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25.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 74/2 |
Petición de decisión prejudicial planteada mediante resolución del Hoge Raad der Nederlanden, de fecha 2 de diciembre de 2005, en el asunto entre Stichting Regionaal Opleidingen Centrum Noord-Kennemerland/West-Friesland (Horizon College) y Staatssecretaris van Financiën
(Asunto C-434/05)
(2006/C 74/03)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una petición de decisión prejudicial mediante resolución del Hoge Raad der Nederlanden dictada el 2 de diciembre de 2005, en el asunto entre Stichting Regionaal Opleidingen Centrum Noord-Kennemerland/West-Friesland (Horizon College) y Staatssecretaris van Financiën, y recibida en la Secretaría del Tribunal de Justicia el 5 de diciembre de 2005.
El Hoge Raad der Nederlanden solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones:
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1) |
¿Debe interpretarse el artículo 13, parte A, [apartado 1,] inicio y letra i), de la Sexta Directiva (1) en el sentido de que la enseñanza comprende también el hecho de que, a cambio de una remuneración, se ponga un profesor a disposición de un centro de enseñanza para que allí, bajo la responsabilidad de dicho centro, imparta clases por un período de tiempo limitado? |
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2) |
En caso de respuesta negativa a esta cuestión, ¿puede interpretarse el concepto de «servicios directamente relacionados con la enseñanza» en el sentido de que también comprende el servicio descrito en la primera cuestión? |
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3) |
¿Tiene alguna importancia para responder a esta cuestión que quien pone el profesor a disposición sea, él mismo, también un centro de enseñanza? |
(1) Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios – Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme.