29.7.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 178/16


Petición de decisión prejudicial planteada por Bundeskommunikationssenat (Austria) el 27 de abril de 2006 — Österreichischer Rundfunk (ORF)

(Asunto C-195/06)

(2006/C 178/26)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundeskommunikationssenat (Austria)

Partes en el procedimiento principal

Österreichischer Rundfunk (ORF)

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 1, letra f), de la Directiva 89/552/CEE (1) del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en la versión resultante de la Directiva 97/36/CE (2) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1997, por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en el sentido de que también deben entenderse como «televenta» los programas o partes de programa en los que una cadena de televisión ofrezca a los telespectadores la posibilidad de participar en un sorteo organizado por dicha cadena de televisión, llamando directamente a números de teléfono de un servicio de valor añadido y, por tanto, onerosamente?

2)

En el supuesto de que se conteste en sentido negativo a la anterior cuestión: ¿Debe interpretarse el artículo 1, letra c), de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en la versión resultante de la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1997, por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE del Consejo sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, en el sentido de que también debe entenderse como «publicidad televisiva» cualquier mensaje que aparezca en programas o partes de programas en los que una cadena de televisión ofrezca a los telespectadores la posibilidad de participar en un sorteo organizado por dicha cadena de televisión, llamando directamente a números de teléfono de un servicio de valor añadido y, por tanto, onerosamente?


(1)  DO L 298, p. 23.

(2)  DO L 202, p. 60.