15.7.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 165/12


Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandesgericht Wien el 7 de abril de 2006 — Renate Ilsinger/Martin Dreschers (síndico de la quiebra de la sociedad Schlank & Schick GmbH)

(Asunto C-180/06)

(2006/C 165/21)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberlandesgericht Wien

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Renate Ilsinger

Demandada: Martin Dreschers (síndico de la quiebra de la sociedad Schlank & Schick GmbH)

Cuestiones prejudiciales

«1)

El derecho reconocido a los consumidores por el artículo 5j de la Konsumentenschutzgesetz (Ley austriaca para la defensa de los consumidores; en lo sucesivo, “KSchG”), BGBl. 1979/140, en su versión resultante del artículo 1, apartado 2, de la Fernabsatz Gesetz (Ley austriaca de contratos a distancia), BGBl I (1)1999/185, a poder reclamar judicialmente a las empresas el premio aparente cuando éstas envían (o han enviado) a un consumidor determinado promesas de atribución de un premio u otras comunicaciones similares, cuya formulación puede (o podía) hacer que el consumidor tenga la impresión de que ha ganado un premio determinado –sin hacer depender su obtención de la realización de un pedido de bienes o de un simple pedido de prueba– cuando no se haya producido tal pedido y el premio sea reclamado por el destinatario de la notificación, ¿constituye, con arreglo al Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, 1 un derecho en materia de contratos o asimilado, en el sentido del artículo 15, apartado 1, letra c) del Reglamento no 44/2001?

en caso de que la pregunta no 1 sea contestada en sentido negativo:

2)

¿Existe un derecho en el sentido del artículo 15, apartado 1, letra c) del Reglamento no 44/2001 en el caso de que, aun cuando el derecho a reclamar el premio no dependa de la realización de un pedido de productos, el destinatario de la comunicación hubiera realizado tal pedido?»


(1)  DO L 12, de 16.1.2001, p. 1.