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14.4.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 82/50 |
Recurso interpuesto el 21 de febrero de 2007 — ratiopharm/OAMI (BioGeneriX)
(Asunto T-47/07)
(2007/C 82/104)
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: ratiopharm GmbH (Ulm, Alemania) (representante: S. Völker, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Pretensiones de la parte demandante
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Que se anule la resolución adoptada por la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior el 20 de diciembre de 2006 en el asunto R 1047/2004-4, relativo a la solicitud de marca comunitaria no 1.701.762. |
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Que se condene en costas a la Oficina de Armonización del Mercado Interior. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «BioGeneriX »para productos y servicios comprendidos en las clases 5, 35, 40 y 42 (solicitud no 1.701.762).
Resolución del examinador: Denegación del registro.
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.
Motivos invocados: Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 40/94 (1), dado que la marca solicitada dispone del grado mínimo de carácter distintivo exigido y en su caso no existe ningún imperativo de disponibilidad.
(1) Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).