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3.6.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 131/8 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 23 de febrero de 2006 — Comisión de las Comunidades Europeas/Reino de España
(Asunto C-546/03) (1)
(Incumplimiento de Estado - Recursos propios de las Comunidades - Código aduanero comunitario - Procedimientos conducentes a la recaudación de derechos de importación o de exportación - Pago tardío de los recursos propios relativos a tales derechos y falta de pago de los intereses de demora)
(2006/C 131/13)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: M. Diaz-Llanos La Roche y G. Wilms, agentes)
Demandada: Reino de España (representante: M. Muñoz Pérez, agente)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandante: Reino de Dinamarca (representante: J. Molde, agente), República de Finlandia (representante: A. Guimaraes-Purokoski, agente), Reino de Suecia (representante: K. Wistrand, agente)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Artículo 220 del Reglamento (CE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (DO L 302, p. 1), y artículo 5 del Reglamento (CEE) no 1854/89 del Consejo de 14 de junio de 1989 relativo a la contracción y a las condiciones de pago de las cuantías de derechos de importación o de derechos de exportación resultantes de deudas aduaneras (DO L 186, p. 1) — Puesta a disposición tardía de una parte de los recursos propios de las Comunidades Europeas en el caso de recaudación a posteriori de los derechos de aduana — Negativa a pagar los intereses de demora devengados a causa del retraso en las inscripciones en la cuenta de la Comisión
Fallo
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1) |
Declarar que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben,
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2) |
Condenar en costas al Reino de España. |
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3) |
El Reino de Dinamarca, la República de Finlandia y el Reino de Suecia cargarán con sus propias costas. |