2.12.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 294/9 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 28 de septiembre de 2006 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus — Finlandia) — Proceso penal contra Jan-Erik Anders Ahokainen, Mati Leppik
(Asunto C-434/04) (1)
(Libre circulación de mercancías - Artículos 28 CE y 30 CE - Normativa nacional que prohíbe, salvo autorización previa, la importación de alcohol etílico sin desnaturalizar de una graduación alcohólica superior al 80 % - Medida de efecto equivalente a una restricción cuantitativa - Justificación por la protección de la salud y del orden públicos)
(2006/C 294/14)
Lengua de procedimiento: finés
Órgano jurisdiccional remitente
Korkein oikeus — Finlandia
Partes en el proceso principal
Jan-Erik Anders Ahokainen, Mati Leppik
Objeto
Petición de decisión prejudicial — Korkein oikeus (Finlandia) — Interpretación de los artículos 28 CE y 30 CE en relación con una legislación nacional que sujeta la importación de alcohol etílico no desnaturalizado de más de 80o a una autorización previa
Fallo
Los artículos 28 CE y 30 CE no se oponen a un régimen, como el establecido en la Ley no 1143/1994 [alkoholilaki (1143/1994)], sobre el alcohol, que supedita la importación de alcohol etílico sin desnaturalizar, de graduación alcohólica superior a 80 grados, a una autorización previa, salvo si se pone de manifiesto que, en las circunstancias de Derecho y de hecho que caractericen la situación en el Estado miembro de que se trata, la protección de la salud y del orden públicos contra los perjuicios del alcohol puede verse asegurada por unas medidas que afecten en menor grado al comercio intracomunitario.