2.12.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 294/23 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden el 12 de septiembre de 2006 — Benetton Group SpA/G-Star International BV
(Asunto C-371/06)
(2006/C 294/41)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hoge Raad der Nederlanden
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Benetton Group SpA
Demandada: G-Star International BV
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 3, apartado 1, letra e), primer guión, de la Directiva 89/104/CEE (1) en el sentido de que la causa de exclusión en él establecida impide permanentemente el registro de una forma como marca cuando la naturaleza del producto es tal que su apariencia y diseño determinan por su belleza o carácter original total o sustancialmente el valor de mercado de dicho producto, o no resulta aplicable esta causa de exclusión cuando, con anterioridad a la solicitud de registro, la fuerza atractiva que la forma en cuestión tenga para el público ha sido determinada principalmente por la notoriedad de la misma como signo distintivo? |
2) |
En caso de que se responda a la primera cuestión en este último sentido, ¿en qué medida esta fuerza atractiva debe prevalecer para que ya no sea aplicable la causa de exclusión? |
(1) Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas (DO 1989, L 40, p. 1).