suiza para su futura participación en el programa PAP, que estará sujeta a los resultados de estas negociaciones. Le rogamos que consulte la página web de la Agencia Ejecutiva para la Educación, el Sector Audiovisual y la Cultura que actualizará la lista de países participantes.

3.   Acciones elegibles

La constitución de colaboraciones y de redes así como la organización de acciones de cooperación incluyen actividades propias de las fases sucesivas de preparación, realización, evaluación y seguimiento.

En este sentido, las siguientes actividades podrán tomarse en consideración a efectos de la presente convocatoria de propuestas:

puesta en marcha o refuerzo de consorcios estables o plataformas de cooperación compuestos de instituciones, autoridades y organismos competentes (establecimiento de programas de trabajo comunes, diseño de procedimientos de cooperación, etc.),

ingeniería e investigación específicamente dedicadas a la aplicación de los principios y especificaciones técnicas de ECVET a las cualificaciones profesionales,

organización de seminarios, encuentros o talleres dedicados a la ingeniería y a la puesta en marcha de ECVET,

diseño de instrumentos, de publicaciones o de páginas web innovadoras, centrados en los aspectos operativos de la puesta en marcha de ECVET y de la cooperación transnacional en este ámbito,

participación en talleres temáticos y en una conferencia,

actividades de seguimiento (incluidas las actividades de difusión, los análisis de impacto, etc.), útiles para consolidar los resultados, dar un carácter permanente a las colaboraciones y contribuir a la modelización, a la promoción y a la transmisión de los resultados.

Todas las actividades previstas deberán enmarcarse obligatoriamente en un proyecto que responda a todos los objetivos indisociables mencionados en las líneas directrices detalladas de la convocatoria de propuestas. Las propuestas relativas a una o varias actividades independientemente de cualquier proyecto global no son elegibles de por sí.

La duración de los proyectos será de un mínimo de 18 meses y un máximo de 36. Las actividades deberán comenzar entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de marzo de 2011.

4.   Criterios de adjudicación

Las candidaturas/proyectos elegibles se evaluarán en función de los siguientes criterios:

la pertinencia del contenido, en particular, la amplitud y el alcance de la propuesta (30 %),

la calidad de los métodos, herramientas e iniciativas concretas propuestos para el diseño y la puesta en marcha de una cooperación duradera y operativa entre los colaboradores (20 %),

la calidad de la colaboración (20 %),

la calidad del plan de trabajo que incluya un calendario del proyecto y un plan de valorización (claridad y adecuación entre los objetivos y los medios propuestos) (15 %),

la claridad y coherencia del presupuesto con el plan de trabajo y la ratio costes/beneficios (15 %).

5.   Presupuesto

El presupuesto estimativo total asignado a la cofinanciación de proyectos asciende a 2 millones de euros.

El importe de cada subvención se sitúa entre 50 000 y 300 000 euros.

La contribución financiera de la Agencia no podrá superar el 75 % del total de los costes subvencionables.

La Agencia se reserva la posibilidad de no asignar todos los fondos disponibles.

6.   Fecha límite de presentación

La fecha límite para enviar candidaturas es el 16 de julio de 2010. No se tendrán en cuenta los formularios enviados después de la fecha límite.

Las solicitudes deberán enviarse a la siguiente dirección:

Agence exécutive «Éducation, audiovisuel et culture»

Lifelong Learning Programme, Leonardo da Vinci

Appel à propositions EACEA/08/10

Avenue du Bourget 1

BOU2/02-145

1140 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas en el formulario adecuado, debidamente cumplimentadas (parte 1, 2 y 3 del dossier de candidatura), fechadas, que presenten un presupuesto equilibrado (ingresos/gastos), completadas con los anexos solicitados, incluidos los documentos que certifican la capacidad operativa y financiera del candidato, enviadas en cuatro ejemplares (un original claramente identificado como tal y tres copias certificadas) y firmadas por la persona capacitada para suscribir compromisos jurídicamente vinculantes en nombre de la organización solicitante.

Además de la versión en papel, deberá enviarse por correo electrónico una versión del dossier de candidatura (formulario de candidatura, cuadros financieros, declaración jurada) sin los anexos, a la siguiente dirección: EACEA-ECVET@ec.europa.eu antes de que expire el plazo anteriormente mencionado.

No se aceptarán las candidaturas enviadas por fax o exclusivamente por correo electrónico.

7.   Información pormenorizada

En la dirección que figura a continuación puede obtenerse el texto completo de las disposiciones y los formularios de candidatura:

http://eacea.ec.europa.eu/llp/funding/2010/call_ecvet_en.php

Las solicitudes deberán presentarse obligatoriamente en el formulario previsto al efecto, junto con toda la información y los anexos especificados.


(1)  http://ec.europa.eu/education/lifelong-learning-policy/doc50_en.htm