|
10.11.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 269/30 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 27 de agosto de 2007 — Mirja Juuri/Fazer Amica Oy
(Asunto C-396/07)
(2007/C 269/53)
Lengua de procedimiento: finés
Órgano jurisdiccional remitente
Korkein oikeus
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Mirja Juuri
Demandada: Fazer Amica Oy
Cuestiones prejudiciales
|
1) |
Cuando un contrato de trabajo se extingue por voluntad del trabajador, fundamentada en un empeoramiento esencial de las condiciones de trabajo a consecuencia de una transmisión de empresa, y habida cuenta de que, conforme al artículo 3, apartado 3, de la Directiva, el cesionario ha mantenido, después de la transmisión, las condiciones de trabajo pactadas mediante un convenio colectivo que confería al trabajador mejores condiciones laborales solamente hasta la fecha de expiración del convenio colectivo y, de esta forma, ha causado el deterioro de las condiciones laborales, ¿debe interpretarse el artículo 4, apartado 2, de la Directiva 2001/23/CE (1) del Consejo, en el sentido de que, el Estado miembro está obligado a garantizar legalmente al trabajador el derecho a obtener de su empresario una indemnización económica de la misma forma que si se tratara de un despido improcedente? |
|
2) |
Si la responsabilidad del empresario con arreglo a la Directiva no fuera tan amplia como la descrita en la primera cuestión, ¿debe configurarse no obstante de forma que, por ejemplo, hayan de indemnizarse los salarios y las demás prestaciones correspondientes al período de preaviso que debe respetar el empresario? |
(1) Directiva 2001/23/CE sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de los trabajadores en caso de traspasos de empresas, de centros de actividad o de partes de empresas o de centros de actividad (DO L 82 de 22.3.2001, p. 16).