|
6.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 235/16 |
Recurso interpuesto el 24 de julio de 2007 — Torres/OAMI — Torres de Anguix (TORRES de ANGUIX)
(Asunto T-286/07)
(2007/C 235/30)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español
Partes
Demandante: Miguel Torres, S.A. (Barcelona, España) (Representantes: Srs. E. Armijo Chávarri, M. Baz de San Ceferino y A. Castán Pérez-Gómez, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Torres de Anguix, S.L.
Pretensiones de la parte demandante
|
— |
Que se anule la Resolución de la Sala Segunda de Recurso de la Oficina de 2 de mayo de 2007 dictada en el asunto R 707/2006-2 con expresa condena en costas a la Oficina. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: TORRES DE ANGUIX, S.L.
Marca comunitaria solicitada: Marca figurativa «TORRES de ANGUIX» para productos y servicios de las clases 33, 35 y 39 (solicitud no 3.283.652).
Titular de la marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: La demandante.
Marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Marca denominativa «TORRES» (marca comunitaria no 1.752.526) para productos de la clase 33 y numerosas otras marcas comunitarias, nacionales e internacionales que incorporan la denominación «TORRES» sola o acompañada de otros vocablos o gráficos.
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición y denegación de la solicitud de registro de la marca solicitada.
Resolución de la Sala de Recurso: Estimación del recurso y anulación de la resolución recurrida denegatoria de la marca solicitada.
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 40/94 (1) dado que entre las marcas en pugna existe un riesgo de confusión.
(1) Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).